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XIV Jornadas mediterráneas de Seguridad Vial La seguridad vial y el transporte de mercancías. LA FORMACIÓN COMO INSTRUMENTO DE PREVENCIÓN. Introducción.
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XIV Jornadas mediterráneas de Seguridad VialLa seguridad vial y el transporte de mercancías LA FORMACIÓN COMO INSTRUMENTO DE PREVENCIÓN
Introducción Cada año mueren casi 1.000.000 de personas en el mundo como consecuencia de los accidentes de tráfico y 15 millones sufren heridas diversas. Este ritmo trepidante hace que cada hora mueran 65 personas por accidente y otras 2.000 ingresen en un hospital heridas. La concienciación de los conductores ha supuesto la mayor aportación a la disminución de los accidentes. De hecho, el factor humano está presente en el 90 por 100 de los accidentes.________________________ Datos: Fundación Mapfre
Algunos datos: ACCIDENTES MORTALES EN CARRETERA AÑO 2009* (Cómputo de las víctimas mortales a 24 h) *Datos provisionales Datos: Observatorio Nacional de Seguridad Vial
Algunos datos: Agosto es el mes con menos circulación de vehículos de transporte de mercancías por carretera.
Algunos datos: Sábados y domingos son los días con más restricciones de tráfico para los vehículos de transporte de mercancías por carretera.
Algunos datos: Autopistas y Autovías, se destacan como vías más seguras de circulación frente a las carreteras convencionales.
Algunos datos: Dossier de Premsa. 2-01-10 Dades provisionals
Algunos datos: Dossier de Premsa. 2-01-10 Dades provisionals
El sector debe seguir trabajando para mejorar la SEGURIDAD y DISMINUIR el número de ACCIDENTES y VÍCTIMAS
Regulación normativa del sector: El Transporte de Mercancías por Carretera está sujeto a una exigente y amplia normativa que lo regula específicamente: Algunos ejemplos: • Tacógrafo y tiempos de conducción y descanso (*). • Limitador de Velocidad. • Requisitos para acceder a la profesión. • Requisitos para transportar determinadas mercancías (p.e ADR). • Restricciones de tráfico …
Temps de conducció i descans (*)Reglament CE 561/2006: Conducció ininterrompuda Conducció diària 9 hores 10 h. dos cops per setmana
Temps de conducció i descans (*) Reglament CE 561/2006: Conducció setmanal i bisetmanal C. Setm: 56 hores C.bisetm: 90 hores
Temps de conducció i descans (*) Reglament CE 561/2006: Descans diari nornal Descans diari reduït
Temps de conducció i descans (*) Reglament CE 561/2006: Descans diari conducció en equip
Temps de conducció i descans (*) Reglament CE 561/2006: Descans setmanal Descans setmanal reduït Compensació: Còmput: Un descans setmanal que incideixi en dues setmanes es podrà computar en qualsevol d’elles, però NO en ambdues. Compensació: Amb 1 descans equivalent pres d’una sola vegada abans de finalitzar la 3º setmana següent a la setmana de que es tracti
Hechos sancionables: • FALTAS MUY GRAVES ( Sanciones desde 3.301 a 4.600 € ): El exceso superior al 50 % en los tiempos máximos de conducción o de conducción ininterrumpida. * • FALTAS GRAVES ( Sanciones desde 1.501 a 2.000 € ): El exceso superior al 20 % en los tiempos máximos de conducción o de conducción ininterrumpida, salvo que dicho exceso deba ser considerado infracción muy grave. • FALTAS LEVES ( Sanciones desde 301 a 400 € ): El exceso en los tiempos máximos de conducción o de la conducción ininterrumpida, salvo que deba ser considerado infracción grave o muy grave. ** * Cuando esta infracción sea detectada durante su comisión en carretera deberá ordenarse la inmediata inmovilización del vehículo hasta que se supriman los motivos determinantes de la infracción. ** Cuando esta infracción sea detectada durante su comisión en carretera, siempre que la distancia que todavía deba recorrer el vehículo para alcanzar su destino sea superior a 30 kilómetros, deberá ordenarse la inmediata inmovilización del vehículo hasta que se supriman los motivos determinantes de a infracción.
Regulación normativa sector: Inspección de los Transportes por Carretera Finalidad y funciones: Corresponde a la Subdirección General de Inspección de los Transportes por Carretera: • Desarrollo y coordinación de planes de actuación general en servicios de inspección. • La incoación e instrucción de los procedimientos sancionadores
Regulación normativa sector: Inspección de los Transportes por Carretera Finalidad y funciones: • La inspección y el control del cumplimiento de las normas reguladoras del transporte por carretera y de sus actividades complementarias y auxiliares, prestando especial atención a: • El control de las condiciones de acceso a la profesión de transportista y en general de los requisitos necesarios para obtener la autorización y realizar la actividad en orden a la erradicación de los transportes clandestinos. • El control del cumplimiento de las obligaciones concesionales de servicios regulares. • Control de los pesos máximos autorizados. • Control de posiblesmanipulaciones del aparato tacógrafo y otros instrumentos de control. • Control de los tiempos de conducción y descanso. • Control del transporte internacional. • Control del transporte escolar y de menores. • Planificación de la Inspección en coordinación con las C.C.A.A.
Regulación normativa sector: Pla d’Inspecció de Transports 2010 • “El conjunt d'actuacions del Pla d'inspecció de l'any 2010 respon a 3 objectius: • Ordenació del mercat del transport • Comprovar i garantir la igualtat de condicions de competència en el mercat: eliminació pràctiques deslleials • La seguretat del transport • Inspecció del compliment de les condicions de prestació del transport que garanteixin la seguretat:millora continua de la seguretat • Eradicació de l’intrusisme • Supressió de la realització d’operacions de transport sense la cobertura dels preceptius títols habilitants. “
Regulación normativa sector: Pla d’Inspecció de Transports 2010 “Per aprofundir en la necessària coordinació de l'acció inspectora, establint objectius comuns i criteris homogenis per al conjunt de l'Estat, els objectius i accions d'aquest Pla s'incorporen al Pla d'inspecció de transport de l'Estat de l’any 2010. Les accions destinades a la millora de la seguretat del transport tenen un impacte directe en la millora de la seguretat viària, per aquesta raó també s'incorpora al conjunt d'accions estratègiques del Pla català de seguretat viària.”
¿Qué otras medidas está adoptando el sector para mejorar la seguridad? CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL: C.A.P. LA NUEVA FORMACION PARA LOS CONDUCTORES PROFESIONALES
CAP La Directiva Europea 2003/59, se traspone a nuestro ordenamiento jurídico con el RD 1032/2007 que regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores profesionales de transporte por carretera. • El objetivo es conseguir una mejor preparación para el ejercicio de la profesión, aumentando así la seguridad y calidad del trabajo. La herramienta diseñada para ello es la FORMACIÓN.
Permiso conducción acabe en 3 o 4 Permiso conducción acabe en 5 o 6 Permiso conducción acabe en 7 o 8 Permiso conducción acabe en 1 o 2 Permiso conducción acabe en 9 o 0 ANTES 10-9-2013 ANTES 10-9-2014 ANTES 10-9-2015 ANTES 10-9-2012 FC - Formación Continua Los conductores exentos de la cualificación inicial deberán obtener el 1er CAP (renovación), es decir realizar el curso de formación continua, según el siguiente calendario: ANTES 10-9-2016
REAL DECRETO 1032/2007Aspectos Relevantes Algunos aspectos a destacar del temario: • Formación avanzada sobre conducción racional basada en las normas de seguridad. • 1.2 Objetivo: Conocer las características técnicas y el funcionamiento de los dispositivos de seguridad a fin de dominar el vehículo, minimizar su desgaste y prevenir las anomalías de funcionamiento. • Duración: 30 horas, de las que 10 serán de conducción efectiva por parte del alumno y el resto se impartirán en aula • 1.3 Objetivo: Poder optimizar el consumo de carburante. • Duración: 30 horas de las que 5 serán de conducción efectiva por parte del alumno • 1.4 Objetivo: Realizar Operaciones de carga respetando las consignas de seguridad y la buena utilización del vehículo. Se persigue obtener una buena estabilidad del vehículo en orden de carga. • Duración: 30 horas
REAL DECRETO 1032/2007Aspectos Relevantes Algunos aspectos a destacar del temario: 3. Salud, seguridad vial y medioambiental, servicio, logística. 3.1 Objetivo: Tener conciencia de los riesgos de la carretera y los accidentes de trabajo. Contenido: Tipología accidentes de trabajo, uso de las vías públicas; la importancia del cumplimiento de las normas de tráfico y Seguridad Vial;…..Señales de circulación….;los accidentes de tráfico, la magnitud del problema, estadisticas de los accidentes de circulación; implicación de los vehículos pesados; dinamica de un impacto y consecuencias humanas, materiales y económicas del accidente;los grupos de riesgo;los factores de riesgo; conducción preventiva; conducción en condiciones adversas Duración: 40 horas en aula. 7 horas pueden impartirse a bordo de camión mientras conduce otro alumno.
3.3 Objetivo: Ser capaz de prevenir los riesgos físicos. 3.4 Objetivo: Tener conciencia de la importancia de la aptitud física y mental. Contenido: La conducción, una tarea de toma de decisiones; actitudes y capacidades básicas para una conducción segura; estado físico del conductor; principios de una alimentación sana y equilibrada; efectos del alcohol; los medicamentos o cualquier otra sustancia que pueda modificar el comportamiento; síntomas, causas y efectos de la fatiga y el estrés; papel fundamental del ciclo básico actividad/reposo. Duración: 9 horas, que se impartirán en aula.
REAL DECRETO 1032/2007Aspectos Relevantes Algunos aspectos a destacar del temario: 3.5 Objetivo: Tener capacidad para evaluar situaciones de emergencia. Contenido: Seguridad activa y pasiva; comportamiento en situaciones de emergencia: Actuación en caso de accidente de tráfico; intervención, sensibilización y educación vial (formación individualizada); las normas de tráfico y la seguridad vial (debate grupal, dinámica de grupos); evaluación de la situación; prevención del agravamiento de accidentes; aviso a los servicios de socorro; auxilio a los heridos y aplicación de los primeros socorros; reacción en caso de incendio; evacuación de los ocupantes del camión; garantizar la seguridad de todos los pasajeros; reacciones en caso de agresión; principios básicos de la declaración amistosa de accidente. Duración: 15 horas, que se impartirán en aula.
TRABAJADORES + CUALIFICADOS + CONCIENCIADOS: • La nueva normativa conllevará una mayor profesionalización del sector, sobre todo en lo que respecta a las nuevas incorporaciones.
La Fundación Transporte y Formación se constituyó el 16 de septiembre de 2008 como entidad sin ánimo de lucro cuyo patrimonio se encuentra afecto a la mejora de la formación, la imagen y la cultura en el sector del transporte por carretera, que tiene carácter de fundación del sector público estatal de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. • El domicilio social radica en Madrid, Paseo de la Castellana nº 67, C.P 28046, en la sede de la Dirección General de Transportes por Carretera.
Finalidad y funciones: La finalidad de la Fundación Transporte y Formación es la de realizar, promover y proponer todo tipo de actuaciones dirigidas a mejorar la formación, la imagen y la cultura del sector del transporte por carretera. Para ello, la Fundación realizará las siguientes funciones: • Definir las necesidades de formaciónen el sector del transporte por carretera, realizando para ello los estudios necesarios. • Estudiar las diferentes ayudas públicas para acciones formativas en el sector existentes en cada momento, para proponer medidas de coordinación y de optimización de dichas ayudas. • Elaborar criterios para coordinar a los distintos organismos, centros o entidades, tanto públicos como privados, dedicados a la formación en el sector transportes.
Finalidad y funciones: • Promover la elaboración, y elaborar directamente, material didáctico y programas para los diferentes cursos. • Proponer criterios en relación con el nivel de preparacióny la cualificación de las personas que hayan de impartir, en calidad de formadores, los diferentes cursos de formación en el sector transportes. • Proponer criterios sobre los requisitos que deben exigirse a los centros autorizados de formación inicial y continua de conductores, así como a cualesquiera otros centros en los que se impartan formaciones de carácter obligatorio. • Realizar o contratar la realización de actividades formativas cuando la oferta sea insuficiente.
Finalidad y funciones: • Informar a las comisiones de valoración del Ministerio de Fomento en el otorgamiento de ayudas para la formación relacionadas con el transporte por carretera. • Actuar como coordinadora y catalizadora en materia de formación en el sector del transporte por carretera. • Colaborar con las Administraciones Públicas en cuantas actuaciones afecten a la formación, imagen o cultura en dicho sector.