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PROEMPLEO AÑO 2007 Programa de Bonificación a la contratación de mano de obra en las Empresas

PROEMPLEO AÑO 2007 Programa de Bonificación a la contratación de mano de obra en las Empresas. Antecedentes.

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PROEMPLEO AÑO 2007 Programa de Bonificación a la contratación de mano de obra en las Empresas

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Presentation Transcript


  1. PROEMPLEO AÑO 2007Programa de Bonificación a la contratación de mano de obra en las Empresas

  2. Antecedentes Este Programa forma parte de las iniciativas que impulsa el Gobierno para facilitar la contratación de trabajadores desempleados, generando un mayor acceso a empleos. Pretendiendo de esta manera, incrementar las oportunidades de acceso al mercado del trabajo mediante la adquisición de nuevas destrezas o habilidades laborales.

  3. Descripción del Programa • El programa financia directamente a la empresa que resulta adjudicada con la bonificación y que contrate a trabajadores desempleados. • El financiamiento es por un monto equivalente al 40% ($57.600) de un ingreso mínimo mensual durante un periodo máximo de 4 meses. Además, el programa financia por una sola vez con $50.000, los costos por capacitación laboral de cada trabajador contratado.

  4. Cobertura

  5. Duración del Programa Fecha de Inicio de Programa: 23 de Julio del 2007 Fecha de Termino de Programa: 30 de Septiembre del 2007

  6. Empresas que pueden postular al Programa Contribuyentes de 1ra. categoría y los del artículo 22 de la ley sobre Impuestos a la Renta (Impuesto único sustitutivo: mineros artesanales, pequeños comerciantes de la vía pública, suplementeros, propietarios de un taller artesanal y los pescadores artesanales, entre otros). Con excepción de aquellas cuyas rentas provengan de las letras c) y d) del Nro. 2 del Art.20 de la Ley de la Renta. Las empresas que posean la calidad de personas jurídicas deben inscribirse en el registro de instituciones Receptoras de Fondos Públicos (Ley 19.862).Siparticiparon el año 2006 no es necesrio.

  7. No pueden postular las siguientes empresas Las empresas suministradoras o colocadoras de personal. Las empresas nuevas que no hayan realizado al menos una declaración de impuesto a la renta y las que habiéndolo declarado el año 2007, no hayan tenido movimiento. Las empresas que al momento de la postulación registren multas pendientes por infracciones a la legislación laboral, de seguridad social o tributaria. Se exceptúan aquellas que al momento de postular acrediten estar repactando las deudas.

  8. Número de Contratos de Trabajo Según Facturación de Empresa

  9. Fondos de Excepción Podrán postular al programa las empresas nuevas y aquellas que no hayan tenido movimiento el año 2006, siempre y cuando el Sence las autorice expresamente, y ello no supere en total al 10% de los recursos del programa. La solicitud de admisión de empresas nuevas y sin movimiento, así como también el aumento de cupos, deberá contar con la autorización del Director Regional del Sence.

  10. Fondos de Excepción:Para postular a los fondos de excepción, las empresas deberán presentar una solicitud formal a la Dirección Regional respectiva, acompañando la documentación que más abajo se señala, más los antecedentes que ésta estime conveniente como fundamento de la solicitud.

  11. Requisitos de los trabajadores Personas con la calidad de trabajadores desempleados y que sean preferentemente jefes o jefas de hogar. Deberán encontrarse cesantes por un periodo de a lo menos 30 días corridos , contados hacia atrás desde la fecha de postulación al programa Tener residencia en la región en que opere el Programa.

  12. Requisitos de los trabajadoresAcreditación de cesantía • Encontrarse inscritos por un periodo igual a 30 días en la Omil o en las instituciones que la Municipalidad cumpla funciones similares. • Encontrarse registrado por un período igual o superior a 30 días e inferior a 6 meses en la Bolsa Nacional de Empleo. • En el caso de los Municipios que no tengan Omil, los trabajadores podrán acreditar su situación de desempleo por un período igual o superior a 30 días a través de unas declaración jurada. • Presentar un certificado o cartola de cotizaciones del seguro de cesantía que emite al AFC, que indique que el beneficiario no ha recibido cotizaciones del dicho seguro en los últimos 30 días.

  13. Requisitos de los contratos de trabajo - Duración mínima de 4 meses. - La remuneración no podrá ser inferior a un ingreso mínimo mensual ($144.000). - No se aceptarán contratos de trabajadores despedidos dentro de los 60 días anteriores a la fecha de la postulación. - Dentro del ingreso mínimo mensual no se puede incluir: seguro de cesantía, horas extraordinarias, asignación familiar, de colación, de movilización, de desgaste herramientas y de pérdida de caja, gratificación legal. - No podrán presentarse renovaciones de contrato.

  14. Las empresas no podrán postular con cargo al Programa 2007 Los trabajadores no podrán ser postulados por más de una vez con cargo al programa 2007. Trabajadores aprendices , que en el año 2007 ya hayan recibido subsidio. Contratos de trabajadores que sean hijos, hermanos o cónyuge del representante legal, empresario y/o dueño de las empresa.

  15. IMPORTANTE Las empresas deberán presentar los contratos de trabajo y toda la documentación requerida al momento de la postulación. Estos contratos podrán tener como fecha de inicio de la relación laboral cualquier día desde la fecha de postulación al programa hasta veinte días después de la misma.

  16. Requisitos de las Actividades de Capacitación • Cursos con duración mínima de 13 horas, deben ser impartidos de lunes a Sábado. • Cursos sólo presenciales, con una asistencia mínima, del o la trabajador(a), del 75% para aprobar y cancelar la capacitación. • Cambios en los cursos, sólo una vez e informando 24 horas antes de inicio curso. Si la capacitación no se efectúa por 2ª vez el empleador pierde ambos beneficios. • Plazo para su ejecución : 10 días después de la fecha de postulación y hasta 60 días corridos desde la fecha inicio del contrato. • Los contenidos de los cursos deben tener una directa relación con la labor del trabajador y el giro de la empresa

  17. Organismos técnicos de Capacitación Otec debe estar vigente en el registro de Sence. Sin multas. Cursos autorizados y con código Sence en forma previa. Se debe presentar el Formulario Único de Comunicación Actividad de Capacitación y Autorización de curso Empresa, con relatores internos o externos No pueden ser impartidos por el dueño de la empresa si esta es unipersonal. Presentación Formulario único de Comunicación Actividad de Capacitación y Autorización de curso. Al momento aceptada la postulación, Sence otorgara código al curso Los Cursos de Capacitación Podrán Ser Ejecutados por :

  18. Postulación a través de Internet • Las empresas podrán pre-ingresar los contratos de trabajo y la actividad de capacitación visitando el sitio web http://proempleo.sence.cl debiendo imprimir el comprobante de pre-ingreso y adjuntarlo a los antecedentes de postulación para acreditar dicha operación. • La operación no estará completa mientras la totalidad de antecedentes y documentación requeridos no hayan sido debidamente presentados y visados por la Dirección regional de SENCE en un plazo máximo de 10 días corridos desde la presentación virtual.

  19. Antecedentes y documentos requeridos en la postulación PARA TODAS LAS EMPRESAS • Formulario 22 (original, original electrónico, fotocopia legalizada) • Rol único tributario • Formulario de postulación, anexo 2 (original) • Formulario único de capacitación y autorización de curso interno, anexo 3 (original) • Contrato de los trabajadores • Fotocopia de Cedula de identidad de trabajadores • Anexo de contrato, anexo 6 (original) • Poder simple, anexo 1 (original) • Declaración jurada del representante legal o dueño de la empresa, anexo 7 (original) • Acreditación de desempleo: (Certif. Omil, Carne BNE, Declaración jurada o certificado de AFC)

  20. Antecedentes y Documentos Requeridos en la Postulación PERSONAS JURIDICAS • Certificado de vigencia (Vigencia Máxima de 60 días, original o fotocopia legalizada) • Inscripción en registro de receptores de fondos públicos. http://receptores.sence.cl

  21. Concesión y Notificación La Concesión del beneficio se efectuará por resolución dictada por la Dirección Regional donde se presentó la postulación. Se notificara por Carta certificada dentro de los 10 días después de la completa presentación de los antecedentes. Los cursos de capacitación no podrán iniciarse hasta que no sea notificada a la empresa la concesión del beneficio por parte del Sence

  22. Plazos para el cobro de la bonificación a la capacitación y contratación.

  23. Requisitos Para el Pago de La Capacitación • La Capacitación solo se puede cobrar una vez que esta haya sido efectuada y siempre que haya transcurrido el primer mes de contratación. Debiendose cobrar ambas bonificaciones en forma conjunta (capacitación y contratación) • Si dentro del plazo (60 días) la capacitación no es ejecutada se entenderá que la empresa renuncia al beneficio en su totalidad (capacitación y bonificación a la contratación)

  24. Requisitos Para el Pago de La Capacitación Documentación para el cobro de la bonificación

  25. Requisitos Para el Pago de las cuotas de contratación - • Debe estar ejecutada la Capacitación • Documentación a presentar para el pago: • Liquidación de Remuneraciones del mes a cobrar debidamente firmada por el trabajador y empleador (original) • Planilla de cotizaciones previsionales debidamente timbrada por concepto del pago o declaración, incluyendo anexo con nómina de trabajadores, como también pago del seguro de cesantía de los trabajadores (Original o Fotocopia).

  26. FIN DE PRESENTACIÓN

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