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PRACTICAS COLUSORIAS

DERECHO DE COMPETENCIA

jorge7222
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PRACTICAS COLUSORIAS

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Presentation Transcript


  1. PRACTICAS COLUSORIAS

  2. Prácticas Prohibidas en laLey de Represión de Conductas Anticompetitivas (LRCA) Abuso de Posiciónde Dominio Colusiones Horizontales Colusiones Verticales ¿Controlde fusiones?

  3. Abuso de Posición deDominio • “Cuando la empresa dominante en el mercadorelevanteutilizasupodereconómico de manera indebida para restringirla competencia obteniendobeneficios y perjudicandoa loscompetidores” En el mercadorelevante: Mercadoproducto Mercadogeográfico ¿Dominante?

  4. Aspectos que influyen para la determinación de la posición de dominio en el mercadorelevante: • “Un agente económico goza de posición de dominio en un mercado relevante cuando tiene la posibilidad de restringir, afecta o distorsionar en forma sustancial las condiciones de la oferta o demandaendichomercado(concepcióndinámica), sin que sus competidores puedan contrarrestar dicha posibilidad, debido a factores talescomo: Participaciónsignificativa en elmercado. Las características de la oferta y lademanda. El desarrollo tecnológico o serviciosinvolucrados. El acceso de competidores a fuentes definanciamiento, suministro o redes de distribución. La existencia de barreras a la entrada de tipo legal o económico. La existencia de proveedores, clientes o competidores y el poder de negociación de estos.

  5. COLUSIONES VERTICALES • “Se entiende por prácticas colusorias verticales los acuerdos, decisiones, recomendacioneso prácticasconcertadasrealizadosporagenteseconómicosqueoperanen planos distintos de la cadena de producción, distribuciónocomercialización, que tengan por objeto o efecto restringir, impediro falsear lalibrecompetencia.” “…se requiere posición de dominio de al menos una de laspartes…” CompetidorA CompetidorB Distribuidor1 Distribuidor2 Distribuidor3

  6. Práctica de abuso de posición de dominio: Unilateral • Conducta colusoria vertical u horizontal: Concertación devoluntadesMultilateral

  7. Claseso modalidades de Abuso de Posición de Dominioy prácticascolusoriasilegales: • Negativainjustificada • Discriminación • Ventasatadas • Obstaculizar el ingreso a unaasociación • Establecer exclusividadesinjustificadas • Abusar de accioneslegales • Incitar a terceros a no proveer bienes o prestarservicios • Fijación deprecios • Limitación deproducción • Reparto demercado • Concertación decalidad • Concertar ofertas a licitacionespúblicas ¿Qué hacer?

  8. El abuso de posición de dominio y la evaluación de los acuerdos colusorios verticales requieren un análisis por parte del INDECOPI, sujeto a la regla de la razón (Prohibiciónrelativa) • A continuación tenemos algunas justificaciones que autorizarían a una empresa dominante a realizar las conductasdescritas • El cliente no pagaoportunamente • Agotamientodestock • Impedimentolegal • Descuentos por compras porvolúmenes • •Defensa de derechos o incumplimiento de normas • Recibir mejores condiciones decontratación • Vender bienes atados con descuento sin coacción • Etc. NO CONSTITUIRÍA • N.Injustificada • Discriminación • Venta Atada • Abuso de Procedimientos Legales • Boicot Justificaciones razonables

  9. ¿Qué es lo que no se debe hacer para incurrir en un abuso de posición dominante o colusión verticalilícita? • Dejar sin atenderpedidos de compra o dilatarlos sin razón comercialválida • Responder señalando que existen otros compromisos contractualescontercerosqueimpidenlaventa • Vender en condiciones más beneficiosas a alguna • empresavinculadaono,respectodeotrassinuna justificación económicamenteválida • Mantener en los contratos cláusulas de exclusividad sin unaevaluacióndejustificacióncomercialyefectos, • previamente • De preferencia, no fijar precios dereventa • Iniciaraccioneslegalesparaimpedirlaentradade competidores. • Obligar, recomendar o incitara las empresas“aguasabajo”anocontratarconempresascompetidoras

  10. COLUSIONESHORIZONTALES • “Se entiendeporprácticascolusoriashorizontaleslosacuerdos, decisiones, recomendacionesoprácticasconcertadasrealizadasporagenteseconómicoscompetidoresentre sí que tengan por objeto o efecto restringir,impediro falsear la librecompetencia” CompetidorA CompetidorB Distribuidor1 Distribuidor3 Distribuidor2

  11. Colusioneshorizontales: • Conductas “hardcore” del derecho de lacompetencia • Ilegalidad perse en los casos más graves (Prohibiciónabsoluta) • Constituyen prohibiciones absolutas los acuerdos horizontales inter marca que no sean complementarios o accesorios a otros acuerdos lícitos, que tengan por objeto: • Fijar precios uotras condiciones comerciales o de servicio; • Limitarlaproducciónolasventas,enparticularpormediodecuotas; • Elrepartodeclientes,proveedoresozonasgeográficas;o, • Establecer posturas o abstenciones en licitaciones, concursos u otra forma de contratación o adquisición pública prevista en la legislación pertinente, así como en subastas públicas yremates

  12. Colusioneshorizontales: • INDECOPI inicia investigación partiendo de denuncias de terceros, indicios en determinadas condiciones de mercado y/o por que un participante del acuerdo “rompió” el mismo (delaciónanticipada) • Facultades de INDECOPI parainvestigar: • Visita Inspectiva sin previa notificación, búsqueda y aprehensión de documentos, cateo de oficinas, decomiso o incautación de computadoras, obtención de copias de información en formato electrónico,etc.

  13. Colusioneshorizontales: • Formas de detectar laconducta: i. Prueba directa de la existencia de co e municación entr competidores: carta, fax, e-mails, anotaciones, conversaciones telefónicas, declaraciones, documentos de cualquier naturaleza ii. Pruebaindirecta de la existencia de comunicación entre competidores: comportamiento paralelo + cambio de informaciones entre competidores + ausencia de explicación plausible para talcomportamiento

  14. Colusioneshorizontales: • Exoneración de la sanción • Cualquierpersona podrá solicitar a la Secretaría Técnica que se le exonere de sanción a cambio de aportar pruebas que ayuden a identificar y acreditar la existencia de una práctica ilegal • El compromiso de exoneración de sanción contendrá la obligación de guardar reserva sobre el origen de las pruebasaportadas • La suscripción del compromiso y elcumplimiento • de lo acordado por parte del interesado, loexonera • de sanción respecto de la conducta llevada acabo, • no pudiendo seguirse o iniciarseprocedimiento • administrativo o proceso judicial por los mismoshechos.

  15. Para la Autoridad no ConstituyeExcusa: • “acordamos un preciojusto” • “nosotros no perjudicamos anadie” • “estábamos protegiendo a laindustria” • “si no hiciésemos eso,quebraríamos” • “el acuerdo no afectó los precios” • “llegamos a conversar, pero en la práctica nadie cumplió lo acordado” • “yo necesitaba aumentar mi bono de fin deaño”

  16. Qué no hacer para incurrir en una concertaciónhorizontal • Intercambio de Información técnica o especializada que puedacondicionar la ofertafutura, a través de medios masivos oprivados • Si bien la existencia de gremios y/o asociaciones de empresarios de un mismo rubro facilita el intercambio de información, esta información debe sergeneral, agregada, consolidada y de fuentespúblicas • Reunirse sospechosamente con colaboradores de empresascompetidoras • Contratar concertadamente a una empresa de estudio de mercado asumiendo los resultados como vinculantes paratodos • En caso de ser allanado por el INDECOPI, ocultar o destruirinformación • No converse informalmente con las autoridades u opine sobre cualquier asunto. Consulte con el Departamento Jurídico sobre la necesidad de responder a cualquiercuestión

  17. Qué hacer…I • Oponerse expresamente a los acuerdos al interior de los gremios y/o asociaciones que considere puedan violar las leyes de competencia y dejar constancia de laoposición • Comunicar a los superiores jerárquico sobre el tenor de las reuniones con competidores • No anunciar en público de manera sistemática el incremento de precios o la restricción de laproducción • En caso encontrarse con miembros de otras empresas competidoras en reuniones privadas no abordar temas que puedan condicionar la ofertafutura

  18. Qué hacer…II • En caso de ser allanado por el INDECOPI, avise al departamentojurídico • Analice el tenor del mandato de búsqueda y aprehensión, verifique la identidad de las autoridadespresentes • Permita que las autoridades tengan acceso inmediato a las instalaciones de la empresa dentro de los limites del mandato y con asistencia de la asesoría legal de lacompañía • Observe: tome nota de todas las cuestiones presentadas por lasautoridades. • Solicite una lista de los documentos y bienes recolectados por las autoridades y, si es posible, consiga copias yback-ups

  19. Síntomas de una concertación deprecios: • Alza en el precio de un bien o servicio por parte de todas o gran parte de las empresas en sectordeterminado • Todas las empresas exigen las mismas condiciones para determinados servicios • Existencia de gremios oasociaciones • Recomendaciones para fijar precios por parte de dirigentes de gremios o asociaciones en medios masivosdecomunicación. • Se puede recurrir a INDECOPI. No sólo a través de una denuncia, si no de una solicitud a la Secretaría Técnica para queinvestigue

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