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COMENTARIOS SOBRE EL. Anteproyecto de Ley de la Función Pública. Autor: Rodrigo Olmedo Lozano Presidente de SITACYL. Anteproyecto de Ley de la Función Pública Comentarios y conclusiones iniciales sacadas por SITACYL al anteproyecto

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  1. COMENTARIOS SOBRE EL Anteproyecto de Ley de la Función Pública Autor: Rodrigo Olmedo Lozano Presidente de SITACYL www.sitacyl.es

  2. Anteproyecto de Ley de la Función Pública Comentarios y conclusiones iniciales sacadas por SITACYL al anteproyecto “ ¿Un proyecto que aporta holgura a la rigidez de la Función Pública a costa de los derechos de sus trabajadores? “ www.sitacyl.es

  3. Artículo 2. Ámbito de aplicación. c) Entran, a demás, Las entidades públicas de derecho Privado. Es decir el Itacyl. Punto 2. El personal Laboral que presta servicios en las entidades públicas de derecho Privado sujetas al ordenamiento jurídico privado se regirá por su normativa específica. SITACYL: Es decir, el acceso y el convenio a su antojo. UGT y SITACYL: va a proponer que este personal se rija por la misma ley que todo el personal sobre todo lo referido al acceso a la función pública. www.sitacyl.es

  4. Art. 6. Será competencia del Consejero competente en materia de función pública regular la CARRERA PROFESIONAL y LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO definida en el ESTATUTO BÁSICO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. CARRERA PROFESIONAL. Incremento de retribuciones que valora básicamente la experiencia laboral del empleado determinado en una serie de niveles. De momento en el acuerdo de Modernización de la Administración Pública, que no ha firmado la UGT, se pospone hasta el 2010 el primer nivel y con escasas cuantías económicas. LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO. Consistirá en una especie de “evaluación” del empleado público en su puesto de trabajo. Si se supera se podrá incrementar el nivel económico de carrera profesional. SITACYL: ¿ Quienes van a evaluar ese examen?. Será la comisión objetiva e independiente?. www.sitacyl.es

  5. Artículo 14. FUNCIONARIOS DE CARRERA. 3. Corresponde exclusivamente a los funcionarios el ejercicio de las funciones que impliquen la participación en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales de la Administración así como aquellas que supongan el ejercicio de autoridad fe pública o asesoramiento legal… SITACYL. ESTE TEXTO PARECE QUE SE ESTÁ OLVIDANDO UN POCO. NO SE PUEDE SUPLANTAR CON TRABAJADORES NO FUNCIONARIOS EN SUS PUESTOS DE RPT. www.sitacyl.es

  6. ARTÍCULO 15. FUNCIONARIOS INTERINOS. 2. La selección de F. interinos habrá de realizarse mediante procedimientos ágiles bajo los principios de igualdad, mérito y capacidad. SITACYL: QUÉ FUNCIONEN LAS BOLSAS DE EMPLEO COMO EN OTROS CUERPOS, sanidad, educación. QUÉ SE VALORE, EN SU JUSTA MEDIDA, LA EXPERIENCIA LABORAL PARA FORMAR PARTE EN LAS BOLSAS DE EMPLEO. 4. Las plazas ocupadas por interinos debido a la existencia de una vacante deberán incluirse en la oferta de empleo del año siguiente o al siguiente. 5. Cuando las circunstancias de la prestación así lo requiera se podrá establecer que la relación interina sea a tiempo parcial. SITACYL. FIGURA NUEVA E IMPORTANTE. Esto significa que va a ver funcionarios de carrera a tiempo parcial. www.sitacyl.es

  7. ARTICULO 18. PERSONAL DIRECTIVO Funciones directivas definidas reglamentariamente. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad e idoneidad. ( la igualdad aquí no vale). Sujeto a evaluación de resultados. (¿Arrastrará esto a su plantilla relacionado con la evaluación del desempeño?). Las condiciones de empleo no serán objeto de negociación. SERÁN LOS CARGOS DE JEFE DE SERVICIO PARA ARRIBA. www.sitacyl.es

  8. Art. 20 PLANES DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS c) Medidas de movilidad, entre otras, La convocatoria de concursos de provisión de puestos limitados a personal de ámbitos que se determinen. SITACYL. ¿Esto que es una limitación más de los concursos? www.sitacyl.es

  9. ARTÍCULO 21. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO. La ejecución de la OEP tendrá un plazo máximo de 3 años. SITACYL. MUCHO, SE PIERDE RESPECTO A LO QUE HAY QUE ES ANUAL. 5. Los puestos de trabajo ofertados a los aprobados. NO REQUERIRÁN HABER SIDO INCLUIDOS EN CONCURSO DE MÉRITOS CON CARÁCTER PREVIO Puede implicar: Que desaparezca el carácter provisional. Qué se cubran plazas con los nuevos apetecibles para el personal más veterano. SITACYL. Está en contra de este punto rotundamente, se rompe con el concepto de igualdad de la función pública pues el uso que haga la administración de este artículo puede perjudicar al personal con más antigüedad. www.sitacyl.es

  10. ESTRUCTURACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO Art.23 DESEMPEÑO Y AGRUPACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO. 2. La Admón. De la Comunidad de Castilla y león podrá asignar a su personal, funciones, tareas y responsabilidades distintas a las correspondientes al puesto de trabajo que desempeñan, adecuadas a su clasificación grado o categoría, cuando las necesidades así lo justifiquen, sin merma de las retribuciones. SITACYL:SI NOS PUEDEN MOVER DEBERÍA SER CON GRATIFICACIÓN. Art. 26. 3.- la provisión de puestos requerirán que figuren en las Rpt de funcionarios. Novedad: No obstante este requisito no será necesario cuando la contratación tuviera por objeto la realización de tareas de carácter no permanente mediante contratos de trabajo temporales ó, tratándose de puestos reservados a funcionarios, el nombramiento atendiera a ejecución de programas de carácter temporal o al exceso o acumulación de tareas Estos nombramiento o contratos los realizará cada Consejería con cargo a sus presupuestos. SITACYL (+): PARECE UNA FORMA DE LEGALIZAR, MEDIANTE INTERINOS Y BOLSA DE EMPLEO, LO QUE TANTO HEMOS DENUNCIADO DE LAS CONTRATACIONES TRAGSA E ITAGRA. www.sitacyl.es

  11. Art. 30 Grupos de Clasificación profesional. ¿? Grupo A formado por los subgrupos A1 y A2. Su acceso se realiza con el título Universitario de Grado. La Clasificación de los Cuerpos y Escalas dentro de cada subgrupo entenderá al nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso.¿? SITACYL: ¿Cómo se van a diferenciar los subgrupos por las pruebas de acceso si todo el mundo va a entrar con el grado?. Art. 34. Cuerpos y Escalas de la Administración Especial. 2.- A1: Cuerpo de ingenieros superiores y facultativos superiores. A2 Cuerpo de ingenieros Técnicos SITACYL. Si el acceso al grupo A va a ser desde la misma titulación de grado, porque clasifican luego como la ley antigua el punto 2.? ESTO ESTÁ POCO TRABAJADO A SABIENDAS Ó PORQUE NO TIENEN NI IDEA. UGT: Para ellos solo hay una cosa clara y es que para entrar al grupo A se pedirá el Grado. Transitoriamente y hasta que no se instauren las nuevas titulaciones se asimilará lo siguiente. Grupo A actual-subgrupo A1, GRUPO B actual-A2. Incógnitas: Se va a reformar la Administración especial nuestra Estructurando únicamente el nuevo grado cuando se instauren las nuevas titulaciones? Como van a entrar en la Administración los que tengan el postgrado de Agronomía? (en teoría los actuales agrónomos). www.sitacyl.es

  12. SELECCIÓN Art. 46 Órganos de Selección Se crean las Comisiones Permanentes de Selección para las pruebas con un elevado nº de aspirantes y el nivel de titulación o especialización así lo aconseje. Los tribunales serán nombrados en la orden de Convocatoria salvo excepción. La pertenencia a los tribunales de selección será a título individual. Artículo 51. Selección de personal temporal. A partir de Bolsas de empleo derivadas de procesos selectivos ó, en ausencia de estas, convocatorias específicas para constituir bolsas o provisión de plazas. SITACYL. VE ÓPTIMO ESTE SISTEMA. LO ÚNICO QUE SOLICITA ES QUE EN LA REGULACIÓN DE LAS BOLSAS DE EMPLEO: SE VALORE, A DEMÁS DE LOS EXÁMENES APROBADOS EN CONVOCATORIAS DE OPOSICIÓN, LA EXPERIENCIA EN SU JUSTA MEDIDA. QUE TENGAN LA AGILIDAD DE LAS BOLSAS DE OTROS CUERPOS COMO LOS SANITARIOS O LOS MAESTROS. www.sitacyl.es

  13. PROVISIÓN DE PLAZAS Art. 62. Concursos Desaparece la Obligatoriedad de convocar concursos anualmente. SITACYL; Hay que volver a poner esta condición (aunque no se cumpla nunca) y además obligar a sacar todas las plazas libres. Se podrán constituir Comisiones Permanentes de Valoración. Art.63 Libre Designación: “ Provisión de puestos cuyo desempeño exija una especial responsabilidad y confianza”. (Se institucionaliza la confianza). Art. 65. Permuta entre puestos de trabajo Esta figura es Nueva. Si se lleva a cabo, entre otras características, tendrá carácter de plaza definitiva. Art. 70 Formas de provisión de carácter temporal. Comisiones de Servicio. Se elimina el párrafo que obligaba a convocar esa plaza en los siguientes concursos de traslados. Movilidad forzosa. Por necesidades del servicio y de carácter temporal como máximo 6 meses en puestos de la misma localidad. (Esto es novedad). 4. Los puestos provistos con carácter provisional o por funcionarios interinos, serán incluidos en la primera convocatoria de concurso. (Es el único atisbo de obligatoriedad que se da la Administración de sacar plazas a concurso). Lo cierto es que la Administración, según esta ley, no tienen ninguna obligación de sacar a concursos las plazas vacantes, y tampoco las ocupadas en Comisión de Servicio. www.sitacyl.es

  14. CAPITULO III. CARRERA PROFESIONAL. EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO. PROMOCIÓN INTERNA. Art. 97 Carrera Vertical. La que hay de vez en cuando (concursos). Niveles por grupo. Cambio de trabajo. Art. 98. Carrera Horizontal. NUEVO. Progresión de grado, sin cambiar de puesto de trabajo. Se valorará el trabajo realizado, conocimientos adquiridos y el resultado de la evaluación del desempeño. Constará de 4 grados. Cada uno de ellos requerirá un tiempo mínimo, a demás, de la evaluación anterior. Se puede ir para abajo. El grado que ostente cada funcionario puede servir de mérito en los concursos y libres designaciones. TODO ESTO SE DEBE REGULAR POR DECRETO DE LA JUNTA. Art. 100. Evaluación del desempeño. Procedimiento que mide la conducta profesional y el rendimiento o el logro de resultados. Esta evaluación servirá para valorar lo anteriormente dicho: La Carrera Horizontal incluso la Continuidad en el puesto de trabajo obtenido por concurso. La Valoración la Realizará una Comisión de Evaluación. Su funcionamiento lo debe regular un Decreto de la Junta. Tendrá 5 miembros mínimo. Uno de ellos será Sindical. Los resultados de la evaluación podrá tenerse en cuenta en la determinación del complemento de productividad del titular evaluado. www.sitacyl.es

  15. CAPITULO IV. DERECHOS RETRIBUTIVOS. Art. 13 . d) Los puestos de trabajo que requieran el mismo nivel de titulación, tengan idéntico grado de dificultad técnica, responsabilidad e incompatibilidad y cuyas tareas y condiciones de empleo sean similares, serán retribuidos en idéntica cuantía. SITACYL: ¿ ESTO SE CUMPLE EN LA PRÁCTICA?. Se ha quitado este punto. e) Los funcionarios no podrán ser retribuidos por conceptos diferentes de los especificados en esta Ley. SITACYL. Una prueba más de la tendencia que se ve en la ley. Las retribuciones serán individualmente, a la carta. Art. 106. sueldo base, el asignado a cada subgrupo o grupo si no hubiera subgrupo. SITACYL: Se elimina lo de sueldo base por grupo. Es decir todo como estaba. Art.107 Retribuciones Complementarias. Complemento de carrera. Es la Carrera Profesional. NUEVO Complemento de puesto. Es el de destino. Quita lo de que figurará en las relaciones de puestos de trabajo y será igual para todos los comprendidos dentro del mismo nivel. Complemento específico. Quita lo de peligrosidad o penosidad y que figurará en la Rpt. Complemento de productividad. Quita lo de Corresponde al respectivo Consejero determinar la cuantía individual que corresponda, en su caso, a cada funcionario. Y lo de las cuantías serán de conocimiento público. Complemento de funciones directivas. Para los cargos directivos. SITACYL. SE APRECIA QUE SE OSCURECE LA PUBLICIDAD DE LAS RETRIBUCIONES Y SU DISTRIBUCIÓN A CADA FUNCIONARIO. www.sitacyl.es

  16. CONCLUSIONES Se aprecia varios cambios de tendencia: Respecto a la inmovilidad de los funcionarios en su puesto. Se restringe ya que te pueden cambiar de sitio. Respecto a los concursos de traslados (que tanto fastidian a las altos cargos) Se limitan al máximo. Se valorará más la permanencia durante años en el puesto. Carrera horizontal. Respecto al empleo temporal (interinos). Se liberaliza la contratación. Respecto a las retribuciones. Se hacen opacas y a medida del trabajador. SE LIBERA LA ADMINISTRACIÓN DE SU RIGIDEZ CON EL PERSONAL. ¿Parece que se dirige hacia el incentivo, hacia la obtención de resultados, es decir, se pretenden asimilar criterios empresariales. www.sitacyl.es

  17. VA A CAMBIAR LA ESTRUCTURA DE LAS CONSEJERÍAS Y LAS RPT CONFORME A LA NUEVA VISIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN ¿Se tiende a Estructuras más horizontales (jefe de equipo, técnicos, personal administrativo sin apellidos concretos) para aumentar la versatilidad en el trabajo? ¿Implica esto una RPT más homogénea en cuanto a niveles?. www.sitacyl.es

  18. ¿QUE INTERESA A LOS ITAS (A TODOS) DE CARA A ESTOS CAMBIOS QUE SE AVECINAN? 1º Asimilarnos al Grado. 2º Que el Grado adquiera más competencias, incluso en la Administración. 3º Eliminar la transitoria de B-A2. 4º Que aparezca en la Rpt las plazas como A puesto que se va a entrar en la Administración con Grado. 5º Demostrar que podemos ocupar la gran mayoría de plazas que en Rpt están actualmente restringidas a otras titulaciones. www.sitacyl.es

  19. TE HA INFORMADO c s ITA y L SINDICATO SINDICATO DE INGENIEROS TECNICOS AGRICOLAS DE CASTILLA Y LEON CIF G-47589205 www.sitacyl.es www.sitacyl.es SITACYL correo sitacyl.es

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