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SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. LA ESTRATIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA COMO INSTRUMENTO DE EFICIENCIA DE RECAUDO ING. JAVIER ZAMBRANO A&GE EMPRESARIAL - CONSULTOR. COLON PUTUMAYO. LOS SERVICIOS PÚBLICOS.
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SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS LA ESTRATIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA COMO INSTRUMENTO DE EFICIENCIA DE RECAUDO ING. JAVIER ZAMBRANO A&GE EMPRESARIAL - CONSULTOR COLON PUTUMAYO
LOS SERVICIOS PÚBLICOS Son el medio por el cual el estado realiza los fines esenciales de servir a la comunidad, promover la prosperidad general, garantizar la efectividad de los derechos constitucionales
LOS SERVICIOS PÚBLICOS • Acueducto, alcantarillado y aseo • Energía eléctrica • Telefonía pública • Distribución de gas combustible
¿QUIÉNES PRESTAN LOS SERVICIOS PÚBLICOS? Juntas administradoras locales Asociaciones de Usuarios Cooperativas • Los Municipios • Las comunidades organizadas • Entidades Autorizadas • Las empresas de servicios públicos Sociedad por acciones Empresas industriales y comerciales del estado MIXTAS La nación, las entidades territoriales poseen aportes superiores al 50% PRIVADAS El capital pertenece mayoritariamente a particulares OFICIALES Los aportes son 100% oficiales
DERECHOS DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS PÚBLICOS • A un servicio eficiente y continuo • A participar en la gestión y control de las empresas • A tarifas proporcionales • A una correcta estratificación • A presentar quejas, peticiones y reclamos • A la información • A elegir el prestador del servicio
LOS ALCALDES TIENEN EL DEBER DE: • Velar por la conformación de los comités. • Resolver dentro de los 15 días hábiles siguientes contados desde la fecha de la radicación de la solicitud a los comités que soliciten la inscripción. • Colaborar con los comités mediante su capacitación y asesoría permanente.
DEBERES DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS PÚBLICOS • Pagar oportunamente los servicios utilizados • Participar como ciudadanos • Usar racionalmente los servicios
¿CÓMO EJERCER LOS DERECHOS COMO USUARIO? En las oficinas de peticiones, quejas y reclamos es obligación de las empresas recibir, atender y responder las peticiones, reclamos y recursos verbales y escritos presentados por los usuarios
DERECHO DE PETICIÓN • Realizar un escrito donde se solicita se resuelva un problema amparándose en el articulo 23 de la constitución política de Colombia.
RECURSO DE APELACIÓN • Son peticiones que se hacen ante el gerente en caso de no recibir una respuesta satisfactoria. RECURSO DE QUEJA • Procede cuando se rechaza el recurso de apelación
COMITÉ DE DESARROLLO Y CONTROL SOCIAL • Son organizaciones que aseguran la participación ciudadana en la vigilancia a le gestión y en la fiscalización de las empresas que prestan servicios públicos
FUNCIONES • Promover en las empresas de servicios públicos planes y programas que consideren necesarios para resolver deficiencias en la prestación de los servicios. • Procurar que la comunidad aporte los recursos necesario para la expansión y su mejoramiento • Solicitar modificaciones o reformas en materia de estratificación.
¿COMO GARANTIZA EL ESTADO EL ACCESO A SERVICIOS PÚBLICOS A TODA LA POBLACIÓN? • Promoción y apoyo a personas que presten los servicios públicos. • Gestión y obtención de recursos para la prestación de servicios. • Regulación de la prestación de los servicios públicos teniendo en cuenta las características de cada región; fijación de metas de eficiencia, cobertura y calidad, evaluación de las mismas, y definición del régimen tarifario. • Control y vigilancia de la observancia de las normas y de los planes y programas sobre la materia. • Otorgamiento de subsidios a las personas de menores ingresos . • Estímulo a la inversión de los particulares en los servicios públicos. Ley 142 de 1994 Artículo 3
Cuando se trate de otorgar subsidios con recursos nacionales, la Nación podrá exigir, antes de efectuar los desembolsos, que se consiga certificado de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en el sentido de que la estratificación se hizo en forma correcta. Cuando se trate de otorgar subsidios con recursos departamentales, cada Departamento establecerá sus propias normas. Ley 142 de 1994
ESTRATIFICACIÓNSOCIOECONÓMICA COLON PUTUMAYO
¿QUE ES? Es un estudio técnico para clasificar la población, mediante el análisis de las características físicas externas de la vivienda y la zona donde se encuentra ubicada, asignándole un estrato que establece la disponibilidad a pagar asociada al gasto en sus domicilios
¿PARA QUE SIRVE? Tiene como finalidad la clasificación de la población para poder aplicar los principios de solidaridad y redistribución de ingresos ordenados por la ley y focalizar así los recursos estatales correspondientes a subsidios de servicios públicos que se otorgan a la población de menores recursos.
SOLIDARIDAD Y REDISTRIBUCIÓN DE INGRESOS Ley 142 de 1994 Artículo 87.3 Por solidaridad y redistribución se entiende que al poner en práctica el régimen tarifario se adoptaran medidas para asignar recursos a “fondos de solidaridad y redistribución”, para que los usuarios de estratos altos y los usuarios comerciales e industriales, ayuden a los usuarios de estratos bajos a pagar las tarifas de los servicios que cubran sus necesidades básicas
¿PARA QUE SIRVE? Permite también orientar la planeación de la inversión pública; realizar programas sociales como expansión y mejoramiento de infraestructura de servicios públicos y vías, salud y saneamiento, y servicios educativos y recreativos en las zonas que más lo requieran
ESTRATIFICACIÓN Condiciones inferiores Precariedad (Baja capacidad económica) Condiciones superiores Suntuosidad (Alta capacidad económica)
¿DESDE CUANDO SE REALIZA EN NUESTRO PAÍS? • El cobro de los servicios públicos domiciliarios en Colombia siempre ha sido diferente por grupos socioeconómicos o estratos. • Hasta 1990, la estratificación la realizaba cada empresa con criterios y metodologías distintas, lo cual no permitía comparar los estratos obtenidos en las diversas regiones del país, ni garantizar la correcta asignación de los subsidios. • Por esto, el Gobierno Nacional ha venido trabajando desde 1991 en el diseño de políticas orientadas a unificar los procesos de estratificación mediante estudios técnicos y transparentes que permitan el pago solidario de los servicios públicos domiciliarios.
¿POR QUÉ LA REALIZAN EN MI MUNICIPIO? Porque existen leyes, decretos y resoluciones en las cuales se dispone como deber Alcaldes realizar y adoptar las estratificaciones de sus municipios empleando las metodologías que diseñe el Departamento Nacional de Planeación decreto 007 de 2010, Ley 732 de 2002,resolucion 106 de 2005, ley 142 de 1994,
METODOLOGÍA • Las metodologías de estratificación unificadas vigentes son diferentes para las zonas urbanas y rurales del país, en consideración a las diferencias que presentan estos asentamientos.Las metodologías abarcan tanto los procedimientos técnicos de realización de los estudios, basados en información disponible o en censos de viviendas o predios y clasificación de las zonas, como los métodos estadísticos de conformación de estratos. Están contenidas en manuales que se suministran directamente a cada alcaldía y permiten que los resultados se actualicen permanentemente.
COMITÉ PERMANENTE DE ESTRATIFICACIÓN Ley 732 de 2002 El Comité Permanente de Estratificación del municipio , debe ser conformado por la Alcaldía y debe estar integrado por representantes de las empresas comercializadoras de servicios públicos domiciliarios y por la comunidad, contando con la Alcaldía como secretaría técnica y con miembros sin voto como representantes de la personería y de los comités de desarrollo y control de los servicios públicos domiciliarios.
FUNCIONES COMITÉ PERMANENTE DE ESTRATIFICACIÓN • La principal Función es atender la segunda instancia (apelación) de las reclamaciones que se presenten en el municipio o distrito. • Debe hacer también veeduría sobre la atención de los reclamos por parte de la primera instancia (la Alcaldía) • Velar por la correcta aplicación de los resultados a la facturación, y porque la estratificación se mantenga actualizada.
RECLAMOS EN MATERIA DE ESTRATIFICACIÓN • Toda persona podrá solicitar por escrito la revisión del estrato que se le asigne. • Los reclamos serán atendidos y resueltos en primera instancia por la Alcaldía Municipal en un término no superior a 2 meses. • Las apelaciones se realizaran ante el comité permanente de estratificación del municipio.
INTEGRANTESCOMITÉ PERMANENTE DE ESTRATIFICACIÓN • HUGO DE JESUS BACCA REPRESENTANTE COMUNIDAD POR EMEVASI S.A E.S.P CC. 5350226 • AQUILES EFREN CARDENAS REPRESENTANTE COMUNIDAD POR JASCOLON E.S.P CC.18123940 • OSCAR HERNAN BENAVIDES REPRESENTANTE COMUNIDAD POR ASVALLE E.S.P CC. 5348746 • LUIS ERNESTOR CORONADO GERENTE ASVALLE E.S.P CC. 18123069 • HENRY JAIRO GOYENECHE GERENTE JASCOLON E.S.P CC. 18111496 • ALVARO ANDRES MORENO REPRESENTANTE EMEVASI S.A E.S.P.CC. 98393295
VOCAL DE CONTROL SOCIAL • JULIO CESAR CEBALLOS CC. 10542508 PERSONERIA • STEFFANIE CAROLA MAYORAL ANACONA CC.27473471 SECRETARIA TECNICA • LEONARDO ANTONIO MARTINEZ SECRETARIO DE PLANEACION CC.18195275 ALCALDE • YONI DANIEL RUEDA POLO