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EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL

EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL. SECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL. La Evaluación de Materia de Impacto Ambiental: ¿Es un tramite ó un Instrumento de Gestión Ambiental?. Evaluación de Impacto Ambiental.

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EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL

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Presentation Transcript


  1. EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL SECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

  2. La Evaluación de Materia de Impacto Ambiental: ¿Es un tramite ó un Instrumento de Gestión Ambiental? Evaluación de Impacto Ambiental

  3. El impacto ambiental no es un requisito, se debe contextualizar como parte del proyecto. El enfoque del impacto ambiental es de una herramienta de gestión ambiental para presentar previo a la ejecución de la obra o actividad.

  4. El impacto ambiental es preventivo, ya que se identifiquen las condiciones naturales preexistentes en la zona propuesta de ubicación del proyecto en evaluación y los posibles escenarios con o sin proyecto, que pudieran presentarse en función a los efectos y procesos evolutivos de los ecosistemas en su entorno. Enfoque Preventivo

  5. EIA: debe predecir los cambios del ambiente con el proyecto Con proyecto Sin proyecto

  6. IMPACTOS AMBIENTALES DE LAS MARMOLERAS

  7. Competencias Federación-Estado • En el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), algunas obras o actividades que requieren de autorización en materia de impacto ambiental, son: • Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos, gasoductos, carboductos; • Industria del petróleo, petroquímica, química, siderúrgica, papelera, azucarera, del cemento y eléctrica; • Minerales y Nuclear • Tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos y radiactivos; • Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración; • Parques industriales donde se prevea la realización de actividades altamente riesgosas; • Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros; FEDERAL

  8. Competencias Federación-Estado • El artículo 38 de la Ley para la Protección al Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla, señala que la SSAOT evaluará el impacto ambiental de las obras y actividades que no sean competencia de la federación, tales como: • Obra pública estatal y municipal; • Estaciones de Servicio de Gasolina y Carburación a Gas; • Caminos estatales y rurales, infraestructura hidráulica, manejo de residuos sólidos no peligrosos; • Zonas y parques industriales, estatales y municipales; • Desarrollos turísticos estatales, municipales y privados; • Obras o aprovechamientos que pretendan realizarse dentro de las áreas naturales protegidas estatales; • Fraccionamientos, unidades habitacionales y nuevos centros de población; • Centros comerciales, estadios, cines, escuelas, centros deportivos; • Hospitales, clínicas, centros de salud y laboratorios clínicos, públicos o privados; • Centrales de abasto, mercados, panteones y rastros; • Industria refresquera, alimentaria, maquiladora, textil, ensambladora, autopartes y metalmecánica; • Hoteles, moteles y baños públicos; ESTADOS

  9. ¿Qué es la Evaluación de Impacto Ambiental? • Es un procedimiento que regula la ejecución de obras o proyectos, para evitar o reducir sus efectos negativos en el ambiente y la salud humana. • Determina la factibilidad ambiental del proyecto. Análisis y balance del “costos-beneficios” ambiental. • Establece condiciones de ejecución y medidas de prevención y mitigación de los impactos ambientales negativos.

  10. Requisitos mínimos que deberá contener el estudio de impacto ambiental Estudio de impacto ambiental en original del proyecto. Declaración bajo protesta de decir verdad. Resumen ejecutivo del contenido del estudio Factibilidad de uso de suelo compatible con la obra o actividad Comprobante en original del pago de derechos Datos de identificación del estudio, promovente y responsable de la elaboración del estudio Referencia según corresponda: NOM, Plan Parcial de Desarrollo Urbano El estudio deberá presentarse en original y respaldo digital en CD, incluyendo todos sus anexos

  11. Obligaciones en materia de impacto ambiental Requisitos mínimos que deberá contener el estudio de impacto ambiental Presentar ante la SSAOT un Informe Preventivo y en su caso, una Manifestación de Impacto Ambiental, para su autorización. Las manifestaciones deberán presentarse en su modalidad regional o particular, según el tipo y lugar donde se pretenda establecer el proyecto. Dar aviso a la SSAOT en caso de modificaciones al proyecto de obra y/o actividad, durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental e informar en caso de pretender realizar modificaciones cuando éste halla sido autorizado. Cuando se trate de proyectos que involucren la realización de actividades altamente riesgosas, deberá presentar ante la SSAOT estudio de riesgo ambiental que se deberá incorporar a la manifestación de impacto ambiental . Cumplir con las condicionantes establecidas en las autorizaciones de impacto ambiental.

  12. Puntos críticos del la evaluación del impacto ambiental I.-Puntos clave Respetar la restricciones de las Licencias de Uso de Suelo, Programas de Desarrollo Urbano, OT, líneas de Transmisión de Energía eléctrica, líneas ferroviarias, Zona Federal de cuerpos de agua y en su caso, las de Protección Civil (líneas de ductos energéticos PEMEX), correspondientes. Congruente con el uso de suelo El avance de obrasin contar con la resolución de impacto ambiental o sin haberlo declarado en el estudio es sujeto a iniciar el procedimiento administrativo por parte de la Dirección de Inspección y Vigilancia.

  13. Derivado a que la licencia emitida por el H. Ayuntamiento de San Gregorio Atzompa, carece de fundamento legal, toda vez que, el Municipio de San Gregorio Atzompa no cuenta con Programa de Desarrollo Urbano Sustentabley con fundamento en los artículos 12 y 74 de la Ley de Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Puebla, se deberá obtener la Factibilidad de Uso de Suelo emitida por la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial de esta Secretaría.

  14. La actividad se presenta para su evaluación como un centro de acopio, en el cual se recibirán residuos tales como: metales, aluminio, pet, cartón y madera, por lo que difiere de la actividad autorizada en la Licencia de Uso de Suelo.

  15. Exteriores Estacionamiento 1008.82 8.14% Banquetas 964.23 7.78% Area Verde 974.65 7.86% Are de Maniobras 2262.99 18.25% Vialidades 2653.61 21.40% PREDIO TOTAL 12400 100.00%

  16. Inconsistencias que se presentan con frecuencia en los estudios IMPACTO AMBIENTAL 1.1.3. Proyectos Puntuales Área del predio: 657.35 m² Obras y/o Actividades: ÁREA DE TERRENO: 657.35 m² ÁREA DEL EDIFICIO A: 314.00 m² ÁREA DEL EDIFICIO B: 309.96 M² ÁREA TOTAL CONSTRUIDA COMUN EDIFICIO "A Y B": 151.41 m² ÁREA ABIERTA ESTACIONAMIENTO:192.89 m² ÁREA LIBRE DONACION:86.17 m² ÁREA LIBRE PATIOS:11.47 m² Cuando la solicitud de evaluación se requiere sólo para el edificio “A”, además de existir incongruencias en las superficies indicadas, ya que la sumatoria de las diferentes áreas corresponde a 912.64 m².

  17. Esta Secretaría durante la evaluación del estudio podrá: En los casos en que el estudio de impacto ambiental, presente insuficiencias que impidan la evaluación de la obra o actividad, mediante un oficio dentro de los 15 días hábiles para el IP y 30 días hábiles para la MIA, que presente las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones al contenido del estudio de impacto y/o riesgo ambiental, suspendiéndose el término que se establece en la Ley para emitir la resolución correspondiente. Ampliar el término de evaluación hasta por cuarenta días hábiles, cuando por la dimensiones y complejidad de la obra o actividad se justifique. Solicitar la opinión técnica de alguna dependencia o entidad Administrativa de los diferentes niveles de gobiernos, Universidades, organizaciones públicas o privadas, para contar con los mejores elementos para la formulación de la resolución correspondiente.

  18. TIPOS DE ESTUDIOS Informe Preventivo Manifestación de Impacto Ambiental modalidad Regional Manifestación de Impacto Ambiental modalidad Particular

  19. PROCESO DE ASESORIA El Departamento de Registro y Control “Ventanilla Única” realiza asesorías sobre trámites, requisitos y servicios que presta la Secretaría en materia de Impacto y Riesgo Ambiental, Residuos Sólidos y Fuentes Fijas. El horario de atención a usuarios es de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes. La asesoría e información a los usuarios puede ser vía telefónica al 01 (222) 777.56.32. Se pretende implementar una línea telefónica 01 800 con la finalidad de brindar un mejor servicio a los usuarios.

  20. PROCESO DE REVISIÓN Con la finalidad de no retardar el proceso de evaluación en Materia de Impacto Ambiental, la Secretaría a través del Departamento de Registro y Control (Ventanilla Única) comunicará al promovente y/o consultor, en el momento que presente su solicitud si existen deficiencias formales que puedan ser corregidas previas a su ingreso. PROCESO DE NOTIFICACIÓN Una vez emitida la resolución correspondiente, el Departamento de Registro y Control (Ventanilla Única) procede a realizar el aviso al promovente y/o gestor vía telefónica y correo electrónico para que pase por su resolución, en caso de que el promovente y/o consultor con carta poder no recoja dicho documento en un lapso de 5 días, este se envía por SEPOMEX al domicilio indicado por el usuario dándose así por notificado.

  21. SUBSECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE DIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL LISTA DE VERIFICACIÓN PREVIO AL INGRESO INFORME PREVENTIVO DE IMPACTO AMBIENTAL Fundamento Legal: Artículo 14 y 25 del Reglamento de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla en Materia de Evaluación del Impacto y Riesgo Ambiental. Cumple I.- Solicitud de evaluación dirigida a la Titular de la SSAOT (Amy Louise Camacho) en original y copia, especificando el nombre del proyecto, indicando que se refiere a un Informe Preventivo de Impacto Ambiental y la superficie a evaluar. si no si no III.- El Informe Preventivo de Impacto Ambiental debe incluir los anexos: Ambientales Técnicos Legales si no EJEMPLO DE INGRESO PARA UN INFORME PREVENTIVO II.- Informe Preventivo de Impacto Ambiental en original. si no si no si no V.- Respaldo digital del Informe Preventivo de Impacto Ambiental y Resumen Ejecutivo incluyendo todos sus anexos en disco compacto (CD). si no VI.- Declaración bajo protesta de decir verdad firmada por el promovente y el responsable Técnico de la elaboración del Informe Preventivo de Impacto Ambiental. si no IV.- Resumen Ejecutivo del contenido del informe preventivo de impacto ambiental; VII.- Factibilidad de uso de suelo compatible con la obra o actividad propuesta emitida por la autoridad municipal correspondiente; (vigente) si no VIII.- Comprobante en original del pago de derechos por concepto de evaluación (Informe Preventivo de Impacto Ambiental) $7,085.00 si no IX.- Copia de identificación oficial del promovente y del responsable de la elaboración del Informe Preventivo. si no X.- En caso de personas morales anexar copia del Acta Constitutiva si no

  22. Modalidades del EIA Informe Preventivo Ambiental Manifestación de Impacto Ambiental . (Artículo 39 LPANDSEP – 24 y 25 del RLPANDSEP) Manifestación de Impacto Ambiental. (Artículo 42 y 43 LPANDSEP – 27 y 28 del RLPANDSEP) MIA Particular MIA Regional

  23. Modalidades de presentación de Estudio de Impacto Ambiental Ambiental I.-Informe Preventivo Existan NOM, u otras disposiciones que regulen las emisiones, las descargas, el aprovechamiento de recursos naturales y, en general, todos los impactos ambientales relevantes. Obras o actividades que por su ubicación, dimensiones o características no ocasionen un impacto ambiental significativo. Obras o actividades que se encuentren previstas en algún programa de ordenamiento ecológico o desarrollo urbano, que se encuentren debidamente autorizados; Se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales debidamente autorizados.

  24. Modalidades de presentación de Estudio de Impacto Ambiental Ambiental II.-Manifestación de Impacto Ambiental modalidad Regional I.- Un conjunto de obras o actividades que se encuentren incluidas en un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico autorizados; II.- Un conjunto de obras y actividades que pretendan realizarse enuna región ecológica determinada; y III.- Obras o actividades que pretendan desarrollarse en sitios en los que por su interacción con los diferentes componentes ambientales regionales,se prevean impactos acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran ocasionar la afectación o desequilibrio de los ecosistemas. III.-Manifestación de Impacto Ambiental modalidad Particular En los demás casos, la manifestación deberá presentarse en la modalidad particular.

  25. Estructura de la manifestación de impacto ambiental Resumen ejecutivo. Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del Estudio de Impacto Ambiental. Descripción del proyecto. Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia de impacto ambiental. Descripción del Sistema ambiental y señalamiento de la problemática ambiental detectada en el área de influencia del proyecto. Inventario ambiental. Identificación, descripción y evaluación de los Impactos ambientales. Medidas preventivas y de mitigación de los impactos ambientales. Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan la información señalada en el contenido del estudio. Anexos.

  26. Elementos a considerar en Impacto Ambiental

  27. Tiempos Legales para emitir respuesta II.-Manifestación de Impacto Ambiental modalidad Regional III.-Manifestación de Impacto Ambiental modalidad Particular I.-Informe Preventivo 38 días hábiles 48 días hábiles para MIA

  28. Fundamento legal para el dictamen en materia de impacto ambiental

  29. Costos y Beneficios de la EIA Beneficios Costos • Que su proyecto sea compatible con el ambiente. • Certeza Jurídica. • Seguridad de su inversión. • Prevención de costos adicionales e innecesarios. • Aceptación Social • No autorización. • Pérdida de tiempo y recursos. • Sanciones legales. • Rechazo Social • Pérdida del Proyecto

  30. GUIAS DE COMPETENCIA ESTATAL Informes Preventivos Manifestación de Impacto Ambiental INFORME PREVENTIVIINFL

  31. Juan Carlos Morales Páez Encargado del Despacho de la Secretaría de Sustentabilidad Ambiental y Ordenamiento Territorial Héctor Rodríguez Muñoz Director de Gestión Ambiental Juan Carlos López Romero Subdirector de Gestión Ambiental Guadalupe Zanotelli Martínez Jefa de Departamento de Impacto Ambiental 33 Sur #3512Col. El Vergel, Puebla, Pue. 01222-775600 ext. 5667# impactoambientalpuebla@hotmail.com

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