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Propuesta de la Conferencia

CONVENCIÓN DE LA HAYA sobre protección de niños y cooperación en materia de adopción internacional 29/5/1993. Propuesta de la Conferencia. Elaborar reglas de derecho obligatorias para ADOPCIONES INTERNACIONALES

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  1. Prof.Norma Beatriz MARTINEZ CONVENCIÓN DE LA HAYA sobre protección de niños y cooperación en materia de adopción internacional 29/5/1993

  2. Propuesta de la Conferencia • Elaborar reglas de derecho obligatorias para ADOPCIONES INTERNACIONALES • Establecer un circuito de comunicación entre estados de origen y recepción de menores • Crear un sistema de supervisión de procedimientos en estados Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

  3. PREAMBULO • DISPOSICIONES COMUNES PARA GARANTIZAR QUE LAS ADOPCIONES INTERNACIONALES SE OTORGUEN EN EL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR • RESPETO POR SUS DERECHOS FUNDAMENTALES • PREVENIR EL SECUESTRO, VENTA O TRÁFICO Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

  4. ARTICULO 4 • Autoridades del país de origen del menor son competentes para constatar que se respeta con la adopción el ISM • Esas autoridades primero deben agotar los medios para colocar al menor en su mismo país (ppio.subsidiariedad) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

  5. ARTICULO 2 • Ambito de aplicación de la convención: • Adopciones internacionales que supongan desplazamiento de niños de un estado de origen a un estado de recepción • La adopción puede disponerse en cualquiera de los dos estados • Deben emplazar a los menores en un vínculo filiatorio permanente Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

  6. CONVENCIÓN • Sólo se aplica a adopciones que generen desplazamientos de menores • Que creen relaciones paterno-filiales permanentes • Centra su atención en la residencia habitual del menor Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

  7. RESIDENCIA HABITUAL • Artículos 14 y 16 • Residencia habitual es la que posee el menor cuando la Autoridad Central del Estado de origen elabora el informe de adoptabilidad del menor • Residencia habitual de los adoptantes es la que poseen al momento de plantear la demanda Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

  8. MENOR • Calificación autárquica: hasta los 18 años Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

  9. OBJETIVO DE LA CONVENCIÓN • No reglar un conflicto de leyes • SI establecer un sistema de cooperación entre Estados para asegurar la tutela del ISM • Responsabilizar a los Estados quienes tienen obligaciones que cumplir • Estado de origen: verifica estado de adoptabilidad • Estado de origen verifica tutela del ISM • Estado de origen verifica consentimientos de partes Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

  10. OBJETIVOS… • AUTORIDAD COMPETENTE DEL PAÍS DE RECEPCIÓN: • Verifica cumplimiento de condiciones legales y sociopsicológicas para la adopción por los futuros padres previo asesoramiento • Otorgar autorización al menor para ingresar y residir en el país Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

  11. AUTORIDADES CENTRALES • Cada estado debe designarlas • Comunicar su designación a la oficina permanente de la Conferencia de La Haya • Son organismos técnicos especialmente entrenados en tareas de cooperación específicas en el ámbito internacional • Deben remover obstáculos que se presenten • Se permite que oficien con tal calidad agencias de adopción en general (cuestionable: la CDN exige organismos constitucionales) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

  12. MECANISMO • Personas con residencia habitual en un Estado que quieran adoptar niños con residencia habitual en otro Estado • Recurrir a la Autoridad Central del Estado de su residencia habitual (adoptantes) • Autoridad si los considera en condiciones de adoptar transmite informe a la Autoridad Central del Estado de la residencia habitual del menor Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

  13. Mecanismo…. • Si la Autoridad Central decide el estado de adoptabilidad del menor se habilita la adopción internacional • NO SE RESGUARDA EL DERECHO DE IDENTIDAD DEL MENOR: no se revelan datos de los padres biológicos + se impide contacto entre los futuros adoptantes con los padres del menor (crítica: se impide la construcción de la identidad del menor y se menoscaba su ISM) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

  14. CONVENCION…. • Las adopciones otorgadas en un Estado DEBEN reconocerse de pleno derecho en los demás estados… • NO SE PUEDEN HACER RESERVAS A LA CONVENCIÓN Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

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