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ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO Y GESTIÓN PÚBLICA. Las Políticas Públicas en el Perú. Jaime Reyes Miranda. Preliminar: Planeamiento y presupuestación. Políticas de Estado. Políticas de Estado. Acuerdo Nacional. Acuerdo Nacional.
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ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMADIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO Y GESTIÓN PÚBLICA Las Políticas Públicas en el Perú Jaime Reyes Miranda
Preliminar: Planeamiento y presupuestación Políticas de Estado Políticas de Estado Acuerdo Nacional Acuerdo Nacional Política General de Gobierno Política General de Gobierno Programas Programas de Gobierno Exposiciones Exposiciones Proyecciones y recomendaciones Marco Multianual Proyecciones Marco Macroeconómico Recomendaciones Multianual Lineamientos de Política Sectorial Lineamientos de Política Sectorial PESEM’s PESEM’s Plan de Desarrollo Concertado Plan de Desarrollo Concertado Nivel Territorial Nivel Territorial Plan Estratégico Institucional Plan Estratégico Institucional Rol Institucional Rol Institucional Presupuesto Presupuesto Plan Operativo Gestión Anual Anual
Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN Conducir y desarrollar la planificación concertada como instrumento técnico de Gobierno Orientador y ordenador de acciones necesarias para lograr el desarrollo integral del país GOBIERNO NACIONAL GOBIERNO REGIONAL ORGANOS DE PLANEAMIENTO GOBIERNO LOCAL Dependencias e Instituciones del Estado
Normas para el diseño, implementación y evaluación de las Políticas Públicas
Políticas de Estado En el 2002 el Presidente de la República convocó a los partidos políticos con representación en el Congreso, a la sociedad civil y al Gobierno a entablar un diálogo para lograr un Acuerdo Nacional, que sirva de base para la transición y consolidación de la democracia, la afirmación de la identidad nacional y el diseño de una visión compartida del país a futuro. La idea era que el Acuerdo Nacional definiría un conjunto de políticas de Estado, que a su vez se traducirían en matrices con indicadores de seguimiento y metas que permitan a las fuerzas políticas y a la sociedad verificar su cumplimiento. Las 29 políticas, que luego se consensuaron la trigésima, la trigésimo primera , trigésima segunda, trigésima tercera, trigésima cuarta política de Estado del Acuerdo Nacional las que se enmarca en cuatro grandes objetivos: • Democracia y Estado de Derecho • Equidad y Justicia Social • Competitividad del País • Estado Eficiente, Transparente y Descentralizado. El Plan Nacional de Desarrollo: Plan Bicentenario. Dr. Jaime Reyes Miranda
DE LAS RELACIONES DEL PODER EJECUTIVO CON EL PODER LEGISLATIVO CONSTITUCIÓN Son atribuciones del Presidente de la República, dirigir la política general del Gobierno. Del Gabinete: Exposición de la Política General del Gobierno. Cuestión de Confianza Dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión. Plantea al efecto cuestión de confianza. Si el Congreso no está reunido, el Presidente de la República convoca a legislatura extraordinaria. Dr. Jaime Reyes Miranda
POLÍTICA GENERAL DEL GOBIERNO • Acuerdo Nacional • Hoja de Ruta • Discurso del Presidente de la República del 28 de julio • Lineamientos del Discurso del Presidente del Consejo de Ministros ante el Congreso
Políticas Nacionales y Sectoriales(Art. 4 LOPE) El Poder Ejecutivo tiene competencias para diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno. • Las políticas nacionales. Definen los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos principales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas. Las políticas nacionales conforman la política general de gobierno. • La Política sectorial- Es el subconjunto de políticas nacionales que afecta una actividad económica y social específica pública o privada. Dr. Jaime Reyes Miranda
Políticas Nacionales y Sectoriales(Art. 4 y 6 LOPE) El Poder Ejecutivo es responsable de Planificar, normar, dirigir, ejecutar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en conformidad con las políticas de Estado. • Diseño. Deben consideran los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales y locales, concordando con el carácter unitario y descentralizado del Estado. • Formulación. El Poder Ejecutivo establece mecanismos de coordinación con los gobiernos regionales, gobiernos locales y otras entidades, según requiera o corresponda a la naturaleza de cada política. • Cumplimiento. Son responsables las autoridades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales. • Aprobación. Se aprueban por decreto supremo, con el voto del Consejo de Ministros. Dr. Jaime Reyes Miranda
Atribuciones de los Altos funcionarios del Ejecutivo • El Presidente de la República en su calidad de Jefe del Poder Ejecutivo, dirige y aprueba la política general del Gobierno (Art. 8 LOPE). • El Consejo de Ministros, coordina y evalua la política general del Gobierno, así como las políticas nacionales y sectoriales y multisectoriales (art. 16 LOPE) • La Presidencia del Consejo de Ministros es la responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo (art. 17 LOPE). • El Presidente del Consejo de Ministros (art. 18): • Propone objetivos del gobierno en el marco de la Política General de Gobierno. • Coordina las políticas nacionales de carácter multisectorial; en especial, las referidas al desarrollo económico y social; • Formula las políticas nacionales en su respectivo ámbito de competencia, el proceso de descentralización y de la modernización de la Administración Pública. Dr. Jaime Reyes Miranda
Las Comisiones Interministeriales (art. 20). Son instancias de coordinación y de discusión de políticas al interior del Consejo de Ministros. • La Comisión Interministerial de Asuntos Económicos y Financieros (CIAEF). Es la encargada de articular, coordinar y establecer los lineamientos de la política fiscal así como supervisar su cumplimiento. • La Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS). es la encargada de dirigir, articular, coordinar y establecer los lineamientos de la política y del gasto social, así como supervisar su cumplimiento. Tiene como función principal reducir la pobreza y la extrema pobreza. Dr. Jaime Reyes Miranda
Los Ministerios • Los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas (art. 22). • Funciones de los Ministerios: Formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno (art.23). • Los Ministros orientan, formulan, dirigen, coordinan, determinan, ejecutan, supervisan y evalúan las políticas nacionales y sectoriales a su cargo; asimismo, asumen la responsabilidad inherente a dicha gestión en el marco de la política general del gobierno. • Los Viceministros, por encargo de los Ministros, formulan, coordinan, ejecutan y supervisan la política de desarrollo sectorial bajo su competencia, de conformidad con la respectiva política nacional. Dr. Jaime Reyes Miranda
Los organismos técnicos • Los Organismos Técnicos Especializados, planificar y supervisar, o ejecutar y controlar políticas de Estado de largo plazo, de carácter multisectorial o intergubernamental que requieren un alto grado de independencia funcional (art. 33). Dr. Jaime Reyes Miranda
Programas Públicos(artículo 38 de la LOPE) Definición: Los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen. Sólo por excepción, la creación de un Programa conlleva a la formación de un órgano o unidad orgánica en una entidad. Creación: Son creados, en el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, en un Ministerio o en un Organismo Público, mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. Excepcionalmente, la creación de un Programa o un Proyecto Especial implicará la creación de una categoría presupuestal específica.
Estructura Estructura: • Creación • Objetivo • Beneficiarios • Ámbito de intervención y criterios de priorización • Organización • Financiamiento • Aprobación del Manual de Operaciones Ejemplos: • Crean el Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres, Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM • Decreto Supremo que crea el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú, Decreto Supremo Nº 016-2011-TR • Crean el Programa Nuestras Ciudades, Decreto Supremo Nº 005-2012-VIVIENDA. • Crean el Programa Nacional “A Comer Pescado”, Decreto Supremo Nº 007-2012-PRODUCECrean el Programa Nacional de Alimentación Escolar QaliWarma, Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS • Crean el Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU
Proyectos Especiales Definición: Los Proyectos Especiales son un conjunto articulado y coherente de actividades orientadas a alcanzar uno o varios objetivos en un período limitado de tiempo, siguiendo una metodología definida. Sólo se crean para atender actividades de carácter temporal. Una vez cumplidos los objetivos, sus actividades, en caso de ser necesario, se integran en órganos de línea de una entidad nacional o, por transferencia, a una entidad regional o local, según corresponda. Creación: Los Programas y Proyectos Especiales son creados, en el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, en un Ministerio o en un Organismo Público, mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. Excepcionalmente, la creación de un Programa o un Proyecto Especial implicará la creación de una categoría presupuestal específica.
Decreto Supremo Nº 033-2014-PCMProyecto Especial para el Desarrollo de Madre de Dios • Objetivo: Promover el desarrollo integral de Madre de Dios, con especial énfasis en las zonas afectadas por la minería ilegal, así como consolidar la Estrategia de Saneamiento de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal en Madre de Dios. • Consejo de Desarrollo Ejecutivo de Madre de Dios • Funciones del Proyecto Especial • Elaborar el Plan de Desarrollo Integral del Proyecto Especial; • Dirigir, controlar, supervisar y evaluar la gestión integral de la implementación de las actividades relacionadas con el desarrollo integral de Madre de Dios, con énfasis en las zonas afectadas por la minería ilegal, en el ámbito del Proyecto Especial; • Articular y coordinar con los sectores competentes la implementación de programas y proyectos de Madre de Dios, con la participación de los Gobiernos Regionales y Locales; • Ejes de Intervención: Pobreza, Desigualdad, Desarrollo Económico y Minería Ilegal • Líneas de Acción del Proyecto Especial • De la Dirección del Proyecto Especial • Convenios • Manual de Operaciones • Plan de Implementación
Los Sistemas funcionales Los Sistemas son los conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la Administración Pública que requieren ser realizadas por todas o varias entidades de los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionales y los niveles de Gobierno. • Definición: tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de políticas públicas que requieren la participación de todas o varias entidades del Estado. • Reglamentación: El Poder Ejecutivo es responsable de reglamentar y operar los Sistemas Funcionales. Las normas del Sistema establecen las atribuciones del Ente Rector del Sistema. • Creación: Solo por ley se crea un Sistema. Para su creación se debe contar con la opinión favorable de la Presidencia del Consejo de Ministros. Dr. Jaime Reyes Miranda
Otras normas…. Artículo 26º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece como competencia exclusiva del Gobierno Nacional, el diseño de políticas nacionales y sectoriales. Literal a) del artículo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es competencia exclusiva del Gobierno Nacional definir, dirigir, normar y gestionar las políticas nacionales y sectoriales, las cuales se formulan considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales, concordando el carácter unitario y descentralizado del gobierno de la República; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales definen, norman, dirigen y gestionan sus políticas regionales y ejercen sus funciones generales y específicas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales El artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el artículo IX del Título Preliminar de la misma norma fija como uno de los principios que rigen el sistema de planificación local, la consistencia con las políticas nacionales; Dr. Jaime Reyes Miranda
ARTICULACIÓN INTERGUBERNAMENTAL- 3 NIVELES DE GOBIERNO Articulación Intergubernamental GOBIERNO NACIONAL GOBIERNO REGIONAL GOBIERNO LOCAL POLÍTICAS PÚBLICAS NACIONALES POLÍTICAS LOCALES PRIORIZADAS POLÍTICAS REGIONALES PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO CON ENFOQUE TERRITORIAL POLÍTICAS SECTORIALES PLANES PROGRAMAS PROYECTOS PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO PLAN DE COMPETITIVIDAD
PLAN DE DESARROLLO DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN EN EL PERÚ – LA AGENDA DIGITAL PERUANA. • PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS • PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN • PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2013-2018 Casos prácticos Dr. Jaime Reyes Miranda