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Superintendencia Nacional de Salud República de Colombia

Superintendencia Nacional de Salud República de Colombia. PLAN DE ACCIÓN SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD. CONTENIDO. Situación actual. Plan estratégico de acción. Acciones inmediatas de la Supersalud. Acciones para la eficiencia del sistema. 5. Proyecto de Reforma Ley 100.

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Superintendencia Nacional de Salud República de Colombia

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Presentation Transcript


  1. Superintendencia Nacional de Salud República de Colombia

  2. PLAN DE ACCIÓNSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

  3. CONTENIDO • Situación actual • Plan estratégico de acción • Acciones inmediatas de la Supersalud. • Acciones para la eficiencia del sistema 5. Proyecto de Reforma Ley 100

  4. 1. Situación actual SITUACIÓN ACTUAL Entidades sujetas a Inspección, Vigilancia y Control

  5. Situación actual SITUACIÓN ACTUAL Planta de personal sin modificar hace 10 años Recurso Humano Supersalud

  6. Situación actual SITUACIÓN ACTUAL Presupuesto 2006

  7. Situación actual SITUACIÓN ACTUAL • Gran cantidad de funciones que permanentemente son incrementadas vía legislativa. • Se carece de un sistema de Inspección, Vigilancia y Control que integre las entidades a nivel nacional y territorial. • Incumplimiento de las funciones de IVC asignadas al orden departamental y territorial.

  8. Situación actual • Deficiencia en la información presentada por las entidades vigiladas. • Excesiva, dispersa y falta de unificación de la normatividad. • Ausencia total de divulgación de derechos y deberes de los usuarios. • Falta de visibilidad de la Supersalud ante los actores.

  9. Situación actual SITUACIÓN ACTUAL • Ausencia de respuesta oportuna de la Supersalud ante las quejas, reclamos e investigaciones iniciadas. • Deficiente interacción con las entidades vigiladas. • Altos niveles de ilegalidad en el sector.

  10. Situación actual SITUACIÓN ACTUAL • Debilidad en el control del flujo de los recursos del sistema. • Limitación de recursos asignados para fortalecimiento institucional. • Inexistencia de Convenios o acuerdos efectivos que faciliten y complementen la IVC del sector.

  11. 2. Plan estratégico de acción SITUACIÓN ACTUAL • Implementación de audiencias públicas con los Actores del Sistema. • Visitas de concertación a las regiones con los actores del sistema por el Señor Superintendente. • Mesas de trabajo de concertación con las entidades vigiladas. Con las Entidades Vigiladas

  12. Plan estratégico de acción • Organización de un grupo de acción inmediata con las oficinas de atención al usuario con las IPS, EPS y las Direcciones Territoriales de Salud. • Generación de una cultura de reporte de la información por parte de los vigilados con calidad y oportunidad. • Unificar y simplificar la Normatividad del SGSSS.

  13. Plan estratégico de acción SITUACIÓN ACTUAL • Firma de convenios de cooperación con: Con las Entidades Externas • La Confederación Colombiana de Consumidores • Asociación Colombiana de Universidades-ASCUN- • Federación Nacional de Personeros • Contralores del orden territorial • Federación Colombiana de Municipios • Federación Colombiana de Gobernadores

  14. Plan estratégico de acción SITUACIÓN ACTUAL • Implementación de campañas masivas de divulgación de los derechos y deberes de los usuarios. • Realización de contratos con las universidades para poner al día la Superintendencia Nacional de Salud.

  15. Plan estratégico de acción SITUACIÓN ACTUAL • Fortalecimiento del recurso humano interno y externo mediante capacitación. • Orientación de la SNS hacia una IVC de segundo orden. • Contratación de Auditorias Externas en los casos que amerite. Fortalecimiento Institucional

  16. Plan estratégico de acción • Certificación del Sistema de Gestión de Calidad de la Supersalud. • Desarrollo de un sistema de información que permita cruces entre los actores del sistema. • Incremento de la asignación presupuestal de inversión para la Supersalud.

  17. 3. Acciones inmediatas de la Supersalud • Conciliación de cuentas entre Fosyga Administradoras de Recursos, EPS, ARS e IPS. • Revisión de la compensación • Recobros y tutelas

  18. Acciones inmediatas de la Supersalud • Auditorias a entidades territoriales en el flujo de recursos y Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad. • Estudios de Mercado e interventorías según sea el caso a la explotación de los monopolios rentísticos.

  19. 4. Acciones para la eficiencia del Sistema • Gestionar la eliminación de la intermediación en el flujo de los recursos del régimen subsidiado y otras fuentes. • Proponer pasar de subsidios de la oferta a subsidios a la demanda. • Unificar y racionalizar la normatividad del SGSSS.

  20. Acciones para la eficiencia del Sistema • Publicar resultados de gestión de IVC, de todos los actores. • Promover la participación ciudadana. • Mediante concertación interinstitucional definir y aplicar estrategias para controlar y minimizar la ilegalidad en el sector.

  21. Acciones para la eficiencia del Sistema SITUACIÓN ACTUAL Firma de convenios de cooperación y acción conjunta con: • La Fiscalía General de la Nación • La Procuraduría General de la Nación • La Contraloría General de la República • La Defensoría del Pueblo • La DIAN • La Auditoria General de la Nación • DAPRE a través de la oficina del Vicepresidente de la República • El Programa Presidencial de Lucha Contra la Corrupción • Las Secretarías Departamentales, Distritales y Municipales

  22. “POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DEL USUARIO DE LA SALUD”

  23. PROYECTO REFORMA LEY 100 DE 1993Propuesta al Congreso de la República de fortalecimiento a la Superintendencia Nacional De Salud

  24. CONTENIDO • Crear el Sistema de Inspección Vigilancia y Control en el SGSSS. • Competencia preferente de la Superintendencia Nacional de Salud • Atribución jurisdiccional a la Superintendencia Nacional de Salud. • Conciliación en conflictos entre vigilados y usuarios. • Auditorías.

  25. REFORMA LEY 100 DE 1993 • Crear el Sistema de Inspección Vigilancia y Control en el SGSSS. Conjunto articulado de normas, agentes y procesos el cual estará en cabeza de la Superintendencia Nacional de Salud. Ejes del Sistema: • Financiamiento • Aseguramiento • Prestación de Servicios de atención en salud y salud pública. • Atención al usuario y participación social • Acciones y medidas especiales.

  26. REFORMA LEY 100 DE 1993 • Competencia preferente de la Superintendencia Nacional de Salud. • Titular del ejercicio preferente de la IVC frente a sus vigilados • Asumir procesos de segunda instancia

  27. REFORMA LEY 100 DE 1993 Con el fin de garantizar la efectiva prestación del derecho a la salud de los usuarios del Sistema de Seguridad Social en Salud y en ejercicio del artículo 116 de la Constitución Política, la Superintendencia Nacional de Salud podrá conocer y fallar en derecho, con carácter definitivo y con las facultades propias de un Juez, en los siguientes asuntos: • Atribución jurisdiccional a la Superintendencia Nacional de Salud..

  28. REFORMA LEY 100 DE 1993 Continua… • Cobertura de los procedimientos, actividades e intervenciones del Plan Obligatorio de Salud cuando su negativa por parte de las Entidades Promotoras de Salud o entidades que se les asimilen, ponga en riesgo o amenace la salud del usuario . • Reconocimiento económico de los gastos en que haya incurrido el afiliado por concepto de atención de urgencias en caso de ser atendido en una I.P.S. que no tenga contrato con la respectiva E.P.S., cuando haya sido autorizado expresamente por la E.P.S. para una atención especifica y en caso de incapacidad, imposibilidad, negativa injustificada o negligencia demostrada de la Entidad Promotora de Salud para cubrir las obligaciones para con sus usuarios.

  29. REFORMA LEY 100 DE 1993 Continua… (iii) Conflictos que se susciten en materia de multiafiliación dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud (iv) Conflictos relacionados con libre elección que se susciten entre los usuarios y las aseguradoras y entre éstos y las prestadoras de servicios de salud y (v) Conflictos relacionados con la movilidad dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud

  30. REFORMA LEY 100 DE 1993 La Superintendencia Nacional de Salud sólo podrá conocer y fallar estos asuntos a petición de parte.La Superintendencia Nacional de Salud no podrá conocer de ningún asunto que por virtud de las disposiciones legales vigentes deba ser sometido al proceso de carácter ejecutivo. Tampoco podrán ser sometidas acciones de carácter penal Continua…

  31. REFORMA LEY 100 DE 1993 • Conciliación en conflictos entre vigilados y usuarios. • La superintendencia actuará como conciliadora de oficio o a petición de parte. • Los acuerdos conciliatorios tendrán efecto de cosa juzgada

  32. REFORMA LEY 100 DE 1993 La Superintendencia Nacional de Salud podrá contratar la realización de programas o labores especiales con firmas de auditoria. • Auditorías.

  33. MUCHAS GRACIAS … Superintendencia Nacional de Salud República de Colombia

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