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Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

FUNDAMENTO. Artículo 6º C onvenio OIT No. 169 Sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, Adoptado en la 76ª reunión de la Conferencia General de la OIT , llevada a cabo en Ginebra en 1989. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia.

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Presentation Transcript


  1. FUNDAMENTO Artículo 6º Convenio OIT No. 169 Sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, Adoptado en la 76ª reunión de la Conferencia General de la OIT , llevada a cabo en Ginebra en 1989. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  2. CONTITUCION POLITICA 1- Colombia es un Estado social de derecho, es democrática, participativa y pluralista y tiene prevalencia el interés general. 2- Son fines esenciales del Estado; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan 7- Protección de la diversidad étnica, 8- Obliga al Estado y a las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación. 10 – Establece que las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son oficiales en sus territorios. 13 - El Estado debe proteger especialmente a aquellas personas que por su condición económica se encuentren en circunstancia de debilidad. 70 - La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. 40-2, Permite diversas formas de participación democrática. 329, Establece los mecanismos para la conformación de las entidades territoriales indígenas, su forma de administración y las características de los resguardos: propiedad colectiva y no enajenable. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  3. CONTITUCION POLITICA 330 Señala que en los territorios indígenas, estarán gobernados por consejos conformados y reglamentados según los usos y costumbres de sus comunidades, y determina las funciones que tiene a su cargo: 1. Velar por la aplicación de las normas legales sobre usos del suelo y poblamiento de sus territorios. 2. Diseñar las políticas y los planes y programas de desarrollo económico y social dentro de su territorio, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo. 3. Promover las inversiones públicas en sus territorios y velar por su debida ejecución. 4. Percibir y distribuir sus recursos. 5. Velar por la preservación de los recursos naturales. 6. Coordinar los programas y proyectos promovidos por las diferentes comunidades en su territorio. 7. Colaborar con el mantenimiento del orden público dentro de su territorio de acuerdo con las instrucciones y disposiciones del Gobierno Nacional. 8. Representar a los territorios ante el Gobierno Nacional y las demás entidades a las cuales se integren PARAGRAFO. La explotación de los recursos naturales en los territorios indígenas se hará sin desmedro de la integridad cultural, social y económica de las comunidades indígenas. En las decisiones que se adopten respecto de dicha explotación, el Gobierno propiciará la participación de los representantes de las respectivas comunidades. 55 transitorio – Reconocimiento de las comunidades negras Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  4. OTRAS NORMAS • Artículo 46 del Código Contencioso Administrativo: obligación de dar a conocer las decisiones de las autoridades que afecten en forma directa e inmediata a terceros que no hayan intervenido en la actuación. • Decreto 1320 de 1998, “Por la cual se reglamenta la consulta previa con las comunidades indígenas y negras para la explotación de recursos naturales dentro de su territorio”. • Directiva Presidencial 1 de 2010 «reseña los mecanismos para la aplicación de la Ley 21 de 1991, señala las acciones que requieren la garantía del derecho a la Consulta Previa y establece los mecanismos mediante los cuales procede el proceso de Consulta Previa». • Decreto2893 de 2011 Estructura del Ministerio del Interior Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  5. El Ministerio del Interior tiene como Misión: PROTEGER Y GARANTIZAR: La diversidad étnica y cultural. Y LIDERAR Y COORDINAR La Consulta Previa. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  6. Dirección De Consulta Previa Área de Gestión Área Legal Organigrama Ministro Del Interior Viceministerio Para La Participación E Igualdad De Derechos Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia Área de Certificación

  7. CONSULTA PREVIA Es un diálogo y concertación intercultural que busca garantizar la participación real, oportuna, y legítima de los grupos étnicos en la toma de decisiones, proyectos o actividades que los afecten, con el fin de proteger su integridad étnica y cultural. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  8. PRINCIPIOS RECTORES • La Consulta Previa más que un procedimiento, es una obligatoriedad legal y constitucional del Estado Colombiano y de las personas naturales o jurídicas que pretenden desarrollar o ejecutar un proyecto obra o actividad o expedir una norma legal. • La consulta previa es pública, especial y obligatoria, en la cual se garantiza el debido proceso, la oportunidad, la comunicación intercultural y el acceso a la información clara y veraz. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  9. Principios orientadores: • Legitimidad. • Transparencia. • Participación. • Representatividad. • Entendimiento Intercultural y Bilingüismo. • Oportuna. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  10. CARACTERISTICAS DE LA CONSULTA PREVIA • Es un derecho fundamental • Es una obligación del Estado • Es un derecho que genera deberes a los grupos étnicos Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  11. Características de la Consulta • La Consulta debe ser: • LIBRE: sin interferencias, presiones, consientes. • PREVIA: debe ser anterior a la adopción y aplicación de la medida leal o administrativa nacional y a la ejecución del proyecto, obra o actividad. • INFORMADA: se debe de dar a conocer el objeto de la Ley, Decreto o del proyecto obra o actividad. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  12. METODOLOGIA DE LA CONSULTA PREVIA • Se concibe como una oportunidad para la construcción conjunta. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  13. ¿CUANDO SE DEBE REALIZAR LA CONSULTA PREVIA? • Antes de emprender cualquier Actividad o proyecto que afecten directamente a grupos étnicos asentados en su territorio: • Proyectos tales como: • Mineros • Energéticos • Hidrocarburos • investigativos • Viales • Puertos • Medidas Administrativas y Legislativas. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  14. Consulta Para Proyectos, Obras o Actividades • Primer paso. Antes de iniciar el proyecto, obra, actividad o medida administrativa deberá solicitar una certificación sobre presencia:   • a) Fecha de la solicitud; • b) Breve descripción del proyecto, obra o actividad; • c) Identificación del área de influencia directa del proyecto, obra o actividad, acompañada de un mapa que precise su localización con coordenadas geográficas Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  15. 1, Proceso de Certificación de presencia o no de Grupos Étnicos COORDENADAS que Identifican el Área de Influencia. RESPONSABLE: Persona Natural o Jurídica Interesada en Ejecutar el Proyecto, Obra, Actividad o Medida Administrativa. EXTMI “Solicitud de Certificación de Presencia de Comunidades Étnicas” BASES DE DATOS: 1, Dirección de Asuntos Indígenas , ROM y Minorías. (SERVIDOR NAS-02) 2, Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. (SERVIDOR NAS-02) 3, Consolidado Res. Indígena -66-11 INCODER, 4, Consolidado Títulos Colectivos 2011/2012 INCODER, 5, Información Cartográfica IGAC 2010, 6, Base de Datos de Consulta Previa. Construida a partir de Verificaciones en Campo. CONCEPTO Cartográfico, Geográfico y Espacial RESPONSABLES: Ingenieros Topográficos y/o Geógrafos DCP. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia REQUIERE VERIFICACIÓN “Existe Incertidumbre sobre la presencia o no de grupos étnicos en el Área de Influencia” NO REQUIERE VERIFICACIÓN “Existe Claridad y no hay incertidumbre sobre la presencia o no de grupos étnicos en el Área de Influencia” Verificación en Campo RESPONSABLES: Abogados DCP. RESPONSABLES: Antropólogos y/o Geógrafos DCP. CONCEPTO Etnográfico CERTIFICACIÓN RESPONSABLES: Abogados DCP. Parte Interesada MOTIVACIÓN FINAL: En el caso de REGISTRAR PRESENCIA de Grupos Étnicos, la parte interesada deberá solicitar (En caso de querer continuar con la ejecución del Proyecto) el Inicio del Proceso de Consulta: * Artículo 330 de la Constitución Política. * Artículos 6 y 7 de la Ley 21 de 1991. * Artículo 76 de la Ley 99 de 1993. * Decreto 1320 de 1998. * Directiva Presidencial 01 de 2010. Notificación

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  17. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia ** Otro: Telecomunicaciones, Construcción de Viviendas y Proyectos de Explotación Agropecuarios.

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  21. Consulta Para Proyectos, Obras o Actividades Segundo paso. • Si en la certificación se identifican grupos étnicos en el área de influencia del proyecto, el ejecutor del proyecto debe solicitar el inicio del Proceso de Consulta Previa. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  22. 2, Proceso de Consulta Previa con Grupos Étnicos RESPONSABLE: Persona Natural o Jurídica Interesada en Ejecutar el Proyecto, Obra o Actividad. * Artículo 330 de la Constitución Política. * Artículos 6 y 7 de la Ley 21 de 1991. * Artículo 76 de la Ley 99 de 1993. * Decreto 1320 de 1998. * Directiva Presidencial 01 de 2010. CERTIFICACION que Identifica los GRUPOS ÉTNICOS A CONSULTAR. EXTMI “Solicitud de Inicio del Proceso de Consulta Previa” MACROREGIONES: PROGRAMACIÓN DE TRABAJO Macro Regiones RESPONSABLES: Profesionales DCP. CONVOCATORIA Acuerdo de las Fechas en ente: Ministerio del Interior / Comunidades / Parte Interesada “Citación para las Diferentes ETAPAS del Proceso de Consulta Previa” RESPONSABLES: Ministerio del Interior Comunidades, Parete Interesada DCP. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia 2. Acta de Pre consulta 3. Acta de Apertura 1. Acta de Acercamientos 4. Acta de Taller de Impactos y Medidas de Manejo 5. Acta de Preacuerdos 8. Acta de Cierre • Es el Objetivo esencial de todo el Proceso, puesto que en esta ETAPA se firman los acuerdos entre las partes y se dan los permisos para que el Proyecto, Obra o Actividad de INICIO en el Área de Influencia Consultada. • GANA LA EMPRESA • GANA LA COMUNIDAD ÉTNICA • GANA EL PAÍS 6. Acta de Protocolización 7. Acta de Seguimiento

  23. El Proceso de Consulta Para Proyectos, Obras o Actividades • Las fases de la consulta previa son a) Pre-consulta, b) Apertura del proceso, c) Talleres de identificación de impactos y definición de medidas de manejo, d) Pre-Acuerdos, e) Reunión de Protocolización, f) Sistematización y seguimiento al cumplimiento de acuerdos, g)Cierre del proceso de Consulta Previa Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  24. ¿QUIÉNES PARTICIPAN EN LA CONSULTA PREVIA? • PARTES: • Comunidad • Empresa Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia • Coordinadores: • Dirección de Consulta Previa (MI) • Autoridades Ambientales: MAVDT o Corporaciones Autónomas Regionales • Invitados: • Entes de Control del Estado (Procuraduría, Defensoría y Personería Municipal) • Autoridades de los municipios y departamentos (oficinas de asuntos indígenas y negras) La asistencia es indispensable en todas las etapas

  25. PRE-CONSULTA Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia Es entendida como aquella etapa donde se entablan diálogos tendientes a la adecuada realización del proceso de Consulta Previa . Teniendo como fin primordial definir la ruta metodológica y procedimental del proceso, en términos de espacios, tiempos y modos.

  26. Socialización: Instalación e Información • Se identifican las autoridades de la comunidad. • La empresa informa de manera clara en qué consiste el proyecto y todas sus actividades. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  27. Análisis de Impactos, Concertación, Medidas de Manejo Se identifican los impactos, medidas de manejo, mitigación, corrección o compensación. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  28. Reunión de Preacuerdos • Se definen los acuerdos y compromisos adquiridos. • Los mecanismos de seguimiento a los acuerdos pactados Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  29. Protocolización Se ratifican y respaldan los acuerdos y los compromisos adquiridos. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  30. Seguimiento y Acompañamiento El Ministerio del Interior le hará seguimiento a las actividades determinadas en todo el Proceso de Consulta Previa. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  31. Cierre Culminación de todas las actividades y cumplimiento de todos los compromisos. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  32. Durante el Primer Cuatrimestre del 2012, se llevaron a cabo 470 Protocolizaciones con Grupos Étnicos, en 65 Procesos de Consulta Previa. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  33. Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia TOTAL:694 REUNIONES DE CONSULTA PREVIA

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  36. TEMATICA DE LOS CONCEPTOS EMITIDOS (NO PROCEDENCIA DE CONSULTA PREVIA) • Improcedencia de honorarios injustificados de asesores • Improcedencia de remuneraciones por ejercer el derecho a la Consulta • Apertura de las Rondas ANH • Declaración y limitación de áreas de reserva minera estratégica • Cartografía geológica • prospección minera en territorios étnicos • Mantenimiento de infraestructura • sujetos de consulta previa Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

  37. Gracias Rafael Torres Director de Consulta Previa Ministerio del Interior rafael.torres@mininterior.gov.co Libertad y Orden Ministerio del Interior República de Colombia

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