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PROTECCIÓN A PERSONAS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN ESPAÑA. SERVIÇOS DE PROTEÇAO DA POLITICA DE ASSISTENCIA SOCIAL A PESSOAS IDOSAS E PESSOAS COM DEFICIENCIA. Brasilia, Abril 2009. Miguel Leturia Arrazola INGEMA Instituto Gerontológico Matia.
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PROTECCIÓN A PERSONAS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN ESPAÑA SERVIÇOS DE PROTEÇAO DA POLITICA DE ASSISTENCIA SOCIAL A PESSOAS IDOSAS E PESSOAS COM DEFICIENCIA Brasilia, Abril 2009 Miguel Leturia Arrazola INGEMA Instituto Gerontológico Matia
PROTECCIÓN A LAS PERSONAS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN ESPAÑA INDICE • PRESENTACIÓN – INTRODUCCIÓN. • EVOLUCIÓN NORMATIVA. • EVOLUCIÓN MODELO PLANIFICACIÓN / ATENCIÓN. • LEY “DEPENDENCIA”. • SERVICIOS DE ATENCIÓN. • CUESTIONES PARA EL DEBATE
7 Centros Gerontológicos 7 Centros de Rehabilitación Ambulatoria 6 Centros de Día 1 Unidad de Memoria Fundación MATIA • Nº plazas Centros Gerontológicos 797 • Nº plazas Centros de Día 200 • Nº plazas Hospital 103 • Nº Tratamientos de Rehabilitación 192.439 • Nº Trabajadores 600 GENERACIÓN CONOCIMIENTO I+D+i GESTIÓN CONOCIMIENTO INSTITUTO GERONTOLOGICO INGEMA Promueve la Innovación TRANSFERENCIA CONOCIMIENTO FUNDACIÓN MATIA ENVEJECIMIENTO ACTIVO 1 Centro de Recursos Sociales CD/ UCA/VT Centro especializadode diversos recursos de carácter plural y multifuncional e integrado con el entorno social. 1 Centro Residencial especializado en Discapacitados Físicos Graves 1 Hospital Geriátrico
POBLACION DEMOGRAFIA Fuente: Libro Blanco 2005
ENVEJECIMIENTO POBLACIÓN SOBREENVEJECIMIENTO Fuente: Libro Blanco 2005 Fuente: Libro Blanco 2005
ESTRUCTURA POBLACIÓN Y DISCAPACIDAD Fuente: Libro Blanco 2005 Fuente: Libro Blanco 2005
EVOLUCIÓN NORMATIVA DEL SISTEMA ESPAÑOL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACION DE DEPENDENCIA • Ley de Bases de la Seguridad Social, de 28 de diciembre de 1963, y texto articulado de 21 de abril de 1966 (Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994). Se regula el modelo de Seguridad Social, de corte inicialmente contributivo, en la Constitución de 1978, fue ampliándose hacia un modelo universalista. El capítulo V de dicha Ley General de la Seguridad Social se dedica a los “servicios sociales”, definiéndolos como “prestaciones complementarias” de la Seguridad Social. • La Constitución Española de 1978, modelo de Seguridad Social de carácter universalista. El Art. 49 se refiere a la protección de las situaciones de discapacidad. El Art. 50 va dirigido expresamente al colectivo de personas mayores. • La Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), vino a desarrollar el Art. 49. • Las leyes de Servicios Sociales. Diecisiete CC AA del estado. Transferencia de competencias. e) La Ley de Bases de Régimen Local: La ley 7/85 de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, establece en su artículo 25.2.K. que el municipio ejercerá, en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las CC.AA., en materia de prestación de los Servicios Sociales y de promoción y reinserción social. Señala también, en su artículo 26.1C, "la obligación de los municipios con población superior a 20.000 habitantes a otorgar la prestación de Servicios Sociales".
f) Otras medidas legislativas: • Ley general de Sanidad (1986), que universaliza la atención sanitaria. • Ley de Prestaciones no Contributivas (1990), que extiende los beneficios de la seguridad social a todas las personas sin recursos, que ya sea por edad, por enfermedad o accidente, no pueden trabajar. • La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud: Por primera vez se habla de “prestaciones sociosanitarias” como respuesta a las situaciones de graves discapacidades y situaciones de dependencia: • Cuidados de larga duración. • Atención sanitaria de convalecencia. • Rehabilitación en pacientes con déficit funcional recuperable.
g) Normativa básica Discapacidad: • LISMI: Ley 13/1982, de 7 de abril, de INTEGRACIÓN SOCIAL DE MINUSVÁLIDOS. • LIONDAU: Ley 51/2003 (*), 2 de diciembre, de IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, NO DISCRIMINACIÓN Y ACCESIBILIDAD UNIVERSAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. • LISIONDAU: Ley 49/2007, por la que se establece el RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES EN MATERIA DE LIONDAU. (*) Fue el año Europeo de las personas con discapacidad. h) La Discapacidad en la Unión Europea: • PLAN DE ACCIÓN EUROPEO SOBRE DISCAPACIDAD. Avances prioritarios a lograr hasta 2010: • EN MATERIA DE EMPLEO. • EN MATERIA DE ACCESIBILIDAD. • EN EL ACCESO A BIENES Y SERVICIOS. • EN LA VIDA INDEPENDIENTE. i) LEY 39/2006 DE 14 de Diciembre: Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.
LAS INICIATIVAS POLITICAS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL En 1988 se creo un nuevo ministerio, de Asuntos Sociales. • Reconocimiento y mejora de la imagen social de los servicios. • Fuerte impulso con el avance del sistema público de servicios sociales y sus prestaciones. • Plan Concertado para el Desarrollo de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales de Corporaciones Locales. • Elaboración del Plan Gerontológico (INSERSO, 1993): • Complemento de pensión. • Definición de mapas sociosanitarios. • Regulación de la protección jurídica. • Adaptación de las viviendas. • Ayudas técnicas. • Alcanzar ratios suficientes en los principales servicios formales En 2003 renovación del Pacto de Toledo, incluyendo una recomendación adicional a favor de “una política integral de protección a la dependencia”.
AREAS DE ACTUACIÓN DE LAS POLITICAS DE ATENCIÓN • Prevención y rehabilitación de las discapacidades y atención de las situaciones de dependencia. • La integración social y la participación. • Avances en la creación de una sociedad incluyente, accesible y solidaria.
EL SISTEMA DE SERVICIOS SOCIALES ESPAÑOLLíneas Básicas del Modelo. P. Rodríguez • Los destinatarios de la intervención deben ser tanto las personas afectadas por riesgo o situación de dependencia como quienes se ocupan de su atención. • Los objetivos han de contemplar la promoción de la autonomía y la prevención y atención de la dependencia. • Las intervenciones se sustentarán en el paradigma de la calidad de vida, que pone en el centro de la atención a las personas y el respeto a sus derechos. • La actual estructura y composición de la red de recursos debe modificarse, para favorecer servicios de proximidad, “vida independiente” y “envejecer en casa”. • El abordaje de las respuestas a la dependencia a de ser integral. • Además del desarrollo en cantidad, variedad y calidad de los recursos de atención, se les dote de flexibilidad para adaptarse a las necesidades de cada caso. • La necesidad de garantizar la continuidad de cuidados y la coordinación sociosanitaria.
EVOLUCIÓN DEL MODELO DE ATENCIÓN Del modelo “caritativo benéfico” al “servicio público” y al “mercado libre”. Del modelo asilar, al clínico asistencial, al hostelero, al Centro gerontológico abierto y prestador de servicios a la comunidad.
MODELO FINANCIACIÓN NECESIDADES DEMANDA COSTE ESTANDAR DE CALIDAD Evaluación, mejora y desarrollo De la planificación y gestión de los recursos existentes a la planificación basada en las necesidades y demanda Modelo de planificación: “MAPAS DE SERVICIOS”
218.065 5.391 337.101 83.235 331.450 271.186 886.050 360.378 1.246.428 Fuente: Libro Blanco 2005
4. LEY 39/2006, DE 14 DE DICIEMBRE, DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA
LEY 39/2006, DE 14 DE DICIEMBRE, DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA • Autonomía:la capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria. • Dependencia:el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.
PRINCIPIOS DE LA LEY • Carácter público de las prestaciones. • La universalidad en el acceso. • La atención integral e integrada. • La transversalidad de las políticas. • La valoración de las necesidades, atendiendo a criterios de equidad. • La personalización de la atención. • El establecimiento de las medidas de prevención, rehabilitación, estimulo social y mental. • La promoción de las condiciones para llevar una vida con el mayor grado de autonomía posible. • La permanencia de las personas en situación de dependencia, en el entorno en el que desarrollan su vida. • La calidad, sostenibilidad y accesibilidad de los servicios. • La participación de las personas. • La colaboración de los servicios sociales y sanitarios. • La participación de la iniciativa privada y del tercer sector. • La cooperación interadministrativa. • La integración de las prestaciones establecidas en las redes de las Comunidades Autónomas. • La inclusión de la perspectiva de género. • Las personas en situación de gran dependencia serán atendidas de manera preferente.
NIVELES DE PROTECCIÓN DEL SISTEMA 1 2 3 • El nivel mínimo establecido por la Administración general del Estado. • El nivel de protección que se acuerde entre la Administración General del Estado y la Administración de cada una de las Comunidades Autónomas a través de los convenios previstos. • El nivel adicional de protección que pueda establecer cada Comunidad Autónoma. La LAAD no garantiza automáticamente este segundo nivel de protección, sino que remite la determinación del mismo a convenios anuales o plurianuales entre la Administración General del Estado y cada una de las Comunidades Autónomas. La financiación será compartida con este criterio: la aportación de cada Comunidad Autónoma no podrá ser inferior a la suma de lo que aporte la Administración General del Estado para el nivel mínimo y para el acordado. La magnitud de la protección queda supeditada a los convenios. Se trata de un régimen flexible para los poderes públicos y precario para los ciudadanos. Viene garantizado por la LAAD y lo financiará la Administración general del Estado, con las cuantías por beneficiario, grado y nivel de dependencia, que determine anualmente. Los servicios y prestaciones económicas derivadas del mismo serán concedidos y gestionados por las comunidades Autónomas. Este régimen es mucho menos comprometido para el poder público y seguro para los administrados que los instituidos mediante la legislación de Seguridad social, sanidad y educación. Aparte de las obligaciones derivadas de los citados convenios, cada Comunidad Autónoma podrá seguir actuando de modo discrecional, como antes de la LAAD, en la protección de la dependencia. Es facultativo de las Comunidades Autónomas, no tiene efecto de seguridad para los ciudadanos.
CONSEJO TERRITORIAL PARA LA AUTONOMIA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA Se crea como instrumento de cooperación para la articulación del sistema. Estará constituido por el titular del Ministerio y un representante de cada Comunidad Autónoma. Funciones: • a) Acordar el Marco de cooperación interadministrativa. • b) Establecer los criterios para determinar la intensidad de protección. • c) Acordar las condiciones y cuantía de las prestaciones económicas. • d) Adoptar los criterios de participación del beneficiario en el coste de los servicios. • e) Acordar el baremo, con los criterios básicos del procedimiento de valoración y de las características de los órganos de valoración. • f) Acordar, en su caso, planes, proyectos y programas conjuntos. • g) Adoptar criterios comunes de actuación y de evaluación del Sistema. • h) Facilitar la puesta a disposición de documentos, datos y estadísticas comunes. • i) Establecer los mecanismos de coordinación para el caso de las personas desplazadas. • j) Informar la normativa estatal de desarrollo en materia de dependencia. • k) Servir de cauce de cooperación, comunicación e información entre las Administraciones Públicas.
PARTICIPACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS PARTICIPACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES • Planificar, ordenar, coordinar y dirigir, en el ámbito de su territorio, los servicios. • Gestionar, en su ámbito territorial, los servicios y recursos necesarios para la valoración y atención. • Establecer los procedimientos de coordinación sociosanitaria. • Crear y actualizar el Registro de Centros y Servicios, facilitando la debida acreditación que garantice el cumplimiento de los requisitos y los estándares de calidad. • Asegurar la elaboración de los correspondientes Programas Individuales de Atención. • Inspeccionar y, en su caso, sancionar los incumplimientos. • Evaluar periódicamente el funcionamiento del Sistema. • Aportar a la Administración General del Estado la información necesaria. Las Comunidades Autónomas , podrán definir, con cargo a sus presupuestos, niveles de protección adicionales. • La gestión de los servicios dentro de las competencias que la legislación vigente les atribuye. • Podrán participar en el Consejo Territorial del Sistema en la forma y condiciones que el propio Consejo disponga.
PRESTACIONES ECONÓMICAS “La ley prioriza los servicios profesionales frente a las prestaciones económicas” • Prestación económica vinculada al servicio. • Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales (excepcional). • Prestación económica de asistencia personal ( Vida Independiente) CUANTIA DE LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS
FINANCIACION DEL SISTEMA • Financiación del sistema por las Administraciones Públicas. • La financiación del Sistema será la suficiente para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que correspondan a las Administraciones Públicas competentes y se determinará anualmente en los correspondientes Presupuestos. • La Administración General del Estado asumirá íntegramente el coste derivado de lo previsto para el nivel mínimo. • En el marco de cooperación interadministrativa, los Convenios que se suscriban entre la Administración General del Estado y cada una de las Comunidades Autónomas podrán ser anuales o plurianuales, recogerán criterios de reparto teniendo en cuenta: población, población dependiente, dispersión, grandes urbes, superficie, insularidad, pobreza relativa, crecimiento IPC. • La participación de los beneficiarios en el coste de las prestaciones. • Participarán en la financiación de las mismas, según el tipo y coste del servicio y su capacidad económica personal. • La capacidad económica del beneficiario se tendrá también en cuenta para la determinación de la cuantía de las prestaciones económicas. • Para fijar la participación del beneficiario, se tendrá en cuenta la distinción entre servicios asistenciales y de manutención y hoteleros. • Ningún ciudadano quedará fuera de la cobertura del Sistema por no disponer de recursos económicos.
MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA CALIDAD DEL SISTEMA • Calidad en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia • Consejo Territorial: Acuerda los criterios comunes de Acreditación de centros y planes de calidad del Sistema. • El Consejo Territorial acordará: • Criterios de calidad y seguridad para los centros y servicios. • Indicadores de calidad para la evaluación, la mejora continua y el análisis comparado de los centros y servicios del Sistema. • Guías de buenas prácticas. • Cartas de servicios, adaptadas a las condiciones específicas de las personas dependientes, bajo los principios de no discriminación y accesibilidad. • Calidad en la prestación de los servicios • Se establecerán estándares esenciales de calidad. • Disponer de un reglamento de régimen interior (organización y funcionamiento, sistema de gestión de calidad y participación de usuarios). • Se atenderá a la calidad en el empleo, así como a promover la profesionalidad y potenciar la formación.
FORMACIÓN EN MATERIA DE DEPENDENCIA • Formación y cualificación de profesionales y cuidadores. • Los poderes públicos determinarán las cualificaciones profesionales idóneas. • Los poderes públicos promoverán los programas y las acciones formativas. • Se fomentará la colaboración entre Administraciones públicas, así como, con las universidades, sociedades científicas y organizaciones profesionales y sindicales, patronales y del tercer sector.
DESARROLLO NORMATIVO DE LA LEY • Real Decreto 504/2007, de 20 de Abril, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia • Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores. • Orden TAS/1459/2007, de 25 de Mayo, por la que se establece el Sistema de Información del Sistema . • Real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas de la Ley 2007. • Real Decreto 6/2008, de 11 de enero. Nivel mínimo de protección 2008. • Real Decreto 7/2008, de 11 de enero, sobre las prestaciones económicas 2008. • El 27 de noviembre de 2008 el Consejo Territorial adoptó la decisión en cuanto a los Criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad del Sistema (mínimos) y Copago. • Desarrollos autonómicos
FINANCIACIÓN / SOSTENIBILIDAD DEL SISTEMA • La previsión para 2009 será que la Ley de Dependencia tenga un presupuesto de la AGE de 1.500 millones de €, además de lo que le corresponde aportar a las CCAA. • Incremento progresivo del presupuesto, hasta el 2015: 4.500 millones de € (AGE + CCAA), más los 2.000 millones de € que venía siendo el gasto público en dependencia, hasta el 2005. • La incorporación gradual de personas (f) grado de dependencia hasta el 2015 (1,4 millones de personas). • Aportación económica de los usuarios. • Retorno de la inversión pública: cotizaciones trabajadores, empresarios.
RETORNOS ECONOMICOS Fuente: Libro Blanco 2005 GENERACION EMPLEO Fuente: Libro Blanco 2005 Fuente: Libro Blanco 2005
RESOLUCIÓN 18/03/09. SECRETERÍA DE ESTADO DE POLITICA SOCIAL DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA Y DISCAPACIDAD Objetivos: a) Proporcionar a la ciudadanía servicios sociales adecuados que permitan la cobertura de sus necesidades básicas. b) Dotar de apoyo económico y asistencia técnica a las corporaciones locales para el desarrollo de sus competencias. c) Consolidar y ampliar la red básica de servicios sociales municipales: SAD, TAD, Compromiso financiero para planes o programas sociales y distribución CCAA. Servicios Sociales de Atención primaria y CCLL
CRÉDITO PARA EL DESARROLLO CONJUNTO DE PROYECTOS DEL PLAN DE ACCIÓN PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD(2009) (2.345.710€): • Promoción de derechos y bienestar. Desarrollo conjunto de proyectos y actuaciones dirigidos a promover la competencia personal y la autonomía de las personas con discapacidad, creación de unidades de vida independiente, aplicación de los principios de bioética y actuaciones contra el maltrato de mujeres y de otras personas con graves discapacidades. • Atención socio-sanitaria dirigida a mujeres con discapacidad, personas con grave daño cerebral, y otros colectivos con graves discapacidades para el desarrollo de proyectos innovadores en materia de: cuidados a domicilio, atención diurna y atención residencial. • Apoyo a familias cuidadoras de personas gravemente afectadas para la incorporación de prestaciones técnicas y de tecnologías de apoyo en el hogar, y para el desarrollo de servicios de información, asesoramiento y mediación, de entrenamiento en cuidados, actividades de ayuda mutua y apoyo a familias monoparentales. • Servicio de transporte adaptado para aquellas personas con movilidad reducida, con el objeto de garantizar la autonomía personal. • Programa de promoción del sistema arbitral para la resolución de quejas y reclamaciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad por razones de discapacidad. • Programa de atención a personas sordas o con discapacidad auditiva y ciegas para propiciar su acceso a la información y a la comunicación.
INDICADORES DE GASTO PUBLICO EN SSSS PARA PERSONAS MAYORES. 2007
INFORMACIÓN ESTADISTICA DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMIA Y ATENCION A LA DEPENDENCIA Situación a 1 de Abril de 2009
ESTRUCTURA DE LA RED DE RECURSOS Recursos de alojamiento Residencias, viviendas y apartamentos Unidades de convivencia Alojamientos heterofamiliares Recursos intermedios Centros de día (y de noche), estancias de día y temporales Centros ocupacionales o de apoyo a la integración Centros rurales polivalentes Programas “respiro de fin de semana” Recursos básicos Servicios diversos de ayuda a domicilio (centrados en la atención personal) y de apoyo en el entorno Teleasistencia y tecnología domótica, ayudas técnicas y adaptaciones de la vivienda Centros sociales (educación y prevención) Formación, orientación y programas de intervención con familias cuidadoras Fuente: Pilar Rodríguez
SERVICIOS SOCIALES ESPECIALIZADOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
COBERTURA DE SERVICIOS PARA PERSONAS MAYORES Fuente: Observatorio Personas Mayores IMSERSO 2007
Cobertura Servicios Residenciales y SAD Fuente: Libro Blanco 2005 TENDENCIAS: • Alcanzar una cobertura adecuada de Servicios Residenciales (Dependencia severa y alta). • Potenciar el mantenimiento en el domicilio con Servicios Especializados. (Dependencia moderada). • Desarrollar recursos alternativos de alojamiento: dimensión reducida, integrada en la comunidad (reestructuración de las grandes instituciones en módulos). COMPARACIÓN DESARROLLO DE SERVICIOS DE ATENCIÓN
MARCO DE REFERENCIA. MODELO LA ENTIDAD CALIDAD DE GESTIÓN ORGANIZACIÓN CENTRADA EN LAS PERSONAS CALIDAD DE VIDA EN LA ENTIDAD Y ORIENTADA A LAS PERSONAS CALIDAD TOTAL CALIDAD DE VIDA COMPROMISO ÉTICO DIMENSIONES (R. Schalock) • ORIENTACIÓN A LOS RESULTADOS • ORIENTACIÓN AL CLIENTE • LIDERAZGO Y CONSTANCIA OBJETIVOS • GESTIÓN POR PROCESOS Y HECHOS • DESARROLLO E IMPLICACIÓN PERSONAS • APRENDIZAJE, INNOVACIÓN Y MEJORA CONTINUA • DESARROLLO DE ALIANZAS • RESPONSABILIDAD SOCIAL • BIENESTAR EMOCIONAL • RELACIONES INTERPERSONALES • BIENESTAR MATERIAL • DESARROLLO PERSONAL • BIENESTAR FÍSICO • AUTODETERMINACIÓN • INCLUSIÓN SOCIAL • DERECHOS
OTRAS VARIABLES DETERMINANTES • Estructura del Centro – Edificio/ Plantas/ Desplazamientos • Dimensión y tipología (Perfiles de clientes) • Distribución espacios modular • Organización funcional (módulos)