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CONTRATOS PÚBLICOS DE OBRAS. CONCEPTO. Carreteras Ferrocarriles Puertos Presas, edificios…. La Administración. La construcción de bienes inmuebles. Contrato de obras realizado ENTRE. Un empresario dedicado a:. Cualquier construcción de ingeniería civil.
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CONCEPTO • Carreteras • Ferrocarriles • Puertos • Presas, edificios… La Administración • La construcción de bienes inmuebles Contrato de obras realizado ENTRE Un empresario dedicado a: • Cualquier construcción de ingeniería civil • La realización de trabajos que modifiquen la forma y/o sustancia del terreno o subsuelo • Dragados • Sondeos • Actuaciones urbanísticas… • Reforma • Reparación • Conservación • Demolición De lo definido anteriormente
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS SE REQUIERE: • Elaboración previa y supervisión. • Aprobación y replanteo del proyecto. • En el proyecto se definirá cuál será el objetivo del contrato.
TIPOS DE PROCEDIMIENTOS Contratos se adjudican p. abierto de obras por el órgano mediante p. restringido de contratación p. negociado Los procedimientos más habituales son: • El abierto y el restringido. El procedimiento negociado se divide en: • Con Publicidad • Sin Publicidad
Con publicidad • Cuando las ofertas económicas en los procedimientos abierto y restringido sean irregulares, siempre que no se modifiquen sus condiciones originales de contrato. • Cuando las obras sólo se realicen con fines de investigación. • En casos excepcionales en que se trate de obras cuya naturaleza o riesgos no determinen el precio.
Sin publicidad • Cuando el contrato no llegara a adjudicarse en un procedimiento abierto o restringido por falta de licitadores. • Cuando, por causa de su especialidad técnica o artística, sólo puedan encomendarse a una empresa. • Cuando una imperiosa urgencia, obligue a su rápida realización.
La repetición de obras similares a otras adjudicadas por procedimiento abierto o restringido. • Los declarados secretos o reservados. • Los de presupuesto inferior a 60.101,21 €.
FORMAS DE ADJUDICACIÓN Subasta Concurso (Más habitual) 1.-Licitador: quien ofrece un precio, en este caso, las empresas que quieren conseguir el contrato La dispone la Admón. ante los licitadores1 Se le adjudicará al licitador que oferte el precio mas bajo Sólo se considera los criterios económicos Como forma de contratación solo se utiliza en obras que están estandarizadas (siempre se realizan igual) pudiendo variar en el precio y no en la calidad o en la forma. Se adjudicará al licitador que ofrezca la opción mas ventajosa Para ello se tendrá en cuenta aspectos como la calidad del trabajo a realizar independientemente del precio (a diferencia que la subasta)
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO • El contrato se realizara mediante la adjudicación por parte del órgano administrativo competente. • La formalización se realizara en documento administrativo, o en escritura pública si así lo solicita el contratista, en un plazo de 30 días desde la adjudicación. • La garantía definitiva la fijara el órgano de contratación en función del presupuesto de licitación.
CLASIFICACIÓN DE LAS OBRAS • Obras de primer establecimientos, reforma: Las obras de primer establecimiento son las que dan lugar a la creación de un bien inmueble. Y las dereformaabarcan es conjunto de obras de ampliación, mejora y modernización de un bien inmueble ya existente. • Obras de reparación simple: Son las que se consideran necesarias para arreglar un deterioro producido en un bien inmueble por causas excepcionales.
Obras de conservación y mantenimiento: Cuando el deterioro se produce por el paso del tiempo. • Obras de demolición: Son las que tienen el objetivo del derribo o destrucción de bienes inmuebles.
EJECUCIÓN Y MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS • La ejecución del contrato comienza con el replanteo dentro del plazo marcado en el contrato. • Las obras se ejecutan de acuerdo con las estipulaciones de las cláusulas del contrato. • Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía el contratista es el responsable de la construcción. • Para que el contratista pueda cobrar, la administración pedirá mensualmente certificaciones que acrediten las obras ejecutadas durante dicho periodo de tiempo.
Las modificaciones de los contratos de obra están recogidas en la ley contratos de la administración pública y dependen del director facultativo de la obra, y se necesita un expediente de modificación de obras. Que requerirá las siguientes actuaciones: • Propuesta técnica realizada por el director facultativo de la obra. • Audiencia del contratista. • Conformidad del órgano de contratación. • Certificado de la existencia de crédito.
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS • El contrato de obras se puede extinguir mediante dos formas: • Cuando el contrato ha terminado (cumplimiento). • Cuando una de las partes quiere cancelarlo (resolución).
Por cumplimiento del contrato • El funcionario técnico lo dará por recibido levantando acta. • Si la obra no cumple las características el acta será levantado con defectos y se deberán solucionar. • Hay 1 plazo de garantía que es menor de 1 año. • Si no ha pasado un año el contratista tendrá que hacerse cargo de los defectos. • Si hay defectos ocultos, y se detectan antes de 15 años también se hará cargo el contratista.
Por resolución del contrato Habrá resolución si: • La suspensión en la iniciación de las obras, por parte de la Administración, supera los 6 meses. • La suspensión de las obras acordadas por la Administración por un plazo superior a 8 meses. • Los errores materiales afectan al presupuesto en un 20 %.
Las modificaciones en el contrato alteran el precio en más de un 20% del precio inicial excluyendo el IVA. • El mutuo acuerdo entre la Administración y el contratista. La resolución del contrato dará lugar a la comprobación, mediación y liquidación de las obras realizadas con arreglo al proyecto.