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Proceso de descentralización Ambiente

Proceso de descentralización Ambiente. CONCOPE DICIEMBRE 2010. Convenios de Descentralización con el Ministerio del Ambiente. Firmados en noviembre y diciembre del año 2002 En enero del 2003 se dio el cambio de gobierno

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Presentation Transcript


  1. Proceso de descentralización Ambiente CONCOPEDICIEMBRE 2010

  2. Convenios de Descentralización con el Ministerio del Ambiente • Firmados en noviembre y diciembre del año 2002 • En enero del 2003 se dio el cambio de gobierno • Para la transferencia de recursos del M.A.E. se señalaba “la firma de adendas”, que no se ha producido en ningún caso. • Especie de “limbo jurídico”. En la mayoría de los convenios faltaría la firma del Presidente de la República (exigida por la L. Dz) • 68 Gobiernos seccionales • 8 Consejos Provinciales • 60 municipios • Sólo las competencias de los acuerdos ministeriales

  3. Competencias “negociadas”Acuerdos ministeriales 55 y 73, año 2002 • Manejo de bosques, plantaciones forestales, flora y fauna silvestres • Formular políticas • Elaborar, ejecutar y avalar programas y proyectos • Emitir normas forestales • Declarar bosques protectores y otorgar certificados de afectación • Prevenir y controlar desastres y amenazas al recurso forestal • Declarar áreas protegidas dentro de su jurisdicción • Capacitar, informar, realizar extensión forestal y sobre biodiversidad • Autorizar y controlar aprov. y tenencia de flora y fauna silvestres • Elaborar planes de Ordenamiento territorial • Administrar el registro forestal y otorgamiento de patentes • Concesionar el uso tradicional de manglares y humedales.

  4. Competencias “negociadas”Acuerdos ministeriales 55 y 73, año 2002 • Manejo de bosques, plantaciones forestales, flora y fauna silvestres • Formular políticas • Elaborar, ejecutar y avalar programas y proyectos • Emitir normas forestales • Declarar bosques protectores y otorgar certificados de afectación • Prevenir y controlar desastres y amenazas al recurso forestal • Declarar áreas protegidas dentro de su jurisdicción • Capacitar, informar, realizar extensión forestal y sobre biodiversidad • Autorizar y controlar aprov. y tenencia de flora y fauna silvestres • Elaborar planes de Ordenamiento territorial • Administrar el registro forestal y otorgamiento de patentes • Concesionar el uso tradicional de manglares y humedales.

  5. Competencias “negociadas”Acuerdos ministeriales 55 y 73, año 2002 • Calidad ambiental • Formular políticas • Emitir normas jurídicas y técnicas • Sancionar • Establecer mecanismos para prevenir, controlar, sancionar • Realizar auditorías ambientales • Formular sistemas de evaluación de impactos • Formular y ejecutar el plan de prevención y control de calidad • Promover la participación social • Dar asistencia técnica en el control y aplicación de estándares • Capacitar • Manejar información ambiental

  6. Competencias “negociadas”Acuerdos ministeriales 55 y 73, año 2002 • Calidad ambiental • Formular políticas • Emitir normas jurídicas y técnicas • Sancionar • Establecer mecanismos para prevenir, controlar, sancionar • Realizar auditorías ambientales • Formular sistemas de evaluación de impactos • Formular y ejecutar el plan de prevención y control de calidad • Promover la participación social • Dar asistencia técnica en el control y aplicación de estándares • Capacitar • Manejar información ambiental

  7. Competencias “negociadas”Acuerdos ministeriales 55 y 73, año 2002 • Calidad ambiental • Formular políticas • Emitir normas jurídicas y técnicas • Sancionar • Establecer mecanismos para prevenir, controlar, sancionar • Realizar auditorías ambientales • Formular sistemas de evaluación de impactos • Formular y ejecutar el plan de prevención y control de calidad • Promover la participación social • Dar asistencia técnica en el control y aplicación de estándares • Capacitar • Manejar información ambiental

  8. Hitos en la institucionalizaciónde la gestión ambiental Ley de Gestión Ambiental (1999) Codificaciones (2004) 2002 … TULS (2003): SUMA Ministerio de Ambiente (1996) Ley de Reg.Esp. Galápagos (1998) 1996-1999 1992-1995 Comisión Asesora 1993 19711990 Reglamentos Ambientales Minero, Hidrocarburos 1992 Unidades ambientales INEFAN Educ.Amb., ECORAE (1992) CONADE (1993) MAG (1995) Energía (1992-94) Leyes protectoras: Salud (1971) Aguas (1972) Pre.Contaminación (1976) Forestal (1981) Plagicidas (1990)

  9. Proceso de descentralización Hora Cero Reforma LORM Reglamento Ley descentralización Ley de modernización Modelo de gestión Firma de Convenios Convenio Marco Negociación provincial Análisis Consecuencias Resolución procurador Acuerdos MAE 55, 73 1995 1997 2000 2001 2002 2004 2006

  10. Proceso 2006 • Enero 2006: “Hora cero de la descentralización” • Concope presenta 16 propuestas de dz ambiental • Febrero 2006: Organización de mesas a partir de asamblea de prefectos • En ambiente: Napo, Carchi, Esmeraldas, Azuay participan en la mesa de negociación. • Abril. Se inicia la mesa de negociación • Acuerdos: • “dejar las matrices, para proponer la creación del sistema descentralizado de gestión ambiental” • Participación de AME, CONAJUPARE en las mesas

  11. Nuevo proceso 2 • Mayo: Submesas • Submesa de organización del Sistema • Submesa de discusión de matriz • Junio • Acuerdo AME-CONCOPE-CONAJUPARE en • directivas de sistema • Matriz base, para la negociación con el Ministerio • Reunión “mesa general” para negociación con MAE • Afinar detalles de transferencia de recursos • Julio 12 2006: Firma de acuerdo con el tiempo legal de las peticiones de Consejos Provinciales

  12. A partir del 2007 • Paralización del proceso por discusión constitucional • Oportunidad para los Consejos Provinciales de posicionamiento (en medio de la amenaza de “desaparición”!!) • En la discusión constitucional se ubica la gestión ambiental como tema de la provincia

  13. Competencia de Gestión Ambiental • Se reconoce como “competencia exclusiva” de los Gobiernos Provinciales en la Constitución, art. 263 • Se desarrolla la competencia en el COOTAD, art. 136 • “Gestión concurrente y subsidiaria” • Se insiste en el concepto de un “sistema descentralizado”.

  14. Texto central en COOTAD Artículo 136.- Ejercicio de las competencias de gestión ambiental.- De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución,el ejercicio de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza a través de la gestión concurrente y subsidiaria de las competencias de este sector, con sujeción a las políticas, regulaciones técnicas y control de la autoridad ambiental nacional, de conformidad con lo dispuesto en la ley Corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados provincialesgobernar, dirigir, ordenar, disponer, u organizar la gestión ambiental, la defensoría del ambiente y la naturaleza, en el ámbito de su territorio; estas acciones se realizarán en el marco del sistema nacional descentralizado de gestión ambiental y en concordancia con las políticas emitidas por la autoridad ambiental nacional. Para el otorgamiento de licencias ambientales deberán acreditarse obligatoriamente como autoridad ambiental de aplicación responsable en su circunscripción.

  15. Puntos “flojos” • La aprobación de licencias ambientales queda como potestad reglada por legislación secundaria (sistema SUMA) • Si un consejo municipal asume la competencia como Autoridad Responsable, ¿pierde derecho el Gobierno Provincial? • No se llega a definir el la ley el ámbito de la gestión ambiental.

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