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COLEGIACION PROFESIONAL EN URUGUAY ANTEPROYECTO DE LA AGRUPACION UNIVERSITARIA DEL URUGUAY(AUDU)

COLEGIACION PROFESIONAL EN URUGUAY ANTEPROYECTO DE LA AGRUPACION UNIVERSITARIA DEL URUGUAY(AUDU) Ing. Agr. Néstor Eulacio Vicepresidente AUDU Coordinador Nacional de CIAM. Esquema de la presentación. Necesidad de la regulación profesional Colegios Profesionales o Leyes, Decretos

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COLEGIACION PROFESIONAL EN URUGUAY ANTEPROYECTO DE LA AGRUPACION UNIVERSITARIA DEL URUGUAY(AUDU)

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Presentation Transcript


  1. COLEGIACION PROFESIONAL EN URUGUAY ANTEPROYECTO DE LA AGRUPACION UNIVERSITARIA DEL URUGUAY(AUDU) Ing. Agr. Néstor Eulacio Vicepresidente AUDU Coordinador Nacional de CIAM

  2. Esquema de la presentación • Necesidad de la regulación profesional • Colegios Profesionales o Leyes, Decretos • Anteproyecto de Ley de AUDU • La Colegiación en el contexto regional e internacional (Movilidad profesional) • Aseguramiento de la calidad de los Ingenieros Agrónomos • Camino a la Colegiación

  3. Necesidad de la regulación profesional • Primer expresión en Uruguay se expresa en una Ley de 1916 (egresados desde 1911) • Posteriormente se desplaza a regulación a las actividades • Uso y manejo de suelos y aguas (quedan obligados a aplicar las técnicas básicas que señale el Ministerio de Agricultura y Pesca, para evitar la erosión y degradación, fraccionamiento Ing. Agrim.) • Ley de Ordenamiento territorial y Desarrollo Sostenible • Ordenanzas Departamentales

  4. Ley 5530 del 22 de noviembre de 1916 La Asamblea General Uruguay dispone:  Art. 2 Todos los cargos públicos que guarden relación con las explotaciones ganaderas o agrícolas y ramas anexas serán llenados, en adelante con Ingenieros agrónomos. Art. 3 Todos los peritajes y tasaciones de carácter administrativo o judicial, de la misma índole que los trabajos especificados en el artículo 2, serán de la exclusiva competencia de los ingenieros agrónomos.  Presidente  R.J. Areco Justino E. de Jimenez de Aréchaga Ley ubicada por el Esc. Vicente Cremanti, comunicación personal

  5. Colegios Profesionales o Leyes, Decretos • Como es sabido en la región y el mundo existen distintas formas de regulación • Ventajas de los Colegios • Son creados por Ley expresa y sustituye la legislación anterior • Implican una instancia de debate expreso,participativo del tema • Características de los Colegios • Definen las competencias (incumbencias) y Código de Etica • Llevan la matrícula (en algunos países limitada) • Garantizan derechos y obligaciones de usuarios y profesionales • Poder disciplinario (Código de Ética, diferente de legal) • Definen los requisitos de actualización profesional

  6. Anteproyecto Aprobado por una unanimidad en Asamblea Extraordinaria 3 de mayo de 2007 AUDU representa a los 90.000 profesionales de Uruguay Fundada el 1 de octubre de 1941 www.agrupacionuniversitaria.org.uy

  7. Características centrales del Anteproyecto • Atribuciones: • Llevar la matricula • Aprobar el código de principios, deberes y derechos, definir competencias (ética y deontología) • Ejercer el control del ejercicio profesional (ética y deontología, no el legal) • Determinar los deberes mínimos para mantener actualizada su capacidad y competencia técnica. • Establecer aranceles mínimos.. como elementos de juicio • Representar a los matriculados ante organismos nacionales e internacionales , púbicos y privados • Organización de los Colegios Profesionales • Puede ser de una profesión o profesiones afines • Colegios nacionales podrán establecer filiales departamentales o regionales

  8. Estado actual • 2010 - El 14 de junio de 2010 se entrego al Presidente del Parlamento Cr. Danilo Astori, por ser una nueva legislatura.   • Se mantuvieron entrevista con los Senadores Sergio Abreu y Ope Pasquet. •  Presidente del PI Pablo Mieres

  9. La Colegiación en el contexto regional e internacional (Movilidad profesional) • Para la adecuada movilidad profesional resulta imprescindible • Tratado de Asunción del 31/3/1991 establece “la libre circulación de bienes y servicios” • Es lo que habilita a establecer adecuadamente acuerdos en condiciones de reciprocidad. • Comisión para la Integración de la Agrimensura, Agronomía, Ingeniería del MERCOSUR (CIAM, creado en 1989 y reconocida en 2003)

  10. Aseguramiento de la calidad de los Ingenieros Agrónomos • La calidad de los egresados de las carreras de Ingeniería Agronómica esta garantizada por la Acreditación MERCOSUR (ARCU-SUR) y los Decretos 308 y 309. • Esta decisión del Estado Uruguayo, requiere asegurar la calidad a lo largo de toda la vida profesional, lo que solo puede hacerse adecuadamente por medio de la Colegiación.

  11. Camino a la Colegiación • Una interpretación de exclusiva responsabilidad del autor, es que la Ingeniería Agronómica ha pasado por dos mojones muy importantes: • Aprobación de la Ley 18.591 del 18/9/2009 que crea el Colegio Médico del Uruguay , reconociendo el Parlamento lo adecuado de la Colegiación • Haber ingresado en el Sistema de Acreditación de carreras de Ingeniería Agronómica (ARCU-SUR) • Se esta transitando el Registro y Habilitación por parte del MGAP, para algunas actividades.

  12. MUCHAS GRACIAS Ing. Agr. Néstor Eulacio vicepre1@agrupacionuniversitaria.or.uy

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