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EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL. 1. Regulación 2. Campo de aplicación 3. Regímenes 4. Estructura 5. Obligaciones de los empresarios con la Seguridad Social 6. Prestaciones. 1. Regulación.
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EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL • 1. Regulación • 2. Campo de aplicación • 3. Regímenes • 4. Estructura • 5. Obligaciones de los empresarios con la Seguridad Social • 6. Prestaciones
1. Regulación • CE 78: los poderes públicos mantendrán un régimen público de la Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad • LEY General de la Seguridad Social (modificada L 40/07) • También normativa europea y de la OIT
2. Campo de aplicación • Personas con derecho a prestaciones. • Dos modalidades: • Contributiva. Han cotizado suficiente. Son: • Trabajadores por cuenta ajena • Autónomos • Socios de cooperativas • Funcionarios • Estudiantes • Extranjeros legales • No contributiva. Españoles con carencia de cotización. Tienen derecho a asistencia sanitaria, invalidez y jubilación
3. Regímenes • Dos tipos: • Régimen general (mayoría de trabajadores) y • Regímenes especiales • Mar • Minería del carbón • Autónomos
5. Obligaciones de los empresarios con la Seguridad Social • Inscripción. En tesorería antes del inicio de la actividad. Se asigna un CCC. Los autónomos también deben darse de alta en su régimen. • Formalización de cobertura de riesgos profesionales: con la Seguridad Social o Mutua. • Afiliación de los trabajadores (TA1) • A petición de la empresa • A instancia de los trabajadores • De oficio • Alta • Antes del inicio de la relación laboral • Baja y variación de datos • Al finalizar la relación laboral o variación se comunica a Tesorería • Cotización: tanto el empresario como el trabajador deben cotizar por diversas contingencias: • Contingencias comunes • Contingencias profesionales • Horas extraordinarias • Otros conceptos: Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación profesional.
6. Prestaciones • Asistencia sanitaria (médica, farmacéutica, prótesis) • Prestaciones económicas • IT • Maternidad • Paternidad • Invalidez • Jubilación • Desempleo • Muerte y supervivencia • Prestaciones familiares por hijo a cargo • Asistencia social. Rehabilitación, asistencia a tercera edad… • Prestaciones no contributivas • Invalidez, jubilación, hijo a cargo
IT • Temporalmente el trabajador está incapacitado para trabajar • Requisitos: • afiliado y en alta • Enfermedad Común: 180 días cotizados en los 5 años anteriores • Causas: • Enf. Común y Accidente No Laboral. • Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional. • periodo de observación Enf.Prof. • Duración: • 12 meses más 6 de prórroga. Máximo 30 meses (sólo si existen posibilidades de recuperación). • Cuantía: • Enf. Común (EC) o Acc No Laboral(ANL) • 1° al 3er. día nada • 4° al 20° :el 60% Base Reguladora • 21° al final: el 75% Base Reguladora • Acc. De Trabajo (AT) o Enf. Prof.(EP) • salario 1er día. Resto 75% BR • Base reguladora: • EC ANL: BCCC mes anterior/30 o n° días mes si la base es diaria • AT EP: BCCP (sin h.e)/30+h.e año anterior/360 o 365
Maternidad • Permiso por parto • Duración: 16 semanas. + 2 por cada hijo más a partir del 2° • 6 semanas inmediatamente posteriores al parto para la madre. El resto se distribuyen a gusto del consumidor si los 2 trabajan y siempre que no suponga un riesgo para la salud de la madre. • Si la madre no cumple los requisitos (igual que la Enf. Común en IT), tras las 6 semanas puede disfrutar el permiso el padre. • Adopción y acogimiento menores 6 años = requisitos y duración • hospitalización del bebé tras el parto: prestación a partir de alta • requisitos : ver paternidad y: • Cuantía: 100 % de la BR • RIESGO DURANTE EL EMBARAZO: • mismos requisitos que IT x EC pero 75% BR a) las mujeres menores de 21 años estar solo dadas de alta.b) las de entre 21 y 26,haber cotizado 90días. c) aquellas que no hayan cotizado nada, recibirán un subsidio de 6 semanas equivalente al IPREM.
Paternidad • Protege el derecho del otro progenitor, distinto al que ha generado el derecho a la prestación de maternidad, a percibir un subsidio durante los días de suspensión del contrato de trabajo en caso de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento. • Duración: 13 días, se ampliará en dos días más por cada hijo a partir del segundo. • Cuantía: 100 % de la BR • Requisitos: Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta. Tener cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de dicha suspensión de contrato, o alternativamente 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a la mencionada fecha. • Beneficiarios: En el supuesto de adopción o acogimiento corresponderá sólo a uno de los progenitores a elección de los interesados si ambos trabajan.
Incapacidad permanente • Tras el alta médica se presentan reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan la capacidad para el trabajo • Grados: • Incapacidad permanente parcial (IPP) • 33% disminución. Realiza tareas fundamentales de su profesión • Incapacidad permanente total(IPT) • No puede realizar las tareas fundamentales de su profesión. Sí otra • Incapacidad permanente absoluta(IPA) • Impide realizar cualquier profesión • Gran invalidez (GI) • IPA + imposibilidad realizar los actos más esenciales de la vida
IPP • Requisitos. Debe derivarse de IT • Requisito general: afiliado y en alta o situación asimilada al alta. • Carencia: 1800 días en los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha de extinción IT. • Base reguladora: IT. • Cuantía: 24 mensualidades de la base reguladora
IPT, IPA y GI • Requisitos: alta o asimilada y afiliación. • Carencia: • - menor de 26 años: mitad del tiempo entre 16 años y la fecha del hecho causante de la prestación. • - mayor de 26 años:. • un cuarto de tiempo entre 20 años y la fecha del hecho causante de la prestación. Mínimo 5 años. Un quinto del periodo de cotización en los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante. • Base reguladora: • 1-por AT y EP • (total retribución anual anterior hecho causante)/12 • 2-ANL • BR=24 BCCC(elegidas de entre los últimos 7 años)/28 • 3-enfermedad común • a) BR = 96 BCCC (24 últimos sin actualizar IPC)/112 • b) enfermedad común menor de 52 años. • BR = BCCC periodo de carencia exigido/ Periodo de carencia x 1,1666 • Cuantía IPT: • 55% BR • 55% +20% IPT cualificada (mayor de 55 años y desempleado) • IPA: 100% • GI: 150%
Jubilación • Requisitos: • alta o asimilada al alta y afiliación. • Edad: • - mayor de 65 años. • - mayor de 64 años. No tiene reducción si se contrata por un año un desempleado del INEM. • - mayor de 62 años, contrato de relevo. Si se contrata un desempleado • -mayor de 60 años. Cotizado a una mutualidad por cuenta ajena antes del 1-1-67. Reducción 8% por año. • Carencia: 15 años (2 en los últimos 15 años). • Base reguladora: 180 BCCC/210 • cuantía: • 15 años………………………….. 50% BR +3% • 25 años………………………….. 80% BR +2% • 35 o más……………………….. 100% BR
Muerte y supervivencia • Auxilio por defunción: 30 euros • Viudedad • Vitalicia (sin nuevo matrimonio) y compatible con trabajo • 55% BR • Orfandad • 20% BR • - menor de 18 años. • - incapacitados. • - no ingresos o ingresos inferiores o = 75% SMI.- 22 años y 24 años orfandad absoluta • Pensión a favor de familiares • BR: jubilación o IP
Desempleo • Requisitos: • alta o asimilada y afiliada. • encontrarse en SLD: • extinción • ERE • Muerte, jubilación, incapacidad • Despido (procedente o improcedente) • Despido por causas objetivas. • Resolución del trabajador por movilidad geográfica, modificación sustancial, incumplimiento Eº • Duración: (en función de lo cotizado en los últimos 6 años) • 360 - 539 120 días. • 540 - 719 180 días. • 720 - 899 240 días. • 900 - 1079 300 días • 1080 - 1259 360 días • 1260 - 1439 420 días • 1440 - 1619 480 días • 1620 - 1799 540 días • 1800 - 1979 600 días • 1980 - 2159 660 días • máximo 2160 720 días • Base reguladora: promedio BCCC últimos 6 meses. • Cuantía: 180 primeros días.- 70% BR. Resto 60% • Topes máximos: 175% IPREM* (sin hijos) 200% IPREM*( 1 hijo) 225% IPREM* (con 2 hijos) Topes mínimos: 80% IPREM *(sin hijos) • 107% IPREM *(con hijos) IPREM:532,51 euros *IPREM incrementado una sexta parte: 621,26
Subsidio desempleo • Situaciones requeridas. • Agotada prestación por desempleo y tener responsabilidades familiares. • Trabajadores mayores 45 (diversas causas) • Trabajadores que no llegan al mínimo para alcanzar una prestación contributiva. • Mayores 52 que reúnen todos los requisitos excepto la edad para acceder a la jubilación. • Emigrante retornado, liberado de prisión, mejoría en revisión de incapacidad. • Cuantía: 80% IPREM