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La autonomía del paciente. ¿El paciente decide? Perspectivas históricas de la autonomía del paciente en la práctica médica. Relación médico-paciente. Muchos siglos. Tradición hipocrática. Modelo vertical. ¿Si hay que conseguir La salud del enfermo a toda costa?. Paternalismo médico.
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La autonomía del paciente ¿El paciente decide? Perspectivas históricas de la autonomía del paciente en la práctica médica F.Ziad
Relación médico-paciente Muchos siglos Tradición hipocrática Modelo vertical ¿Si hay que conseguir La salud del enfermo a toda costa? Paternalismo médico Gira alrededor del médico Principio de la beneficencia * Genuino * Solicitado * No solicitado Testigo de Jehová Información Elemento accesorio. Información terapéutica EEUU Usuarios Modelo horizontal F.Ziad
Relación médico-paciente EEUU Usuarios Modelo horizontal España Paciente como centro de decisión CE 78 LGS de 1986 Principio de la autonomía Ley 41/2002 Información Jurisprudencia “dio realidad legislativa al” Consentimiento informado 1995 F.Ziad
El término “autonomía” Del griego: Significa literalmente “darse a sí mismo o regirse por normas propias” F.Ziad
El principio de autonomía Kant : La capacidad del sujeto para gobernarse por una norma que él mismo acepta sin coacción externa , una norma que debe ser universalizada por la razón humana. Mill: La ausencia de coacción en la capacidad de acción y pensamiento del individuo. F.Ziad
El principio de autonomía Engelhardt: “Todo hombre merece ser respetado en las decisiones no perjudiciales a otros”. Llega a la formulación: “No hagas a otros lo que ellos no harían a si mismos y haz por ellos lo que te has puesto de acuerdo mutuamente en hacer”. F.Ziad
Requisitos • Una acción autónoma no debe ser forzada. • La noción de autonomía supone que para poder tomar una decisión se necesita poseer opciones reales. • Para que la toma de decisiones sea autónoma, el paciente deberá poseer toda la información relevante. F.Ziad
Modelo vertical El médico cono eje de la situación. Principio de beneficencia La información pasa a un segundo plano. Información terapéutica. Modelo horizontal El paciente como centro de decisión. Principio de autonomía La información pasa a primer plano. Consentimientoinformado. Relación médico-paciente F.Ziad
Normativas relacionadas con la autonomía del paciente • Ámbito Internacional • Ámbito estatal • Ámbito autonómico F.Ziad
Ámbito Internacional • La Carta de las Naciones Unidas, firmada en San Francisco el 26 de julio de 1945. “Reafirmar su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de los derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas”. F.Ziad
Ámbito Internacional • Declaración Universal de Derechos Humanos del año 1948. • Adoptada y proclamada por la Asamblea General de las N.U. • Ha sido punto de referencia obligado para todos los textos constitucionales promulgados posteriormente. F.Ziad
Ámbito Internacional • Código de Nürenberg de 1946. • Una clara afirmación de que cualquier investigación debe tener en cuanta el verdadero consentimiento. • Que no basta con una libre aceptación de la participación en la investigación sino que , además , el que va a ser sometido a ella debe ser adecuadamente informado. F.Ziad
Ámbito Internacional • El Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 4 de noviembre de 1950. • Carta Social Europea de 8 de octubre de 1961 • Declaración de Helsinki de 1964(revisada en Tokio el año 1975). • Pacto Internacional de derechos civiles y políticos y el Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales de 16 de diciembre de 1966. F.Ziad
Ámbito Internacional Informe Belmont , 30 de septiembre de 1978 (Principios éticos y orientación para la protección de sujetos humanos en la experimentación) • Límites entre práctica e investigación. • Principios éticos básicos. • Respeto a las personas. • Aplicaciones. • Consentimiento informado. F.Ziad
Informe Belmont-1978 • Principios éticos básicos. • Respeto a las personas. (dos convicciones): • Que todos los individuos deben ser tratados como agentes autónomos. • Que todas las personas cuya autonomía está disminuida tienen derecho a la protección. F.Ziad
Informe Belmont-1978 • Aplicaciones . • Consentimiento informado. (tres elementos): • Información: • Compresión: • Voluntariedad: F.Ziad
Ámbito Internacional • La Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y de la Dignidad del Ser Humano frente a las aplicaciones de la Biología y de la Medicina, del Consejo de Europa.(Convenio de Oviedo / 4 de abril de 1997). F.Ziad
Convenio de Oviedo 4 de abril de 1997 • Ha entrado en vigor en el Reino de España el 1 de enero de 2000. • Es el primer instrumento internacional con carácter jurídico vinculante para los países que lo suscriben. • Su especial valía reside en el hecho de que establece un marco común para la protección de los derechos humanos y la dignidad humana en la aplicación de la biología y la medicina. F.Ziad
Convenio de Oviedo 4 de abril de 1997 • Capítulo I / Disposiciones generales: • Art. 2 Primacía del ser humano. “El interés y el bienestar del ser humano deberán prevalecer sobre el interés exclusivo de la sociedad o de la ciencia”. • Capítulo II / Consentimiento: • Regla general. • Deseos expresados anteriormente. F.Ziad
ÁmbitoNacional • CE de 1978: • Art. 43.2 “Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto”. F.Ziad
ÁmbitoNacional • CE de 1978: • Art. 51.2 “Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquellos , en los términos que la ley establezca”. F.Ziad
ÁmbitoNacional • Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : • Art. 9 “Los poderes públicos deberán informar a los usuarios de los servicios del sistema sanitario público o vinculado a él, de sus derechos y deberes”. F.Ziad
ÁmbitoNacional • Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : • Art. 10 . Todos tienen los siguientes derechos con respecto a las distintas administraciones públicas sanitarias: 5. “A que se le dé en términos comprensibles, a él y a sus familiares o allegados, información completa y continuada, verbal y escrita sobre su proceso, incluyendo diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento”. F.Ziad
ÁmbitoNacional • Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : • Art. 10 . Todos tienen los siguientes derechos con respecto a las distintas administraciones públicas sanitarias: 6. “A la libre elección entre las opciones que le presente el responsable médico de su caso, siendo preciso el previo consentimiento escrito del usuario para la realización de cualquier intervención , excepto en los siguientes casos: F.Ziad
ÁmbitoNacional • Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : • Cuando la no intervención suponga un riesgo para la salud pública. • Cuando no esté capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso el derecho corresponderá a sus familiares o personas a él allegadas. • Cuando la urgencia no permita demoras por poderse ocasionar lesiones irreversibles o existir peligro de fallecimiento. F.Ziad
ÁmbitoNacional • Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : • Art. 61 “En cada Área de Salud debe procurarse la máxima integración de la información relativa a cada paciente,.....” F.Ziad
ÁmbitoNacional • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal. • Ley 41/2002 ,de 14 de noviembre,la Ley de Autonomía. • Ley 44/2003 de 22 de noviembre de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (art.5.e). • Ley 55/2003 de 16 de diciembre , de Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud(art.19). F.Ziad
Ámbito autonómicas • Cataluña: Ley 21/2000, 29 de diciembre • Galicia: Ley 3/2001, de 28 de mayo, • Aragón: Ley 6/2002, de 15 de abril • Aragón: Decreto 100/2003, de 6 de mayo • C.Valenciana: Ley 1/2003 F.Ziad
Ámbito autonómicas • Cataluña: Ley 21/2000, 29 de diciembre, sobre los derechos de información concernientes a la salud y la autonomía del paciente, y la documentación clínica. F.Ziad
Ámbito autonómicas • Galicia: Ley 3/2001, de 28 de mayo, reguladora del consentimiento informado y de la historia clínica de los pacientes. F.Ziad
Ámbito autonómicas • Aragón: Ley 6/2002, de 15 de abril, Capitulo III.Del respeto al derecho a la autonomía del paciente. art. 12.- El consentimiento informado. art. 15.- las voluntades anticipadas. F.Ziad
Ámbito autonómicas • Decreto 100/2003, de 6 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y el funcionamiento del Registro de Voluntades Anticipadas. F.Ziad
Ámbito autonómicas • C.Valenciana: Ley 1/2003, de derechos e información al paciente dispone que “la información se facilitará con la antelación suficiente para que el paciente pueda reflexionar con calma y decidir libre y responsablemente, Y en todo caso, al menos 24h. antes del procedimiento correspondiente, siempre que no se trate de actividades urgentes......”. F.Ziad
Relación médico-paciente EEUU Modelo vertical Modelo horizontal España Paciente como centro de decisión ¿Vía intermedia? Principio de la autonomía Información ¿Es contrario a nuestra Cultura mediterránea y latina? Consentimiento informado F.Ziad