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Seguro de Defensa Jurídica e Impago de Alquiler para el Arrendador de Locales de Negocio

Seguro de Defensa Jurídica e Impago de Alquiler para el Arrendador de Locales de Negocio. Impago de Alquiler para el Propietario de Locales de Negocio, local comercial oficina/despacho.

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Seguro de Defensa Jurídica e Impago de Alquiler para el Arrendador de Locales de Negocio

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  1. Seguro de Defensa Jurídica e Impago de Alquiler para el Arrendador de Locales de Negocio

  2. Impago de Alquiler para el Propietario de Locales de Negocio, local comercialoficina/despacho Porque actualmente el Mercado Inmobiliario está sometido a una gran tensión por los elevados precios, ya sea en propiedad o en régimen de alquiler. Porque existe una granconflictividada la hora de arrendar un local de negocio a terceras personas, cada vez es más común la morosidad en el impago de la renta. Porque es muy difícil el lanzamiento de los inquilinos morosos y recuperar el local de negocio y en muchas ocasiones, además, éste sufre múltiples desperfectos. Porque todo ello queda suficientemente acreditado y de forma continuada en noticias de prensa.

  3. Impago de Alquiler para el Propietario de Locales de Negocio, local comercialoficina/despacho • La protección legal del Arrendador: Este seguro de Defensa Jurídica trata de proteger los intereses de los propietarios de locales de negocio alquilados a terceros cuando se producen situaciones de impago, daños al inmueble, o negativaa abandonarlo por parte del arrendatario conflictivo … si la solución no se consigue amistosamente, se puede recurrir a la vía judicial, evitando molestias innecesarias y costes jurídicos a los asegurados. En definitiva, con este Seguro de Defensa Jurídica, los propietarios pueden hacer efectivos sus derechos sobre sus bienes.

  4. Garantías • Impago de Alquileres: • Pago de rentas impagadas. • Adelanto de rentas impagadas. • Defensa Jurídica: • Defensa de los derechos relativos al local de negocio. • Defensa y reclamación en contratos de arrendamiento. • Defensa de los derechos de otros seguros. • Defensa penal. • Reclamación de daños. • Reclamación en contratos de reparación y mantenimiento. • Asistencia Jurídica Telefónica. • Actos vandálicos al continente.

  5. Garantías • Pago de rentas impagadas : • Cobertura: Hasta 6 mensualidades de rentas de alquiler. • Franquicia: 2 primeras mensualidades de renta impagada. • Suma máxima asegurada: hasta 6.000 € de renta mensual. • Contratos de arrendamiento de locales ASEGURABLES: • Contratos sujetos a la L.A.U. • Local destinado exclusivamente a uso comercial, oficina o despacho.

  6. Indemnización por actos vandálicos al continente: • Queda garantizada la indemnización en caso de: • Deterioros inmobiliarios al continente causados por el inquilino. • Robo de continente por parte del inquilino. • Cobertura: 3.000 €. • Franquicia: 300 €.

  7. Plazo de carencia: • Para las garantías contractuales se establece un plazo de carencia de 3 meses. • Límites para Gastos y Fianzas: • Se garantiza un máximo de 3.000 € por siniestro. • Riesgos excluidos: • Los constituidos sobre un negocio en explotación, no regidos por la L.A.U. • Los constituidos sobre naves industriales o locales de uso industrial. • De duración inferior a 1 año.

  8. Requisitos del arrendatario del local ( persona jurídica ): -La sociedad debe estar constituida desde hace al menos 2 años. -Si no tiene dicha antigüedad, será necesario aportar un aval personal y solidario suficiente ( persona física ). -Estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. -Sin incidencias de impago anteriores (registros de morosos). -Se analizará de formaindividualizada la situación económica de cada sociedad.

  9. Documentación a aportar: -CIF de la sociedad / NIF de los avalistas. -Contrato de alquiler (o proforma) -Para acreditar la fecha de inicio de la actividad: Modelos 036 ó 037 de Hacienda, oen su defecto, la Escritura de constitución o la inscripción en el Registro Mercantil. -Certificados actualizados que acrediten estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias (estatal y autonómica) y con la Seguridad Social. -Declaración anual del Impuesto de Sociedades del último ejercicio y justificantes de pago de los ingresos a cuenta del mencionado impuesto efectuados en el ejercicio en curso.

  10. Prima Total Recibo Anual: • La Prima resultará de aplicar el 9,98%Renta Anual de Alquiler + Consorcio (1,12 €). (*) Se establece una Prima mínima de 500,00 €. • Precios válidos hasta 31/12/09. • Ejemplos de Tarificación: • Renta mensual de 900 € (capital garantizado hasta 5.400 €): 1.078,96 €. • Renta mensual de 1.500 € (capital garantizado hasta 9.000 €): 1.797,52 €. • Renta mensual de 2.000 € (capital garantizado hasta 12.000 €): 2.396,32 €.

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