150 likes | 316 Views
Las Jurisdicciones reconocidas en el mercado de valores panameño. El caso de Panamá y El Salvador. Carlos A. Barsallo P. Comisionado Presidente Comisión Nacional de Valores de Panamá Jornadas abiertas V Reunión de Autoridades del Consejo del Instituto Iberoamericano de Mercados de valores
E N D
Las Jurisdicciones reconocidas en el mercado de valores panameño.El caso de Panamá y El Salvador Carlos A. Barsallo P. Comisionado Presidente Comisión Nacional de Valores de Panamá Jornadas abiertas V Reunión de Autoridades del Consejo del Instituto Iberoamericano de Mercados de valores República Dominicana, 28 de noviembre de 2003
PLAN • Introducción- Decreto ley 1 de 8 de julio de 1999 y características de la regulación de valores panameña. • La Jurisdicción reconocida. Explicación. • Acuerdos existentes y Proyecto de Acuerdo. • El Procedimiento. • Comentarios finales
Introducción • El Decreto Ley 1 de 8 de julio de 1999. • Algunas características de la regulación de valores panameña. • Objetivos: • Fomentar condiciones para el desarrollo del mercado de valores. • Emular éxito del centro bancario internacional.
Emisores con valores registrados • 129 emisores registrados • 19 sociedades de inversión registradas (antiguos fondos mutuos). • Año 2002: 22 solicitudes de registro de valores/oferta de compra de acciones por un total de US$450.000.000.00
Licencias personas naturales 128 corredores de valores 2 asesores de inversión 35 analistas 70 ejecutivos principales 8 administradores de inversión Licencias personas jurídicas 31 casas de valores 2 Autorreguladas (1 bolsa de valores y 1 central de valores) 3 asesores de inversión 13 administradores de inversión 2 calificadoras de riesgo Sujetos con licencia expedida por la CNV
Mercado de Valores panameño • Capitalización de mercado: US$4,140.70 millones que equivale al 40.8% del PIB. • 30 empresas cotizan acciones públicamente con una capitalización de mercado de US$2,744.9 millones (27% del PIB) • 90 empresas son emisoras públicas de deuda con una capitalización de mercado de US$1,395.8 millones (13.8% del PIB).
Jurisdicción reconocida • Cuenta con leyes y reglamentos que, aunque no sean iguales a los panameñas, ofrecen en general, a juicio de la Comisión, un grado de protección a los inversionistas en su conjunto sustancialmente igual o mejor que el que ofrece la legislación panameña, y • Cuenta con un ente regulador que, a satisfacción de la Comisión, fiscalice adecuadamente el cumplimiento de dichas leyes y reglamentos
Acuerdo CNV 11 de 3 de julio de 2001 sobre jurisdicciones reconocidas • Estados Unidos de Norteamérica • Francia • España • Reino Unido • Japón • Suiza • Alemania • Suecia • Provincias de Québec y Ontario (Canadá) • Hong Kong • Holanda • México • Australia • Italia
El Caso concreto con El Salvador • Acuerdo 3 de 20 de marzo de 2003 por el cual se declara a El Salvador como jurisdicción reconocida.
Caso concreto con El Salvador • Antecedentes. • Firma de Memorandum de entendimiento 20 de septiembre de 2002.
El procedimiento • Acuerdo 9-2003. • Antecedentes Acuerdo 6-2000. Emisores Extranjeros.
El procedimiento • Ámbito de aplicación. • Solicitud de registro. • Documentación y formulario RV-JR. • Responsabilidad de la CNV
El procedimiento • Obligación de reportar. • Hechos de importancia. • Tarifas de registro y Supervisión. • Suspensión de negociación de valores.
Comentarios finales. • Agradecimientos. • La importancia del tema. • El futuro.
Mayor información • www.conaval.gob.pa • Tel 507 265 25 14 • Fax 507 269 88 42