1 / 20

DESGRAVAMEN HIPOTECARIO

DESGRAVAMEN HIPOTECARIO. POR CARMEN MANCILLA. Consultores de Seguros S.A. Corredores y Asesores de Seguros. Consultores de Seguros S.A. EL SEGURO DE DESGRAVAMEN. Es un seguro, que se otorga en las entidades financieras para cubrir los prestamos en caso de fallecimiento o incapacidad.

Download Presentation

DESGRAVAMEN HIPOTECARIO

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. DESGRAVAMEN HIPOTECARIO POR CARMEN MANCILLA Consultores de Seguros S.A. Corredores y Asesores de Seguros

  2. Consultores de Seguros S.A. EL SEGURO DE DESGRAVAMEN Es un seguro, que se otorga en las entidades financieras para cubrir los prestamos en caso de fallecimiento o incapacidad.

  3. Consultores de Seguros S.A. EL SEGURO DE DESGRAVAMEN El seguro de desgravamen tiene por objeto la cobertura de las deudas contraídas por el asegurado, al momento de su fallecimiento. Dichas deudas tienen que ver con varias clases de créditos contratados con entidades financieras.

  4. Consultores de Seguros S.A. EL SEGURO DE DESGRAVAMEN La finalidad de una póliza de desgravamen consiste en asegurar el pago del saldo insoluto del asegurador deudor frente a su acreedor, normalmente, instituciones financieras, prestamistas de un crédito. El seguro de desgravamen es un contrato accesorio, lo que quiere decir que para su subsistencia, es necesaria la existencia de un crédito de cualquier naturaleza, por el cual el deudor se obligue al pago de su correspondiente acreedor.

  5. Consultores de Seguros S.A. EL SEGURO DE DESGRAVAMEN Dicho crédito o deuda puede tener diferentes características. Puede tratarse de un crédito hipotecario por la compra de una casa o un departamento, un crédito otorgado por tarjetas de crédito, un crédito de consumo cualquiera, o incluso, respecto del dinero utilizado en su línea de crédito otorgado por su cuenta corriente.

  6. Consultores de Seguros S.A. PORQUÉ CONTRATAR UN SEGURO DE DESGRAVAMEN El seguro de desgravamen se constituye como una herramienta bastante útil para bancos e instituciones financieras, ya que de esta forma aseguran con mayor efectividad el riesgo de no pago de sus créditos. BENEFICIARIOS:EL TOMADOR A TÍTULO ONEROSO Ahora bien, el beneficiario bajo el seguro de desgravamen será la institución financiera que haya otorgado el crédito al asegurado.

  7. Consultores de Seguros S.A. CÓMO SE CONTRATA UN SEGURO DE DESGRAVAMEN Una póliza de desgravamen puede ser contratada individualmente por quien quiera asegurarse ante una compañía de seguros, o bien realizarse a través de un corredor de seguros. Al momento de contraerse un crédito frente a una entidad financiera, sea ésta la que contrate el seguro por cuenta del deudor, a través de un mandato, incluyendo el valor de la prima en el pago de las cuotas de la respectiva deuda. Sin perjuicio de lo anterior, la contratación de un seguro de desgravamen es siempre voluntaria. Cualquier exigencia de una póliza de desgravamen será sólo una condición impuesta por la entidad financiera.

  8. Consultores de Seguros S.A. SUSCRIPCIÓN DEL RIESGO Declaración de salud y actividades riesgosas. El valor de la prima dependerá de una serie de factores, tales como la edad del asegurable, su estado de salud y sus enfermedades preexistentes, el monto del crédito otorgado, y la práctica de deportes o actividades riesgosas, entre otros. Al suscribir un seguro de desgravamen, por lo general se le someterá a una declaración de salud y actividades riesgosas. Nuestra recomendación es que intente contestar con la mayor precisión posible acerca de cualquier padecimiento, diagnóstico, actividad, u otra circunstancia que pudiera modificar el riesgo que se pretende garantizar. Siempre será mejor pagar una sobreprima a verse desprovisto de cobertura producto de una exclusión.

  9. Consultores de Seguros S.A. DECLARACIÓN JURADA DE SALUD Y EXAMENES MEDICOS LA DECLARACIÓN JURADA DE SALUD DEBE SER LLENADA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LO RELACIONADO A REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD SEGÚN EDAD Y CAPITAL ASEGURADO. EL CONTRATANTE DEBERÁ REMITIR A LA COMPAÑÍA ASEGURADORA LOS FORMULARIOS DE DECLARACIÓN JURADA DE SALUD

  10. Consultores de Seguros S.A. DEFINICION DE FREE COVER LA ASEGURADORA OTORGA COBERTURA DE SEGURO DE VIDA E INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE A LOS PRESTATARIOS DEL FONDO FINANCIERO, SIN NINGÚN REQUISITO DE ASEGURABILIDAD Y SUJETA ÚNICAMENTE A LAS EXCLUSIONES EXPUESTAS EN LA PRESENTE PÓLIZA, HASTA $US. 50.000,00 A EXCEPCIÓN DE AQUELLA REFERIDA A ENFERMEDADES PREEXISTENTES CONOCIDAS.

  11. Consultores de Seguros S.A. COBERTURAS LIMITE DE RESPONSABILIDAD DE LA COMPAÑÍA EN CASO DE SINIESTRO SALDO INSOLUTO DE LA DEUDA A LA FECHA DE OCURRENCIA DE LAS EVENTUALIDADES CUBIERTAS POR LA PÓLIZA, INCLUYENDO INTERESES CORRIENTES PARA OPERACIONES EN MORA, HASTA LOS SIGUIENTES TRES MESES DE ENCONTRARSE EN DICHA CATEGORÍA.

  12. Consultores de Seguros S.A. COBERTURAS MUERTE NATURAL Y/O MUERTE ACCIDENTAL SE DARÁ AMPARO POR FALLECIMIENTO EN CASO DE SUICIDIO, SIEMPRE Y CUANDO HAYAN TRANSCURRIDO AL MENOS 6 MESES DE LA PERMANENCIA ININTERRUMPIDA DEL PRESTATARIO COMO ASEGURADO, SE ACLARA QUE DICHO PERIODO SERÁ TAMBIÉN CONSIDERADO DESDE EL PRIMER DIA DE LA REHABILITACION O INCREMENTO DEL CAPITAL ASEGURADO.

  13. Consultores de Seguros S.A. COBERTURAS MUERTE NATURAL Y/O MUERTE ACCIDENTAL SE DARÁ AMPARO POR FALLECIMIENTO EN CASO DE CUALQUIER HECHO ATRIBUIBLE A LA NATURALEZA EN GENERAL, EXTENDIÉNDOSE A CUBRIR, MAS NO LIMITANDO A: TERREMOTO, TEMBLOR, ERUPCIÓN VOLCÁNICA Y/O FUEGO SUBTERRÁNEO Y/O CATASTROFES NATURALES. SE DARÁ AMPARO POR FALLECIMIENTO COMO CONSECUENCIA DE MANIFESTACIONES, MOTINES, HUELGAS, CONMOCIÓN CIVIL, DAÑO MALICIOSO, VANDALISMO, DISTURBIOS, TUMULTO POPULAR O POR ATENTADO TERRORISTA, INVASIÓN E INSURRECCIÓN, SIEMPRE Y CUANDO EL ASEGURADO NO HAYA PARTICIPADO EN FORMA DIRECTA O ACTIVA EN UNO O VARIOS DE ESTOS ACTOS.

  14. Consultores de Seguros S.A. COBERTURA PARA INVALIDEZ TOTAL Y/O PERMANENTE CERTIFICADA MEDIANTE INFORME MEDICO TRATANTE DEL ASEGURADO QUE LE IMPIDE REALIZAR LAS TAREAS PROPIAS DE SU ACTIVIDAD HABITUAL O LAS DE CUALQUIER OTRA LABOR REMUNERADA A JUICIO DE LOS MÉDICOS NOMBRADOS POR LA COMPAÑÍA, SIN PERIODO DE ESPERA. SE CONSIDERA INVALIDEZ TOTAL CUANDO EL DICTAMEN DEL MÉDICO CALIFICADOR SEÑALE EL 65% O MÁS DE INVALIDEZ.

  15. Consultores de Seguros S.A. COBERTURAS CESANTIA SEGURO DE DESEMPLEO 0,20 (POR MIL MENSUAL) SOBRE EL SALDO DEUDOR Y APLICABLE A LA CARTERA DE ASALARIADOS LAS CONDICIONES DE DESEMPLEO SE ADJUNTA A LA PRESENTE PÓLIZA. DESAPARICION Y/O SECUESTRO SE EXTIENDE COBERTURA PARA EL RIESGO DE DESAPARICIÓN Y/O SECUESTRO DEL ASEGURADO INCLUYENDO CUANDO SE HAYA DECLARADO OFICIALMENTE EN EMERGENCIA O DESAPARECIDO EN MEDIO TRANSPORTADOR Y NO HUBIESE SIDO ENCONTRADO DESPUÉS DE HABER TRANSCURRIDO UN AÑO VENCIDO, A ESTE PLAZO LA ASEGURADORA INDEMNIZARÁ EL VALOR ASEGURADO.

  16. Consultores de Seguros S.A. EXCLUSIONES PARA EL CASO DE MUERTE O INVALIDEZ TOTAL PERMANENTE, LA COMPAÑÍA NO CUBRE Y ESTARÁ EXIMIDA DE RESPONSABILIDAD, EN CASO QUE LA MUERTE DEL ASEGURADO SOBREVENGA DIRECTA O INDIRECTA COMO CONSECUENCIA DE: SUICIDIO (SALVANDO LA ACLARACIÓN DE AQUELLOS CRÉDITOS QUE HAYAN SUPERADO LOS 6 MESES DE COBERTURA ININTERRUMPIDA), INTENTO DE SUICIDIO, MUTILACIONES O LESIONES, INFERIDAS AL ASEGURADO POR SÍ MISMO O POR TERCEROS CON SU CONSENTIMIENTO. INTERVENCIÓN DIRECTA O INDIRECTA DEL ASEGURADO EN ACTOS DELICTUOSO QUE LE OCASIONEN LA MUERTE O INVALIDEZ. GUERRA DECLARADA O NO, GUERRA CIVIL, REVOLUCIÓN, INMOLACIÓN, ACTOS DE ENEMIGOS EXTRANJEROS, HOSPITALIDAD U OPERACIONES BÉLICAS, INSURRECCIÓN, SUBLEVACIÓN, REBELIÓN, SEDICIÓN, MOTÍN O HECHOS QUE LAS LEYES CALIFIQUEN COMO DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DEL ESTADO SIEMPRE Y CUANDO SEA PARTICIPE EN TALES HECHOS. FISIÓN O FUSIÓN NUCLEAR O CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA. ENFERMEDADES PREEXISTENTES CONOCIDAS, ENTENDIÉNDOSE COMO TAL, AQUELLA ENFERMEDAD, LESIÓN, CONDICIÓN O SÍNTOMA CONGÉNITOS O NO QUE SE HAYAN ORIGINADO CON ANTERIORIDAD A LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO Y POR EL CUAL EL PRESTATARIO HAYA RECIBIDO TRATAMIENTO MÉDICO O LE HAYAN RECOMENDADO EXÁMENES PARA DIAGNÓSTICO O SE INGIRIÓ ALGUNA MEDICINA. VIH SIDA.

  17. Consultores de Seguros S.A. SINIESTROS AVISO DE FALLECIMIENTO EN CASO DE FALLECIMIENTO O INVALIDEZ DEL ASEGURADO, EL BENEFICIARIO A TÍTULO ONEROSO, TENDRÁ 60 DÍAS PARA DAR AVISO A LA COMPAÑÍA A PARTIR DE SER CONOCIDO EL HECHO, SALVO FUERZA MAYOR O IMPEDIMENTO JUSTIFICADO EN FORMA ESCRITA.

  18. Consultores de Seguros S.A. SINIESTROS PROCEDIMIENTOS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR EN CASO DE SINIESTRO 1. CERTIFICADO ORIGINAL DE DEFUNCIÓN. 2.CERTIFICADO MÉDICO INDICANDO LA CAUSA PRIMARIA, SECUNDARIA Y LA CAUSA AGRAVANTE DEL FALLECIMIENTO O INVALIDEZ DEL ASEGURADO, 3. CERTIFICADO DEL MÉDICO FORENSE, SI CORRESPONDE. 4. INFORME DE LA AUTORIDAD COMPETENTE, SI CORRESPONDE. 5. CERTIFICADO DE NACIMIENTO ORIGINAL Y COPIA DE CÉDULA DE IDENTIDAD RUN O PASAPORTE 6. ORIGINAL Y/O COPIA DE LA PAPELETA DE DESEMBOLSO, VALIDADO. 7. ORIGINAL Y/O ESTRACTO DE CRÉDITO, VALIDADO. 8. CONTRATO DE PRÉSTAMO ORIGINAL, EN PRÉSTAMOS SOLIDARIOS CON LA PRESENTACIÓN DE FOTOCOPIAS LEGALIZADAS POR EL BANCO. 9. ÚLTIMA BOLETA DE PAGO CON EL SALDO INSOLUTO A LA FECHA DEL FALLECIMIENTO. 10. ORIGINAL Y/O COPIA DEL PLAN DE PAGOS DEL CLIENTE VALIDADO POR LA ENTIDAD FINANCIERA 11. COPIA DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD DEL BENEFICIARIO PARA LA INDEMNIZACIÓN DE LOS GASTOS DE SEPELIO.

  19. Consultores de Seguros S.A. PAGO DEL SINIESTRO PLAZOS PARA INDEMNIZACION DE SINIESTROS LA COMPAÑÍA ASEGURADORA EFECTUARÁ EL PAGO DE LOS SINIESTROS UNA VEZ ACEPTADO EL MISMO, EN UN LAPSO DE 15 DÍAS HÁBILES LUEGO DE HABER SIDO PRESENTADA TODA LA DOCUMENTACIÓN. TIEMPOS DE EVALUACION DE SINIESTROS 5 DÍAS HÁBILES PARA LA REVISIÓN DE DOCUMENTOS, SI EN ESTE TIEMPO LA ASEGURADORA NO HA SOLICITADO MAYOR DOCUMENTACIÓN, SE DARÁ POR SOBREENTENDIDO QUE LOS DOCUMENTOS EN SU PODER, SATISFACEN SUS NECESIDADES PARA EL ANÁLISIS, NO TENIENDO OPCIÓN A REQUERIR NUEVOS, PASADO EL TIEMPO ANTES MENCIONADO. 10 DÍAS HÁBILES PARA EL ANÁLISIS TÉCNICO LEGAL DE LOS DOCUMENTOS. 15 DIAS HABILES PARA EL PAGO DE SINIESTRO EN CASO DE NO CUMPLIRSE CON LOS TIEMPOS ESTABLECIDOS, LA COMPAÑÍA CANCELARA UNA SANCION DEL 1% POR DIA HABILES DE RETRASO, MISMO QUE SERA APLICADO SOBRE EL SALDO DEUDOR

  20. Consultores de Seguros S.A. PREGUNTAS MUCHAS GRACIAS

More Related