1 / 6

PLURALIDAD DE PARTES E INTERVENCIÓN EN EL PROCESO CIVIL: 1. LITISCONSORCIO

PLURALIDAD DE PARTES E INTERVENCIÓN EN EL PROCESO CIVIL: 1. LITISCONSORCIO A) VOLUNTARIO; B) NECESARIO; C) CUASINECESARIO 2. INTERVENCIÓN DE TERCEROS A) PRINCIPAL; B) ADHESIVA LITISCONSORIAL; C) ADHESIVA SIMPLE; D) PROVOCADA Soledad Ruiz de la Cuesta Fernández. PLANTEAMIENTO PREVIO.

stamos
Download Presentation

PLURALIDAD DE PARTES E INTERVENCIÓN EN EL PROCESO CIVIL: 1. LITISCONSORCIO

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. PLURALIDAD DE PARTES E INTERVENCIÓN EN EL PROCESO CIVIL: 1. LITISCONSORCIO A) VOLUNTARIO; B) NECESARIO; C) CUASINECESARIO 2. INTERVENCIÓN DE TERCEROS A) PRINCIPAL; B) ADHESIVA LITISCONSORIAL; C) ADHESIVA SIMPLE; D) PROVOCADA Soledad Ruiz de la Cuesta Fernández

  2. PLANTEAMIENTO PREVIO • DUALIDAD DE PARTES VS. PLURALIDAD DE PARTES. • Distintos fenómenos: ACUMULACIÓN // LITISCONSORCIO // INTERVENCIÓN. • a) ACUMULACIÓN DE ACCIONES (12.1 y 72 LEC): notas esenciales: VOLUNTARIEDAD // INICIAL. • Fundamento: economía procesal. • Clases: • --- objetiva (un actor ejercita varias pretensiones frente a 1 solo ddo: no hay pluralidad de partes); --- TEMA 11 • --- objetivo-subjetiva: 1 actor ejercita varias pretensiones frente a 2 o más ddos; 2 o más actores ejercitan varias pretensiones frente a 1 o más ddos ---- en ambos casos: pluralidad de partes --- LITISCONSORCIO VOLUNTARIO --- autonomía procesal de los litisconsortes; ST con pronunciamientos diversos para cada uno de ellos --- TEMA 11

  3. b) LITISCONSORCIO CUASINECESARIO: SEMIVOLUNTARIO // INICIAL --- sin autonomía procesal de los litisconsortes; ST con pronunciamiento único para todos ellos. Supuesto: obligaciones solidarias (1144 CC). c) INTERVENCIÓN (13 y 14 LEC): sustituye al litisconsorcio pasivo impropiamente necesario, de creación jurisprudencial. Fundamento: terceros con intereses o derechos legítimos que pudieran verse afectados por la ST que recaiga. Notas esenciales: VOLUNTARIEDAD // SOBREVENIDA. Clases: Principal; Adhesiva Litisconsorcial; Adhesiva simple; Provocada. d) LITISCONSORCIO NECESARIO (12.2 LEC): nota esencial: FALTA LA VOLUNTARIEDAD // INICIAL: previsión legal: legitimación conjunta o inescindible --- sin autonomía de los litisconsortes para actuaciones procesales; ST con pronunciamiento único para todos ellos.

  4. -2. EL LITISCONSORCIO NECESARIO • Regulación: Art. 12.2 LEC • Siempre, pasivo (Fundamento). • Presupuesto: existencia de relación o situación jurídica material inescindible (legitimación plural o plurisubjetiva) y afectación de la sentencia a todos y cada uno de los titulares (pronunciamiento único). • Interdependencia de los litisconsortes • Ejemplos: • 1. Tercería de dominio. Dda: frente a ejecutante y ejecutado, cuando éste ha designado el bien (Art. 600 LEC) --- distinguir del supuesto de intervención principal, cuando no se dirige dda frente a ejecutado. • 2. Obligaciones mancomunadas indivisibles • 3. Nulidad del matrimonio instada por tercero (contra ambos cónyuges) • 4. Nulidad de contrato celebrado por varios (contra todos los que intervinieron) …

  5. Tratamiento procesal: • Punto de partida: falta de legitimación pasiva ---- Presupuesto Procesal; • Alegada a instancia del ddo: • - en la contestación a la demanda; • - en la contestación a la reconvención (por el actor reconvenido: ddo); • b.1) Examen: • - en ordinario: audiencia previa • - en verbal: vista • b.2) Procedimiento: art. 420 LEC • a) el ddte acata la falta de listisconsorcio: comparece en la audiencia previa aportando escritos por los que dirige la dda a los litisconsortes alegados por el ddo en la contestación a la dda; el juez ordena emplazar nuevos ddos; suspensión de la audiencia previa. • b) El ddte se opone a la falta de listisconsorcio: • -El juez oye a las partes y puede resolver en auto posterior (cinco días); no se suspende la audiencia; • Si el juez entiende oportuno el listisconsorcio: plazo al actor para constituirlo (quedan en suspenso las actuaciones); • Si transcurrido el plazo, el ddte no constituye listisconsorcio: archivo de las actuaciones

  6. c) De oficio: • En la audiencia previa o en la vista (procedimiento de subsanación del art. 420 LEC); • En el momento de dictar sentencia: ccc: no se examinará el fondo del asunto: “sentencia procesal o absolutoria en la instancia”

More Related