600 likes | 852 Views
CURSO DE CAPACITACIÓN AVANZADA. Conocimientos y habilidades para la intervención judicial oral. Mexicali, 15 al 26 de junio de 2009. CESAR AUGUSTO REYES MEDINA FERNANDO JIMENEZ MONTES (Colombia) www.litigacionoral.com. Reglas de Prueba .
E N D
CURSO DE CAPACITACIÓN AVANZADA Conocimientos y habilidades para la intervención judicial oral Mexicali, 15 al 26 de junio de 2009 CESAR AUGUSTO REYES MEDINA FERNANDO JIMENEZ MONTES (Colombia) www.litigacionoral.com
Reglas de Prueba en el nuevo sistema acusatorio
Concepto de reglas prueba Conjunto de normas que regulan La preparación, descubrimiento, ofrecimiento, admisibilidad, rechazo, exclusión, práctica, contradicción y valoración de medios de conocimiento, con el fin de asegurar su legalidad, pertinencia, conducencia, y, en general, su confiabilidad, para llevar al conocimiento del juez los hechos y la responsabilidad del procesado.
Funciones de las reglas prueba Garantizar la confiabilidad de la prueba. Excluir prueba de poco valor probatorio o que viola garantías procesales. Proteger los derechos de las partes, especialmente del acusado. Evitar confusión del juzgador o que utilice criterios ajenos a la justicia para decidir los casos. Controlar el poder de los jueces para decidir los casos, estableciendo guías para la evaluación del valor probatorio.
Dignidad Humana • Estado pluralista 1. QUEDA PROHIBIDA TODA DISCRIMINACION MOTIVADA POR ORIGEN ETNICO O NACIONAL, EL GENERO, LA EDAD, LAS DISCAPACIDADES, LA CONDICION SOCIAL, LAS CONDICIONES DE SALUD, LA RELIGION, LAS OPINIONES, LAS PREFERENCIAS, EL ESTADO CIVIL O CUALQUIER OTRA QUE ATENTE CONTRA LA DIGNIDAD HUMANA Y TENGA POR OBJETO ANULAR O MENOSCABAR LOS DERECHOS Y LIBERTADES DE LAS PERSONAS. (Const. EUM)
Dignidad Humana PODER DE CONFIGURACIÓN LEGAL PODER DE RESERVA JUDICIAL Determinar condiciones y alcance de de la prueba Controlar legalidad y merito de la prueba
Estado pluralista Convicción real de la comisión del hecho (374 CPP) Posibilidad Probabilidad Ignorancia Certeza? ConvicciónVerdad? Duda Suspensión o indeterminación del ánimo entre dos juicios o dos decisiones, o bien acerca de un hecho o una noticia. Razonable • No arbitraria, no absurda e infundada, no especulativa ni imaginaria, producto de: • Lógica • Reglas de la experiencia • Sana crítica • Ciencia Aproximación razonable a la convicción
Finalidad del proceso penal El proceso penal tiene por objeto establecer la verdad, garantizar la justicia en la aplicación del derecho y resolver el conflicto surgido como consecuencia del delito, para contribuir a restaurar la armonía social, en un marco de respeto irrestricto a los derechos fundamentales de las personas. (Art. 1 CPP. B.C.)
Finalidad del proceso penal • Resolver el conflicto surgido • como consecuencia del delito, a través de una decisión judicial: • JURIDICAMENTE CORRECTA • (Legalidad de la prueba) • MATERIALMENTE JUSTA (Mérito probatorio)
Finalidad de la prueba en el proceso penal Convicción para condenar Valoración reglas de la sana crítica, lógica, conocimientos Científicos y máximas de la experiencia (Art 333 CPP) Conocimiento más allá de toda duda Acerca del hecho delictivo y la responsabilidad penal del acusado Pruebas debatidas en el juicio Art. 20 – A - III CP. EUM
Artículo 316 - 374(CPP) Inmediación El debate se realizará con la presencia ininterrumpida de los miembros del Tribunal y de las demás partes El Tribunal formará su convicción sobre la base de la prueba producida durante el juicio oral. Prueba de referencia Prueba anticipada
Oportunidad de la prueba Ofrecimiento de medios de prueba Práctica de pruebas Exclusión de medios de prueba Práctica para inadmisibilidad Art. 332 Audiencia juicio oral Audiencia intermedia
Artículo 20 – A -IV CP EUM Contradicción • Conocer. No secreto, descubrimiento total • Oponerse: exclusión evidencia, declarar, oposiciones. • Allanarse (acuerdos reparatorios, abreviado) • Ofrecer (medios de prueba A. intermedia, prueba anticipada • Intervenir (en la formación de la prueba. • Interrogar y contrainterrogar, Práctica de la prueba. Controvertir Medios de prueba
Artículo 20 – A -IV CP EUM Publicidad Público Toda prueba se práctica en audiencia de juicio oral Partes e intervinientes
Artículo 20 – A -IV CP EUM Oralidad Registro de la actuación Acta de lo acontecido Actuación oral
Medios de prueba Objetos de la investigación (evidencia física) Informaciones Prueba (en sentido formal) Prueba (en sentido material)
Objetos de la investigación (evidencia física) Huellas, rastros, manchas, armas, instrumentos, objetos, dinero, bienes, documentos, fotografías, grabaciones, mensajes de datos, etc.
Informaciones Entrevistas, declaraciones de eventuales testigos, interrogatorios a imputados, informes de investigaciones de campo o técnico-científicas
Medios de prueba Testimonios, peritajes, documentos, inspecciones, o cualquier medio técnico o científico que no viole el ordenamiento jurídico. (Libertad Probatoria – 330 - 352 CP. B.C)
Prueba (en sentido formal) Medio que se practica con inmediación del Tribunal y contradicción de las partes, bajo los principios de oralidad y publicidad, continuidad.
Prueba (en sentido material) Es la convicción del juez de que un hecho se encuentra evidenciado por virtud de los medios de prueba presentados y controvertidos.
INVESTIGACION JUICIO Actos de investigación Medios de prueba Hallazgos Prueba
Cadena de custodia Con el fin de demostrar la autenticidad de loselementos materiales probatorios y evidencia física, la cadena de custodia se aplicarateniendo en cuenta los siguientes factores: identidad, estado original, condiciones de recolección, preservación, empaque y traslado; lugares y fechas de permanencia y loscambios que cada custodia haya realizado. Igualmente se registrara el nombre y laidentificación de todas las personas que hayan estado en contacto con esos elementos. . (Art. 297 CPP.)
Prueba anticipada Art. 363 CPP Existan testimonios que se hayan recibido conforme a las reglas de la prueba anticipada, sin perjuicio de que las partes exijan la comparecencia personal del testigo, cuando sea posible;
Descubrimiento probatorio Contenido de la acusación. La acusación deberá contener: VI. Los medios de prueba que el Ministerio Público se propone producir en el juicio oral; 294 CPP.
Determinaciones de admisibilidad de medios de prueba 1. Legalidad 2. Pertinencia 3. Conducencia 4.Conocimiento personal 5. Capacidad testimonial 6. Existencia de privilegios. Abstención 7. Autenticidad evidencia física
Legalidad Cualquier prueba obtenida con violación de los derechos fundamentales será nula, y Los principios previstos en este artículo, se observarán también en las audiencias preliminares al juicio. Artículo 20 – A – IX y X CP. EUM
Legalidad Los elementos de prueba no tendrán valor si han sido obtenidos por un medio ilícito, o si no fueron incorporados al proceso conforme a las disposiciones de este Código. Artículo 331 CPP
Regla de exclusión por ilegalidad El Juez excluirá las pruebas que provengan de actuaciones o diligencias que hayan sido declaradas nulas y aquéllas que hayan sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales. Artículo 314 CPP
Allanamiento y registro Prueba directa Prueba derivada Ilícito Ilícita Ilícita Doctrina del fruto del árbol envenenado
Fundamentos políticos de la exclusión por ilicitud • Disuadir y desalentar al órgano persecutor de violar las protecciones constitucionales del imputado • Velar por la integridad judicial • Impedir que el Estado se beneficie de sus propios actos ilícitos
Admisibilidad excepcional de la prueba ilícita • Vínculo atenuado • Fuente independiente • Descubrimiento inevitable Teoría de los frutos curados
Vínculo Atenuado Debilitamiento del factor vinculante entre la prueba ilícita y la prueba derivada Ilegal Pedro Nexo Causal viciado Allanamiento y registro “Empalidece” – “Se disipa la mancha” Armas Interrogatorio a Pedro con Abogado Allanamiento con orden a Juan ARMAS
Fuente Independiente Hallazgo evidenciario fundamentado en una fuente diversa a la actividad ilegal Ilegal Allanamiento y registro Orden de allanamiento (Posterior) Fuente independiente
Cadáver Interrogatorio sin abogado Descubrimiento Inevitable Evidencia hallada a través de actos viciados, pero su descubrimiento era inevitable mediante medios legales Búsqueda exhaustiva del área
Artículo 314 (CPP) Pertinencia Medio de conocimiento Vínculo directo o indirecto Probabilidad de existencia Credibilidad testigo Hechos o circunstancias Comisión del delito y sus consecuencias Responsabilidad penal del acusado
Artículo 314 (CPP) Regla de exclusión por impertinencia El Juez, luegode examinar las pruebas ofrecidas y escuchar a las partes que comparezcan a la audienciaintermedia, ordenará fundadamente que se excluyan aquellas pruebas manifiestamenteimpertinentes…
Conducencia El medio de conocimientoes conducente, cuando ostenta valor probatorio y no conduce a error, confusión o dilación injustificada de la actuación. ( suficiencia, relevancia).
Artículo 314 (CPP) Regla de exclusión por inconducencia • Prueba del hecho notorio • Prueba dilatoria. • Prueba acumulativa.
Conocimiento personal Regla de exclusión por prueba de referencia “Toda persona debe declarar la verdad de cuanto conozca”. Art. 334 CPP. El testigo únicamente podrá declarar sobre aspectos que en forma directa y personal hubiese tenido la ocasión de observar o percibir
Prueba de Referencia • Elementos • Una declaración (aseveración) hecha fuera del juicio • 2. Un declarante o persona que hace la declaración • Propósito de probar la verdad de la declaración • Medio de prueba (un escrito, una grabación, el testimonio de un testigo que escuchó la declaración o que fue receptor directo de la declaración.
Ejemplo DECLARANTE no sometido a contrainterrogatorio ERNESTO medijo que RAUL mató a JUAN Aseveración Declaración de ERNESTO fuera de juicio oral Testimonio de PEDRO en juicio oral Para probar la verdad de lo aseverado MEDIO DE PRUEBA