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Negociaciones en materia de Facilitación del Comercio en la OMC . Contenido. Que significa Facilitación del Comercio?. La Facilitación del Comercio (FC) en el Programa de Doha . Normas sobre FC en GATT/OMC. Ma ndato de Negociación y Hong Kong.
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Negociaciones en materia de Facilitación del Comercio en la OMC
Contenido • Que significa Facilitación del Comercio? • La Facilitación del Comercio (FC) en el Programa de Doha • Normas sobre FC en GATT/OMC • Mandato de Negociación y Hong Kong • Proyecto de texto de negociación refundido
¿Qué significa la FC? • No existe una definición única • En la OMC se entiende como: • La simplificación, armonización y automatización de los procedimientos del comercio internacional, en particular de los requisitos y formalidades prácticas relativos a la importación, la exportación y el tránsito transfronterizo de mercancías.
¿Por qué es un tema de actualidad? • Creciente volumen de comercio • Revolución en lostransportes • Avances en tecnología de información • Nuevas estrategias de producción, pero... • ... los procedimientos comerciales siguen siendo lentos y engorrosos. • ...la atención se ha centrado en las barreras no arancelarias y en cómo simplificar los procedimientos comerciales
Antecedentes (1) • Una transacción aduanera promedio involucra: • 20 – 30 partes; • 40 documentos; • 200 datos; • 60-70% de los datos se repiten por lo menos una vez • Las empresas gastan más dinero cumpliendo con las reglamentaciones aduaneras que lo que las aduanas ganan en términos de ingresos
Antecedentes (2) De acuerdo al Banco Mundial... • El tiempo perdido en las fronteras representa en algunos países hasta el 20% del tiempo total de transporte • Un día extra en la aduana equivale a un punto porcentual de arancel adicional
1. La FC en la OMC • El tema se incorporó a la OMC en la Conferencia Ministerial de Singapur (1996) • Mandato: realizar trabajos analíticos sobre la simplificación de los procedimientos comerciales...con objeto de evaluar si procede establecer normas de la OMC en esta materia. • Objetivo: hacer que las transacciones comerciales sean lo más eficientes posible mediante la racionalización de los trámites, la documentación y las corrientes de información
1. La FC en la OMC Por qué se incorpora en la OMC? • Persistencia de obstáculos a las operaciones comerciales, que a menudo exceden a las barreras arancelarias e incrementan los costos de transacción • Se le considera elemento necesario para beneficiarse plenamente de la reducción arancelaria y la apertura de mercados • Beneficios derivados del sistema multilateral de reglas de la OMC
2. La FC en la Ronda Doha • El mandato de Doha sobre FC: • Celebrar negociaciones después de la Quinta Conferencia Ministerial (Cancún, septiembre 2003). • Sobre la base de una decisión adoptada por consenso explícito sobre las modalidades de negociación. • Entre tanto, examinar, aclarar y mejorar los Artículos V, VIII y X del GATT1994.
2. La FC en la Ronda Doha • Negociaciones sobre FC • Consenso sobre modalidades se alcanzó en Agosto 2004 • Comienzo tardío....pero misma fecha de conclusión • Una negociación separada...pero vinculada al resto del Programa de Doha (Compromiso único).
GATT 1994 3. Normas sobre FC en GATT/OMC GATT 1994: • Libertad de Tránsito • Art. V Derechos y Formalidades referentes a la Importación y a la Exportación • Art. VIII • Art. X • Publicación y Aplicación de los Reglamentos Comerciales
4. El mandato de negociación • Base jurídica • Decisión del Consejo General del 1 de Agosto 2004 o “Paquete de julio” (WT/L/579) • Modalidades contenidas en el Anexo D • Alcance
4. El mandato de negociación • Objetivos • Agilizar el movimiento, el despacho de aduana y la puesta en circulación de las mercancías, incluídas las mercancías en tránsito • Potenciar la asistencia técnica y el apoyo a la creación de capacidad • Cooperación efectiva entre las aduanas u otras autoridades competentes en materia de FC y cumplimiento de procedimientos aduaneros
4. El mandato de negociación • Trato Especial y Diferenciado • Resultados tendrán plenamente en cuenta el TED para los PEDs y los PMA • Más allá de los habituales periodos de transición • Alcance de los compromisos y fecha de entrada en vigor guardarán relación con su capacidad de aplicación • Estos países no estarán obligados a realizar inversiones en infraestructura más alla de sus posibilidades
4. El mandato de negociación • Trato especial adicional para los países menos desarrollados (PMAs) • Los PMAs sólo asumirán compromisos compatibles con: • Sus necesidades individuales de desarrollo, finanzas y comercio; • Sus capacidades administrativas e institucionales
4. El mandato de negociación • Asistencia Técnica y apoyo a la creación de capacidad durante las negociaciones • Se reconoce que la AT y la CC es vital para que los PEDs y los PMAs puedan participar plenamente enlas negociaciones y beneficarse de ellas • Los Miembros desarrollados se comprometen a asegurar de manera adecuada ese apoyo y asistencia durante las negociaciones
4. El mandato de negociación • Asistencia Técnica y apoyo a la creación de capacidad después de las negociaciones • Para ayudar a los PEDs y los PMAs a aplicar los compromisos resultantes, de conformidad con su naturaleza y alcance • Apoyo para el desarrollo de infraestructura en ciertos casos • Condicionalidad entre AT y aplicación de compromisos
4. El mandato de negociación • Asistencia Técnica y apoyo a la creación de capacidad • Examen de la eficacia del apoyo y la AT proporcionados y su capacidad para apoyar la aplicación de compromisos • Esfuerzos de colaboración con otras organizaciones internacionales para promover la efectividad de la AT y CC y asegurar una mayor coherencia
4. Desarrollo de las negociaciones • Establecimiento del GNFC (Octubre 2004) • Primera etapa: más de 50 propuestas por más de 100 Miembros. • Intercambio escrito de preguntas/respuestas • Propuestas de tercera generación • Guía (WT/TF/W/143) • Proyecto texto de negociación refundido (TN/TF/W/165/Rev. ?? )
Art. X del GATT: Artículos 1 a 5 1. Publicación y disponibilidad de la información 2. Publicación y consultas previas 3. Resoluciones anticipadas 4. Procedimientos de recurso 5. Otras medidas para aumentar la imparcialidad y la no discriminación y la transparencia
1. Publicación y disponibilidad de la información: ¿Qué? • Leyes y reglamentos comerciales • Procedimientos aduaneros y plazos • Formatos de documentos • Tipos arancelarios aplicados • Derechos y cargas • Decisiones judiciales sobre recursos • Disposiciones sobre sanciones • Acuerdos con otros países • Planes de gestión de las aduanas, etc.
2. Publicación y consultas previas • Plazo entre la publicación y la entrada en vigor • Consultas y observaciones [previas] sobre normas nuevas o modificadas [e información sobre los objetivos de política perseguidos] • Consultas periódicas
3. Resoluciones anticipadas • Crear unsistema deresoluciones anticipadas • Resoluciones escritas • emitidas por autoridades aduaneras • con anticipación a la operación de importación • vinculantes con relación a un envío específico • sobre aspectos tales como • Clasificación arancelaria • Exención/aplazamiento del pago de aranceles • Origen del producto (Acuerdo OMC de Reglas de Origen) • Valoración en aduana
4 – Derecho de recurso • No discriminatorio • Judicial/administrativo • Independiente • Plazos • Costos razonables • Derecho a ser representado • Despacho mediante garantía • Servicio de reclamaciones
5 - Otras medidas • [Alertas de importación/rápidas] • Retención • [Procedimientos de prueba]
Art. VIII del GATT: Artículos 6 a 10 6. Derechos y cargas – importación / exportación 7. Levante y despacho de aduana de lasmercancías 8. Consularización • Cooperación – organismos de frontera [9bis. Declaración de lasmercancíastransbordadas..] 10. Formalidades en relación con la importación y la exportación
6- DERECHO$ and CARGA$ 1.Disciplinas generales • Parámetros específicos - derechos y cargas • Publicación / Notificación - derechos y cargas • Prohibición de percepción de derechos y cargas no publicados • Examen periódico de los derechos y cargas • Automatización de los pagos 2. Reducción del número y la diversidad de los derechos y cargas
7 – LEVANTE Y DESPACHO DE ADUANA • Tramitación previa a la llegada • Separación entre el levante y la determinación definitiva y el pago de los derechos de aduana, impuestos, tasas y cargas • Gestión del riesgo • Auditoría posterior al despacho de aduana • Establecimiento y publicación de los plazos medios de levante • [Operadores autorizados] • Envíos urgentes
7.1 Tramitación previa a la llegada Presentación de documentos Tramitación del despacho Levante
7.2 Separación de los procedimientos de levante y despacho • Levante antes del pago • Garantías suficientes Aduana
7.3 Gestión del riesgo • Principios de gestión de riesgos basados en las normas y prácticas internacionales pertinentes • Establecimiento, utilización y examen regular de planes formales de gestión de riesgos • Utilización de metodologías formales de análisis de riesgos para determinar las personas, envíos y medios de transporte que deben examinarse y la magnitud de ese examen • Mecanismos y registros conexos que permitan determinar por qué han sido, o han de ser, seleccionados ciertos envíos para intervenciones específicas
7.4 Auditoría posterior al despacho DECLARACIÓN : 400 TV INVENTARIO : 450 TV
7.5 Plazosmedios de levante PERIODICAMENTE SOBRE LA BASE DE UNA NORMA COMÚN: POR EJEMPLO, EL ESTUDIO SOBRE EL TIEMPO DE DESPACHO ELABORADO POR LA OMA CALCULAR Y PUBLICAR EL TIEMPO MEDIO EMPLEADO EN EL LEVANTE [Y DESPACHO] DE LAS MERCANCIAS REDUCCIÓN PROGRESIVA DEL TIEMPO MEDIO
7.7 Envíos urgentes DHL UPS • procedimientos acelerados, entre ellos de despacho urgente • acuerdo entre los operadores y las aduanas • tramitación previa a la llegada • manifiesto único • trato de minimis FEDEX
Art. VIII del GATT: Artículos 6 a 10 6. Derechos y cargas – importación / exportación 7. Levante y despacho de aduana de lasmercancías 8. Consularización 9. Cooperación – organismos de frontera [9bis. Declaración de lasmercancíastransbordadas..] 10. Formalidades en relación con la importación y la exportación
10 – FORMALIDADES EN RELACIÓN CON LA IMPO/EXPO • Examen periódico • Reducción / limitación • Utilización de normas internacionales • Ventanilla única • [Eliminación de las] Inspecciones previasa la expedición • [Recurso a agentes de aduanas] • [Procedimientos coomunes en frontera] (unión aduanera) • [Prescripciones uniformes sobre formularios] • Opción de devolver las mercancías rechazadas al exportador • Admisión temporal de mercancías/Perfeccionamiento activo y pasivo
Aduanas Autoridad Portuaria Cuarantena Banco Central Cámara de Comercio Presentación de documentación/datos Mismos documentos /datos a cada organismo
Autoridad Portuaria Aduanas Cuarantena Banco Central Cámara de Comercio ¿Porqué no coordinar?-- Una sola vez/una sola autoridad Ventanilla única (Aduanas?) La Agencia con la Ventanilla única distribuye la información pertinente a las otras agencias
Art. V del GATT: artículo 11 • Alcance • Libertad básica de tránsito • Reglamentaciones, restricciones y no discriminación • Disciplinas sobre derechos y cargas • Disciplinas sobre formalidades y requisitos de documentación para el tránsito • Régimen de transporte bajo conrol aduanero y garantías • Acuerdos o convenios regionales en materia de tránsito • Mejora de la cooperación y la coordinación
Otrasdisposiciones • [Mecanismo de cooperación aduanera para la facilitación del comercio y el cumplimiento] [Cooperación aduanera] (artículo 12) • Disposiciones institucionales (art. 13) • Comité Nacional de FC (art. 14) • Cuestiones transversales (art. 15)
TED: Sección II • Categorías de los compromisos • Notificación • [Mecanismo de alerta inmediata] • Período de gracia • [Prestación de AT, [asistencia financiera] y creación de capacidad] • [Acciones de los donantes]