300 likes | 516 Views
Universidad Autónoma de San Luis Potosí C uentos Aduaneros. Caso 22. Vasos de Vidrio con Valor de Mercancías Similares Ana Karen Guevara Gómez A 10 de septiembre de 2012. Índice. Cuento Aduanero Problema Causas Consecuencias Referencias ( RCGMCE, Ley Aduanera) Solución
E N D
Universidad Autónoma de San Luis Potosí Cuentos Aduaneros Caso 22. Vasos de Vidrio con Valor de Mercancías Similares Ana Karen Guevara Gómez A 10 de septiembre de 2012
Índice • Cuento Aduanero • Problema • Causas • Consecuencias • Referencias ( RCGMCE, Ley Aduanera) • Solución • Conclusiones • Bibliografía
Cuento… Eran las 16:00 horas en una legendaria agencia de Tijuana: -Lic. Campos, ¿cómo le vamos a hacer para el embarque de UNIKRISTAL? -¿Qué están trayendo, Miguelito…? -Son 400,000 unidades de vasos de vidrio… -¿Cuándo llegaron a San Diego? -Ayer, pero el camión ya está en ruta para México… -¿Para dónde? ¿Por qué no me avisaste, Miguelito? -Hace quince minutos me avisaron, patrón…!
El mandatario de la agencia se pone de pie de un brinco, sorprendido y de inmediato comienza un movimiento clásico de oficina, donde gente va y viene, siempre con papeles en la mano, de tal forma que se ve que se mueven, pero no pasa nada en concreto… -¡Cara…o! ¿Qué papeles tenemos? -Tenemos una proforma de factura, pero no tiene precio…
-Entonces no es proforma de nada. A ver, déjeme ver el documento… Le muestra algo que parece una lista de empaque, ilegible, en nueve hojas, en inglés, donde le avisa que están enviando 400,000 unidades de unos vasos de vidrio, de diferentes tipos. No tiene valor unitario ni valor total. -¿ Y la factura, Miguel…? -Es esa…
Lista de Empaque Es el documento que contiene toda la información referente a el tipo y cantidad de mercancía en el envío al igual que sus unidades de peso y mediadas con relación a su almacenamiento y empaquetado. Generalmente se adjunta una copia al envío mismo en un sobre a plastificado y otra copia se envía al consignatario para revisar la mercancía en su arribo. La lista de empaque normalmente contiene: Nombre y dirección del vendedorNombre y dirección del compradorFecha de expediciónNumero de FacturaNumero de OrdenCantidad y descripción de los bienesPeso de los bienesNumero de paquetes, cajas, rollos, cartones, contenedores, etc. y descripción de su contenido.Numero de envíoy marcaje de envío.
-¿Y donde dice que es una factura, Miguelito? Esto es una lista de empaque. ¿Dónde estudiaste tramitación? ¿En el Instituto Patito o en las Academias Vázquez…? -Es que aquí en Tijuana no hay escuelas de eso, así que tuve que estudiar para técnico en computación…
Problema El problema que se presenta en este cuento es que no hubo la comunicación necesaria de la agencia aduanal con la empresa de UNIKRISTAL por lo que el embarque no cuenta con la documentación necesaria para su internación en México, además la falta de atención oportuna por parte del personal de la agencia aduanal para que los documentos fueran enviados en tiempo y forma.
-Pues ve bien, Miguel. Esto es una lista de empaque. ¿Y la factura…? -No tenemos patrón. Zepeda dice que lo pasemos así, que todavía no tienen factura, ni una proforma ni nada. El mandatario trata de comunicarse a México con Zepeda, pero las líneas están ocupadas… -¡Patrón, el camión de UNIKRISTAL ya llegó a la aduana…!
Causas • Falta de control en las operaciones de la Agencia Aduanal. • Falta de conocimientos del personal que labora en la Agencia. • No comunicarse empresa y agencia con anticipación para que los documentos necesarios se soliciten y sean enviados para su entrada a México.
Consecuencias El embarque llegó a la Aduana en México y en la oficina del Lic. Campos no contaban con los documentos necesarios para la tramitación de la entrada de la mercancía a territorio nacional, no podían pagar los impuestos porque no tenían el precio de los vasos.
Ahora sabe que si no actúa pronto, le van a regalar las mercancías a la aduana1. -Miguel vamos a usar ésta lista de empaque como factura. Juramenta lo que falta al reverso y yo la firmo. ¡Pero vuélale, por favor!2 -Ok .¿Qué valor le damos…? ¿El que yo quiera…? -¡No seas bruto! ¿Qué no sabes que el valor no se debe asignar a “ojo de buen cubero”? No miguel. Necesitamos datos objetivos y cuantificables3.
¿Por qué dice que le regalaran las mercancías a la aduana? 1Fracción III, artículo 151 Ley Aduanera: Las autoridades aduaneras procederán al embargo precautorio de las mercancías y de los medios en que se transporten, en los siguientes casos: III.Cuando no se acredite con la documentación aduanera correspondiente, que las mercancías se sometieron a los trámites previstos en esta Ley para su introducción al territorio nacional o para su internación de la franja o región fronteriza al resto del país y cuando no se acredite su legal estancia o tenencia, o se trate de vehículos conducidos por personas no autorizadas. En el caso de pasajeros, el embargo precautorio procederá sólo respecto de las mercancías no declaradas, así como del medio de transporte, siempre que se trate de vehículo de servicio particular, o si se trata de servicio público, cuando esté destinado a uso exclusivo del pasajero o no preste el servicio normal de ruta.
¿Se puede usar la lista de empaque como factura? 2RCGMCE 3.1.5. Requisitos mínimos para la factura en importaciones de compra-venta: La factura comercial deberá contener los siguientes datos: • Lugar y fecha de expedición. • Nombre y domicilio del destinatario dela mercancía. • La descripción comercial detallada de las mercancías y la especificación de ellas en cuanto a clase, cantidad de unidades, número de identificación, cuando éstos no existan, así como valores unitarios y total de la factura que ampare las mercancías contenidas en la misma. No se considerará descripción comercial detallada, cuando la misma venga en clave. • Nombre y domicilio del vendedor. La falta de alguno de los datos o requisitos a que se refieren las fracciones anteriores, así como la enmendación o anotaciones que alteren los datos originales, deberá ser suplida por declaración bajo protesta de decir verdad del importador, agente o apoderado aduanal, en la propia factura cuando exista espacio para ello mediante escrito libre y presentarse en cualquier momento ante la autoridad aduanera, siendo aplicable la multa establecida en el artículo 185, fracción I de la Ley, salvo que se trate de cumplimiento espontáneo.
¿Por qué no “ a ojo de buen cubero”? 3Último párrafo del artículo 65 de la Ley Aduanera: “Para la determinación del valor de transacción de las mercancías, el precio pagado únicamente se incrementará de conformidad con lo dispuesto en este artículo, sobre la base de datos objetivos y cuantificables”.
-¿Entonces…? El mandatario sale de la oficina y llama a su chofer… -Juanito, te me vas a SURIANITIS y te compras un vaso de vidrio, del tamaño y color que quieras; te vas con el ticket a Servicio al Cliente y que te den factura. ¡Pero córrele! ¡Te quiero aquí en menos de diez minutos!... Juanito se sube a la troca, rechina las llanas y se va a toda velocidad al centro comercial. Como a la media hora regresa con la factura.
-Miguel, ¿ya está el pedimento? -Ya está cargado, patrón, nada más le falta el valor en aduana para calcular los impuestos… -Ponle USD$0.90 y avísale en contabilidad para que hagan la transferencia y lo impriman de volada! -Y qué hago con la nota de SURIANITIS? -¡Engrápala con la lista de empaque! En la juramentación declaramos precio unitario USD$0.90 y ahorita imprimo la manifestación de valor…4
4 Manifestación de Valor: Documento probatorio ante la Autoridad Aduanera con los elementos utilizados para determinar el valor de la mercancía a importar.
-¡Pero no tenemos valor de transacción…! -Precisamente por eso, Miguelito: vamos a poner que utilizamos el método de mercancías similares, de la zona de producción que es San Diego-Tijuana.5 En quince minutos, el tramitador llegó con el camión de UNIKRISTAL al módulo de la aduana, ocurrió reconocimiento aduanero y el embarque cruzó sin problemas.
Método de Mercancías Similares 5 Artículo 71.Cuando la base gravable del impuesto general de importación no pueda determinarse conforme al valor de transacción de las mercancías importadas en los términos del artículo 64 de esta Ley, o no derive de una compraventa para la exportación con destino a territorio nacional, se determinará conforme a los siguientes métodos, los cuales se aplicarán en orden sucesivo y por exclusión: II. Valor de transacción de mercancías similares, determinado conforme a lo establecido en el artículo 73 de esta Ley. Artículo 73. El valor a que se refiere la fracción II del artículo 71 de esta Ley, será el valor de transacción de mercancías similares a las que son objeto de valoración, siempre que dichas mercancías hayan sido vendidas para la exportación con destino al territorio nacional e importadas en el mismo momento que estas últimas o en un momento aproximado, vendidas al mismo nivel comercial y en cantidades semejantes que las mercancías objeto de valoración.
Solución UNIKRISTAL debe recibir en un futuro cercano una factura donde se especifique el precio, y debe existir una transferencia o un cheque donde el importador pague al proveedor. Si el precio unitario es igual o menor a USD$0.90 es recomendable que no se realice una rectificación, pagaron impuestos de mas 6 aunque tiene derecho a ello y a la aplicación del saldo en otros pedimentos. Si la SHCP hace una visita, va a descubrir el saldo a favor y lo más que puede hacer es aplicar una multa por dato inexacto, pero tendrá que emitir una resolución a favor del contribuyente y eso no le va a convenir. Pero si el precio es mayor se debe hacer una rectificación en cuanto tenga en su poder la factura y hacer el ajuste en el pago de impuestos con actualizaciones y recargos.
Artículo 36 ley aduanera Quienes importen o exporten mercancías están obligados a presentar ante la aduana, por conducto de agente o apoderado aduanal, un pedimento en la forma oficial aprobada por la Secretaría. Dicho pedimento se deberá acompañar de: l. En importación: a) La factura comercial que reúna los requisitos y datos que mediante reglas establezca la Secretaría, cuando el valor en aduana de las mercancías se determine conforme al valor de transacción y el valor de dichas mercancías exceda de la cantidad que establezcan dichas reglas.
El conocimiento de embarque en tráfico marítimo o guía en tráfico aéreo. c) Los documentos que comprueben el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias a la importación, que se hubieran expedido de acuerdo con la Ley de Comercio Exterior, siempre que las mismas se publiquen en el DOF. d) El documento con base en el cual se determine la procedencia y el origen de las mercancías para efectos de la aplicación de preferencias arancelarias, cuotas compensatorias, cupos, marcado de país de origen. e) El documento en el que conste la garantía otorgada mediante depósito efectuado en la cuenta aduanera de garantía a que se refiere el artículo 84-A de esta Ley, cuando el valor declarado sea inferior al precio estimado que establezca dicha dependencia
f) El certificado de peso o volumen expedido por la empresa certificadora autorizada por la Secretaría mediante reglas, tratándose del despacho de mercancías a granel en aduanas de tráfico marítimo, en los casos que establezca el Reglamento. g) La información que permita la identificación, análisis y control que señale la Secretaría mediante reglas.
6 Artículo 89 Ley Aduanera: Los datos contenidos en el pedimento son definitivos y sólo podrán modificarse mediante la rectificación a dicho pedimento. Los contribuyentes podrán rectificar los datos contenidos en el pedimento el número de veces que sea necesario, siempre que lo realicen antes de activar el mecanismo de selección automatizado. Una vez activado el mecanismo de selección automatizado, se podrá efectuar la rectificación de los datos declarados en el pedimento hasta en dos ocasiones, cuando de dicha rectificación se origine un saldo a favor o bien no exista saldo alguno, o el número de veces que sea necesario cuando existan contribuciones a pagar.
Conclusiones Es importante considerar que esto no se debió hacer, pero dentro de la premura de la situación, era lo mejor que pudo hacer el mandatario, en especial para proteger a su cliente, porque si en la aduana le hubieran cuestionado el valor, él tiene como respaldo la factura del centro comercial. En la agencia aduanal de Tijuana deben tener un mejor control sobre sus operaciones y sobre su personal para que no se les presenten contratiempos como en este caso.
Bibliografía http://www.modelofactura.net/factura-pro-forma.html (Recuperado el 07 de septiembre de 2012) http://www.aduanas-mexico.com.mx/claa/ctar/formatos/manifestacion_valor.html (Recuperado el 08/09/2012) SILVA JUAREZ, Ernesto «Cuentos Aduaneros» REYES DIAZ-LEAL, Eduardo. “Sistema Aduanero Mexicano 2010” Ley Aduanera