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PROCEDIMIENTO EN LA JURISCCIÓN DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. Autorización para viaje Autorización para contraer matrimonio Restitución (Art. 95 C.N. y A.). PROCEDIMIENTO SUMARÍSIMO. Solicitud y documentación que motiva la acción (Art. 171 C.N. y A.)
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PROCEDIMIENTO EN LA JURISCCIÓN DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA • Autorización para viaje • Autorización para contraer matrimonio • Restitución (Art. 95 C.N. y A.) PROCEDIMIENTO SUMARÍSIMO • Solicitud y documentación que motiva la acción (Art. 171 C.N. y A.) • Traslado a la parte demandada por el término de 6 días (Art. 174 C.N. y A.) • Contestada la demanda o transcurrido el plazo. • Audiencia de conciliación dentro de los 6 días bajo apercibimiento. • Si no hay conciliación. Las partes ofrecerán sus pruebas. • Guarda o el abrigo • Restitución en el caso previsto en el Art. 95 y concordantes. • La exclusión del hogar del denunciado en casos de violencia doméstica. • La hospitalización. • La fijación provisoria de alimentos. • Las demás medidas de protección establecidas por el Código, que el Juez considere necesarias en interés superior o para la seguridad del adolescente. • EL JUEZ PODRÁ: • Declarar la cuestión de puro derecho • Ordenar medidas de mejor proveer • Ordenar medidas cautelares de protección (Art. 175 C.N. y A.) • Abrir la causa a prueba por un plazo no mayor de 20 días (ordenando el diligenciamiento de las pruebas ofrecidas y admitidas) PROCEDIMIENTO GENERAL AUDIENCIA DE PRUEBAS (ART. 178 C.N. y A.) El Juez dentro de los 6 días al “llamamiento de autos” dará lectura a su sentencia (Art. 179 C.N.y A.) A) Acciones de Reconocimiento (Art. 234 C.C.) Contestación (Art. 240 C.C.) Desconocimiento (Arts. 236 y 243 C.C.) Proceso de conocimiento sumario, regulado por el Código Procesal Civil (Art. 683), salvo en lo relativo a la prohibición de presentar alegatos, para lo cual se establece un plazo de 6 (seis) días comunes (Art. 183 C.N. y A.) B) Fijación de Alimentos para el niño y la mujer grávida. (Arts. 185 al 190 C. N. y A.) C) Ofrecimiento de Alimentos (Ley 3.929/09) D) Maltrato (Ley 4.295/11) E) De la Adopción (Ley 1.136/97) PROCEDIMIENTO ESPECIAL