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COMPETENCIAS municipales en el ámbito DEL DESARROLLO POLÌTICO. ESTUDIANTES: CHUQUIMIA QUISPE XIMENA PATZI COLQUE DANITZA . 2. LAS COMPETENCIAS MUNICIPALES. COMPETENCIA. Es el ejercicio de una potestad y es ejercido por una autoridad .
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COMPETENCIAS municipales en el ámbito DEL DESARROLLO POLÌTICO • ESTUDIANTES: • CHUQUIMIA QUISPE XIMENA • PATZI COLQUE DANITZA
2. LAS COMPETENCIAS MUNICIPALES COMPETENCIA Es el ejercicio de una potestad y es ejercido por una autoridad Es la atribución que cada órgano administrativo puede y debe LEGALMENTE ejercitar.
SON : COMPETENCIAS DESARROLLO POLÌTICO • Ejercicio y defensa de • los derechos humanos • Participación ciudadana
LA LEY DE MUNICIPALIDADES ARTÍCULO 5º establece a) LAS FINALIDADES DE LAS MUNICIPALIDAES Y EL GOBIERNO MUNICIPAL I. Las municipalidades y su gobierno municipal tienen como finalidad contribuir a la satisfacción de las necesidades colectivas y garantizar la integración y participación de los ciudadanos en la planificación y el desarrollo humano sostenible del municipio. II. El gobierno municipal, como autoridad representativa de la voluntad ciudadana al servicio de la población, tiene los siguiente fines: 1) promover y dinamizar el desarrollo humano sostenible , equitativo y participativo del municipio, a través de la formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos concordantes con la planificación del desarrollo departamental y nacional.
LA LEY DE MUNICIPALIDADES 7. Favorecer la integración social de sus habitantes, bajo los principios de equidad e igualdad de oportunidad, respetando su diversidad; y 8. Promover la participación ciudadana defendiendo en el ámbito de su competencia, el ejercicio y práctica de los derechos fundamentales de las personas estantes y habitantes del municipio.
LA LEY DE MUNICIPALIDADES b) LAS COMPETENCIAS MUNICIPALIDAES • DE DESARROLLO HUMANO SOSTENIBLE • DE INFRAESTRUCTURA • DE ADMINISTRACION Y FINANZAS • DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR • SERVICIOS; Y • OTROS
LA LEY DE MUNICIPALIDADES ARTICULO 8º Establece I. EN MATERIA DE DESARROLLO HUMANO SOSTENIBLE 14. Incorporar la equidad de género en el diseño, definición y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos municipales. 19. Promover y fomentar la participación en la formulación de las políticas, planes, programa y proyectos a favor de l desarrollo integral y los derechos de los pueblos indígenas y comunidades originarias y de la mujer en condiciones de equidad. 20. Promover y desarrollar programas y proyectos sostenibles de apoyo y fortalecimiento a la unidad de la familia, a la integración social y económica generacional, a la defensa y protección de la niñez y adolescencia, y para la asistencia de la población de la tercera edad.
LA LEY DE MUNICIPALIDADES 21. Incorporar en los procesos de planificación municipal las necesidades de las personas con discapacidad 23. Precautelar la moral publica y las buenas costumbres, preservando los derechos a la libertad e igualdad individuales. II. EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA III. EN MATERIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA IV. EN MATERIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR 1. Representar y defender, cuando corresponda, ante las superintendencias sectoriales el interés y derechos de los usuarios de su jurisdicción afectados por las empresas concesionarias de servicios.
LA LEY DE MUNICIPALIDADES V. EN MATERIA DE SERVICIOS 8. Organizar y reglamentar los servicios legales integrales de protección a l familia, mujer y tercera edad y administrar dichos servicios y 9. Organizar y reglamentar las defensorías de la niñez u adolescencia de conformidad al código de la materia.
LA LEY DEL DIALOGO NACIONAL • LOS RECURSOS DEL IDH • NORMAS VARIAS Existen varias leyes que han ido incrementando las competencias municipales, a continuación señalamos las mas relevantes: I. Creación y funcionamiento de las defensorías de la niñez y la adolescencia (Art. 84 D.S. 27443)