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La Fiducia Inmobiliaria en Colombia. ASOCIACIÓN DE FIDUCIARIAS Programa de Educación Financiera. ALCANCE El objetivo de esta presentación es puramente académico y no pretende exponer temas relacionados con negocios particulares. ASOCIACIÓN DE FIDUCIARIAS
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La Fiducia Inmobiliaria en Colombia ASOCIACIÓN DE FIDUCIARIAS Programa de Educación Financiera
ALCANCE El objetivo de esta presentación es puramente académico y no pretende exponer temas relacionados con negocios particulares. ASOCIACIÓN DE FIDUCIARIAS Programa de Educación Financiera
La fiducia inmobiliaria Negocio fiduciario cuya finalidad es la “administración de recursos y bienes afectos a un proyecto inmobiliario o a la administración de los recursos asociados al desarrollo y ejecución de dicho proyecto, de acuerdo con las instrucciones señaladas en el contrato”.
El esquema fiduciario es una herramienta para todos los que intervienen en un proyecto inmobiliario (entidades financieras, proveedores, constructores, promotores, propietarios de terrenos). Promueve la confianza, profesionalismo y transparencia. Algunos de los proyectos en los cuales participan las sociedades fiduciarias son:
Modalidades de la fiducia inmobiliaria* *Circ. Básica Jurídica. Superfinanciera. Tit. v, Cap. Primero, num. 8.
fiducia inmobiliaria DE PREVENTAS PROYECTO 2. Comercializa el proyecto • No se logra cumplir las condiciones: • Se devuelven los dineros a los compradores juntos con los rendimientos. • Se cumplen las condiciones (punto de equilibrio, permiso de ventas y licencia de construcción): • Se entregan los recursos al constructor junto con los rendimientos para el desarrollo del proyecto. Desarrolla el proyecto CONSTRUCTOR COMPRADORES 1. Contrato de fiducia 3. Vinculación al fondo de inversión y aportan recursos FIDUCIARIA 4. Invierte los recursos (obligación de medio y no de resultado) FONDO INVERSIÓN Administra Encargos Fiduciarios Individuales
fiducia inmobiliaria DE TESORERÍA Se encomienda como función principal a la sociedad fiduciaria “la inversión y administración de los recursos en efectivo que serán destinados a la ejecución de un proyecto inmobiliario”*. *Circ. Básica Jurídica. Superfinanciera. Tit. v, Cap. Primero, num. 8, subnum.8.2.2.
fiducia inmobiliaria DE ADMINISTRACIÓN Y PAGOS FIDEICOMITENTE (Gerente del proyecto) 2. Aporta el lote al P. A. (Previo estudio de títulos) 1. Constitución del Patrimonio Autónomo FIDUCIARIA Veedor o Interventor 7. Atiende instrucciones de giro previo visto bueno del interventor 6. Autoriza giros de acuerdo al avance de obra 3. Transfieren recursos de cuotas iniciales Personas vinculadas al proyecto: comprador 4. El P.A. invierte los recursos 9. Transfiere las unidades Fondo de Inversión 5. Decreta punto de equilibrio. El P.A. autoriza la entrega de recursos. CONSTRUCTOR 8. Hipoteca el inmueble
ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS INMOBILIARIOS PREVENTAS ESCRITURACIÓN CONSTRUCCIÓN Etapa de Administración • Transferencia de las Unidades del Proyecto Etapa Previa FIDUCIARIA • CONSTRUCTOR CONSTRUCTOR • Elaboración proyectos técnicos • Promoción del proyecto • Recaudo de cuotas iniciales • Licencia de Construcción • Cumplimiento de condiciones de inicio • Giro de recursos a la obra previa autorización del Veedor o Interventor. • Finalización de la construcción • Entrega de unidades • Subrogaciones de créditos • Escrituración de unidades • Liquidación del patrimonio • CONSTRUCTOR / FIDUCIARIA CONSTRUCTOR • FIDUCIARIA Transferencia del lote al patrimonio autónomo una vez se cumplan las condiciones financieras y técnicas.
FIDUCIA DE PARQUEO PATRIMONIO AUTONOMO FIDEICOMITENTE 1. Suscriben contrato de fiducia. 3. Se entrega en comodato el bien al constructor o a quien se señale en el contrato. 2. Transfiere la titularidad jurídica del inmueble mientras se cumplen las condiciones establecidas en el contrato fiduciario. CONSTRUCTOR
Obligaciones del fiduciario* *Circ. Básica Jurídica. Superfinanciera. tit. v, Cap. Primero, num. 5º, subnum. 5.2 inc 1º, 2º y 3º.
Obligaciones del fiduciario* *Circ. Básica Jurídica. Superfinanciera. tit. v, Cap. Primero, num. 5º, subnum. 5.2 inc 1º, 2º y 3º.
REGIMEN DE PUBLICIDAD* “En todos los programas o campañas publicitarias por medio de las cuales se promocionen negocios de fiducia inmobiliaria o de administración de proyectos inmobiliarios, así como en la papelería que se utilice para tales efectos, debe informarse de manera expresa y destacada la gestión a desarrollar por la sociedad fiduciaria»: *Circ. Básica Jurídica. Superfinanciera. Tit. v, Cap. Primero, num. 5.2.
DEFENSOR DEL consumidor financiero Algunas funciones:
Sociedades Fiduciarias autorizadas por la Superintendencia Financiera DE COLOMBIA.