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Guía para acceder a la información pública.

Guía para acceder a la información pública. ¿Donde?.

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Guía para acceder a la información pública.

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Presentation Transcript


  1. Guía para acceder a la información pública.

  2. ¿Donde? La PAOT esta a tu servicio a través de la Oficina de Información Pública ubicada en Medellín, Número 202, Planta Baja, Colonia Roma Sur, C.P 06700, en la Delegación Cuauhtémoc Igualmente te podemos atender vía Internet en INFOMEX o en la siguiente dirección electrónica: www.paot.org.mx

  3. ¿Cómo? La PAOT pone a tu disposición en su página de internet la información que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal considera de oficio en sus artículos 13, 14 y 15. www.paot.org.mx

  4. ¿Cómo? Las solicitudes de acceso a la información pública se harán de las siguientes formas: Por escrito De forma verbal Por correo electrónico Vía Infomex Vía TELINFO La solicitud a acceso a la información pública deberá contener los siguientes datos: I. Solicitud dirigida a la PAOT II. El perfil del solicitante, sin identificarlo y únicamente con fines estadísticos III. Descripción clara y precisa de los datos e información que solicita IV. El domicilio o medio señalado para recibir la información o notificaciones; V. La modalidad que prefiere se otorgue la información

  5. ¿Qué me pueden contestar? Estamos obligados a contestarte y proporcionarte toda aquella información que generemos, administremos, manejemos, archivemos, custodiemos y obre en nuestro poder EXCEPTO: Aquella información que se considere como información de acceso restringido en sus distintas modalidades Si la solicitud no es competente o no contamos con la información debido a que no es de nuestra competencia, te informaremos y orientaremos en un término no mayor de 5 días hábiles, así mismo remitiremos la solicitud a la Oficina de Información Pública competente

  6. ¿Tiene algún costo? Las solicitudes de acceso a la información pública serán gratuitas. Los costos de reproducción de la información solicitada estarán previstos en el artículo 249 del Código Fiscal del Distrito Federal, se cobrará de manera previa a su entrega y se calculará atendiendo al: • Costo de los materiales utilizados en la reproducción de la información • El costo de envío • La certificación de documentos cuando proceda

  7. ¿Cuál es el tiempo para dar contestación a la solicitud de información? Toda solicitud de información será satisfecha en un plazo no mayor de diez días hábiles siguientes a que se tenga por recibida . El plazo podrá ampliarse hasta por diez días hábiles más en función del volumen o complejidad de la información solicitada. Si tienes que pagar derechos, una vez que compruebes haber efectuado el pago, se te entregará la información en máximo tres días hábiles.

  8. ¿Qué hago en caso de inconformidad con la información proporcionada? Podrá interponer el Recurso de Revisión ante el Instituto de Acceso a la Información Pública del DF dentro de los quince días hábiles en que surta efecto la notificación de la resolución impugnada, por cualquiera de las siguientes causas: • La negativa de acceso a la información; • La declaratoria de inexistencia de información; • La clasificación de la información como reservada o confidencial; • Cuando se entregue información distinta a la solicitada o en un formato incomprensible; • La inconformidad de los costos, tiempos de entrega y contenido de la información; • La información que se entregó sea incompleta o no corresponda con la solicitud; • La inconformidad con las razones que originan la prórroga; • Contra la falta de respuesta dentro de los plazos establecidos en la Ley • Contra la negativa a realizar la consulta directa y • Cuando el solicitante estime que la respuesta del ente público es antijurídica o carente de fundamentación y motivación.

  9. Responsable de la Oficina de Información Pública Lic. Oralia Reséndiz Márquez 52650780 ext. 1530 transparencia@paot.org.mx

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