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Autoridades Electorales . www.te.gob.mx www.te.gob.mx/ccje/ ccje@te.go.mx. Objetivo General. Al concluir el curso, los participantes distinguirán la naturaleza jurídica, estructura y funciones de las autoridades electorales en México . Objetivos específicos.
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Autoridades Electorales www.te.gob.mx www.te.gob.mx/ccje/ ccje@te.go.mx
Objetivo General Al concluir el curso, los participantes distinguirán la naturaleza jurídica, estructura y funciones de las autoridades electorales en México.
Objetivos específicos Al término del curso los participantes: Identificarán los tipos de autoridades electorales Distinguirán el marco normativo y las atribuciones del Instituto Federal Electoral, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales Conocerán a las autoridades electorales locales, administrativas y jurisdiccionales
Temario • Marco Conceptual • Instituto Federal Electoral • Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación • Suprema Corte de Justicia de la Nación • Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales
Marco conceptual Potestad atribuida a los agentes del poder público. Autoridad Resolución unilateral, por disposición de la ley, que incide en la esfera jurídica-electoral de los destinatarios. ACTO Autoridad Electoral organización Administrativa (autónoma) Jurisdiccional “Penal” Se encarga de la persecución de delitos electorales, en la tarea de la procuración de justicia Resuelve conflictos de intereses de trascendencia jurídica, mediante la aplicación del Derecho Tiene la función estatal de organizar las elecciones
Naturaleza jurídica y marco normativo Organismo público, autónomo, independiente en sus decisiones y profesional en su desempeño, con personalidad jurídica y patrimonio propio, responsable de organizar las elecciones federales. Se rige por los siguientes principios: Certeza Juridicidad Imparcialidad Objetividad Independencia Fundamento constitucional: artículo 41 Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales Marco legal Reglamento Interior del IFE Acuerdos del Consejo General
Estructura orgánica del IFE Consejo General Comité de Radio y Televisión Órgano de transparencia y acceso a la información Comisiones del Consejo Comités técnicos especializados Unidad de Fiscalización
Integración del Consejo General del IFE Sin voz ni voto Secretario Ejecutivo Consejero Presidente Voz y voto 8 Consejeros electorales Representantes del Poder Poder Legislativo Voz Representantes de los partidos políticos con registro nacional • El consejero presidente dura 6 años en el cargo y podrá ser reelecto por 6 más. • Los consejeros electorales durarán 9 años en el cargo, su renovación será escalonada y no podrán ser reelectos. • Serán elegidos por el voto de las 2/3 partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, a propuesta de los grupos parlamentarios, previa amplia consulta a la sociedad.
Atribuciones del IFE • ● Capacitación y educación cívica; determina la geografía electoral. • Integra y actualiza el padrón electoral y las listas nominales de electores. • Declara la validez de las elecciones de diputados y senadores. • ● Administración exclusiva del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión destinado a sus propios fines y al ejercicio del derecho de los partidos políticos nacionales. • ● Para fines electorales de las entidades federativas, administrará los tiempos que correspondan al Estado en radio y televisión en las estaciones y canales de cobertura en la entidad de que se trate. • ● Autoridad que sustancia y resuelve procedimientos sancionatorios.
Órganos desconcentrados del IFE Órgano permanente integrado por el Vocal Ejecutivo y los vocales de Organización Electoral, del Registro Federal de Electores, de Capacitación Electoral y Educación Cívica y el Vocal Secretario Junta Local Ejecutiva Miembro del Servicio Profesional Electoral; preside la Junta General Ejecutiva y durante el proceso electoral el Consejo Local Vocal Ejecutivo Órganos locales 32 Entidades federativas Órgano temporal (durante el proceso electoral federal). Se integra con un Presidente, seis consejeros electorales (ciudadanos designados por el CG) y un representante por cada partido político con representación en el CG. Sólo el consejero presidente y los consejeros electorales tienen voz y voto Consejo Local Electoral
Órganos desconcentrados del IFE (continuación) Órgano permanente integrado por el Vocal Ejecutivo y los vocales de Organización Electoral, del Registro Federal de Electores, de Capacitación Electoral y Educación Cívica y el Vocal Secretario Junta Distrital Ejecutiva Miembro del Servicio Profesional Electoral, preside la Junta Distrital Ejecutiva y durante el proceso electoral federal el Consejo Distrital Vocal Ejecutivo 300 distritos electorales uninominales Órgano temporal (durante el proceso electoral federal). Se integran por un Consejero Presidente designado por el CG, seis consejeros electorales, y representantes de los partidos políticos nacionales. Sólo el consejero presidente y los consejeros electorales tienen voz y voto Consejo Distrital Electoral
Atribuciones de órganos desconcentrados del IFE Coordinarse con las autoridades electorales locales, para garantizar su acceso a radio y televisión, y el de los partidos políticos, durante precampañas y campañas. Juntas locales ejecutivas • Acreditar a los ciudadanos que fungirán como observadores electorales; • Registrar las fórmulas de candidatos a senadores de MR y realizar el cómputo total y la declaración de validez de dicha elección; • Efectuar el cómputo de entidad federativa de la elección de senadores de RP. Consejos locales • Capacitar a los ciudadanos que integrarán las MDC; • Proponer al Consejo Distrital, el número y la ubicación de las casillas que habrán de instalarse por sección. Juntas distritales ejecutivas • Determinar el número y ubicación de las casillas; • Insacular a los funcionarios de casilla; • Registrar las fórmulas de candidatos a diputados de MR; • realizar el cómputo distrital de la votación para Presidente de la República. Consejos distritales
Mesas directivas de casilla Son órganos electorales formados porciudadanos, facultados para recibir la votación y realizar el escrutinio y cómputoen cada una de las secciones electorales en que se dividen los 300 distritos electorales. Se integra por: 3 Suplentes Generales 1 Presidente 1 Secretario 2 Escrutadores Los distritos uninominales se dividen en secciones electorales y tienen 1500 electores máximo. Por cada 750 electores o fracción se instalará una casilla; de ser dos o más se colocarán en forma contigua y se dividirá la lista nominal de electores en orden alfabético • Básica • Contigua • Extraordinaria • Especial Tipos de Casilla
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, TEPJF
Naturaleza jurídica y marco normativo Máxima autoridad jurisdiccional en la materia y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación (artículo 99 CF) Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación Reglamento Interno del TEPJF Marco legal Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral
Estructura orgánica del TEPJF Sala Superior Salas Regionales Conformada por 7 magistrados que duran en su encargo 9 años 1ª Guadalajara, Jal. 2ª Monterrey, N.L. 3ª Xalapa, Veracruz 4ª Toluca, Edo. Mex. 5ª México D.F. Designados por las 2/3 partes de los miembros presentes de la Cámara de senadores Conformadas por 3 magistrados que duran en su encargo 9 años A propuesta de la SCJN
Estructura básica del TEPJF Secretaría Administrativa Comisión de Administración Contraloría Interna Presidencia Siete Magistrados CCJE Asuntos Jurídicos Sala Superior Coordinaciones De Relaciones con Organismos Electorales De Jurisprudencia y Estadística Judicial Coord. Gral. de Asesores Comunicación Social Secretaria Particular 6 Ponencias Información, Documentación y Transparencia Comisión Sustanciadora Subsecretaria Gral. de Acuerdos TEPJF Secretaria General de Acuerdos Oficialía de partes Comisión de Transparencia Archivo judicial Comités de Sala Superior Actuarios Guadalajara Monterrey Salas regionales Xalapa Delegados Administrativos Distrito Federal Tres Magistrados Toluca
Integración pleno de la Salas del TEPJF Sala Superior 1 Magistrado Presidente Con un quórum de 4magistrados para sesionar válidamente 6 Magistrados Salas Regionales 1 Magistrado Presidente Sólo sesionarán con la presencia de los 3 Magistrados 2 Magistrados
Naturaleza jurídica y marco normativo Acciones de Inconstitucionalidad Máximo órgano de control constitucional en el ordenamiento jurídico mexicano en materia electoral conoce de: Contradicción de tesis Fundamento constitucional: artículo 94 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación Ley de Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 constitucional Marco legal Reglamento Interior de la SCJN
Estructura orgánica de la SCJN Pleno de la SCJN (11 Ministros) El Ministro Presidente no integra ninguna Sala 1ª Sala (5 Ministros) 2ª Sala (5 Ministros) Secretaría General de Acuerdos Materias: Penal y Civil Materias: Laboral y Administrativa Subsecretaría General de Acuerdos Secretaría General de Acuerdos de la 1ª Sala Secretaría General de Acuerdos de la 2ª Sala Se podrá sesionar con 7 ministros, con excepción de las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad, en las que se requiere de al menos 8 ministros.
Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, FEPADE
Naturaleza jurídica y marco normativo Organismo especializado de la PGR, con nivel de subprocuraduría, responsable de atender en forma institucional, especializada y profesional, lo relativo a los delitos electorales federales. Integrar y resolver las averiguaciones previas relacionadas con los delitos electorales. autonomía para Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y su Reglamento Marco legal Código Penal Federal Código Federal de Procedimientos Penales
Estructura orgánica de la FEPADE PGR Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales Dirección General de Averiguaciones Previas y Control de Procesos en Materia de Delitos Electorales Dirección General Jurídica en materia de Delitos Electorales Dirección General de Política Criminal, Coordinación y Desarrollo en Materia de Delitos Electorales
Delitos electorales Algunos de los delitos electorales que persigue la FEPADE, son: • Votar sin derecho • Presionar a los votantes • Comprar o comprometer el voto • Coartar la libertad del voto • Violar la secrecía del sufragio • Afectar el ejercicio de los funcionarios electorales • Recoger credenciales para votar • Introducir o sustraer boletas o urnas y/o destruirlas • Afectar programas del Registro Federal de Electores • Utilizar recursos ilícitos
©Derechos Reservados, 2009 a favor del autor y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Queda prohibida su reproducción parcial o total sin autorización. Podrá utilizarse como cita de textos sin alteraciones, señalando la fuente y con la siguiente leyenda: Centro de Capacitación Judicial Electoral, “Autoridades electorales”, Material didáctico de apoyo para la capacitación, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, noviembre de 2009. www.te.gob.mx www.te.gob.mx/ccje/ ccje@te.go.mx