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Taller Regional “LA FINANCIACIÓN DE LA EDUCACIÓN EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE DESDE LA PERSPECTIVA DE DERECHOS: casos de violación y alternativas de superación”. El sistema de financiamiento educativo en Chile: elementos para entender el movimiento por la educación.
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Taller Regional “LA FINANCIACIÓN DE LA EDUCACIÓN EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE DESDE LA PERSPECTIVA DE DERECHOS: casos de violación y alternativas de superación” El sistema de financiamiento educativo en Chile: elementos para entender el movimiento por la educación Foro Educación de Calidad Para Todos CHILE
Temas a tratar: • Chile y el derecho a la educación • 2. Chile y su sistema de financiamiento educativo • 3. Acción de Justiciabilidad del derecho a la educación en Chile • 4. El movimiento por la educación en Chile
Chile y el derecho a la educación El Estado chileno y el modelo neoliberal En Chile, a partir de los años 80´, comienza la implementación de un modelo neoliberal. Chile, el país más neoliberal del mundo (Sader, 2006), se privatizaron los siguientes ámbitos: a) La casi totalidad de los servicios básicos (agua, luz, gas, teléfono, medicamentos, etc.); b) El transporte urbano, ferroviario y aéreo; el servicio de autorutas para trasladarse no sólo entre ciudades, sino que al interior de éstas; c) Metros cúbicos de mar, que se entregan vía concesiones, para la explotación de recursos marinos; pedazos de tierra (también vía concesiones) para la explotación del turismo; d) Importantes ámbitos de la seguridad social como el sistema de Salud y Educación, y el sistema de pensiones, incluso las cárceles
Chile y el derecho a la educación Milton Friedman (Libertad de escoger, 1980) “¿Qué falla en nuestras escuelas”? “En la educación, los padres y los hijos son los consumidores y el profesor y el administrador de las escuelas, los productores. La centralización educativa ha supuesto una reducción de las posibilidades de elección del consumidor y un incremento del poder de los productores, cuyos intereses se pueden satisfacer con una mayor centralización y burocratización, aunque éstas no satisfagan a los padres”
Chile y el derecho a la educación El derecho a la educación en la Constitución de la República Artículo 19. Los derechos: (…) 9°. El derecho a la protección de la salud. 10°. El derecho a la educación 11°. La libertad de enseñanza 12°. La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometa en el ejercicio de estas libertades
Chile y el derecho a la educación • El derecho a la educación en la Constitución de la República • Garantía constitucional para algunos derechos: • “libertad de enseñanza” (art. 19 n° 11) • “derecho a desarrollar cualquier actividad económica” (art. 19 n° 21) • “derecho a no ser discriminado por el estado y sus organismos en materia económica” (art. 19 n° 22) • “derecho a la libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes” (art. 19 n° 23) y “derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales e incorporales”.
Chile y el derecho a la educación “El que por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidos en el artículo 19, números 1.º, 2.º, 3.º inciso cuarto, 4.º, 5.º, 6.º, 9.º inciso final, 11.º, 12.º, 13.º, 15.º, 16.º …, 21.º, 22.º, 23.º, 24.º y 25.º podrá ocurrir por sí o por cualquiera a su nombre, a la Corte de Apelaciones respectiva, la que adoptará de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, sin perjuicio de los demás derechos que pueda hacer valer ante la autoridad o los tribunales correspondientes”.
Chile y el derecho a la educación Los tratados internacionales Chile hace caso omiso a los tratados internacionales tales como: - Los derechos humanos - La Convención sobre los derechos del niño
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo • Sistema de subvenciones • Aporte financiero del Estado (sistema voucher) para crear y mantener establecimientos educacionales gratuitos o de financiamiento compartido con la familia. • Sostenedor: quien asume ante el Estado la responsabilidad de mantener en funcionamiento el establecimiento educacional. • Originalidades: • Financiamiento al estudiante asistente • Financiamiento basado en la demanda • Concepción de igualdad de estatus de sostenedores públicos y privados • (Mercado educativo)
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo Sistema de subvenciones Desde 1981, se construyó un sistema (una naturalización) en el cual las municipales tenían peores resultados que los privadas (SIMCE). Algunos Supuestos Ideológicos: - las familias escogerían establecimientos según calidad de la educación impartida. - la competencia entre establecimientos por atraer un mayor número de alumnos mejoraría el servicio educacional entregado (más matrícula y más asistencia). - Relación familia – escuela: habría mayor involucramiento de familias y respuesta de establecimientos (accountability)
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo Número de unidades educativas por tipo de administración (2009)
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo ¿Dónde están los alumnos?
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo Financiamiento Compartido Se permite cobrar cuota a familia en establecimientos subvencionados. En Básica: sólo particulares. En Media: particulares y municipales Particulares: pago obligatorio Municipales: obligatoriedad relativa Cobros mensuales no mayores de 4 USE (En 2010: $69.830).
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo Resultado: máxima segregación
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo Evolución del Financiamiento Compartido Matrícula se multiplicó en 8,5 veces en 16 años Educación pagada + financiamiento compartido: un 47 % contra un 11 % en 1993
2. Chile y su sistema de financiamiento educativo CONCLUSIONES • Sistema escolar segregado y mercantil • Amplias Consecuencias para educación pública • - El Malestar del Movimiento
3. Acción Justiciabilidad DDEE - Chile Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a establecimientos educacionales) ANTECEDENTES La Agenda del Foro Chileno incluye la revisión del FICOM por su relación con la segregación escolar Demanda por la Gratuidad – Coalición Colombiana Estudio sobre la configuración constitucional del derecho a la educación en Chile como derecho preferente de los padres a elegir el tipo de educación que le brindará a sus hijos (Mercado y Ciudadanía en Educación, Fernando Atria, 2007)
3. Acción Justiciabilidad DDEE - Chile Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a establecimientos educacionales) Se alega ante el Tribunal Constitucional. El TC evalúa la consistencia de las leyes con las normas constitucionales antes de su promulgación, o si en su aplicación provoca efectos contrarios a la Constitución. Se argumenta que el precepto legal (art. 24) no es aplicable en la resolución de un caso concreto: padres de estudiantes de una escuela secundaria particular subvencionada excluidos al iniciarse el 12° por no pagar la matrícula a tiempo.
3. Acción Justiciabilidad DDEE - Chile Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a establecimientos educacionales) DESARROLLO Elaboración y presentación de recurso de protección ante la Corte de Apelaciones: el derecho de los estudiantes a la propiedad del bien incorpóreo de la educación, de los miembros de la comunidad educativa a ser informados de los cambios en el funcionamiento del establecimiento, y de los padres a elegir la educación para sus hijos. Elaboración y presentación de recurso ante TC en favor del derecho de los padres a elegir libremente la educación para sus hijos; derecho que el Estado tiene el deber especial de proteger (inciso 3°, art. 19 N° 10) y en contra del FICOM.
3. Acción Justiciabilidad DDEE - Chile Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a establecimientos educacionales) DIFICULTADES Plazo de 30 días desde acontecidos los hechos para presentar recurso de protección, reduce la posibilidad de una formulación del escrito en coherencia con la acción ante el TC Plazo de 2 días para presentar al TC certificado del estado de la causa
3. Acción Justiciabilidad DDEE - Chile Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 24 del decreto con fuerza de ley N° 2 de 1998 (subvención del Estado a establecimientos educacionales) DESARROLLO Fallo adverso Corte Apelaciones / apelación / admisión vista causa por Corte Suprema Admisibilidad formal del recurso de inaplicabilidad por parte del TC Alegatos sobre la pertinencia de que el TC se pronuncie sobre el fondo del asunto Declaración de inadmisibilidad de la vista del recurso por considerar que el caso concreto pendiente no tendrá resolución por la invocación del derecho de los padres a elegir, resultando improcedente el pronunciamiento del TC
El movimiento estudiantil y el Movimiento social x la educación • Educación gratuita • Educación Pública • La desmunicipalización • Fin al Lucro