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OBJETIVO Y CONCEPTOS DE LA NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5906

OBJETIVO Y CONCEPTOS DE LA NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5906. NTC-5906. GENERALIDADES. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN. 1. TÉRMINOS RELACIONADOS CON LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN Y/O ARBITRAJE. 2. TÉRMINOS RELACIONADOS CON CALIDAD. 3. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN. 1.

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OBJETIVO Y CONCEPTOS DE LA NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5906

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  1. OBJETIVO Y CONCEPTOS DE LA NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 5906 NTC-5906

  2. GENERALIDADES OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN 1 TÉRMINOS RELACIONADOS CON LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN Y/O ARBITRAJE 2 TÉRMINOS RELACIONADOS CON CALIDAD 3

  3. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN 1 La Norma Técnica Colombiana NTC 5906 “…establece los requisitos que deben cumplir los Centros de Conciliación y/o Arbitraje, para facilitar la conciliación y el arbitraje en condiciones de calidad, como Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC.)”. (numeral 1, NTC 5906 -la negrilla es nuestra-) TÉRMINOS RELACIONADOS CON LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN Y/O ARBITRAJE 2 TÉRMINOS GENERALES • Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC): Figuras autorizadas por la ley, alternativas al proceso judicial, que buscan solucionar los conflictos entre las partes, ya sea de manera directa o entre ellas o mediante la intervención de un tercero. • Entidad promotora: Entidad pública, persona jurídica sin ánimo de lucro, universidad con consultorio jurídico que cuenta con Centro de Conciliación y/o Arbitraje. • Centro de Conciliación y/o Arbitraje: Línea de acción autorizada por el Gobierno Nacional a una entidad promotora para prestar el soporte operativo y administrativo requerido para el buen desarrollo de las funciones de los conciliadores y los árbitros, en el marco del ejercicio de una función pública.

  4. TÉRMINOS RELACIONADOS CON LA CONCILIACIÓN • Conciliación: Mecanismo de solución de conflictos, a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador. • Conciliador extrajudicial en derecho: Abogado en ejercicio, capacitado en conciliación extrajudicial en derecho e inscrito en un Centro de Conciliación y/o Arbitraje autorizado por el Gobierno Nacional. • Estudiante conciliador: Estudiante de la carrera de derecho, que facultado por la ley y en su práctica en el Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico, ejerce la función de conciliador sin tratarse de un abogado titulado • Acta de conciliación: Documento suscrito por el conciliador y las partes dentro de una audiencia de conciliación, que plasma el acuerdo al que lleguen los mismos el cual contiene obligaciones claras, expresas y exigibles. • Constancias: Documentos emitidos por el conciliador donde puede constar un no acuerdo, inasistencia o asunto no conciliable. • TÉRMINOS RELACIONADOS CON EL ARBITRAJE • Arbitraje: Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos mediante el cual las partes defieren a árbitros la solución de una o más controversias, de conformidad con la ley. • Árbitro: Particular habilitado por las partes para administrar justicia transitoriamente. • Pacto arbitral: Negocio jurídico por virtud del cual las partes someten o se comprometen a someter a arbitraje controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas. • Cláusula compromisoria: Pacto contenido en un contrato o en un documento anexo a él, en virtud del cual los contratantes acuerdan someter las eventuales diferencias que puedan surgir con ocasión del mismo, a la decisión de un Tribunal arbitral. • Tribunal arbitral: Órgano unipersonal o colegiado, con la facultad de decidir, en forma obligatoria, a través de un laudo arbitral, la controversia planteada entre las partes. • Laudo arbitral: Fallo definitivo del Tribunal arbitral, mediante el cual se define el conflicto sometido a consideración por las partes.

  5. TÉRMINOS RELACIONADOS CON CALIDAD 3 • Calidad: Grado en el que un conjunto de características inherentes cumple con unos requisitos establecidos. • Satisfacción del cliente o usuario: Percepción sobre el grado en que se han cumplido sus expectativas frente al servicio prestado. • No conformidad: Incumplimiento de un requisito de la norma. • Acción correctiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad detectada u otra situación no deseable. • Acción preventiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad potencial u otra situación no deseable. • Gestión de documentos: Conjunto de actividades administrativas y técnicas tendientes a planificar, controlar y organizar la documentación producida o recibida en el Centro, desde su origen hasta el destino final, con el objeto de facilitar su utilización y conservación. • Proceso: Conjunto de actividades que se realizan para transformar elementos de entrada en un producto o un servicio. • Procedimiento: Actividades relacionadas secuencialmente que describen la forma de realizar una actividad para lograr un objetivo. En términos de calidad, los procedimientos siempre deben ser documentados.

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