300 likes | 729 Views
RELACIÓN ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES. FIGURAS INTERMEDIAS Y DISCUTIDAS. Facultad de Derecho Universidad de Costa Rica Material para el curso de Derechos Reales Profesor Marco Vinicio Alvarado Quesada. PUNTOS DE VINCULACIÓN ENTRE DERECHOS REALES Y DERECHOS PERSONALES.
E N D
RELACIÓN ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES. FIGURAS INTERMEDIAS Y DISCUTIDAS Facultad de Derecho Universidad de Costa Rica Material para el curso de Derechos Reales Profesor Marco Vinicio Alvarado Quesada
PUNTOS DE VINCULACIÓN ENTRE DERECHOS REALES Y DERECHOS PERSONALES 1. Derecho real como accesorio a un derecho personal. Ejemplo: derechos reales de garantía (Hipoteca y prenda) 2. Derecho personal como accesorio de un derechos real. Ejemplo: Servidumbre (ver artículo 374 C.C.) Algunos efectos del usufructo, el uso y la habitación.
PUNTOS DE VINCULACIÓN ENTRE DERECHOS REALES Y DERECHOS PERSONALES 3. Violación de un derecho real origina un derecho personal: facultad de exigir la reparación de un daño causado. Ejemplo: uso inapropiado de servidumbre, usufructo, uso y habitación. 4. Violación de un derecho personal origina un derecho real. Ejemplo: hipoteca legal.
DERECHOS REALES PRIOR TEMPORE POTIER IURE ARTÍCULO 455 C.C. DERECHOS PERSONALES PAR CONDITIO CREDITORUM ARTÍCULO 981 C.C. DERECHOS REALES Y DERECHOS PERSONALES
FIGURAS INTERMEDIAS ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES • CONSTITUYEN UNA TERCERA CATEGORÍA ENTRE AMBOS DERECHOS, POR CONTENER ELEMENTOS PERTENECIENTES A LOS DOS
FIGURAS INTERMEDIAS ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES • Figuras intermedias Derechos reales Derechos personales
FIGURAS INTERMEDIAS ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES • A) IUS AL REM: • Conexión entre la teoría del título y modo del sistema español de transmisión de derechos reales. • Protege a quien tiene título pero no modo. • Es derecho preferente sobre posibles adquirentes posteriores con título y modo, salvo buena fe y a título oneroso.
FIGURAS INTERMEDIAS ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES • Es derecho personal que obliga a entregar el dominio de una cosa o constituir derechos reales sobre ella. • Dejó de ser usada con el uso del sistema consensual. • Se puede encontrar algún acercamiento con el derecho hereditario actual.
FIGURAS INTERMEDIAS ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES • Históricamente se le ubica en el derecho canónico. • Se le asigna a Sinibaldus Fliskus, canonista del siglo XIII un desarrollo más exacto de la figura. • Desde la perspectiva histórica, se le ubica a la figura en la relación de sucesión que tenía el coadjutor en relación con el obispo, lo cual implicaba que se traspasaba todo su patrimonio.
FIGURAS INTERMEDIAS ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES • El obispo tenía un derechos Ius in rem (derecho sobre la cosa). • El coadjutor tenía un derecho Ius ad rem ( derecho a la cosa). • Muerto el obispo, el patrimonio pasaba al coadjutor. • Se asemeja a una expectativa de derecho o a un interés legítimo.
FIGURAS INTERMEDIAS ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES • B) DERECHOS “IN FACIENDO”: • Se aplica preferentemente a la servidumbre. • En principio, el propietario del fundo sirviente no queda obligado, solo tolera. • “Servitud in faciendo consistere nequit”: las servidumbre no pueden consistir en un hacer.
FIGURAS INTERMEDIAS ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES • Este tipo de figura es una excepción a esa máxima. • Ver un caso práctico en el artículo 374 del C.C.
FIGURAS INTERMEDIAS ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES • C) OBLIGACIONES PROPTER REM: • Se le ha llamado obligación real y son derechos personales. • Pesa sobre una persona, pero solo por su condición de propietarios. • El deudor propter rem responde por una deuda en cuanto es propietario de una cosa. • En principio no se está obligado a responder con su patrimonio.
FIGURAS INTERMEDIAS ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES • Ejemplos: Gastos del propietario del fundo sirviente para el ejercicio de una servidumbre, o gastos en una pared medianera o divisoria. • Ver artículos 386, 393, 394 y 395 a contrario sensu.
FIGURAS INTERMEDIAS ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES • D) OBLIGACIONES IN REM SCRIPTAE: • Son obligaciones personales que nacen en caso de cesión de un contrato, por la venta de una propiedad, empresa o hacienda. • Se refiere a la transmisión de contratos laborales
FIGURAS INTERMEDIAS ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES • E) CARGA REAL: • Es un gravamen de derecho privado sobre un inmueble por el cual devenga prestaciones reiteradas a favor del titular. • Se llaman también cargas reales de renta inmobiliaria.
FIGURAS INTERMEDIAS ENTRE DERECHOS REALES Y PERSONALES • Nacen por contrato y garantizan un crédito del cual es independiente. • Ejemplo: entregar parte de la cosecha de una finca en usufructo
DERECHOS REALES DISCUTIDOS • A) HIPOTECA: • Se dice que no se ejerce la posesión y ello impide verlo como derecho real. • No hay relación directa e inmediata entre la persona y la cosa. • No obstante esta posición no toma en cuenta la inherencia y por ello confunde la necesidad de posesión.
DERECHOS REALES DISCUTIDOS • B) Anticresis: • Es derecho real que recae sobre los frutos no sobre el inmueble. • Se parte de dividir el bien de los frutos. • Se responde con la afirmación de que los frutos son parte del bien. • No está regulado en Costa Rica.
DERECHOS REALES DISCUTIDOS • C) ARRENDAMIENTO: • Se define como un derecho personal de uso y goce, y no como derecho real (aunque si tiene algunos efectos reales). • Si fuera derecho real se le asimilaría a un usufructo a plazo convenido.
DERECHOS REALES DISCUTIDOS El Código de Napoleón, en el artículo 1743 lo consideró derecho real e incluso algunas legislaciones como la francesa lo ha definido como real a partir de la incorporación de la característica de inherencia.
DERECHOS REALES DISCUTIDOS • D) DERECHO DE RETENCIÓN: • Derecho que confiere al tenedor de una cosa ajena el mantenerse en posesión hasta que se produzca el pago debido de la obligación. • Se considera un derecho personal pues no hay inherencia. • La acción que se genera es personal no real
DERECHOS REALES DISCUTIDOS • E) DERECHOS INTELECTUALES: • Son el conjunto de derechos que se reconocen a las creaciones del espíritu, del intelecto de los autores. • Se asimila a propiedad intelectual: protección de las ideas.
DERECHOS REALES DISCUTIDOS • Se critica que el derecho es sobre algo inmaterial. • Se le ha visto por parte de la doctrina como una tercera categoría, aunque la mayoría de la doctrina lo ubica como derecho real.
DERECHOS REALES DISCUTIDOS • F) OPCIÓN DE COMPRA: • Es sinónimo de promesa de compra • Es una oferta que tiene plazo, y salvo revocación convenida, confiere la posibilidad de adquirir la cosa.
DERECHOS REALES DISCUTIDOS • De acoger la opción, el contrato se perfecciona y las prestaciones recíprocas son exigibles. • Se entiende como un contrato de naturaleza personal, pero donde se afectan derechos reales.
DERECHOS REALES DISCUTIDOS • G) TANTEO Y RETRACTO: • Tanteo: es el derecho concedido por ley, costumbre o convenio para conceder a otra persona el derecho de adquirir algo con preferencia de otros y por el mismo precio. Se considera derecho real, pero se discute si hay inherencia, lo cual lo acercaría más a ser un derecho personal.
DERECHOS REALES DISCUTIDOS • Retracto: es el derecho de dejar sin efecto una venta o enajenación hecha y lograr recuperar para sí la cosa por el mismo precio pagado, más gastos convenidos.