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Estándares internacionales para el uso de la fuerza y armas de fuego

Estándares internacionales para el uso de la fuerza y armas de fuego. Pascal PROGIN Delegado ante las Fuerzas Policiales y de Seguridad para Latinoamérica y Caribe. Escalada de la violencia & derecho aplicable. DIDH. Ley Nacional. PAZ CONFLICTO. internal. international. DIH.

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Estándares internacionales para el uso de la fuerza y armas de fuego

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Presentation Transcript


  1. Estándares internacionales para el uso de la fuerza y armas de fuego Pascal PROGIN Delegado ante las Fuerzas Policiales y de Seguridad para Latinoamérica y Caribe

  2. Escalada de la violencia & derecho aplicable DIDH Ley Nacional PAZCONFLICTO internal international DIH PG II G I-IV, PG I Art.3 Art.3 DDHH LOAC

  3. Base legal Derechos Humanos que pueden afectarse por el uso de la fuerza: "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona" (Declaración Universal de Derechos Humanos) • PIDCP • Convención Americana de Derechos Humanos

  4. BASES LEGALES • Textos legales que rigen el uso de la fuerza: • Código Conducta FEHCL • Principios Básicos sobre el uso de la fuerza • Convención contra la Tortura • Derecho nacional / Código penal

  5. DEFINICIONES Funcionario encargado de hacer cumplir la ley (FEHCL): "incluye a todos los agentes de la ley, ya sean nombrados o elegidos, que ejercen funciones de policía, especialmente las facultades de arresto o detención" Articulo 1 CCFEHCL ( comentarios)

  6. DERECHOS HUMANOS Y APLICACIÓN DE LA LEY DERECHOS HUMANOS FUNCIONES DE POLICIA

  7. PRINCIPIOS QUE RIGEN EL CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE LOS FEHCL Aplicación práctica para el Uso de la fuerza • Medidas no violentas en prioridad • Respuesta progresiva • Daños minimizados • Protección de las personas no involucradas Legalidad – Necesidad - Proporcionalidad PRECAUCIÓN

  8. Factores de influencia en el uso de la fuerza Nivel de fuerza

  9. EMPLEO DE ARMAS DE FUEGO SÓLO • " en defensa propia o de otras personas en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves" o • "con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida" o • "con el objeto de detener a una persona que represente ese peligroY oponga resistencia a su autoridad" o • "para impedir su fuga" • Y sólo en caso de que resulten insuficientes medidas menos extremas para lograr dichos objetivos. • Uso intencional de armas letales sólo cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida".

  10. EMPLEO DE ARMAS DE FUEGO PROCEDIMIENTO: • FEHCL se identificarán como tales y • darán una clara advertencia de su intención de emplear armas de fuego y • con tiempo suficiente para que se tome en cuenta SALVO • que se pusiera indebidamente en peligro a los FEHCL o a otras personas (muerte o daños graves) o • evidentemente inadecuada o • inútil.

  11. Responsabilidad del Estado • Marco legal sobre el uso de la fuerza / armas • Dar las herramientas para un uso diferenciado • Selección, capacitación y examen periódico de los policías • Procedimientos de informes sobre el uso de la fuerza y de las armas de fuego • Procedimiento eficaz de revisión • Marco legal para sancionar los abusos

  12. Recomendación

  13. www.cicr.org

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