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Proceso de identificación de víctimas de violaciones a los Derechos Humanos durante la dictadura (Chile, 1973-1990) Presentación ante Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre desaparición forzada, agosto 2012. CIENCIAS FORENSES Y DERECHOS HUMANOS. APORTE A LA JUSTICIA Y ESTABLECIMIENTO
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Proceso de identificación de víctimas de violaciones a los Derechos Humanos durante la dictadura(Chile, 1973-1990)Presentación anteGrupo de Trabajode Naciones Unidassobre desapariciónforzada, agosto 2012 CIENCIAS FORENSES Y DERECHOS HUMANOS. APORTE A LA JUSTICIA Y ESTABLECIMIENTO DE LA VERDAD
Ciencias Forenses y Derechos Humanos • IDENTIFICACION DE DETENIDOS DESAPARECIDOS • DETERMINACION DE CAUSA DE MUERTE • DETERMINACION DE MODALIDAD DE MUERTE • SIGNOS DE TORTURA • CONSTATACION DE LESIONES
Chile Golpe de Estado- 11 de septiembre 1973 Quebrantamiento del Estado de Derecho
Septiembre de 1973, Marcelo y ChristiánMontecino (ejecutado político)
HORNOS DE LONQUEN, HOY HORNOS DE LONQUEN, 1978
OPERACIÓN “RETIRO DE TELEVISORES” DESDE 1979:EXHUMACIONES E INCINERACIONESDE LOS CUERPOS ESCONDIDOS DESDE 1973 (EN OTROS CASOS ARROJADOS AL MAR)
Rol de la justicia chilena • (1973-1983)
Antecedentes • Creación de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (Informe Rettig), para contribuir al esclarecimiento global de la verdad sobre las más graves violaciones a los derechos humanos cometidas entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990, ya fuera en el país o en el extranjero. • Se consideraron 2.296 como casos calificados de detenidos desaparecidos o ejecutados políticos.
En la mayoría de las situaciones la muerte se confirmó con posteriores hallazgos de osamentas, como ha sucedido con las víctimas de los episodios conocidos como Lonquén (1978), Pisagua (1990), Calama (1991), Chihuío (1990), La Moneda- Fuerte Arteaga, Cuesta Barriga (2001) y Paine (2007).
Comisión Valech (2004): • Califica a aprox. 27.255 víctimas de tortura y/o prisión arbitraria. • Otorga pensiones asistenciales a las víctimas. • Testimonios secretos por 50 años. • En 2010 se reabre la comisión. • 9.795 nuevos casos de sobrevivientes de tortura • 30 nuevos casos de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos. • “El SML debe ofrecer a los tribunales • pruebas técnicas que permitan • acreditar los delitos”.
MODELOS INTERNACIONALES DE ABORDAJE FORENSE • Equipo Argentino de Antropología Forense. • Comité Internacional de la Cruz Roja. No Gubernamentales COORDINACIONES SUPRANACIONALES • International MissingPersonsComission • (Bosnia). ESTADO • Servicio Médico Legal de Chile POLÍTICA PÚBLICA
27 de abril de 2007 se crea el Programa de DD. HH. del SML. 30 de agosto de 2007 se inaugura el Centro de Toma de Muestras En 2009 se consolida Banco de Datos de ADN de familiares de detenidos desparecidos y ejecutados políticos, con el lanzamiento de la Campaña de Toma de Muestras en todo el país. Creación de base de datos poblacional Hitos
Investigación Hallazgo IDENTIFICACIÓN INFORME AL TRIBUNAL ENTREGA DE RESTOS A LA FAMILIA Connotación Pública Custodia de restos Comunicación con las familias Pericia Forense
Trabajo multidisciplinario e Informe Pericial Integrado INFORME DEL LUGAR DEL HALLAZGO INFORME DE EVIDENCIAS ASOCIADAS AUTOPSIA MEDICO LEGAL INFORME PERICIAL INTEGRADO INFORME ODONTOLÓGICO INFORMES INDIVIDUALES DE IDENTIFICACIÓN INFORME ANTROPOLÓGICO INFORME DE GENÉTICA
4 TARJETAS FTA Muestras sanguíneas de familiares con resguardo de confidencialidad y consentimiento informado * *Declaración Universal sobre el Genoma, Derechos Humanos de UNESCO, 1997 Declaración Internacional sobre los Datos Genéticos Humanos de la UNESCO, 2003
Reconocimiento de familiares de evidencias asociadas (“objetos culturales”, caso Paine)
RESULTADOS DE IDENTIFICACIÓN Entre 2007 y julio 2012 se ha informado a tribunales y a las familias: A la fecha se han tomado 3.470 muestras, de las que 149 corresponden a familiares que residen en el extranjero.
PROTOCOLO DE ESTAMBULDr. Patricio Bustos StreeterSeptiembre,2012
ENTENDEMOS POR TORTURA • Todo acto intencional contra una persona que le cause dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o psicológicos. • Para obtener de ella o de un tercero información o confesión, o castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que haya realizado, o por razones de cualquier tipo de discriminación. • Es cometida por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas. Fuente: definición Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (ONU), art. 1.1
Informe 2009 sobre Chile del Comité Contra la Tortura de la ONU, (CAT), señala sobre elProtocolo de Estambul y el Servicio Médico Legal El Comité acoge con satisfacción el área creada por el Servicio Médico Legal para la implementación del Protocolo de Estambul, así como las actividades de difusión del Protocolo que se han venido realizando en el Estado chileno. Al Comité le preocupa que, según ciertas informaciones, estas iniciativas no se están extendiendo a todo el personal médico involucrado en el tratamiento de casos de tortura y que no se está dando la importancia que corresponde a los exámenes médicos realizados conforme al Protocolo de Estambul. (Artículos 10 y 12) El Comité recomienda al Estado chileno que redoble esfuerzos de manera que todo el personal médico involucrado en la identificación de casos de tortura conozca el contenido del Protocolo de Estambul y esté capacitado para aplicarlo. Asimismo, el Comité recomienda al Estado chileno que tome las medidas necesarias para que los informes elaborados conforme al Protocolo sean ampliamente difundidos entre los profesionales médicos que trabajen en casos de tortura.
Proporción de Casos Registrados Relacionados con Torturas y Malos Tratos en Departamentos de Lesiones y Salud Mental Fuente: Unidad de Estadísticas SML Años 2003-2012
DIAGNOSTICO DESAFÍOS APLICACIÓN DEL PROTOCOLO DE ESTAMBUL EN SML Fortalecer la red de peritos capacitados EXISTENCIA DE RED NACIONAL DE PERITOS SML RESPONDER DEMANDA TRIBUNALES Y POR NUEVOS CASOS CALIFICADOS RESOLUCIÓN SOBRE PROTOCOLO DE ESTAMBUL COMO ESTANDAR PARA ESTAS PERICIAS INFORMAR A LA CIUDADANÍA DERECHOS Y PROCESOS FALTA DE CRITERIOS COMUNES PARA APLICACIÓN EN LOS CASOS ACTUALES
Aprendizajes: • Imprescindible Voluntad Política. • Planificar en tiempos reales de acuerdo con la realidad. • Estandarizar y acreditar procesos. • Trabajar estrechamente con los tribunales. • Situar el rol de los familiares como garantes del proceso, para generar confianza y aceptación de resultados. • Realizar trabajo intersectorial e interinstitucional • Desafíos y dificultades: • Documentación y registro de la tortura según protocolos. • Ley de Amnistía – 1978. Nula o escasa colaboración de victimarios. • Aplicación de la Prescripción penal y/o civil. • Reparación parcial a víctimas y familiares. • FALTA DE REGISTRO UNICO INTERNACIONAL DE VICTIMAS DE “PLAN CONDOR”, COMPARTIDO PARA INVESTIGACIONES JUDICIALES EN LOS PAISES AFECTADOS • COMISIONES DE VERDAD SIN CARÁCTER PERMANENTE • REDUCIDO NUMERO DE MINISTROS DEDICADOS A CASOS DE DDHH.
Dr. Patricio Bustos Streeter Director Nacional Servicio Médico Legal Ministerio de Justicia pbustos@sml.cl www.sml.cl