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Secretaría Distrital de Integración Social. COMISARIAS DE FAMILIA “PRIMER LUGAR DE ACCESO A LA JUSTICIA FAMILIAR ”. Secretaría Distrital de Integración Social. Secretaría Distrital de Integración Social. OBJETIVO. PRIMER LUGAR DE ACCESO A LA JUSTICIA FAMILIAR
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Secretaría Distrital de Integración Social COMISARIAS DE FAMILIA “PRIMER LUGAR DE ACCESO A LA JUSTICIA FAMILIAR”
Secretaría Distrital de Integración Social OBJETIVO PRIMER LUGAR DE ACCESO A LA JUSTICIA FAMILIAR BUSCA LA PROTECCIÓN Y RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, PROMOVER LA CONVIVENCIA PACIFICA FAMILIAR Y DESARROLLAR ACCIONES DIRIGIDAS A LA DETECCIÓN, ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DEL MALTRATO INFANTIL Y LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
Secretaría Distrital de Integración Social FUNCIONES Y COMPETENCIAS • RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS • JURISDICCIONAL M.P. • CONCILIATORIA • POLICIVA • PREVENTIVA
Secretaría Distrital de Integración Social FUNCIONES Y COMPETENCIAS • LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA Articulo 86 • Violencia Intrafamiliar. • Restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes. • Adoptar medidas de emergencia y de protección. • Recibir denuncias y tomar medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar. • Definir provisionalmente sobre custodia, alimentos y visitas, suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes. • Fijar cauciones de comportamiento conyugal en situaciones de violencia intrafamiliar
Secretaría Distrital de Integración Social FUNCIONES Y COMPETENCIAS Decreto 4840 de 2007 DEFENSORES DE FAMILIA: Se encargara de prevenir , garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes en las circunstancias de maltrato infantil amenaza o vulneración de derechos ,diferentes de los suscitados en el contexto de la violencia intrafamiliar . El Comisario de Familia se encargará de prevenir, garantizar, restablecer y reparar los derechos de los niños, niñas y adolescentes y demás miembros de la familia, en las circunstancias de maltrato infantil, amenaza o vulneración de derechos suscitadas en el Contexto de la violencia intrafamiliar.
Secretaría Distrital de Integración Social INSTITUCIONES PUBLICAS CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL A VICTIMAS DE DELITOS SEXUALES Diagonal 34 No. 5-78 Horario de Atención de 8:0 a.m. - 4:00 p.m. CESPA CENTRO ESPECIALIZADO PARA LA ADOLESCENCIA Calle 12 No. 30-35 Piso tercero Teléfono 2 37 08 45 - 2 37 09 45 Horario de Atención 24 horas URI: UNIDAD DE REACCIÓN INMEDIATA ENGATIVA Carrera 78 A No. 77 A 62 Teléfono 4 30 24 36 Horario de Atención 24 horas
LEY 640 DE 2001 Articulo 40 CONCILIACIÓN • Controversias sobre la custodia y el régimen de visitas sobre menores e incapaces. • Asuntos relacionados con las obligaciones alimentarías • Declaración de la unión marital de hecho, su disolución y la liquidación de la sociedad patrimonial. • Controversias entre cónyuges sobre la dirección conjunta del hogar y entre padres sobre el ejercicio de la autoridad paterna o la patria potestad. • Separaciones de bienes y de cuerpos Secretaría Distrital de Integración Social FUNCIONES Y COMPETENCIAS
Secretaría Distrital de Integración Social MALTRATO INFANTIL LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA Articulo 18 Es toda forma de perjuicio castigo, humillación o abuso físico, psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y violación, toda forma de violencia o agresión sobre el niño, niña o adolescente , por parte de sus padres representantes legales o cualquier otra persona
Secretaría Distrital de Integración Social MEDIDAS DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS • LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA Articulo 52 • VERIFICACIÓN DE GARANTÍA DE DERECHOS • Estado de salud física y psicológica • Estado de nutrición y vacunación • Inscripción en el registro civil de nacimiento • Ubicación de la familia de origen • Estudio del entorno familiar y la identificación de factores protectores y de riesgo • Vinculación al sistema de salud y seguridad social • Vinculación la sistema educativo
Secretaría Distrital de Integración Social MEDIDAS DE RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS • LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA Articulo 53 • Amonestación con asistencia obligatoria a curso pedagógico. • Ubicación inmediata en medio familiar de origen o familia extensa. • Ubicación en Hogar de Paso. • Ubicación en Hogar Sustituto. • Vinculación a programas de atención especializada. • Adopción.
Secretaría Distrital de Integración Social RECONOCIMIENTO DE HIJO EXTRAMATRIMONIAL LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA ARTICULO 109 Cuando el padre extramatrimonial reconozca ante el Defensor , el comisario de familia o el inspector de policía la paternidad de un niño , una niña o un adolescente se levantara acta y se ordenara su Inscripción en le registro civil.
Secretaría Distrital de Integración Social TRAMITE DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHO • Expedición del Auto de apertura de Investigación, en el cual se deberá ordenar: • La identificación y citación de los representantes legales y de los implicados en la violación o amenaza de los derechos. • Las medidas provisionales de urgencia que requiera la protección integral. • La práctica de las pruebas que estime necesarias para establecer los hechos que configuran la presunta vulneración o amenaza • Medidas de restablecimiento de derechos
Secretaría Distrital de Integración Social TRAMITE DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHO DURACIÓN Art.100 ley 1098/06 4 meses siguientes a la fecha de presentación de la solicitud o de apertura de investigación. SEGUIMIENTO Art.96 ley 1098/06 Esta a cargo del respectivo coordinador del centro zonal del ICBF.
Secretaría Distrital de Integración Social CONFLICTOS FAMILIARES ORIENTACIÓN Y MEDIACIÓN EN CASOS DE CONFLICTOS INTRAFAMILIAR CONFRONTANDO A LOS ACTORES RESPECTO A LA SITUACIÓN VIVENCIADA Y SUS EFECTOS, CON EL OBJETO QUE IDENTIFIQUEN MANEJOS EQUIVOCADOS, REFLEXIONEN SOBRE SUS CAUSAS Y BUSQUEN ALTERNATIVAS PARA LA RESOLUCIÓN PACIFICA DE LA PROBLEMÁTICA
Secretaría Distrital de Integración Social VIOLENCIA INTRAFAMILIAR CONSTITUCIÓN NACIONAL ARTICULO 44 Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad, y será sancionada conforme a la ley. • LEY 294 /1996, 575/200 y 1257/2006 • Decreto 652 / 2001 • Consagran normas para prevenir, sancionar o remediar la violencia intrafamiliar, por medio de medidas de protección que pongan fin a la violencia o que eviten que esta se realice sin perjuicio de las acciones penales a que haya lugar
Secretaría Distrital de Integración Social • QUIENES COMPONEN LA FAMILIA • (Art 2 de la ley 294/1996) • Los cónyuges o compañeros permanentes. • El padre o la madre de familia aunque no convivan en el mismo hogar, • Los padres, abuelos , hijos, nietos de los anteriores y los hijos adoptivos . • Todas las demás personas que de manera permanente se hallaren integrados a la unidad domestica. • Quienes cohabiten o hayan cohabitado.
Secretaría Distrital de Integración Social VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Es todo comportamiento que lesiona la integridad física, psicológica y sexual de las personas que conforman la familia , y que tiene el propósito de dominar, controlar, corregir o educar ,a uno ovarios de sus diferentes integrantes. DENTRO DE LA VIF SE ENCUENTRA: La violencia conyugal o de pareja, el maltrato a los niños , niñas y adolescentes y la violencia entre otros miembros de la familia ( abuelos, tíos, primos etc. PUEDE TENER VARIAS MANIFESTACIONES: violencia física, psicológica (que comprende amenazas insultos , humillaciones y el chantaje efectivo), violencia económica y violencia sexual ( obligar a otra persona a tener contacto de tipo sexual en contra de su voluntad.
Secretaría Distrital de Integración Social INTOLERABLES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR MEDIDAS DE PROTECCIÓN • Riesgo inminente para la vida e integridad • Maltrato recurrente • Daño emocional causado por hechos violentos • Violencia asociada a consumo de SPA o problemas mentales • Víctima con discapacidad
Secretaría Distrital de Integración Social VIOLENCIA INTRAFAMILIAR AUTORIDADES COMPETENTES Comisaría De Familia del lugar donde habita la victima y/o don ocurrieron los hechos Fiscalía General De La Nación – CAVIF (Centro de Atención Integral Contra la Violencia Intrafamiliar ( carrera 13 No. 18-38 REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE MEDIDA DE PROTECCIÓN Pude formularse por escrito u en formas oral Dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de los hechos o del ultimo acto cuando este es reiterado Nombre de quien la presenta , de la persona (as) victimas de violencia Nombre y domicilio del presunto agresor Relato de los hechos Aporte de pruebas documentales y/o testimoniales o solicitud de estas Manifestación bajo juramento de que no se ha presentado otra solicitud sobre los mismos hechos
Secretaría Distrital de Integración Social VIOLENCIA INTRAFAMILIAR • QUIENES PUEDEN SOLICITAR MEDIDAS DE PROTECCIÓN • LEYES 294/1996 Y 575/2000 • La victima • Cualquier persona que actué en nombre de los agredidos • Cualquier miembro de la familia aunque se trate de un menor de edad • El defensor de Familia cuando la victima se encuentre en imposibilidad de hacerlo por si misma. • La comunidad-vecinos, inmediatamente identifique el caso • LEY 1257/2006 ARTÍCULO 34. • Quienes cohabiten o hayan cohabitado. • SENTENCIA CORTE CONSTITUCIONAL DE 21-08-2008 • Los compañeros permanentes del mismo sexo
Secretaría Distrital de Integración Social VIOLENCIA INTRAFAMILIAR • Delito De Violencia Intrafamiliar • La violencia intrafamiliar es un delito consagrado en el articulo 33 de la ley 1142/07 que modifico el articulo 229 de la ley 599 /00 ( código penal) • conlleva pena de prisión de 4 a 8 años
Secretaría Distrital de Integración Social VIOLENCIA INTRAFAMILIAR • AUTORIDADES COMPETENTES • Comisaría De Familia del lugar donde habita la victima y/o don ocurrieron los hechos • Fiscalía General De La Nación – CAVIF (Centro de Atención Integral Contra la Violencia Intrafamiliar ( carrera 13 no. 18-38)
Secretaría Distrital de Integración Social CONCILIACIÓN LEY 640 DE 2001 MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS MEDIANTE EL CUAL SE CONDUCE A LAS PARTES PARA QUE GESTIONEN POR SÍ MISMAS LA SOLUCIÓN DE SUS DIFERENCIAS EN ASUNTOS MATERIA DE CONCILIACIÓN.
Secretaría Distrital de Integración Social MEDIDAS POLICIVAS • Código del Menor Art. 320 a 325 • Es competencia de las Comisarías de Familia conocer de la violación a las prohibiciones y obligaciones especiales referentes a menores en salas de cines, juegos electrónicos, expendio de bebidas alcohólicas, venta de material pornográfico.
Secretaría Distrital de Integración Social PREVENCIÓN Acuerdo 10 de 1995 y Acuerdo 054 de 2001, Ley 1098/06 LA COMISARIA DE FAMILIA REALIZA ACTIVIDADES PREVENTIVO-EDUCATIVAS MEDIANTE PROCESOS PARTICIPATIVOS, REFLEXIVOS Y DE AUTOGESTIÓN QUE POTENCIALIZAN EL AFECTO Y LA TOLERANCIA EN LAS RELACIONES Y CONVIVENCIA FAMILIAR.
Secretaría Distrital de Integración Social • OBLIGACIONES COMPLETARÍAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS • LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA ARTICULO 44 • Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento . • Detección oportuna , apoyo y orientación en caso de malnutrición, maltrato , abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar , explotación económica y laboral y trabajo infantil. • Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. • Prevenir el trafico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas en las instalaciones educativas , solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el trafico , venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas . • Reportar a la autoridades competentes las situaciones de abuso sexual, maltrato infantil o explotación laboral infantil en niñas niños y adolescentes .
Secretaría Distrital de Integración Social OBLIGACIONES DE LA INSTITUCIONES EDUCATIVAS RUTAS DISTRITAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE MALTRATO INFANTIL, DELITOS SEXUALES Y VIOLENCIA INTRAFAMILIAR IDENTIFICACIÓN: de Presuntas Situaciones Abuso Sexual , Maltrato Infantil o Explotación Laboral Infantil , En Niñas Niños Y Adolescentes ACOMPAÑAMIENTO: del niño , niña o adolescente ante las autoridades competentes ( I.B.C.F. y Comisaría De Familia) en casos de identificación Abuso Sexual , Maltrato Infantil o Explotación Laboral Infantil. INFORME: por escrito de la situación detectada (se debe anexar los documentos que soporten las actuaciones realizadas por la institución al respecto ) en caso de retiro escolar de la Niña, Niños y Adolescentes informarlo a la institución correspondiente de manera inmediata
Secretaría Distrital de Integración Social GRACIAS!!!