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Fase Selectiva de las Contrataciones del Estado. DEFINICIÓN. Es un procedimiento especial conformado por un conjunto de actos. FINALIDAD Seleccionar a la persona natural o jurídica con la suscribirá el contrato. TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIÓN. a) Objeto del Proceso.
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DEFINICIÓN • Es un procedimiento especial conformado por un conjunto de actos FINALIDAD Seleccionar a la persona natural o jurídica con la suscribirá el contrato
TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIÓN a) Objeto del Proceso Se determina dependiendo de: b) Valor Referencial
PROCESO DE SELECCIÓN SEGÚN RELACIÓN DE ITEMS ITEMS, PAQUETES, TRAMOS, LOTES, ETAPAS • Bienes, servicios u obras • Vinculadas entre sí ITEMS, PAQUETES, TRAMOS, LOTES, ETAPAS • Viabilidad técnica, económica y administración • El monto individual de cada ítem no debe de ser menor o igual a 3 UIT ITEMS
ETAPAS DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN PUBLICACIÓN EN EL SEACE IMPUGNACIÓN
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA BIENES Y SERVICIOS Mín. 2 días
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA CONSULTORÍA Y EJECUCIÓN DE OBRAS Mín. 6 días
ADJUDICACIONES DIRECTAS Consultas y observaciones: mínimo 3 días Absolución: máximo 3 días
Proveedor debe tener RNP vigente conforme al objeto de convocatoria (bienes, servicios, consultor de obras y ejecutor de obras )y no estar inhabilitado para contratar con el Estado. REGISTRO DE PARTICIPANTES
Electrónico y gratuito, a partir de comunicado del OSCE Podrá ser visualizado por usuarios a partir del día siguiente de la presentación de propuestas Entrega de las Bases previo pago por costo de reproducción Registro se efectuará antes de la presentación de propuestas, de forma ininterrumpida REGISTRO DE PARTICIPANTES Tener en cuenta la Novena Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento
RÉGIMEN DE NOTIFICACIONES • Todos los actos realizados a través del SEACE, durante los procesos de selección, incluido los realzados por el OSCE en el ejercicio de sus funciones, se entenderán notificados el mismo día de su publicación. • La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEAC E.
CONSULTAS El Comité Especial absuelve consultas (aclaraciones a las Bases) mediante pliego fundamentado. El pliego debe contener la identificación de cada participante que las formuló, las consultas y la respuesta para cada una de ellas y se publicará en el SEACE en la fecha prevista en el cronograma del proceso.
OBSERVACIONES El Comité Especial absuelve observaciones mediante pliego fundamentado, acogiéndolas o no. El pliego debe contener las observaciones presentadas y se publicará en el SEACE en la fecha prevista en el cronograma del proceso, debiendo incluir la tasa por elevación de observaciones. Los observantes podrán solicitar la elevación al OSCE en el plazo de tres (3) días hábiles de absuelta las observaciones
Efectos de la Elevación de las Bases al OSCE • El Comité Especial debe suspender el proceso hasta que el OSCE emita pronunciamiento. • Comunicar a todos los participantes a través del SEACE. • Remitir todos los documentos que solicite el OSCE. informe Técnico.
Integración de Bases Se produce una vez absueltas, acogidas o resueltas, según el caso, todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado dentro del plazo fijado. BASES INTEGRADAS= Reglas definitivas del Proceso que obligan a todos los Postores y al Comité Especial. Esto no afecta la competencia del Tribunal de declarar la Nulidad del proceso por deficiencia en las Bases. El Comité Especial no podrá continuar con la tramitación del proceso de selección si no ha publicado las Bases integradas en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado posteriormente.
INTEGRACIÓN DE BASES ¿Cuándo se integran las Bases si se solicita la elevación de Bases para pronunciamiento? ¿Cuándo se integran las Bases si no presentan consultas y observaciones? ¿Cuándo se integran las Bases si presentan consultas y observaciones? ART. 59º R.
RESPUESTAS • De no haber observaciones: Día siguiente de vencido el plazo para la formulación de observaciones. • De haberse presentado observaciones: Día siguiente de vencido el plazo para solicitar elevación • De solicitarse la elevación: Dos días hábiles siguientes de notificado el Pronunciamiento.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS • Todos los documentos referidos a RTM y factores de evaluación se presentan en castellano o acompañados de traducción oficial o certificada, efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado. • Acreditación de representación: Vigencia de poder, con antigüedad no mayor a30 días y, de ser el caso, carta poder. • Propuesta económica: sólo en original
SubsanacióndePropuestas En caso que algún postor haya omitido la presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos, el Comité Especial podrá otorgar un plazo entre uno (1) o dos (2) días para que el postor subsane dicha omisión, siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas.
PROPUESTA VÁLIDA 1 2 3
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS Puntaje mínimo que deben obtener los postores para acceder a la evaluación económica: • Bienes y Obras: PUNTAJE MÍNIMO 60 • Servicios y consultoría: PUNTAJE MÍNIMO 80
CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Documento que contiene la propuesta económica. SISTEMA SUMA ALZADA: El monto total de la propuesta económica debe ser expresado en dos decimales. SISTEMA PRECIOS UNITARIOS: El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados en dos decimales. Los preciso unitarios pueden ser expresados con + de 2 decimales.
CALIFICACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Pi = Om x PMPE Oi Donde: • Pi = Puntaje oferta económica i • PMPE = Puntaje Máximo por propuesta económica • Oi = Oferta del postor i • Om = Oferta económica menor • i = Propuesta
Puntaje Total de Propuesta (Técnica + Económica) PTPi= c1PTi + c2PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica
COEFICIENTES a) La suma de ambos coeficientes deberá ser igual a la unidad (1.00). b) Los valores que se aplicarán en cada caso deberán estar comprendidos dentro de los márgenes siguientes: b.1) En todos los casos de contrataciones se aplicará las siguientes ponderaciones: 0.60 < c1< 0.70; y 0.30 < c2< 0.40 b.2) Sólo en el caso de servicios de consultoría se aplicará las siguientes ponderaciones: 0.70 < c1 < 0.80; y 0.20 < c2 < 0.30
OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO • Se realizará en acto público para todos los procesos de selección. Sin embargo, en ADS y AMC podrá ser realizado en acto privado. • El Comité Especial otorga la Buena Pro, elabora el cuadro comparativo. • Una vez otorgada la Buena Pro, el Comité Especial está en la obligación de permitir el acceso de los postores al Expediente de Contratación, a más tardar dentro del día siguiente de haberse solicitado por escrito.
OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO SOLO PARA EJECUCIÓN DE OBRAS: SI LA OFERTA EXCEDE EL 100% DEL V.REF: Máx. 10 días hábiles desde la fecha del calendario, bajo responsabilidad del Titular. Presupuesto + Aprobación Titular, salvo acepte reducir su oferta económica < V. Ref. La aceptación es en acto público o por escrito -si es acto privado-.
DECLARACIÓN DE DESIERTO(Artículo 32º Ley) Sólo se declarará desierto un proceso cuando no se presente ningún postor o no quede ninguna propuesta válida. • Si una Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa es declarada desierta en una oportunidad, se deberá convocar a una Adjudicación de Menor Cuantía (no electrónica).
DECLARACIÓN DE DESIERTO • La declaratoria de desierto deberá registrarse en el SEACE al día siguiente de producida (Art. 78º del Reglamento). • El proceso de Adjudicación de Menor Cuantía derivado de un proceso de selección declarado desierto, debe contar con las mismas formalidades del proceso principal. (Art. 32 de la Ley Nº 29873, Ley que modifica D.L. Nº 1017)-
CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO • Pluralidad de Postores • 8 días hábiles (LP Y CP) • 5 días AD y AMC; desde su notificación si no se ha interpuesto Recurso de Apelación • Un solo postor: • El día de su notificación • El Comité Especial remite el Expediente de Contratación al OEC de la entidad