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INTEGRACION ECONOMICA EN LA COMUNIDAD EUROPEA

INTEGRACION ECONOMICA EN LA COMUNIDAD EUROPEA. TUTOR: FABIO MARTINEZ. INTEGRANTES: LINA SORAYA PACHECO MARIA ROCIO PARRA. ADMINISTRACION TURISTICA Y HOTELERA V SEMESTRE CORPORACION UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS REGIONAL VILLAVICENCIO 2012.

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INTEGRACION ECONOMICA EN LA COMUNIDAD EUROPEA

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  1. INTEGRACION ECONOMICA EN LA COMUNIDAD EUROPEA TUTOR: FABIO MARTINEZ INTEGRANTES: LINA SORAYA PACHECO MARIA ROCIO PARRA ADMINISTRACION TURISTICA Y HOTELERA V SEMESTRE CORPORACION UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS REGIONAL VILLAVICENCIO 2012

  2. LA HISTORIA DE LA UNIÓN EUROPEA LA UE SE FUNDÓ DESPUÉS DE LA SEGUNDA GUERRA MUNDIAL. SUS PRIMEROS PASOS CONSISTIERON EN IMPULSAR LA COOPERACIÓN ECONÓMICA CON LA IDEA DE QUE, A MEDIDA QUE AUMENTA LA INTERDEPENDENCIA ECONÓMICA DE LOS PAÍSES QUE COMERCIAN ENTRE SÍ, DISMINUYEN LAS POSIBILIDADES DE CONFLICTO ENTRE ELLOS.

  3. UNION EUROPEA

  4. CON EL TRANSCURRIR DEL TIEMPO, LA UE SE HA CONVERTIDO EN UN ENORME MERCADO ÚNICO CON UNA MONEDA COMÚN: EL EURO. Y LO QUE COMENZÓ COMO UNA UNIÓN MERAMENTE ECONÓMICA, HA EVOLUCIONADO HASTA LLEGAR A SER UNA ORGANIZACIÓN ACTIVA EN TODOS LOS FRENTES POLÍTICOS, DESDE LA AYUDA AL DESARROLLO, HASTA EL MEDIO AMBIENTE.

  5. FRANCIA

  6. PAÍSES FUNDADORES DE LA UNION EUROPEA FRANCIA ALEMANIA PAISES BAJOS ITALIA LUXEMBURGO BELGICA

  7. TRATADOS COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBÓN Y DEL ACERO (1952–2002) ALEMANIA, FRANCIA, ITALIA, BÉLGICA, LUXEMBURGO Y LOS PAÍSES BAJOS, (CONOCIDOS COMO “LOS SEIS”), LOGRAN UN ENTENDIMIENTO QUE FAVORECE EL INTERCAMBIO DE LAS MATERIAS PRIMAS NECESARIAS EN LA SIDERURGIA, ACELERANDO DE ESTA FORMA LA DINÁMICA ECONÓMICA, CON EL FIN DE DOTAR A EUROPA DE UNA CAPACIDAD DE PRODUCCIÓN AUTÓNOMA.

  8. ALEMANIA

  9. TRATADO DE ROMA LOS SEIS DECIDEN AVANZAR EN LA COOPERACIÓN EN LOS DOMINIOS ECONÓMICO, POLÍTICO Y SOCIAL. LA META PLANTEADA FUE LOGRAR UN “MERCADO COMÚN” QUE PERMITIESE LA LIBRE CIRCULACIÓN DE PERSONAS, MERCANCÍAS Y DE CAPITALES. TRATADO DE PARIS EL TRATADO DE PARÍS FUE UN TRATADO INTERNACIONAL DISEÑADO PARA AYUDAR A RECONSTRUIR LAS ECONOMÍAS DEL CONTINENTE EUROPEO, EVITAR LA GUERRA EN EUROPA Y GARANTIZAR UNA PAZ DURADERA.

  10. TRATADO DE BRUSELAS FUE FIRMADO EL 8 DE ABRIL DE 1965 POR LOS ESTADOS MIEMBROS DE LAS 3 COMUNIDADES EUROPEAS CREANDO DE ESTA FORMA, UNA SOLA COMISIÓN EUROPEA Y UN SOLO CONSEJO PARA LAS TRES COMUNIDADES. SE JUNTABAN EN UNO SÓLO LOS TRES PODERES EJECUTIVOS DE DICHAS COMUNIDADES. TRATADO DE ÁMSTERDAM ESTE TRATADO, RECOGÍA LOS PRINCIPIOS DE LIBERTAD, DEMOCRACIA Y RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS, INCLUYENDO EXPLÍCITAMENTE EL PRINCIPIO DE DESARROLLO SOSTENIBLE. TRATADO DE NIZA TRATADO CELEBRADO POR EL CONSEJO EUROPEO ENTRE LOS DÍAS 7 Y 9 DE DICIEMBRE DE 2000, TRAS HABER SIDO RATIFICADO POR LOS 15 ESTADOS MIEMBROS SEGÚN LO PREVISTO EN SUS RESPECTIVAS NORMATIVAS CONSTITUCIONALES. EL PROCESO DE RATIFICACIÓN SE EXTENDIÓ HASTA 2002.

  11. PAISES BAJOS

  12. EL LEMA DE LA UNION EUROPEA "UNIDA EN LA DIVERSIDAD", EL LEMA DE LA UNIÓN EUROPEA, SE UTILIZÓ POR PRIMERA VEZ EN EL AÑO 2000. SE REFIERE A LA MANERA EN QUE LOS EUROPEOS SE HAN UNIDO, FORMANDO LA UE, PARA TRABAJAR A FAVOR DE LA PAZ Y LA PROSPERIDAD, BENEFICIÁNDOSE AL MISMO TIEMPO DE LA GRAN DIVERSIDAD DE CULTURAS, TRADICIONES Y LENGUAS DEL CONTINENTE.

  13. MONEDA DE LA UNION EUROPEA

  14. ITALIA

  15. PAÍSES MIEMBROS DE LA UE (AÑO DE INGRESO) LA UE ES UNA ASOCIACIÓN ECONÓMICA Y POLÍTICA SINGULAR DE 27 PAÍSES EUROPEOS, QUE JUNTOS, ABARCAN GRAN PARTE DEL CONTINENTE. Austria (1995) Bélgica(1952) Bulgaria (2007) Chipre (2004) República Checa(2004) Dinamarca (1973) Estonia (2004) Finlandia (1995) Francia(1952) Alemania (1952) Grecia (1981) Hungría (2004) Irlanda (1973) Italia(1952) Letonia (2004) Lituania (2004) Luxemburgo(1952) Malta (2004) Países Bajos(1952) Polonia (2004) Portugal (1986) Rumanía (2007) Eslovaquia (2004) Eslovenia (2004) España (1986) Suecia (1995) Reino Unido (1973)

  16. BENEFICIOS DE LA UNION EUROPEA • TARIFAS AÉREAS REDUCIDAS • COMUNICACIONES TELEFÓNICAS MÁS BARATAS • REDUCCIONES DEL PRECIO DE LOS AUTOMÓVILES • VIAJES SIN FRONTERAS EN LA MAYOR PARTE DEL CONTINENTE EUROPEO • GRACIAS A LA UE, TAMBIÉN TENEMOS UN MEDIO AMBIENTE MÁS LIMPIO • ALIMENTOS MÁS SEGUROS • DERECHO HA ATENCIÓN SANITARIA CUANDO VIAJAMOS • MONEDA ÚNICA PARA LOS CIUDADANOS DE LA UE.

  17. LUXEMBURGO

  18. EL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA FINANCIA • CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS, FERROCARRILES, PUENTES, AEROPUERTOS, VÍAS NAVEGABLES, LÍNEAS ELÉCTRICAS, OLEODUCTOS Y GASODUCTOS • PROPORCIONA FORMACIÓN A LOS DESEMPLEADOS Y FINANCIA LA CREACIÓN DE EMPLEO • FINANCIA LA INVESTIGACIÓN SOBRE ENFERMEDADES INFANTILES • VEHÍCULOS MÁS ECOLÓGICOS, • ESTIMULA LOS INTERCAMBIOS DE ESTUDIANTES JÓVENES

  19. CONTRIBUYE A LA CREACIÓN DE PEQUEÑAS EMPRESAS Y A SU DESARROLLO • FINANCIA LA DEFENSA DE LA PAZ, LA AYUDA HUMANITARIA Y LA SEGURIDAD DE LAS FRONTERAS. • CONSTRUYE RELACIONES MÁS ESTRECHAS CON LOS VECINOS DEL SUR Y DEL ESTE DE LA UE • CONTRIBUYE AL DESARROLLO DEL TERCER MUNDO.

  20. BELGICA

  21. PROBLEMÁTICA DE LA UNIÓN EUROPEA • LA CRISIS DEL EURO • CUYO PROPÓSITO INICIAL ERA DAR ESTABILIDAD A LA MONEDA, Y ABARATAR LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS Y LAS MERCANCÍAS, SE HA CONVERTIDO EN UN MONSTRUO QUE AMENAZA CON DEVORAR ECONOMÍAS Y PAÍSES. • EL DESEMPLEO • LA UNIÓN EUROPEA SUMA YA 24,8 MILLONES DE DESOCUPADOS, EL 10,2 POR CIENTO DE LA POBLACIÓN ACTIVA.

  22. LA UNIÓN EUROPEA (UE) ES UNA COMUNIDAD POLÍTICA DE DERECHO CONSTITUIDA EN RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL SUI GENERIS, NACIDA PARA PROPICIAR Y ACOGER LA INTEGRACIÓN Y GOBERNANZA EN COMÚN DE LOS PUEBLOS Y DE LOS ESTADOS DE EUROPA. ESTÁ COMPUESTA POR VEINTISIETE ESTADOS EUROPEOS Y FUE ESTABLECIDA CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA (TUE), EL 1 DE NOVIEMBRE DE 1993.

  23. LAS COMUNIDADES ANTES MENCIONADAS JUNTO CON LA POLÍTICA EXTERIOR COMÚN Y LA COOPERACIÓN JUDICIAL Y POLICIAL, CON LA ENTRADA EN VIGOR, EL 1 DE DICIEMBRE DE 2009, DEL TRATADO DE LISBOA, LA UNIÓN EUROPEA SUCEDIÓ POR COMPLETO A LAS COMUNIDADES EUROPEAS, AUNQUE CON CIERTAS PARTICULARIDADES, Y ASUMIÓ CON ELLO SU PERSONALIDAD JURÍDICA ÚNICA COMO SUJETO DE DERECHO INTERNACIONAL.

  24. SI EN UN PRINCIPIO LA SUPRAESTRUCTURA «UNIÓN EUROPEA» AUNABA Y SE FUNDABA SOBRE LAS TRES COMUNIDADES EUROPEAS PREEXISTENTES (CECA, EURATOM Y CEE/CE) BAJO EL COMPLEJO SISTEMA CONOCIDO COMO «LOS TRES PILARES»

  25. LA UNIÓN EUROPEA HA DESARROLLADO UN SISTEMA JURÍDICO Y POLÍTICO, EL COMUNITARIO EUROPEO, ÚNICO EN EL MUNDO, QUE SE RIGE POR MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS DE FUNCIONAMIENTO INTERNO COMPLEJOS, QUE SE HAN EXTENDIDO Y EVOLUCIONADO A LO LARGO DE SU HISTORIA HASTA CONFORMAR, EN LA ACTUALIDAD, UN SISTEMA HÍBRIDO DE GOBIERNO TRANSNACIONAL DIFÍCILMENTE HOMOLOGABLE QUE COMBINA ELEMENTOS PRÓXIMOS A LA COOPERACIÓN MULTILATERAL, SI BIEN FUERTEMENTE ESTRUCTURADA E INSTITUCIONALIZADA, CON OTROS DE VOCACIÓN NETAMENTE SUPRANACIONAL, REGIDOS AMBOS POR UNA DINÁMICA DE INTEGRACIÓN REGIONAL MUY ACENTUADA.

  26. LA UNIÓN EUROPEA SE RIGE POR UN SISTEMA INTERNO EN RÉGIMEN DE DEMOCRACIA REPRESENTATIVA. SUS INSTITUCIONES SON SIETE: • EL PARLAMENTO EUROPEO, EL CONSEJO EUROPEO, EL CONSEJO, LA COMISIÓN EUROPEA, EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA, EL TRIBUNAL DE CUENTAS Y EL BANCO CENTRAL EUROPEO.

  27. EL CONSEJO EUROPEO EJERCE FUNCIONES DE ORIENTACIÓN POLÍTICA GENERAL Y DE REPRESENTACIÓN EXTERIOR, Y NOMBRA A LOS JEFES DE LAS ALTAS INSTITUCIONES CONSTITUCIONALES.

  28. EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO EJERCEN LA POTESTAD LEGISLATIVA EN IGUALDAD DE CONDICIONES, TOMANDO DECISIONES CONJUNTAS A EXCEPCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS ESPECIALES, DONDE EL PARLAMENTO DESEMPEÑA UN PAPEL MERAMENTE CONSULTIVO; LA COMISIÓN O COLEGIO DE COMISARIOS APLICA EL DERECHO DE LA UNIÓN, SUPERVISA SU CUMPLIMIENTO Y EJECUTA SUS POLÍTICAS, Y A ELLA CORRESPONDE EN EXCLUSIVA LA INICIATIVA LEGISLATIVA ANTE EL PARLAMENTO Y LA COMISIÓN.

  29. EL TRIBUNAL DE JUSTICIA EJERCE LAS LABORES JURISDICCIONALES SUPREMAS EN EL SISTEMA JURÍDICO COMUNITARIO; EL TRIBUNAL DE CUENTAS SUPERVISA Y CONTROLA EL BUEN FUNCIONAMIENTO Y LA ADECUADA ADMINISTRACIÓN DE LAS FINANZAS Y DE LOS FONDOS COMUNITARIOS; Y EL BANCO CENTRAL EUROPEO DIRIGE Y APLICA LA POLÍTICA MONETARIA ÚNICA DE LA ZONA EURO.

  30. LA UNIÓN CUENTA TAMBIÉN CON OTROS ÓRGANOS, INSTANCIAS Y ORGANISMOS DE FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DIVERSAS, COMO EL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL, EL COMITÉ DE LAS REGIONES, EL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO, EL ALTO REPRESENTANTE DE LA UNIÓN PARA ASUNTOS EXTERIORES Y POLÍTICA DE SEGURIDAD, ENTRE OTROS.

  31. SE PUEDEN DISTINGUIR DIVERSAS FASES O GRADOS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA ENTRE PAÍSES ATENDIENDO AL NIVEL ALCANZADO POR EL DESARME ARANCELARIO Y POR LA COORDINACIÓN DE LAS POLÍTICAS ECONÓMICAS.

  32. ÁREA DE LIBRE COMERCIO UN ÁREA DE LIBRE COMERCIO ESTÁ FORMADA POR VARIOS PAÍSES QUE DECIDEN ELIMINAR LAS BARRERAS AL COMERCIO INTERNO PERO MANTENIENDO CADA UNO SUS PROPIOS ARANCELES DIFERENTES FRENTE A TERCEROS. EL PROBLEMA QUE SE DERIVA DE ESTO ES LA NECESIDAD DE MANTENER CONTROLES FRONTERIZOS PARA LOS PRODUCTOS QUE PROCEDAN DE PAÍSES PERTENECIENTES AL ÁREA DE LIBRE COMERCIO PERO QUE HAYAN SIDO PRODUCIDOS TOTAL O PARCIALMENTE EN EL EXTERIOR.

  33. UNIÓN ADUANERA • LA UNIÓN ADUANERA SE PRODUCE CUANDO UN ÁREA DE LIBRE COMERCIO ESTABLECE UN ARANCEL EXTERIOR COMÚN. LA UNIÓN ADUANERA REQUIERE DE MAYORES ESFUERZOS DE NEGOCIACIÓN Y ACUERDO INTERNO YA QUE CADA PAÍS PERTENECIENTE A LA UNIÓN VERÁ MODIFICADA SU ESTRUCTURA PRODUCTIVA EN MAYOR O MENOR GRADO COMO CONSECUENCIA DE DECISIONES COMUNES. LOS CONTROLES FRONTERIZOS DESAPARECEN PARA LOS PRODUCTOS PERO PERMANECEN LAS BARRERAS QUE IMPIDEN LA CIRCULACIÓN DE LOS FACTORES.

  34. MERCADO COMÚN • EL MERCADO COMÚN SUPONE LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS A LA CIRCULACIÓN DE LOS FACTORES PRODUCTIVOS, ES DECIR, DE LOS TRABAJADORES Y DEL CAPITAL. LA LIBRE CIRCULACIÓN DE TRABAJADORES CONSISTE EN PERMITIR EN IGUALDAD DE CONDICIONES LA CONTRATACIÓN DE LA MANO DE OBRA QUE PROCEDA DE LOS PAÍSES INTEGRANTES Y EN QUE ADEMÁS, SE RECONOZCAN MUTUAMENTE LAS TITULACIONES PROFESIONALES Y HAYA UNA CIERTA ARMONIZACIÓN DE CRITERIOS EDUCATIVOS. LA LIBRE CIRCULACIÓN DE CAPITALES PODRÍA QUEDAR DESVIRTUADA MEDIANTE EL ESTABLECIMIENTO DE IMPUESTOS DIFERENCIALES POR LO QUE REQUIERE TAMBIÉN UN CIERTO GRADO DE ARMONIZACIÓN FISCAL.

  35. UNIÓN ECONÓMICA • LA UNIÓN ECONÓMICA SUPONE UN GRADO MÁS EN LA ARMONIZACIÓN DE LAS POLÍTICAS FISCALES Y MONETARIAS. SE PRODUCE AQUÍ UNA MAYOR CESIÓN DE SOBERANÍA YA QUE, AL DOTARSE DE UN SISTEMA MONETARIO ÚNICO, CADA PAÍS SE SOMETE A UNA DISCIPLINA MONETARIA PARA MANTENER LOS TIPOS DE CAMBIO DENTRO DE LOS MÁRGENES AUTORIZADOS.

  36. INTEGRACIÓN ECONÓMICA • LA INTEGRACIÓN ECONÓMICA, FINALMENTE, IMPLICA LA APARICIÓN DE UNA AUTORIDAD SUPRANACIONAL QUE ADOPTARÁ LAS DECISIONES DE POLÍTICA FISCAL Y MONETARIA. CUALQUIER DECISIÓN PARTICULAR DIRIGIDA AL FOMENTO DE UNA RAMA PRODUCTIVA O A LA CORRECCIÓN DE UN DESEQUILIBRIO REGIONAL DEBERÁ SER AUTORIZADA POR DICHA AUTORIDAD.

  37. GRACIAS POR SU ATENCION

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