1 / 17

Dra. Rebeca Carpi Profesora Derecho Civil ESADE (URL)

Copropiedad sobre inmuebles Master de Gestión Integral en la Edificación y Consultoría Inmobiliarias: Project, Facility & Property Manager. Dra. Rebeca Carpi Profesora Derecho Civil ESADE (URL) Magistrada Suplente Audiencia Provincial de Tarragona. Ideas previas. Denominaciones:

omana
Download Presentation

Dra. Rebeca Carpi Profesora Derecho Civil ESADE (URL)

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Copropiedad sobre inmueblesMaster de Gestión Integral en la Edificación y Consultoría Inmobiliarias: Project, Facility & Property Manager Dra. Rebeca Carpi Profesora Derecho Civil ESADE (URL) Magistrada Suplente Audiencia Provincial de Tarragona

  2. Ideas previas • Denominaciones: • Cotitularidad, copropiedad, comunidad, condominio. • Tipos de comunidades: • Copropiedad por cuotas: comunidad romana o pro indiviso. • Comunidad germánica o en mano común. • Comunidad “pro diviso”.

  3. Comunidad romana o proindiviso • ¿Qué es? (art. 392 Cc): • Titularidad compartida por varios • Sobre una cosa (o derecho) • Pro indiviso • Atribuida por cuotas

  4. Las cuotas (porciones o participaciones): • ¿Qué son? • Expresión numérica porcentual • Determina la titularidad del derecho • Determina la participación • ¿Para qué sirven? • Reparto de beneficios y gastos • Mayorías para acuerdos • Disponibilidad del derecho • ¿Cómo se fijan?

  5. Facultades de los condueños • En la cosa común (en general, arts. 394 y 395 Cc) • Uso y disfrute: • En función de la cuota • ¿Qué sucede si no es posible cuantificarlo o no se ha cuantificado? Art. 394 Cc. • Cargas y gastos: • En función de la cuota • Todos están obligados (art. 395 Cc.) • ¿En qué medida? • ¿Es una obligación absoluta? • Gestión de la cosa común: • Actos de administración (art. 398 Cc) • Actos dispositivos (art. 397 Cc) y variación de la esencia física • En la cuota: • Principio general: • Libre disponibilidad, no es titularidad personalísima (art. 399 Cc.) • Límite: art. 1522 Cc

  6. Extinción • Causas específicas: • Confusión • División de la cosa común: “actio communi dividundo”: • Régimen: arts. 400-406 Cc.

  7. Concepto y régimen jurídico de la propiedad horizontal • Concepto: • propiedad especial y compleja. ¿por qué? • Aplicable a edificios divididos en pisos y/o locales • Caracteres: • Propiedad separada e individual de los pisos o locales (art. 3 LPH) • Copropiedad de elementos comunes plasmada en la cuota de participación • Conjunto inseparable que conforma una sola unidad jurídica • Fuentes normativas: • Art. 396 Cc, normas imperativas LPH, arts. 8.4º y 5ºy 107.11 LH. • Voluntad interesados • Normas dispositivas LPH • Disposiciones generales CC.

  8. Concepto y régimen jurídico de la propiedad horizontal • Constitución: • Antecedentes: voluntaria, mediante título con carácter perfectivo de la PH. • Momento actual (art. 2 LPH): • a) Con título. • b) Sin título.

  9. Concepto y régimen jurídico de la propiedad horizontal • A) Con título (art. 5): • Sujetos: uno o varios. • Contenido: • Mínimo imperativo • Dispositivo (no es propiamente título constitutivo). • ¿Cabe modificar el título constitutivo? • Forma: libertad formal. • Momento: amplitud de posibilidades. • B) Sin título: • Existe comunidad desde que un edificio con pluralidad de pisos o locales privativos pertenecen a diversos dueños • Peculiaridades: • El otorgamiento de título puede ser exigido por cualquiera de ellos • No tiene acceso al RP • ¿Cómo se determinan las cuotas de participación?

  10. Estatutos y Reglamento interno: • Son las normas pactadas por los copropietarios para regir la PH. • 1 ) Estatutos (art. 5.3 LPH): • Delimitan el conjunto de derechos y deberes de los propietarios y su ejercicio. • Son potestativos • ¿Cuándo se otorgan? ¿Cómo? • ¿A quién obligan? • 2 ) Reglamento interno (art. 6 LPH) • Regulan cuestiones de convivencia interna • Potestativos • ¿Cuándo se otorgan y cómo?

  11. Elementos comunes y elementos privativos • Comunes: anejo de la propiedad de cada elemento privativo. • ¿Cuáles son? Art. 396 • Características: compartidos, indivisibles e inseparables. • Clases: por naturaleza y por destino • Elementos privativos: los distintos pisos y locales con salida a la vía pública o a un elemento común y los anejos asignados. • Garajes. Variedad de posibilidades: • Un solo elemento privativo independiente • Múltiples elementos privativos independientes • Anejos asignados a pisos o locales • Elemento común por destino.

  12. La cuota • Derechos y deberes de los propietarios: la cuota • Concepto de cuota: índice centesimal que representa la participación en los elementos comunes (arts. 3 y 5, p. 2º LPH). • ¿Quién y dónde se establece? • ¿Cómo se calcula? • Funciones: • Activa • Pasiva • Otras

  13. Derechos y deberes de los propietarios • En relación a: • a) Elementos privativos: • Principio de libre disponibilidad • Ausencia de tanteo y retracto legal (art. 396 Cc). • Plenitud de uso y disfrute: ¿límites? • Los aplicables a todo derecho de propiedad • Los derivados de la especial naturaleza de la PH. • 1. Respeto a los elementos comunes • 2. Respeto a los demás elementos privativos • Especial atención al art. 7.2º párrafo

  14. Derechos y deberes de los propietarios • b) Elementos comunes: • Pauta rectora: uso racional y diligente • No existe acción de división • ¿cabe modificar elementos comunes? Art. 17 • Regla general: unanimidad • Beneficios y gastos: • En proporción a la cuota de participación • Cabe establecer cuota de gastos distinta • Gastos: obligación propter rem (art. 9.e) p. 3º)

  15. Órganos de gobierno y representación • Funcionamiento y administración: junta, presidente, administrador y secretario. • 1) Junta de Propietarios (arts. 14/18): • Es el órgano deliberante y básico de funcionamiento • Sus competencias (art. 14) son las propias de cualquier órgano rector colectivo, facilitando y organizando el ejercicio de los intereses en conflicto, la propiedad de los elementos privativos y la copropiedad de los comunes. • Composición (art. 15): voz y voto en ella de todos los propietarios • Directamente o por representación • Excepción: propietarios “morosos”. • Formación de junta: art. 16

  16. Órganos de gobierno y representación • Funcionamiento y administración: junta, presidente, administrador y secretario. • 2) Presidente (art. 13.2) • ¿quién es? • ¿cómo se elige? • ¿qué hace? • Vicepresidente: ¿quién y para qué? • 3) Administrador (arts. 13.5 y 6 y 20) • ¿qué hace? • ¿quién es? • 4) Secretario (arts. 13.5 y 6, 19.4 y 20.e): • ¿qué hace? • ¿quién es?

  17. Órganos de gobierno y representación • Los acuerdos y su impugnación • Adopción de acuerdos (art. 17) • Unanimidad • Mayoría cualificada de 3/5 • Mayoría simple de propietarios y cuotas • Minoría de 1/3 • Impugnación de acuerdos(art. 18): • Contrarios a la ley o estatutos: • Plazo: 1 año • Legitimación: propietarios disidentes, ausentes e indebidamente privados de voto. • ¿nulos de pleno derecho de acuerdo con el 6.3 Cc? • Gravemente lesivos para la comunidad o generadores de grave perjuicio a un propietario [art. 18 b) y c)]: • Plazo: 3 meses. • Legitimación: la misma • Cómputo plazo: desde el acuerdo o desde la comunicación.

More Related