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Medidas de Atención a la Diversidad en el SISTEMA EDUCATIVO. Culleredo 30 septiembre 2011. DIVERSIDAD. Variedad. Diferencia. ¿Quién tiene cabida dentro del concepto de diversidad? ¿Qué implica la atención a la diversidad? ¿Cómo le damos respuesta en el sistema educativo?.
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Medidas de Atención a la Diversidad en el SISTEMA EDUCATIVO Culleredo 30 septiembre 2011
DIVERSIDAD • Variedad. Diferencia. • ¿Quién tiene cabida dentro del concepto de diversidad? • ¿Qué implica la atención a la diversidad? • ¿Cómo le damos respuesta en el sistema educativo?
LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación) • PRINCIPIOS (art.1) • La CALIDAD de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias. • La EQUIDAD, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad.
LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación) • PRINCIPIOS (art.1) • La FLEXIBILIDAD para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad. • La ORIENTACIÓN educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada (…)
LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación) • PRINCIPIOS (art.1) • El ESFUERZO COMPARTIDO por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.
Equidad en la educaciónTítulo II (LOE) • ALUMNADO con NECESIDAD ESPECÍFICA de APOYO EDUCATIVO (ACNEAE) (Cap. I) Alumnado que requiere una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar
NORMATIVA • Orden 6 de octubre de 1995 por la que se regulan las adaptaciones del currículum en las enseñanzas de régimen general. • Decreto 320/1996, de ordenación de la educación de ACNEE. • Orden 31 de octubre de 1996 por la que se regula la evaluación psicopedagógica de los ACNEE que cursan las enseñanzas de régimen general, e se establece el procedimiento y los criterios para la realización del dictamen de escolarización.
NORMATIVA • Orden 28 de octubre de 1996 por la que se regulan las condiciones y el procedimiento para flexibilizar la duración del periodo de escolarización obligatoria de los ACNEE asociadas a condiciones personales de sobredotación intelectual. • Circular 9/1999 de la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional por la que se dictan instrucciones para la atención a la diversidad en la ESO. • Orden 27 de diciembre de 2002 por la que se establecen las condiciones y criterios para la escolarización en centros sostenidos con fondos públicos del alumnado no universitario con NEE.
NORMATIVA • Orden 20 de febrero de 2004 por la que se establecen las medidas de atención específica al alumnado procedente del extranjero. • Orden del 30 de julio de 2007 por la que se regulan los Programas de Diversificación Curricular en la ESO. • Circular 8/2009 de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, por la que se regulan algunas medidas de atención a la diversidad para el alumnado de la ESO. • Orden del 13 de julio de 2011 por la que se regulan los Programas de Cualificación Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma de Galicia.
REFUERZO EDUCATIVO(RE) • Medida ordinaria de atención a la diversidad que afecta a elementos no prescriptivos del currículum. • CURRÍCULUM: conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la LOE. • ENRIQUECIMIENTO
ADAPTACIÓN CURRICULAR(ACS) • Modificaciones de uno o más elementos prescriptivos del currículum. • CURRÍCULUM: conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la LOE. • ENRIQUECIMIENTO
Diferencias: RE / ACS RE AC ¿Quién lo diseña? ¿Necesita autorización? ¿Quién lo implementa? ¿Dónde se lleva a cabo? Un ejemplo de AC • ¿Quién lo diseña? • ¿Necesita autorización? • ¿Quién lo implementa? • ¿Dónde se lleva a cabo? • Un ejemplo de RE
EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA • Proceso de recogida, análisis y valoración de la información relevante de los elementos que intervienen en el proceso de enseñanza-aprendizaje, con la finalidad de identificar las necesidades educativas del alumnado que pueda presentar desajustes en su desarrollo personal o académico, y poder fundamentar decisiones.
APOYO EN GRUPOS ORDINARIOS • Especialista en Pedagogía Terapéutica • Especialista en Pedagogía Terapéutica • Especialista en Audición y Lenguaje APOYO OCASIONAL FUERA del AULA
AGRUPAMIENTOS FLEXIBLES • Transitorios • Alumnado de 1º o 2º con atraso académico generalizado. • Haber cursado 1º sin alcanzar objetivos mínimos • Estar en 3º o 4º y tener menos de 16 años • Pueden hacerse en LGeL, LCeL, Matemáticas, CCNN, CSGH
FLEXIBILIZACIÓN PERÍODO DE ESCOLARIZACIÓN (nee) • EI:excepcionalmente 1 año (no + de 7) • EP: excepcionalmente 1 año. Si no se hizo en EI excepcionalmente otro año (no + de 15) • ESO: Excepcionalmente 1 año (no 2 veces el mismo curso) (no + de 21)
FLEXIBILIZACIÓN PERÍODO DE ESCOLARIZACIÓN (nee) • Fragmentación 3º y 4º ESO (no + de 21) • BAC y FP: fragmentados por materias o módulos • BAC: excepcionalmente 2 años + que lo establecido con carácter general • FP: 1 repetición más de las dispuestas con carácter general • Anticipación inicio escolarización obligatoria • Reducción duración FLEXIBILIZACIÓN PERÍODO DE ESCOLARIZACIÓN (alta capacidad intelectual)
EXENCIÓN 2ª LENGUA EXTRANJERA • Alumnado de 1º y 2º ESO • Claras dificultades continuadas en el proceso de aprendizaje, en particular en el área de lengua
DESDOBLES • En 1º y 2º ESO • En las lenguas y matemáticas
PDC (ESO) • Haber cursado 2º, no condiciones de promocionar, haber repetido ya una vez en ESO (2 años) • Haber cursado 3º y no condiciones de promocionar (2 años) • Repetir 3º y no superar el curso (1 ó 2 años) • Haber cursado 4º sin superarlo y haber repetido ya una vez en ESO (1 año) • Dificultades generalizadas de aprendizaje • MAD • Riesgo evidente de alcanzar competencias básicas y objetivos cursando el currículum ordinario • Expectativas razonables de que con PDC alcanzará competencias básicas y objetivos ESO
PCPI • Entre 15 y 20 años • ESCOLARIZADO • Dificultades de aprendizaje • Valore continuar su formación en un ámbito profesionalizador • Grave riesgo abandono escolar • DESESCOLARIZADO • ACNEE (discapacidad, trast. grave conducta)
Programas de Refuerzo en las Áreas Instrumentales Básicas (1º y 2º ESO) • Alumnado de 1º que accede a ESO por imperativo legal • Alumnado que repite 1º • Alumnado que promociona a 2º sin superar todas o algunas de las áreas instrumentales • Alumnado que repite 2º • Alumn. estará exento de 2ª lengua extranjera
Programas de Recuperación (1º y 2º ESO) • Alumnado que promociona a 2º con instrumentales aprobadas pero otras suspensas • Alumn. podrá estar exento de 2ª lengua extranjera
Programas específicos personalizados (ESO) • Alumnado repetidor de 1º y 2º • Alumnado repetidor de 3º y 4º • Alumnado procedente del extranjero en situación de desfase curricular y/o desconocimiento de cualquiera de las lenguas oficiales de nuestra Comunidad Autónoma.
Aulas de Atención Educativa y Convivencia (ESO) • Alumnado conducta disruptiva.
OTROS • Oferta de materias optativas • Integración de materias en ámbitos • ACC TUTORÍAL (art. 91 LOE) • DO (ej. programas de tratamiento individualizado)
LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación) • PRINCIPIOS (art.1) • El ESFUERZO COMPARTIDO por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.