690 likes | 993 Views
DIPLOMADO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO. Módulo I ETAPA PREPARATORIA. Fases de la Contratación Estatal. 2. Selección. 3. Ejecución Contractual. 1. Actos Preparatorios. ACTOS PRECONTRACTUALES . Convocatoria. Consultas Observaciones Presentación de propuestas
E N D
DIPLOMADO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Módulo I ETAPA PREPARATORIA
Fases de la Contratación Estatal 2. Selección 3. Ejecución Contractual 1. Actos Preparatorios ACTOS PRECONTRACTUALES • Convocatoria. • Consultas • Observaciones • Presentación de propuestas • Evaluación de propuestas • Adjudicación de Buena Pro • Impugnaciones • Perfeccionamiento del Contrato • Ejecución de prestaciones. • Adicionales. • Reducciones. • Gastos Generales. • Penalidades. • Multas y Moras • Declaración de conformidad. • Liquidación. • Plan Operativo Institucional. • Presupuesto Institucional. • Plan Anual de Contrataciones. • Expediente de Contratación. • Designación de Comité Especial. • Elaboración de Bases. ETAPA CONTRACTUAL
LOS ACTOS PREPARATORIOS (I) Aprobación del PAC Requerimiento Valor Referencial Disponibilidad Presupuestal - El usuario debe definir con precisión las CCTT. - Finalidad pública - La fuente de financiamiento - La cadena funcional programática y del gasto - Monto de la certificación - Aprobado por el Titular de la Entidad. - Monto determinado por el OEC como resultado del estudio de posibilidades que ofrece el mercado
LOS ACTOS PREPARATORIOS (II) Convocatoria Comité Especial Aprobación de Bases Aprobación Expediente de Contratación • - Órgano colegiado • Organiza/ conduce el proceso de selección • 3 miembros • - Aprobación Titular de la Entidad /Delegación • Es por escrito/ • Visado por el CE. • Estandarización - Información de CCTT - Estudio de posibilidad. que ofrece el mercado - Valor referencial - Disponib. presupuestal - Tipo de proceso - Modalidad de selección - Sist. de contratación
1. Programación y Actos Preparatorios Plan Anual de Contrataciones Expediente de Contratación Comité Especial Bases
ELABORACIÓN DEL PAC La elaboración del PAC comprende 2 etapas:
1. En esta fase - que se realiza 9 meses antes del año al que corresponde el PAC -, el Titular de la Entidad señalará los plazos internos para que las unidades orgánicas determinen las necesidades de bienes y servicios que requerirán para cumplir con las actividades previstas en el proyecto de POI del año siguiente. 1° ETAPA - FORMULACIÓN DEL PAC 2. Las unidades orgánicas propondrán a través de un cuadro de necesidades, los B, S y O que requerirán durante el año, haciendo uso del catálogo único de b, s y o.
PASOS CONCRETOS A SEGUIR: FORMULACIÓN DEL PAC
EN SINTESIS: ELABORACIÓN DEL PAC Segunda Etapa (15 días hábiles después) Aprobación de PIA Aprobación Plan Anual Consolidación de cuadro de necesidades SEACE Difundir: Dentro de los 5 días hábiles de aprobado Primera Etapa LOCAL Y WEB DE LA ENTIDAD Usuarios definen requerimientos
CONTENIDO DEL PAC COMUNICADO Nº 004-2010-OSCE/PRE Sobre registro obligatorio de procesos de selección por encargo llevados a cabo por la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos – UNOPS
MODIFICACIÓN DEL PAC Puede ser modificado en cualquier momento, de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de metas institucionales: - Para incluir o excluir procesos de selección, o, - El valor referencial difiera en más del 25% del valor estimado y ello varíe el tipo de proceso de selección. NO OLVIDAR: La aprobación de las modificaciones del PAC es similar al procedimiento de aprobación y difusión.
SUPERVISIÓN Y EVALUACIÓN DEL PAC OJO: El Titular de la Entidad podrá adoptar medidas correctivas para alcanzar metas y objetivos del POI. También podrá disponer el deslinde de las responsabilidades respectivas.
MANUALES E INSTRUCTIVOS DE REGISTRO DEL PAC EN EL SEACE
OBSERVACIONES FRECUENTES: En el SEACE se viene observando frecuentemente lo siguiente: Oportunidad: No se convocan los procesos de selección en forma oportuna, a pesar de encontrarse previsto en dicho instrumento, lo que contraviene lo dispuesto en el artículo 7° del Reglamento. Fraccionamiento: Se advierten indicios de fraccionamiento, pues en las distintas versiones del PAC se aprecian contrataciones con el mismo objeto, descripción y/o tipo de proceso.
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN ¿Por qué es necesario contar con un expediente de contratación? ¿Cuál es su Finalidad?
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El ÁREA USUARIA es la responsable de definir con precisión las características, condiciones, cantidad y calidad de los bienes, servicios u obras a contratar, las que deben encontrarse descritas en las especificaciones técnicas o términos de referencia. Debe definir la finalidad pública de la contratación. NO aludir a marcas o nombres comerciales, diseños, fabricantes, ni descripción que oriente la adquisición o contratación de marca, fabricante o tipo de producto específico.
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN FASE INICIAL: Requisitos mínimos para su aprobación:
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Los RTM comprenden:
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Debe incluir: • Sistema de contratación • Modalidad de Selección • Modalidad de ejecución contractual • Disponibilidad Presupuestal • Tipo de proceso • Resumen ejecutivo En obras y actividades derivadas de proyectos de inversión : • Declaración de viabilidad del SNIP • Expediente Técnico • Disponibilidad del terreno
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN En proceso declarado desierto: Sólo si se ha modificado algún extremo del expediente de contratación, la siguiente convocatoria contará con nueva aprobación del expediente.
ESTUDIO DE POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO Para determinar: • Valor referencial. • Existencia de pluralidad de marcas y postores • Posibilidad de distribuir la buena pro. • Información que pueda servir para establecer factores de evaluación. • Pertinencia de realizar ajustes a las características y/o condiciones de lo que se va a contratar, entre otros aspectos.
VALOR REFERENCIAL El valor referencial es el costo estimado aprobado por la Entidad para la contratación de bienes, servicios u obras sobre la base de los precios de mercado. El OEC debe determinar el valor referencial. El OEC puede solicitar apoyo que requiera del Área Usuaria, este último está obligado a dar apoyo bajo responsabilidad.
VALOR REFERENCIAL Como mínimo se debe emplear dos (02) fuentes:
VALOR REFERENCIAL Costo total de propiedad Garantías
VALOR REFERENCIAL INCLUYE: • El costo del Bien o Servicio, además de su margen de comercialización o utilidad. • Tributos, Seguros, Costos de Transporte al punto de entrega, Inspecciones, Pruebas solicitadas, Costos Laborales y cualquier otro concepto. • En casos de servicios de Intermediación Laboral, el VR debe calcularse respetando todas las normas laborales.
VALOR REFERENCIAL ANTIGÜEDAD: • BIENES Y SERVICIOS: 03 meses desde aprobación del Expediente de Contratación. • CONSULTORÍA DE OBRA: 06 meses desde aprobación del expediente de contratación. • OBRAS: 06 meses desde la fecha de determinación del presupuesto de obra consignada en el expediente técnico.
VALOR REFERENCIAL LÍMITES:
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Contenido de la Certificación Presupuestal:
INQUIETUDES En un estudio de posibilidades que ofrece el mercado se tiene que el requerimiento valorizado es de S/. 500,000.00, pero no se cuenta con disponibilidad presupuestal completa para la contratación, ya que sólo se tiene S/. 460,000.00. El valor referencial se establece en S/. 460,000.00. Esta contratación es esencial y no puede dejar de brindarse pues se trata de limpieza para las dependencias de la Entidad. En este caso se puede afirmar que:
La Entidad debe cancelar el proceso de selección por falta de presupuesto y solicitar apoyo a otras Entidades para que realicen la prestación. • El requerimiento debe ser reducido a fin que esté acorde con el presupuesto, pero ello implicará no limpiar la totalidad de residuos de la entidad • La Entidad debe decidir la importancia de la contratación y en todo caso, buscar el financiamiento en el presupuesto, modificando internamente su distribución • El Valor Referencial debe establecerse sobre la disponibilidad de fondos debido a que no se cuenta con más presupuesto y esperar que las empresas presenten propuestas.
Inquietudes Una vez efectuado el estudio de posibilidades que ofrece el mercado, se obtiene la cotización de la Empresa “Huambrilla S.R.L.”, y también un dato histórico de la misma Empresa “Huambrilla S.R.L.”. Sobre la base de estas dos fuentes de información se determina el valor referencial del proceso. Pregunta: ¿El estudio es válido? • No es válido porque al ser la empresa “Huambrilla SRL” la que cotiza y la que ofrece el precio histórico tenemos una sola fuente. • No es válido porque no se acredita la pluralidad de postores y/o marcas • Es válido porque una fuente es la cotización realizada y otra fuente es el precio histórico. Al existir dos fuentes de información el estudio resulta válido. • Es válido debido a que existe la posibilidad de utilizar una sola fuente de información.
OPINIONES OSCE • www.osce.gob.pe
OPINIÓN Nº 094-2011/DTN “¿Es posible que la aprobación de expediente de contratación y las Bases de una AMC que deriva de otro proceso de selección por declaratoria de desierto (licitación pública, concurso público o adjudicación directa) sean aprobados por quien haya sido facultado para dicha aprobación; o debe ser aprobado por la instancia que aprobó el expediente de contratación y las Bases del proceso de selección original?”
OPINIÓN Nº 007-2012/DTN En los procesos de selección a convocarse en la Amazonía, ¿es legalmente correcto que las bases deben establecer un valor referencial considerando el IGV, y otro valor referencial sin considerar el IGV?
FUNCIONARIOS Y ÓRGANOS RESPONSABLES Art. 5 del Reglamento: Titular de la Entidad Área usuaria Órgano encargado de las contrataciones Comité Especial
Es la más alta autoridad ejecutiva de la Entidad. Aprueba, autoriza y supervisa los procesos de contrataciones. Ejemplos: Congreso de la República: Presidente Poder Judicial: Presidente Empresas del Estado: Gerente General Gobierno Regional: Presidente Gobierno Local: Alcalde TITULAR DE LA ENTIDAD
DELEGACIÓN TITULAR DE LA ENTIDAD El Titular de la Entidad puede delegar facultades que le concede la norma de contrataciones, siendo indelegables los siguientes: Autorización de exoneraciones. Declaración de nulidad de oficio. Aprobación de prestaciones adicionales de obra. Emisión de pronunciamientos sobre las observaciones a las Bases Administrativas. Decisión de encargar procesos a entidad privada nacional o internacional
AREA USUARIA y OEC Área Usuaria: Realiza el requerimiento (determina necesidades, características técnicas y la cantidad de lo que se va a adquirir o contratar). Indica Finalidad Pública de la Contratación Estudio de las posibilidades que ofrece el Mercado Definición: C.T. Características Técnicas V.R. Valor referencial OEC NECESIDAD Consolidar en el PAC Determinación del tipo de proceso de selección: LP, CP, ADP, ADS, AMC. Responsable del Fraccionamiento: No se debe dividir una contratación para dar lugar al cambio del tipo de proceso de selección.
FUNCIONARIOS Y/O SERVIDORES DEL OEC Directiva N° 001-2011-OSCE/CD • Capacitación técnica en contrataciones públicas o gestión logística: no < 80 horas lectivas (5 últimos años) • 2. Experiencia laboral general: no < a 3 años • 3. Experiencia laboral en materia de contrataciones públicas o en logística privada: no <1 año A PARTIR DEL 2013: Obligatoriamente deberán ser profesionales y/o técnicos debidamente certificados. REQUISITOS: