100 likes | 545 Views
TESIS III: DERECHO BURSATIL. Bolsas de Valores. El mercado secundario:. En este se llevan a cabo transmisiones derivativas de valores, es decir, una vez que éstos han sido emitidos y suscritos.
E N D
TESIS III: DERECHO BURSATIL Bolsas de Valores
El mercado secundario: • En este se llevan a cabo transmisiones derivativas de valores, es decir, una vez que éstos han sido emitidos y suscritos. • Los inversionistas disponen, así, de un mercado organizado el que invertir y en el que vender o desinvertir con facilidad.
El mercado secundario en Costa Rica: • Art. 22 Ley Reguladora del Mercado de Valores: • “Los mercados secundarios de valores serán organizados por las bolsas de valores, previa autorización de la Superintendencia (General de Valores) • En tales mercados, únicamente podrán negociarse y ser objeto de oferta pública las emisiones de valores inscritas en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.”
Funciones de las bolsas de valores: • Art. 28 Ley Reguladora del Mercado de Valores: • Autorizar el funcionamiento de los puestos de bolsa y de los agentes de bolsa, regular y supervisar sus operaciones en bolsa y velar porque cumplen con la LRMV, los reglamentos de la Superintendencia y las normas dictadas por la bolsa de la que sean miembros;
Funciones de las bolsas de valores: • Proporcionar los medios apropiados para que los puestos y agentes de bolsa efectúen sus operaciones de manera regular, cómoda y permanente. • Supervisar que las operaciones realizadas por los puestos y agentes de bolsa se lleven a cabo cumpliendo con las normas legales establecidas, y rijan conforme a elevados principios de ética profesional.
Funciones de las bolsas de valores: • Informar al público acerca de las cotizaciones de los títulos, y la situación financiera de las empresas admitidas a ofrecer valores. • Velar por la transparencia y la eficiencia de los precios en el mercado. • Suspender la negociación de un valor o de un mercado, cuando se estime que existen condiciones anormales o desordenadas.
Funciones de las bolsas de valores: • Colaborar con las funciones de supervisión de la Superintendencia, y asesorar en materia bursátil. • Mantener un sistema de arbitraje para la resolución alternativa de conflictos entre intermediarios. • Velar por el cumplimiento del aporte de garantías por parte de los clientes del puesto de bolsa, para administrar los riesgos de cumplimiento de operaciones.
Requisitos de funcionamiento: art. 28 LRMV • Deben constituirse como sociedades anónimas por fundación simultánea. • Su objeto social debe limitarse a las actividades autorizadas por la LRMV y sus reglamentos. • Disponer en todo momento de un capital social de 250 millones de colones.
Requisitos de funcionamiento: art. 28 LRMV • Presentar, para su aprobación, los proyectos de estatutos, reglamentos y procedimientos, los cuales deberán promover una correcta y transparente formación de los precios y proteger al inversionista. • Todos sus directivos, gerentes y personeros deben ser de reconocida solvencia mora, amplia capacidad y experiencia y ninguno haya sido condenado por delitos contra la propiedad o la fe pública.