210 likes | 482 Views
DEBIDO PROCESO AL INTERIOR DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. DEL MANUAL DE CONVIVENCIA. COMPROMISO HISTORICO proyecto ético Responsabilidad social Conciencia civil Ecología intelectual. DIGNIDAD. AUTOESTIMA. CONCEPTO DE HOMBRE COMO: TRASCENDENTE JUEGO DE LO POSIBLE
E N D
DEL MANUAL DE CONVIVENCIA • COMPROMISO HISTORICO • proyecto ético • Responsabilidad social • Conciencia civil • Ecología intelectual DIGNIDAD AUTOESTIMA • CONCEPTO DE HOMBRE • COMO: • TRASCENDENTE • JUEGO DE LO POSIBLE • VOLUNTAD DE RAZÓN • PLENO DE VALORES • PLENO DE POTENCIA- • LIDAD • DESEO EMANCIPA- • TORIO EL MANUAL DE CONVIVENCIA SE APOYA EN LA: RACIONALIDAD INTEGRADORA PARA LA CONSTRUCCION DE PAZ, JUSTICIA Y CIVILIDAD • RACIONALIDAD CONCEPTUAL • CONSTRUCCION DEL C/MTO • Saber ser • Saber hacer • Aprender a aprender • Aprender a conocer • Aprender a convivir IDENTIDAD AUTONOMIA • ACCION EDUCATIVA AUTOGESTADA • Respeto a la diferencia • Cultura del diálogo • Concertación racional, • Tolerancia ideológica • Disposición al cambio • Racionalización del poder • Evaluación como proceso
Facilitador de actividades y relaciones de la Comunidad Educativa M A N U A L D E C O N V I V E N C I A Explica las instancias, canales de comunicación derechos, deberes y compromisos de los miembros de la Comunidad Educativa • Democracia • Participación • Flexibilidad • Consenso • Contextual DOCUMENTO Presenta modos para Conciliar intereses, Necesidades, dentro de Un ambiente armonioso, Pacífico y productivo
La participación aparece en tres dimensiones: Como principio. Esta en nuestra constituciones y las leyes dado que sólo es posible si todos la forjamos en todas las actividades día a día. Como derecho – Deber. Se fundamenta en el reconocimiento de nuestros derechos y obligaciones. Como mecanismo de Acción. Saber comunicar, inter-acturar y negociar. La Institución Educativa: Debe ser capaz de garantizar la vigencia de los Derechos Humanos y convertir la democracia en un hecho cotidiano DEMOCRACIA PARTICIPATIVA
Los manuales de convivencia son: En esencia actos reglamentarios Comprometen A todos los miembros de la Comunidad educativa Porque poseen Fuerza vinculante Que deviene En Forma mediata C. P. Art. 67 en forma inmediata Ley 115 y reglamentarios BASADOS EN LA AUTOREGULACION CONVIVENCIA:“Vida en Sociedad orientada hacia el bienestar individual y colectivo”
Es inherente a la existencia humana y es elemento dinamizador de transformaciones y cambios Es una realidad útil que debemos aprender a gestionar Los conflictos no se evaden, se previenen y manejan Los conflictos también se pueden valorar como una oportunidad formativa CONFLICTO
¿Qué es el debido proceso? Conjunto de garantías sustanciales y procedimentales con las cuales se pretende proteger los derechos e intereses de los individuos que se encuentran incursos en una actuación judicial o administrativa, constituyendo a su vez un límite material a la actividad desplegada por las autoridades públicas en el ejercicio del poder punitivo del estado.
Constitución Política de Colombia ARTÍCULO 29: El debido proceso se aplicará a toda clase de actuación judicial y administrativa sancionatoria al principio de legalidad propia del estado de derecho. Nadie podrá ser juzgado sino conforme a las leyes preexistentes al acto que se les imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de formas propias de cada juicio. Toda persona se presume inocente mientras no se le haya declarado judicialmente culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y asistencia de un abogado, durante la investigación y el juzgamiento, a un debido proceso público, a presentar pruebas y controvertirlas; impugnar la sentencia condenatoria y a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho.
El Colegio como instancia representante del Estado y de la Sociedad • Dentro de sus procesos formadores y como corresponsable con la familia , debe tener claridad total en que la finalidad del Código es buscar establecer medidas de carácter pedagógico, privilegiando el interés superior del niño, garantizando la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño. • La Ley enfatiza en el respeto a la privacidad y a evitar la revictimización de los niños, las niñas y los adolescentes con preguntas y actitudes que atenten con la estabilidad psicológica, física y social de los niños, niñas y adolescentes involucrados en situaciones de riesgo. • Es fundamental anotar que conocidos los presuntos casos de Abuso Sexual y Maltrato Infantil, no se deben hacer entrevistas profundas sobre el hecho, pues los únicos autorizados para realizar entrevistas son los Defensores de Familia mediante autorización del Juez competente, ya que se puede caer en vulneración de derechos y /o dañar pruebas importantes para la investigación.
Como Garantiza el Colegio los Derechos de los niños, niñas y adolescentes? Se identifican principalmente en los colegios y las acciones a seguir de acuerdo a la Ley 1098 Promoviendo la igualdad, el afecto, la solidaridad y el respeto de sus comunidades escolares. Protegiendo a sus alumnos contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, dignidad e integridad. Desarrollando acciones para prevenir la vulneración y asegurar el ejercicio de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Apoyando a las familias para que estas puedan garantizarles los derechos. Prestando mayor atención a los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situación de riesgo. Promoviendo la convivencia pacifica en la familia y en la sociedad. Previniendo y atendiendo todo tipo de violencia que atente contra sus derechos.
ACCIONES PARA TENER EN CUENTA. • Contar con la implementación de un procedimiento: El colegio desarrollará acciones pedagógicas que involucre a padres de familia y a los niños, se hace el seguimiento a estas acciones. • El procedimiento debe ser identificado Ej. maltrato, abuso violencia intrafamiliar. • En casos de Maltrato:-Procedimiento.- • Miembro de la familia. Informar al ICBF, Defensoría de Menores en donde se tomarán las medidas necesarias hasta la de protección, sacando a la victima del sitio de riesgo si es al interior de la Familia. • Docente - Estudiante. Remitir queja a control Interno Disciplinario. • Entre compañeros. Acudir al manual o si pasa a mayores remitir al centro de servicios judiciales para jóvenes.
ACCIONES PARA TENER EN CUENTA. ABUSO. – Procedimiento -: 1.- Sí el hecho es conocido en primera instancia en el colegio, se procederá a informar a la Policía de Menores quienes, con base en la Ley 1098 de 2006, tienen provisionalmente funciones de Policía Judicial y, al interior del colegio se debe garantizar la privacidad y el buen nombre de la victima y su familia. 2.- Entre adolescentes o estudiantes. Se debe reportar al Centro de Servicios Judiciales; es responsabilidad del docente y/o directivo que conozca el caso de primera mano y/o la victima quienes ponen en conocimiento de la autoridad competente el caso y, al interior del colegio se debe garantizar la privacidad y el buen nombre de la victima y su familia.
PROCEDIMIENTO. Casos: A. Cuando la victima es menor de 18 años y el agresor mayor de 14 años y menor de 18 años. B. Cuando la victima es menor de 18 años y agresor mayor de 18 años. C. Cuando la victima es menor de 14 años y agresor es menor de 14 años. Situación A: Se remite a la Policía de Menores que sea objeto un niño o una niña en la calle, en el hogar, en la escuela, en el parque o cualquier espacio público o privado quienes tienen funciones provisionales de Policía Judicial, es delito judicializable y tiene medida de aseguramiento; al interior del colegio de debe garantizar la privacidad y el buen nombre de la victima y su familia. Situación B: Si el colegio conoce del hecho hace acompañamiento a la victima a la Entidad competente, para que se instaure la renuncia respectiva; y al interior del colegio de les debe garantizar la privacidad y el buen nombre de la victima, del agresor y sus familias. Situación C: La institución Educativa reportará el caso al ICBF Defensoría de Familia y hará el acompañamiento de los niños victimas y agresores y, al interior del colegio se les debe garantizar la privacidad y el buen nombre de la victima, del agresor y sus familias.
ACCIONES PARA TENER EN CUENTA. HURTO. En delitos como robo, distribución de SPA, el responsable en el colegio debe remitir el caso a la Policía de Menores y/o Bienestar Familiar si son menores de 14 años y si son mayores de 14 años serán remitidos al Centro de Adolescentes a través de la Policía de Menores. MALTRATO INFANTIL. Puede manifestarse en grito, insultos, amenazas, chantajes, humillaciones, excesivo control o abandono total, golpes y hasta abuso sexual. La mayoría de las veces el hombre o quien ejerce el poder económico agrede físicamente a la mujer, a los hijos y a los demás miembros de la familia. La denuncia por Violencia Intrafamiliar se debe realizar ante las Comisarías de Familia en primera instancia; y de continuar presentándose dicha situación se deberá trasladar al CAVIF (Centro de Atención Integral contra la Violencia Intrafamiliar).
USTEDES COMO FORMADORES HACEN PARTE DEL PROCESO DE FORMACION DE NUESTROS NIÑOS, NIÑAS Y JOVENES. GRACIAS POR EDUCAR CON AMOR.