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“Los delitos de cuello blanco y las prohibiciones ambientales especiales contenidas en el Código Penal Federal”. “Los delitos de cuello verde”. Responsabilidad penal corporativa. Delitos contra el ambiente y la gestión ambiental. Samuel Ibarra Vargas
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“Los delitos de cuello blanco y las prohibiciones ambientales especiales contenidas en el Código Penal Federal” “Los delitos de cuello verde” Responsabilidad penal corporativa. Delitos contra el ambiente y la gestión ambiental Samuel Ibarra Vargas Fiscalía Especial para la Atención de los Delitos Ambientales - PGJDF
Temas a tratar • Introducción. • Riqueza natural y ecosistemas mexicanos. • Numeralia – México y biodiversidad. • ¿Por qué proteger penalmente al ambiente? • Delitos ambientales en el orden federal. • Dogmática y delitos ambientales. • Normatividad ambiental – importancia y aplicación. • Delincuencia de cuello verde. • Penas y readaptación ambiental – prohibiciones inherentes a los tipos penales ambientales. • Inconsistencia en la protección penal. • Bases de la política criminal ambiental. • Conclusiones.
= Fuente de la imagen: www.ahorasi.com Introducción
Manglares Desiertos Desierto de Chihuahua Cañones Cañón del Sumidero, Chiapas Cascadas El Chiflón, Chiapas Selvas Selva Lacandona, Chiapas Bosques Desierto de los Leones, DF Pantanos Centla, Tabasco Lagunas Miramar, Montes Azules, Chiapas Humedales Playas Cancún, QR Riqueza natural y ecosistemas mexicanos
Numeralia – México y biodiversidad • Cuarto país megadiverso a nivel mundial. • Primer lugar mundial en diversidad de reptiles (717 especies). • Segundo lugar mundial en diversidad de mamíferos (500 especies). • Cuarto lugar mundial en riqueza de anfibios (250 especies). • Onceavo lugar mundial en diversidad de aves (1,150 especies). • Segundo lugar mundial en tipos de ecosistemas. • Existen 500 especies de importancia pesquera. • Hay casi 600 especies que se usan para la reforestación. • Existen 4,000 especies silvestres con propiedades medicinales. • Hay cientos de especies exóticas, invasoras y decenas de miles con potencial biotecnológico. • Actualmente 700 especies están en peligro de extinción. • Existen 2,300 especies animales amenazadas y 24,000 especies vegetales amenazadas. • Tercer lugar mundial de tráfico de animales. • Sólo un 10% de los animales capturados en México, sobreviven. Fuentes: PROFEPA y CONABIO
¿Por qué proteger penalmente al ambiente? • Premisa 1: El hombre está acabando con el entorno natural, cada vez más aceleradamente. • Premisa 2: El Derecho ha actuado principalmente por la vía administrativa. • Premisa 3: Existe multiplicidad de leyes, reglamentos y normas ambientales, lo cual genera falta de conocimiento integral en materia administrativa e inobservancia de tal normatividad. • Premisa 4: El derecho administrativo es insuficiente para detener la depredación de los ecosistemas. • Conclusión: El derecho penal, como ultima ratio, tiene que ser la última línea de protección ambiental.
Recursos forestales Emisión de gases a la atmósfera contaminación energía lumínica de aguas OGMs actividades altamente riesgosas térmica vibraciones energía Tráfico de especies fuentes fijas ruido residuos Biodiversidad Delitos ambientales en el orden federal
Dogmática penal en los delitos ambientales • Son conductas muy técnicas, cuyo contenido se define por la normatividad ambiental • Hay que distinguir hipótesis de riesgo y de resultado Verbos rectores Calidad del sujeto activo Sólo algunos tipos lo exigen Calidad del sujeto pasivo Intereses difusos... ¿y? a) Bien genérico: ambiente; Bienes específicos: ecosistema; fauna; flora; agua; bioseguridad; etc. b) Ejes: biodiversidad y contaminación. Bien tutelado Nexo causal y resultado Dictamen técnico
Normatividad ambiental – importancia y aplicación • Las redes de delincuencia organizada en materia ambiental, giran en torno a la violación de la normatividad administrativa. • La inobservancia de las disposiciones administrativas, constituye generalmente un delito. • La importancia de conocer leyes, reglamentos, NOMs, acuerdos y listados en materia ambiental, radica en que no sólo implica entender los delitos ambientales, sino también conocer el objeto donde recae la delincuencia ambiental. • Entender la aplicación de la normatividad ambiental, genera mayor certidumbre en cuanto a conocer las causas de la delincuencia ambiental y su consecuente combate.
Normatividad ambiental Tratados internacionales • Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). • Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB). • Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología (PB). Listados • Listados de actividades altamente riesgosas.
Normatividad ambiental Leyes • Código Civil Federal (CCF). • Código de Comercio (CC) • Ley de Aguas Nacionales (LAN). • Ley de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM). • Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (LCPAF). • Ley de Desarrollo Rural Sustentable (LDRS). • Ley de Navegación (LN). • Ley de Puertos (LP). • Ley Federal de Sanidad Animal (LFSA). • Ley Federal de Sanidad Vegetal (LFSV). • Ley Federal de Variedades Vegetales (LFVV). • Ley Federal del Mar (LFM). • Ley General de Asentamientos Humanos (LGAH). • Ley General de Bienes Nacionales (LGBN). • Ley General de Protección Civil (LGPC). • Ley General de Vida Silvestre (LGVS). • Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA). • Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR). • Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS). • Ley Reglamentaria del Articulo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo (LR27P). • Ley Reglamentaria del Articulo 27 Constitucional en Materia Nuclear (LR27MN) • Ley sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas (LSPCCS).
Normatividad ambiental Reglamentos • Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales (RLAN). • Reglamento de la Ley de Pesca (RLP). • Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (RLFSV). • Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (RLGDFS). • Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre (RLGVS). • Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Auditoría Ambiental (RLGEEPAAA). • Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Áreas Naturales Protegidas (RLGEEPAANP). • Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental (RLGEEPAEIA). • Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Ordenamiento Ecológico (RLGEEPAOE). • Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera (RLGEEPAPCCA). • Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RLGEEPARETC). • Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (RLGPGIR). • Reglamento en Materia de Registros, Autorizaciones de Importación y Exportación y Certificados de Exportación de Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos (RMRAIECEPNVSMTP). • Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos (RTTMRP). • Reglamento para la Protección del Ambiente Contra la Contaminación Originada por la Emisión del Ruido (RPACOER).
Delitos de cuello verde • La delincuencia organizada ha llegado hasta los delitos ambientales; a esto llamamos delitos de cuello verde. • Se puede afirmar la existencia de redes organizadas y sistematizadas, tendientes a obtener beneficios económicos derivados de la depredación de los recursos naturales, forestales y faunísticos. • La delincuencia organizada ambiental, generalmente tiene 2 niveles o ámbitos: nacional e internacional. • La delincuencia de cuello verde, cuando se da nacionalmente, generalmente implica la comisión de delitos ambientales que tienen efectos o que se llevan a cabo en más de una Entidad Federativa. Ejemplo: transporte de recursos forestales del Distrito Federal o del Estado de México, a Michoacán. • Existen también delitos cuya ejecución y efectos sobrepasan fronteras: comienza en el territorio de un Estado, pero sus efectos llegan hasta otro. Ejemplo: tráfico de especies exóticas de África a América; extracción ilícita de maderas finas en Brasil y su exportación a centro y sudamérica.
Principales delitos de cuello verde • Transporte de madera y recursos forestales (Art. 419, CPF). • Captura de tortugas o mamíferos marinos (Art. 420, f. I). • Tráfico de productos o subproductos de tortugas o mamíferos marinos (Art. 420, f. I). • Caza ilícita de fauna silvestre (Art. 420, f. III). • Tráfico de especies de flora o fauna silvestres, en veda, endémicas, amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial (Art. 420, f. IV). • Transporte de residuos peligrosos (Art. 420 quater).
Penas y readaptación ambiental Artículo 421.- Además de lo establecido en los anteriores capítulos del Título Vigésimo Quinto, se impondrá alguna o algunas de las siguientes penas o medidas de seguridad: I. La realización de las acciones necesarias para restablecer las condiciones de los elementos naturales que constituyen los ecosistemas afectados, al estado en que se encontraban antes de realizarse el delito; II. La suspensión, modificación o demolición de las construcciones, obras o actividades, según corresponda, que hubieren dado lugar al delito ambiental respectivo; III. La reincorporación de los elementos naturales, ejemplares o especies de flora y fauna silvestre, a los hábitat de que fueron sustraídos, siempre y cuando su reincorporación no constituya un peligro al equilibrio ecológico o dificulte la reproducción o migración de especies de flora o fauna silvestre; IV. El retorno de los materiales o residuos peligrosos o ejemplares de flora y fauna silvestre amenazados o en peligro de extinción, al país de origen, considerando lo dispuesto en los tratados y convenciones internacionales de que México sea parte, o V. Inhabilitación, cuando el autor o partícipe del delito tenga la calidad de servidor público, hasta por un tiempo igual al que se le hubiera fijado como pena privativa de libertad, la cual deberá correr al momento en que el sentenciado haya cumplido con la prisión o ésta se hubiera tenido por cumplida. Los trabajos a favor de la comunidad a que se refiere el artículo 24 de este ordenamiento, consistirán en actividades relacionadas con la protección al ambiente o la restauración de los recursos naturales.
Bases de la política criminal ambiental • Los grandes aliados de la delincuencia ambiental: falta de información y falta de coordinación. • Prioridad: difusión de información y establecimiento de redes de coordinación, en todos los niveles de gobierno. • Visión: global, nacional y local. • Meta inmediata: generación de conciencia ambiental. • Ejes: protección a biodiversidad y los ecosistemas así como abatimiento de la contaminación. • Identificación de causas de la delincuencia ambiental: la atención y resolución de problemas ambientales puede disminuir la incidencia criminal en estos delitos. • Análisis de la delimitación de competencias ambientales. • Integración del componente penal en el desarrollo sustentable. • Mejora integral al marco jurídico vigente.
Conclusiones • Es necesaria la intervención del Derecho Penal, global y nacionalmente, para una mejor protección ambiental. • Dogmáticamente, los delitos ambientales representan una especial complejidad técnica. • Se requiere una política criminal ambiental expresa, que señale lineamientos mínimos tanto federales como locales. • Hace falta consistencia en el marco nacional institucional y sustantivo. • Los delitos de cuello verde se caracterizan por transcender las fronteras de un país o de una Entidad Federativa. • Los principales delitos de cuello verde son el tráfico de recursos forestales y de fauna, generalmente no común. • La población requiere ser sensibilizada, pues juega un papel fundamental: el cambio empieza por nosotros.
GRACIAS!!! Samuel Ibarra Vargas Oficina: 53-46-85-50 y 53-46-85-51 Celular: 0-44-55-12-10-16-94 Nextel: 59-59-63-46 Gabriel Hernández 56, 3er piso, Col. Doctores, D.F. samuelibarra@pgjdf.gob.mx samuelibarra@yahoo.com www.pgjdf.gob.mx/delitosambientales