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ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013. AGENDA. Plazos y Datos de Interés General 1. PERSONAS NATURALES Declaración voluntaria del impuesto sobre la renta Concepto de residencia IMAN IMAS Otros temas que aplican para personas naturales 2. PERSONAS JURIDICAS
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AGENDA • Plazos y Datos de Interés General • 1. PERSONAS NATURALES • Declaración voluntaria del impuesto sobre la renta • Concepto de residencia • IMAN • IMAS • Otros temas que aplican para personas naturales • 2. PERSONAS JURIDICAS • Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) • Parafiscales y Seguridad Social • Determinación de dividendos y participaciones • Otros temas que aplican para personas jurídicas
AGENDA • 3. IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS • Tarifas • Periodo gravable • Retención en la fuente a titulo de IVA • Nuevos bienes y servicios gravados • 4. OTROS TEMAS DE INTERÉS • Impuesto al consumo • Ganancias Ocasionales • Concepto de sociedades y entidades nacionales para efectos tributarios • Prima en colocación de acciones • Remuneración cargos directivos contribuyentes del régimen tributario especial • Reorganización empresarial • Normas Antievasión • Sanciones y procedimiento • Otros temas
PLAZOS IMPUESTO DE RENTAGRANDES CONTRIBUYENTES • Tres (3) cuotas: • Primera: No podrá ser inferior al 20% saldo a pagar año 2011 • Segunda y tercera: 50% diferencia entre saldo a pagar año 2012 y 1ª cuota
PLAZOS IMPUESTO DE RENTAPERSONAS JURÍDICAS Y DEMÁS CONTRIBUYENTES
VENCIMIENTOS RENTA NATURALES Y SUCESIONES ILIQUIDASDesde marzo 01 de 2013 y vencen en las fechas que se indican a continuación:
PLAZOS INFORMACIÓN EXOGENA PERSONAS JURÍDICAS Y ASIMILADAS Y PERSONAS NATURALES
REFORMA TRIBUTARIA Ley 1607 de 2012
DEROGATORIAS • Inciso segundo Art. 9 E.T. - (Renta gravable o ganancia ocasional de fuente extranjera) • Art. 14-1 - (Efectos tributarios de la fusión de sociedades) • 14-2 del E.T. - (Efectos tributarios de la escisión de sociedades) • Art.36-3 del E.T.(“Prima en colocación de Acciones”). • Art. 244 - (Excepción de los no declarantes). • Art. 246-1 - (Tarifas para inversionistas extranjeros en la explotación o producción de hidrocarburos
DEROGATORIAS • Art. 287 - (Deudas que constituyen patrimonio propio) • Art. 308 (Herencias o legados a personas diferentes de los legitimarios y cónyuge) • Art. 315 (Impuesto de ganancia ocasional para los no declarantes) • Art. 424-2 - (Materias primas para produccion de vacunas) • Art. 424-5 – (Importación de equipos control y monitoreo ambiental • Art. 424-6 (Gas propano para uso domestico)
DEROGATORIAS • Art. 425. (Petróleo crudo, gas natural, butanos y gasolina natural) • Parágrafo 1 art. 457-1 - (Tarifa general vehículos de mas de 4 años de salida de fabrica o de nacionalización) • Art. 466 (Base gravable gasolina motor). • Art. 469 (Automóviles con tarifa general). • Art. 470 (Servicio de telefonía móvil 20%). • Art. 471 (Tarifa para otros vehículos, naves y aeronaves 20-25-35%)
DEROGATORIAS • Art. 474. – (Tarifa especial para derivados del petróleo) • Art. 498. – (Descontables en los servicios) • Art. 5 Ley 30 de 1982. – (Exención asfalto). • Art. 153 Ley 488 de 1998. – (Impuestos de registro aumentos de capital) • Parágrafo Art. 101 Ley 1450 de 2011. (fondo de estabilización precios de combustibles). • Art. 6 Ley 681 de 2001. (Impuesto global a la gasolina)
DEROGATORIAS • Art. 64 DL 019 de 2012. (Reportes de información financiera) • Numerales 1 a 5 del inciso 4 y el inciso 5 del Art. 156 de la Ley 1151 de 2007. (Funciones de determinación y cobro contribuciones de la protección social) • Art. 15 Ley 1429 de 2010. (Retención en la fuente para independientes – tope ingresos asalariados) • Art. 123 Ley 1438 de 2011. (Procedimiento sancionatorio – Supersalud)
DEROGATORIAS • Art. 13 Ley 1527 de 2012. (retención en la fuente para independientes) • Decreto 3444 del 2009 y todas sus modificaciones. (Reglamentación devolución IVA visitantes extranjeros) • Art. 28 Ley 191 de 1995. (Devolución IVA a extranjeros por adquisición en fronteras). • Parágrafo 1 del Art. 2 Ley 1507 de 2012. (Asimilación de ANTV a un establecimiento publico)
DEROGATORIAS • Todas las disposiciones que le sean contrarias. • Ley 963 de 2005. “Estabilidad jurídica” • Las disposiciones de los Arts. 869 y 869-1 del E.T. Entran a regir para conductas cometidas a partir del año gravable 2013.
PERSONAS NATURALES (Art. 1 al 19 Ley 1607 de 2012)
Declaración Voluntaria del Impuesto sobre la Renta Personas naturales (Art. 1° Ley 1607 de 2012) • Modifica el artículo 6° del Estatuto Tributario: • Personas naturales residentes en el país • Que les hayan practicado retención en la fuente • Que no estén obligadas a presentar declaración de renta • Podrán presentarla y produce efectos legales PERSONAS NATURALES
Residencia para efectos tributarios (Art. 2° Ley 1607 de 2012) • Personas naturales que cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones: • Permanencia continua o discontinua por mas de 183 días calendario, durante un periodo cualquiera de 365 días calendario consecutivos. • Cuando la permanencia continua o discontinua recaiga sobre mas de un año o periodo gravable se considera residente a partir del segundo año. PERSONAS NATURALES
365 días calendario consecutivos > 183 días 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 2 > 183 días 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 > 183 días 8 10 11 12 2 3 4 5 6 7 8 9 1 PERSONAS NATURALES
Personas Naturales Residentes En Colombia • Personas vinculadas al servicio exterior del Estado Colombiano, exentos de tributación en el país en que se encuentren en misión (Convenciones de Viena sobre relaciones diplomáticas y consulares). • Ser nacionales y en el año gravable: • Cónyuge o compañero permanente o hijos dependientes menores de edad tengan residencia fiscal en el país . • 50% o mas de sus ingresos de fuente nacional (Art 24 ET). • 50% o mas de sus bienes administrados en el país. • 50% o mas de sus activos se entiendan poseídos en el país (Art 265 ET). • Habiendo sido requeridos no acrediten residencia en el exterior. • Residencia en una jurisdicción calificada como paraíso fiscal. PERSONAS NATURALES
Aportes a Fondos de Pensiones Voluntarios o AFC (Art 3 y 4 Ley 1607 de 2012 – 126-1 y 126-4 E.T.) Serán considerados como una renta exenta Deducibles hasta 3.800 UVT ($101.996.000 año 2013) No forman parte de la base para la retención en la fuente AFV + AFC + AFPO <= al 30% del ingreso laboral o tributario, según el caso Requisito de permanencia mínima 10 años, salvo que el retiro se haga para adquisición de vivienda Retiros y pensiones que cumplan con el requisito de permanencia mínimo exigido mantienen la condición de no gravados y no integran la base del IMAN. PERSONAS NATURALES
Aportes a Fondos de Pensiones Voluntarios o AFC La restitución de los aportes al empleador se considera RENTA LÍQUIDA GRAVABLE. Inciso 7 del artículo 126-1 del E.T.: Los independientes pueden aportar 1/12 parte como CESANTIA hasta 2.500 UVT ($67.103.000 año 2013). PERSONAS NATURALES
Determinación de la Renta Exenta por ingresos laborales (Art. 6 Ley 1607 de 2012 – 206 Núm.. 10 E.T.) 25% del total de los pagos laborales sin que exceda de 240 UVT mensuales ($6.442.000 año 2013) Procedimiento para el cálculo: Valor total de los pagos laborales Los INCRNGO Menos: Las deducciones Demás rentas exentas laborales ?? PERSONAS NATURALES
Determinación de la Renta Exenta por ingresos laborales antes del (Art. 6 Ley 1607 de 2012) (límite 30% Ing. Lab.) PERSONAS NATURALES
Determinación de la Renta Exenta por ingresos laborales (Art. 6 Ley 1607 de 2012) (límite 30% Ing. Lab.) PERSONAS NATURALES
Determinación de la Renta para servidores públicos diplomáticos, consulares y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores (Art. 7 Ley 1607 de 2012) • Prima especial y prima de costo de vida (Decreto 3357 de 2009) exentas del impuesto de renta. • Determinaran su impuesto por el sistema ordinario • En ningún caso aplicarán el IMAN PERSONAS NATURALES
Tarifa Impuesto de Renta Personas Naturales (Art. 8 y 9 Ley 1607 de 2012) • RESIDENTES • Tabla del artículo 241 del E.T. • SIN RESIDENCIA • 33% tarifa única sobre renta gravable de fuente nacional. • 7% profesores extranjeros sin residencia en el país contratados por períodos no superiores a 4 meses por IES aprobadas por el ICFES. • Este impuesto será retenido en el momento del pago o abono en cuenta. PERSONAS NATURALES
Clasificación de las Personas Naturales Empleados • Las personas naturales residentes que no se encuentren clasificadas dentro de alguna de estas categorías: • Las reguladas en el Decreto 960 de 1970 (Notarios) • Los trabajadores por cuenta propia, con ingresos superiores a 27.000 UVT ($724.707.000 año 2013) • Seguirán sujetas al régimen ordinario de impuesto sobre la renta. PERSONAS NATURALES
Sistemas de determinación Imporenta Empleados (Art. 330 E.T.) • Sistema Ordinario (Tít. I Lib. I E.T.) • Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (IMAN) • Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS): Ingresos Brutos < a 4.700 UVT • Sucesiones de causantes residentes y bienes destinados a fines especiales (Sistema Ordinario o Renta Presuntiva) PERSONAS NATURALES
I M A N Impuesto Mínimo Alternativo Nacional Empleados PERSONAS NATURALES
APLICA UNICAMENTE A LOS EMPLEADOS. SISTEMA PRESUNTIVO Y OBLIGATORIO. SOLO ADMITE LOS DESCUENTOS DEL ART. 332 E.T. LAS GANANCIAS OCASIONALES NO SE TIENEN EN CUENTA PARA SU CALCULO. IMPUESTO MINIMO ALTERNATIVO NACIONAL “IMAN” PERSONAS NATURALES
DETERMINACIÓN RGA EN EL IMAN PERSONAS NATURALES
Tabla para la determinación del IMAN (Art. 333 del E.T.) PERSONAS NATURALES
I M A S Impuesto Mínimo Alternativo Simplificado Empleados PERSONAS NATURALES
Impuesto Mínimo Alternativo Simple IMAS (Art. 334 del E.T.) Sistema de determinación simplificado del impuesto de renta Aplica únicamente a empleados residentes en el país Cuya RGA < 4.700 UVT ($126.153.000 año 2013) RGA determinada conforme el IMAN Aplicación voluntaria PERSONAS NATURALES
Tabla para la determinación del IMAS (Art. 334 del E.T.) Firmeza: 6 meses a partir de la presentación Debidamente presentada, en forma oportuna y el pago dentro de los plazos PERSONAS NATURALES
Trabajadores por Cuenta Propia (Art. 336 del E.T.) • Sistema para la determinación del impuesto sobre la renta • Sistema ordinario (Título I, Libro I del E.T.) • El cálculo por el sistema ordinario no incluye ingresos por conceptos de ganancias ocasionales. • IMAS (opcional) para quienes desarrollen las actividades y dentro de los rangos señalados en el artículo 340 del E.T. PERSONAS NATURALES
INGRESOS BRUTOS AÑO IGUALES O SUPERIORES A 1.400 UVT E INFERIORES A 27.000 UVT. (ART. 339) TRABAJADORES CUENTA PROPIA “IMAS” CONDICIONES RGA DEL AÑO RESULTE SUPERIOR A LA DETERMINADA PARA LA ACTIVIDAD PERO INFERIOR A 27.000 UVT PERSONAS NATURALES
QUIEN NO LLEVE CONTABILIDAD SISTEMA DE REGISTRO ESTABLEZCA LA DIAN REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN TCP (Art. 338 del E.T.) INCUMPLIMIENTO DA LUGAR SANCIÓN ART. 655 E.T. EXISTEN LIMITACIONES ESPECIFICAS DEPURACIÓN PERSONAS NATURALES
Determinación de la RGA (Art. 339 del E.T.) PERSONAS NATURALES
Tarifa según actividad económica (Art. 340 del E.T.) PERSONAS NATURALES
RGAIGUAL O SUPERIOR A 27.000 UVT TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA UNICAMENTE SISTEMA ORDINARIO PERSONAS NATURALES
Firmeza de la declaración del IMAS (Art. 341 del E.T.) SEIS (6) MESES CONTADOS A PARTIR DEL MOMENTO DE LA PRESENTACIÒN PRESENTADA OPORTUNAMENTE Y EN DEBIDA FORMA PAGO DENTRO DE LOS PLAZOS PERSONAS NATURALES
RETENCIÓN EN LA FUENTE EMPLEADOS (Art. 12 al 15 Ley 1607/2012) (D.R. 0099 Enero 25/2013)