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EL DIH Y LA MISIÓN MÉDICA

EL DIH Y LA MISIÓN MÉDICA. Orígenes de la Misión Médica. El pensamiento humanitario en las guerras. Se sabe hoy que el derecho sigue a los hechos más bien que precederlos Proteger al hombre contra los males de la guerra y de la arbitrariedad de los combatientes, no es una idea nueva.

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EL DIH Y LA MISIÓN MÉDICA

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Presentation Transcript


  1. EL DIH Y LA MISIÓN MÉDICA

  2. Orígenes de la Misión Médica

  3. El pensamiento humanitario en las guerras

  4. Se sabe hoy que el derecho sigue a los hechos más bien que precederlos Proteger al hombre contra los males de la guerra y de la arbitrariedad de los combatientes, no es una idea nueva

  5. Casi todas las culturas han practicado principios humanitarios en las guerras 1108: Tratado de Caballero Cruzado: "acogieron con bondad a varios musulmanes que les pidieron refugio: hicieron que les vendaran las heridas, dieron ropa a los hombres que carecían de ella y, después, enviaron a todos a su país" Hamurabi (1793 – 1750 a.c): Rey de Babilonia, promulgó el código Hamurabi (1760), "Prescribo estas leyes para impedir que el fuerte oprima al débil"

  6. En 1747 Luis XV dijo que a los heridos (Batalla de Fontenoy) hay que tratarlos como a los propios. 3700 franceses y 2368 enemigos fueron atendidos por igual El 26 de septiembre de 1820 se celebró en Trujillo (Venezuela) el tratado de regularización de la Guerra, entre el Libertador Simón Bolivar y el General Pablo Morillo, para detener la «guerra a muerte»... Decreto de Guerra a Muerte «Españoles y Canarios, contad con la muerte, aun siendo indiferentes, si no obráis activamente en obsequio de la libertad de América. Americanos, contad con la vida, aun cuando seáis culpables.» Simón Bolívar 1813

  7. Decreto de Guerra a Muerte… Campaña Admirable "Todos los europeos y canarios casi sin excepción fueron fusilados", Inclusive Juan Bautista Arismendi, por órdenes de Bolivar mandó fusilar 886 prisioneros en Caracas. Para engrosar los números Arismendi incluyó los prisioneros enfermos en el hospital de la Guaira. Como respuesta Pablo Morillo, hizo lo propio en Santafé de Bogotá.

  8. Sanidad Militar Moderna: Dominique-Jean Larrey, fué un cirujano que, en las guerras napoleónicas, creó el transporte por ambulancia e introdujo los principios de la sanidad militar moderna, realizando los primeros triages en los campos de batalla. 1815: El Duque de Wellington en la batalla de Waterloo al ver la ambulancia en proximidad de la vanguardia del ejército británico, ordenó redirigir la línea de fuego para salvaguardar al cirujano y su ambulancia. (Principio de Distinción) El mariscal Blücher captura a Larrey, lo salva de ser ejecutado y le agradeció haber salvado la vida de su hijo, herido y capturado por los franceses en una campaña previa en Austria. Le ofreció alimentos, dinero y salvoconducto para viajar a territorio neutral. (Respeto al personal sanitario / Imparcialidad con los Hx en combate) 1863: Código de Lieber …los capellanes, médicos, enfermeros que caigan en manos del ejército americano, no son prisioneros de guerra (Guerra Civil Norteamericana)

  9. Si bien, existían reglas en los ejércitos para proteger a los heridos, enfermos, prisioneros de guerra, civiles y bienes, NO eran una obligación "jurídica" para los combatientes y los Estados aplicarlas, por lo tanto en muchas guerras se cometieron cualquier clase de actos inhumanos y degradantes.

  10. "..para que movilizar soldados, exponiéndolos a mil fatigas, a mil peligros, para dejarlos morir después como perros, cuando el fuego del enemigo los haya puesto fuera de combate.." 1861 – Henry Dunant

  11. I Convenio de Ginebra: 1864: "Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la suerte que corren los militares heridos en los ejércitos en campaña". Suscrito por 16 países. • LO IMPORTANTE: • Obligación de prodigar cuidados sin discriminación a los militares heridos y enfermos. • Identificación del personal, estructura y equipos sanitarios con un emblema… La Cruz Roja

  12. Pero.. Para qué un Emblema? Europa Siglo XIX: Cada ejército señalaba sus servicios sanitarios con una bandera de color diferente: blanco en Austria, rojo en Francia, amarillo en España… Ningún signo particular permitía distinguir los furgones sanitarios de los demás medios de transporte del séquito, y nada permitía identificar a distancia a los miembros del servicio de sanidad. Las consecuencias eran: No se reconocían las ambulancias del propio ejército y menos aun las del adversario. Los médicos y los enfermeros corrían el mismo peligro que los combatientes, por tanto resultaba imposible recoger a los heridos antes de que finalizara el combate.

  13. D.I.H.

  14. El Derecho Internacional Humanitario es un derecho de excepción, de emergencia, que interviene cuando se produce una ruptura social, la cual se conoce con el nombre de conflicto armado.

  15. La obligación de respetar y hacer respetar el DIH o DICA es de las Partes en conflicto, sea en un conflicto armado internacional o interno

  16. Protección

  17. ¿A quiénesprotége el DIH? A las personas que han dejado de participar en las hostilidades por herida, enfermedad, naufragio o privación de la libertad.

  18. ¿A quiénesprotége el DIH? A las personas que noparticipandirectamente en las hostilidades

  19. ¿A quiénesprotége el DIH? Al Personalsanitario y Religioso, civil o militar.

  20. ¿A quiénesprotége el DIH? Al personal del Movimiento Internacional de la Cruz Roja.

  21. FINALIDAD Protéger a las personas y a los bienes de las consecuencias de los conflictosarmados

  22. FINALIDAD Protéger a las personas y a los bienes de las consecuencias de los conflictosarmados

  23. FINALIDAD Limitar los métodos y medios de combate

  24. FINALIDAD Limitar los métodos y medios de combate

  25. D.I.H. En Colombia se aplica el Artículo 3 común a los 4 convenios de Ginebra y el Protocolo II Página 10 del Manual

  26. Según el D.I.H. MISION MEDICA ES: El conjunto de actividades que el personal asistencial cumple de conformidad con sus obligaciones profesionales.

  27. D.I.H. “Las normas del DIH, disponen que todos los miembros del personal sanitario que presten servicios en caso de conflicto armado deberán ser respetados y protegidos..” Art. 20 IV CG, Art. 9 P II. “…los miembros del personal sanitario no podrán en caso alguno, renunciar a ninguno de los derechos que, según las normas del DIH, se les confiere.” Art. 8 IV CG.

  28. D.I.H. “… En los convenios de Ginebra se estipula que las partes contratantes podrán concertar acuerdos especiales para complementar los convenios, sin perjuicio de los derechos de las personas protegidas.” Art. 7 IV CG. “… Protección de la misión sanitaria, implica también exigir a las autoridades los medios necesarios y facilidades para el cumplimiento de su deber.” Art. 9 P II.

  29. D.I.H. “… Para prestar una asistencia eficaz, el personal sanitario deberá tener acceso a los lugares donde sus servicios sean necesarios”. Art. 17 IV CG. “… Protección a transportes sanitarios”. Art. 21 – 22 IV CG, Art. 11 P II. “… el personal sanitario no podrá ser sancionado ni importunado” Art. 10 P II.

  30. D.I.H. “… el respeto de la ética profesional, será de la misma manera que en tiempos de paz” Art. 9 - 10 P II.

  31. Normas nacionales para la protección de la misión médica Ley 875 de 2004 / Uso del emblema Cruz Roja Decreto Reglamentario 138 / 2005: reglamentación del emblema a título protector Ley 782 del 2002, artículo 81. / Obligación del gobierno de poner en funcionamiento programa de protección para los miembros de la misión médica. Ley 171 de 1994: Adopción del Protocolo II, protección heridos enfermos, Pág. 45 del manual

  32. CÓDIGO Ley 599 de 2000 : Sanciona los delitos contra personas y bienes protegidos por el DIH. Art. 135# 4 - Personal sanitario y religioso en la categoría de personas protegidas. Art. 143 – Uso perfido del emblema de la cruz roja Art. 152 - Omisión de medidas de socorro Art. 153 - Obstaculización de tareas sanitarias. Art. 155 - Destrucción de bienes e instalaciones de carácter sanitario.

  33. Normas nacionales de obligaciones de la misión médica Leyesde ética profesional: Ley 35/89 Odontólogo, Ley 36/93 Bacteriólogo, Ley 266/96 enfermería, Ley 528/99 Fisioterapeutas, Ley 911/04 Etica Enfermería, 1090/06 Psicología. Resolución 1020 del 5 de agosto del 2002. / Reglamentación Misión Médica

  34. Por lo tanto… Las actividades que se desarrollen para garantizar la protección de los heridos, enfermos, están igualmente protegidas por el DIH y la legislación nacional.

  35. Entonces en la práctica esto significa: Que los combatientes tienen la obligación de: Respetar significa no atacar, no dañar, no impedir el paso, en definitiva, permitir que realicen la tarea para la que ha sido destinada. Proteger significa garantizar el respeto, prestar ayuda contra terceros o defender en caso necesario. (… Quien??)

  36. Deberes y Derechos ¿Dónde están los límites? ¿Qué es una infracción a la misión médica?

  37. PRINCIPIO 1La asistencia médica debe permanecer neutral No puede constituir una toma de posición en el conflicto en función de sus destinatarios. • Si se cometen actos de hostilidad, la misión médica se convierte en participante directo en las hostilidades. La Neutralidad es tanto un deber como un derecho.

  38. Más de Neutralidad… • Para conservar la confianza de todos. • La neutralidad no implica la neutralidad ideológica… pero… • La neutralidad debería verse como un medio y no como un fin. • La neutralidad no implica ni una indiferencia ante el sufrimiento ni la aceptación de la guerra. • Es la condición indispensable para una acción humanitaria eficaz. • (Diccionario DICA, Pietro Verri)

  39. Con respecto a la Neutralidad, que es un derecho y que es participación en el conflicto… • De acuerdo por pensamiento, principios, política, filosofía, doctrina (art. 18 CPC) • Manifestación pública a favor (art. 20 CPC) • Brindar apoyo con información. • Brindar apoyo con recursos. • Vinculación formal permanente.

  40. PRINCIPIO 2La asistencia médica debe permanecer imparcial No puede rehusar de dar asistencia médica a un herido o enfermo porque es del otro lado. Principio positivo de socorro sin discriminación, recuerda la igualdad de los hombres en el infortunio. (Diccionario DICA, Pietro Verri) • Si se hace distinciones entre pacientes que no son basadas en las necesidades y prioridades, se convierte en un participante al conflicto. La Imparcialidad es tanto un deber como un derecho.

  41. Deberes del personal sanitario • Respetar y proteger a las víctimas del conflicto armado • Prestar asistencia sanitaria con humanidad de manera imparcial • Actuar de acuerdo a la ética médica • Respetar y mantener el secreto profesional Pág. 11 y 18 del manual

  42. Deberes del personal sanitario… • Identificarse • Abstenerse de dar uso indebido del emblema • Evitar comentarios, acciones o actos hostiles que interfieran con el ejercicio de la Misión Médica • Abstenerse de participar directamente de las hostilidades

  43. Derechos del personal sanitario • A ser respetado y protegido. • A tener acceso a los heridos y enfermos. • A no ser obligado a actuar contrariamente a los principios de la ética médica. • A guardar el secreto profesional. Pág. 11 del manual

  44. Derechos del personal sanitario… • No ser privado de su libertad u obligado a la atención de pacientes mediante amenazas o métodos violentos. • A no ser sancionado por realizar actividades sanitarias conforme a la deontología de su profesión.

  45. Derechos del personal sanitario desde lo legal: • Ley 23 de 1981: art. 2: Hacer caso omiso de las diferencias de credos políticos, religiosos… …evitando que éstas se interpongan entre mis servicios profesionales y mi paciente. • Resolución 1020 / 2002: art. 6: Atender humanamente a todas las víctimas sin distinción alguna, determinando la prioridad de la atención únicamente con base en criterios médicos. • Ley 906 de 2004: art. 68: EXONERACIÓN DEL DEBER DE DENUNCIAR. Nadie está obligado a denunciar, cuando medie el secreto profesional.

  46. Derechos del personal sanitario desde lo legal: • Ley 906 de 2004: art. 385: EXCEPCIONES CONSTITUCIONALES. Son casos de excepción al deber de declarar, las relaciones de a) el abogado con su cliente, b) Médico con paciente… • Ley 906 de 2004: Art. 218. Obligación de notificación, de ingreso de presuntas víctimas. • Ley 906 de 2004: Art. 143. …y si no se avisa? Multa de 10 a 100 SMLV a la institución.

  47. Secreto Profesional “Se entiende por secreto profesional la información reservada o confidencial que se conoce por el ejercicio de determinada profesión o actividad. El mantener el secreto profesional es tanto un deber como un derecho del personal sanitario.Un aspecto importante de este tema es la Historia Clínica, desde el punto de vista de documento con implicaciones legales. El personal médico debe consignar con suma claridad y objetividad toda la información clínica y fisiopatológica pertinente para la evolución del paciente. Se debe evitar el registro de información de carácter estratégico-militar, así como la relacionada con la condición jurídico-penal del paciente, dado que no es relevante para su adecuado manejo clínico. La reserva de éste documento SI puede ser levantada mediante órden judicial. Pág. 41 del manual

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