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“GESTIÓN DEL PRESUPUESTO PÚBLICO y PROGRAMAS SOCIALES” ”. Expositor: Eco. Celso Navarro Jordán Eco. ángel navarro díaz. 1. Antecedentes Presupuestarios. El Presupuesto del Sector Público y los programas sociales. Los Regímenes Presupuestarios en el Perú:
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“GESTIÓN DEL PRESUPUESTO PÚBLICO y PROGRAMAS SOCIALES”” Expositor: Eco. Celso Navarro Jordán Eco. ángel navarro díaz
1. Antecedentes Presupuestarios. • El Presupuesto del Sector Público y los programas sociales. • Los Regímenes Presupuestarios en el Perú: • La Normatividad Presupuestaria en el Perú • El Planeamiento en el Sector Público: PESEM, PEI y POI. • Las Fases del Proceso Presupuestario
El Presupuesto. “El presupuesto constituye el instrumento de gestión del Estado para el logro de resultados a favor de la población, a través de la prestación de servicios y logro de metas de coberturas con eficacia y eficiencia por parte de las Entidades. Asimismo, es la expresión cuantificada, conjunta y sistemática de los gastos a atender durante el año fiscal, por cada una de las Entidades que forman parte del Sector Público y refleja los ingresos que financian dichos gastos.” Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para año Fiscal 2011, que modifica el Artículo 8°, 8.1 de la Ley N° 28411.- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Presupuesto 2012 Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para año Fiscal 2012, Anexo 1.
Gasto Social Parte del gasto público destinado a financiar servicios sociales básicos para los individuos. Según la clasificación propuesta por las Naciones Unidas, son los gastos de educación, sanidad, seguridad social, vivienda y otros de similares características MEF-DGPP- Glosario de Presupuesto Público
Los Objetivos del Milenios - ONU 1. Erradicar la pobreza extrema y el hambre: 2. Lograr una enseñanza primaria universal 3. Promover la igualdad entre los géneros y la autonomía de la mujer 4. Reducir la mortalidad de los niños menores de 5 años 5. Mejorar la salud materna 6. Combatir el VIH/sida, el paludismo y otras enfermedades 7. Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente 8. Fomentar una alianza mundial para el desarrollo Alfaro, Daniel y Macera , Diego - Una mirada a los programas sociales, Set. 2011
Los Programas Sociales en el Perú Hasta 1980 los comedores populares eran los programas de asistencia alimentaria más conocidos. Posteriormente, durante los ochenta y noventa, surgieron nuevos programas que aún subsisten, como el Vaso de Leche (1985), el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (Foncodes, 1991), el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (Pronaa, 1992), el Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa (Prompyme, 1997, ahora Mi Empresa), el Sistema Integral de Salud (1998), el Consejo Nacional para la Integración de la Persona Discapacitada (Conadis, 1998), el Programa de Capacitación Laboral Juvenil (ProJoven, 1999), entre otros Alfaro, Daniel y Macera , Diego - Una mirada a los programas sociales, Set. 2011
Programas Sociales más importantes SIAF – Consulta Amigable - Consulta de Ejecución del Gasto, Jul. 2012
Programas Sociales Alfaro, Daniel y Macera , Diego - Una mirada a los programas sociales, Set. 2011
Los Regímenes Presupuestarios en el Perú: • En 1848, el Congreso aprobó por primera vez un presupuesto, que tuvo vigencia el bienio 1848 – 1849. • De 1886 a 1920, período de la “Descentralización Fiscal”. • En 1922, se aprueba la Ley N° 4598 - Ley Orgánica del Presupuesto y crea la Dirección General del Presupuesto Público en el Ministerio de Hacienda. • En 1962, mediante el Decreto Ley N° 14260, se aprobó el Presupuesto Funcional o Presupuesto por Programas. • En 1964, se aprueba la Ley Nº 14816, Ley Orgánica del Presupuesto del Sector Público, la misma que posteriormente ha tenido modificatorias.
Los Regímenes Presupuestarios en el Perú: • En 1982, el gobierno implementa una nueva metodología presupuestaria (Presupuesto Base Cero). • En 1992, mediante Decreto Ley N° 25875, se aprueba la Ley Marco del Proceso Presupuestario, modificada por la Ley N° 26199 en 1993. • En 1996, se aprueba la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, y establece el Presupuesto Funcional Programático. • En 2005, se publica la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto (vigente a la fecha).
La Normatividad Presupuestaria en el Perú • Constitución Política del Estado Peruano de 1993, Artículos 74°, 75°, 77°, 78° y 80°. • Ley N° 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Estado. • Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. • Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público. • Directivas para la Programación, Formulación, Aprobación, Ejecución, Control y Evaluación Presupuestaria. • Instructivo del Presupuesto Participativo
El Planeamiento en el Sector Público LOS PEI Y LOS PESEM “Los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) son similares a los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), difieren de éstos por tener un alcance institucional a nivel de cada Pliego Presupuestario. La suma de los PEI reflejará con mayor detalle los objetivos estratégicos contemplados en los PESEM y responden a la manera como el pliego presupuestario aporta en alcanzar las metas que se ha fijado el sector al cual pertenece”. DGPM-MEF: (2001) Planeamiento Estratégico en el Sector Público: “Formulación de los Planes Estratégicos Institucionales 2002 -2006”
El Planeamiento en el Sector Público EL PLAN ESTRATÉGICO: “Es un esfuerzo organizacional, definido y disciplinado que busca que las instituciones definan con la mayor claridad posible su misión y la visión que tienen de esta en el mediano y largo plazo. Constituyéndose en una herramienta poderosa que posibilita la adaptación de la organización a medios exigentes, cambiantes y dinámicos logrando el máximo de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de sus servicios”. Fuente: FONAFE.- “Manual de Planeamiento Estratégico
El Planeamiento en el Sector Público LOS PLANES OPERATIVOS: “reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica”. Numeral 71.3 del Art. 71° de la Ley Nº 28411
El Planeamiento en el Sector Público EL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL o, EL PLAN DE TRABAJO INSTITUCIONAL (PTI) “es un documento de gestión mediante el cual se define con claridad los objetivos que persigue en relación a las funciones previstas en su Ley de creación que sirve como guía técnica y política con la finalidad de orientar a sus funcionarios y servidores, hacia el logro de las metas Institucionales”. Directiva Nº 002 – 94 – INAP / DNR, Normas para la Orientación, Formulación, Aplicación, Evaluación y Actualización del Plan de Trabajo Institucional
Las Fases del Proceso Presupuestario El Proceso Presupuestario comprende las fases siguientes: 1. Programación 2. Formulación 3. Aprobación 4. Ejecución 5. Evaluación Se sujeta al criterio de estabilidad, situación de sostenibilidad de las finanzas públicas, en términos de capacidad de financiación
Las Fases del Proceso Presupuestario SE ESTABLECEN LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES, PROPONEN LAS METAS, Y SE DETERMINA LA DEMANDA GLOBAL DE GASTO Y ESTIMACIÓN DE INGRESOS PROGRAMACIÓN SE DEFINE LA ESTRUCTURA FUNCIONAL PROGRAMÁTICA, LAS METAS Y ARMONIZACIÓN DE LA DEMANDA GLOBAL DE GASTOS FORMULACIÓN APROBACIÓN POR LEY DEL CONGRESO APROBACIÓN SE CONCRETA EL FLUJO DE INGRESOS y EGRESOS EJECUCIÓN DETERMINAR LOS RESULTADOS DE LA GESTIÓN EVALUACIÓN
2. Los Clasificadores Presupuestarios. • Los Clasificadores de Ingreso y gastos. • Las Fuentes de Financiamiento, equivalencias con el nuevo clasificadores • El Clasificador Funcional Programático
Estructura de los Clasificadores de Ingresos y Gastos - 2011
CLASIFICADOR FUNCIONAL 2011 Mediante Decreto Supremo N° 068-2008-EF, de 24.May.2008, se aprueba el Clasificador Funcional del Sector Público, los lineamientos para la implementación del Clasificador Programático del Sector Público, así como los lineamientos que permitan la adecuación de los Programas Estratégicos a dicho Clasificador. El Clasificador tiene la siguiente estructura: DECRETO SUPREMO Nº 068-2008-EF, Art. 1°
FUNCIONES PRESUPUESTALES - Legislativa - Relaciones Exteriores - Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia - Defensa y Seguridad Nacional - Orden Público y Seguridad - Justicia - Trabajo - Comercio - Turismo - Agropecuaria - Pesca - Energía - Minería - Industria - Transporte - Comunicaciones - Medio Ambiente - Saneamiento - Vivienda y Desarrollo Urbano - Salud - Cultura y Deporte - Educación - Protección Social - Previsión Social - Deuda Pública DECRETO SUPREMO Nº 068-2008-EF, Art. 1°
Fuentes de Financiamiento y Rubros - 2011 1. Recursos Ordinarios 00. Recursos Ordinarios 2. Recursos Directamente Recaudados 09. Recursos Directamente Recaudados 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 19. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 4. Donaciones y Transferencias 13. Donaciones y Transferencias 5. Recursos Determinados 04. Contribuciones a Fondos 07. Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) 08. Impuestos Municipales 18. Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones
3. El Sistema Nacional de Presupuesto. El Sistema Nacional de Presupuesto está conformado por: - La Dirección Nacional del Presupuesto Público; - La Entidad Pública; - La Oficina de Presupuesto del Pliego. - El Titular de la Entidad
La Dirección Nacional del Presupuesto Público. “La Dirección Nacional del Presupuesto Público como la más alta autoridad técnico-normativa en materia presupuestaria, mantiene relaciones técnico-funcionales con la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad Pública y ejerce sus funciones y responsabilidades de acuerdo con la Ley N° 28112 …” * Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Artículo 5°.
Entidad Pública. “… todo organismo con personería jurídica comprendido en los niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local, incluidos sus respectivos Organismos Públicos Descentralizados y empresas creados o por crearse; los Fondos, sean de derecho público o privado cuando este último reciba transferencias de fondos públicos, las empresas en las que el Estado ejerza el control accionario; y los Organismos Constitucionalmente Autónomos.”* * Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Artículo 5°.
La Oficina de Presupuesto del Pliego “… es la responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la DNPP, para cuyo efecto, organiza, consolida, verifica y presenta la información que se genere así como coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus modificaciones, los que constituyen el marco límite de los créditos presupuestarios aprobados.” * Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Artículo 6°.
El Titular de la Entidad “… es la más alta Autoridad Ejecutiva. En materia presupuestal es responsable de manera solidaria, con el Consejo Regional o Concejo Municipal, el Directorio u Organismo Colegiado con que cuente la Entidad, según sea el caso. Dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado.” * Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Artículo 6°.
Técnicas Presupuestaria aplicadas en el Perú Las técnicas presupuestarias que se han aplicado en el Perú son: - Presupuesto Tradicional: Hasta 1962 - 63. - Presupuesto por Programa: A partir de 1962 – 63. - Presupuesto Base Cero: De 1982 a 1984. - Presupuesto Funcional Programático: Desde 1997. - Presupuesto por Resultados: A partir de 2007. Es necesario indicar que las tres (03) últimas metodologías se han implementado en el marco del Presupuesto por Programas. * Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Artículo 6°.
El Presupuesto Tradicional “En el presupuesto tradicional, se ponía énfasis en las compras y adquisiciones, con lo cual el presupuesto resultaba ser una lista de ingresos y de gastos sin vincularse con las realizaciones para los cuales eran asignados. Cada ministerio tenía un presupuesto o lista de gastos global en el que se hallaban clasificados en rubros según su objeto, los gastos de todas las oficinas ejecutivas, las cuales solicitaban con cargo a las asignaciones globales, los recursos necesarios para sus operaciones” CORNEJO Klaschen, Roberto: “El Presupuesto gubernamental por Programas”, pág. 66
El Presupuesto por Programas “... Es un sistema en que se presta particular atención a las cosas que un gobierno realiza más bien que a las cosas que adquiere. Las cosas que un gobierno adquiere tales como servicios personales, provisiones, equipo, medios de transporte, etc., no son, naturalmente, sino medios que emplea para el cumplimiento de sus funciones. Las cosas que un gobierno realiza en cumplimiento de sus funciones pueden ser carreteras, escuelas y hospitales construidos, soldados preparados, tierras bonificadas, casos tramitados y resueltos, permisos expedidos, exposiciones celebradas, informes preparados o cualquiera de las innumerables cosa que se pueden definir ...” CORNEJO Klaschen, Roberto: “El Presupuesto gubernamental por Programas”, pág. 66
El Presupuesto Base Cero PRESUPUESTO BASE CERO (PBC): “ ... No se construye a partir de uno anterior sino que las funciones, operaciones y actividades actuales están sujetas, para su conformación o eliminación, a los mismos análisis de costo/beneficio de las propuestas de innovaciones con las cuales compite la distribución de recursos” “ ... Consiste en un proceso de planeamiento y presupuesto que requiere la total y detallada justificación de las erogaciones a partir de su origen (de ahí su nombre de “base cero”) y no como incrementos de presupuestos anteriores. De ese modo exige de cada responsable la demostración de todos los rubros, nuevos o existentes, se expliquen y cuantifiquen debidamente” PARRO NEREO, Roberto:“Presupuesto Base Cero”, pág. 4 y 16
El Presupuesto por Resultados “Artículo 79. Del Presupuesto por Resultados (PpR) 79.1 Presupuesto por Resultados (PpR) es una metodología que se aplica progresivamente al proceso presupuestario y que integra la programación, formulación, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación del presupuesto, en una visión de logro de productos, resultados y uso eficaz, eficiente y transparente de los recursos del Estado a favor de la población, retroalimentando los procesos anuales de asignación del presupuesto público y mejorando los sistemas de gestión administrativa del Estado.””
4. Programación y Formulación Presupuestaria. • Las fases de Programación y Formulación Presupuestaria • El Presupuesto Participativo y el Marco Macroeconómico Multianual • La Aprobación del Presupuesto del Sector Público y del PIA • Determinación de Metas, Estimación de Ingresos y Gasto • La Fases de Formulación Presupuestaria • Los Objetivos Estratégicos y la Estructura Funcional Programática • La Aprobación del Presupuesto del Sector Público y del PIA
La Programación y Formulación: Formulación: Objetivos a) Determinar la EF y la EP del presupuesto institucional de la entidad para las categorías presupuestarias Acciones Centrales y APNOP. En el caso de los Programas Presupuestales, se utiliza la EF y la EP establecida en el diseño de dichos Programas. b) Vincular los proyectos a las categorías presupuestarias. (art. 2º) c) Registrar la programación física y financiera de las actividades/ acciones de inversión y/u obras de las categorías presupuestarias. Programación: Objetivos a) Revisar la Escala de Prioridades de la entidad. b) Determinar la Demanda Global de Gasto a partir de la cuantificación de la dimensión física de las metas de los Programas Presupuestales, Acciones Centrales y APNOP. c) Estimar los fondos públicos, con el objeto de determinar el monto de la Asignación Presupuestaria - Entidad. d) Determinar el financiamiento de la Demanda Global de Gasto, en función a la Asignación Presupuestaria Total. Directiva N° 001-2011-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art. 6° y 15°
Comisión de Programación y Formulación “La Comisión es presidida por el Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la entidad o el que haga sus veces y está integrada por los coordinadores de los equipos del diseño del Programa Presupuestal, los Jefes de la Oficina General de Administración, de Abastecimiento, de Personal, de Infraestructura, de la Oficina de Programación e Inversiones, o los que hagan sus veces, con la participación de los representantes de las unidades ejecutoras, según corresponda. Los integrantes de la Comisión son responsables, en el marco de sus competencias, del resultado de los trabajos de dicha Comisión. Directiva N° 001-2011-EF/506.01 “Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art.4°, Numeral 4.3.
El Objetivo de la Entidad “El objetivo de la entidad es su contribución institucional, en el marco de sus competencias, al cumplimiento de los Planes Nacionales y Sectoriales, y que debe orientar la articulación de una serie de acciones encaminadas a su consecución. La escala de prioridades se determina en función de la información sobre resultados logrados para alcanzar los objetivos de la entidad en los años fiscales anteriores, así como los costos para alcanzar dichos resultados, y las prioridades de política sectorial y nacional. Bajo los criterios señalados en el párrafo precedente, el pliego prioriza sus Programas Presupuestales y/o Productos, así como las actividades de las Acciones Centrales y de las APNOP, con el objeto de determinar las asignaciones presupuestarias.” Directiva N° 001-2011-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art.7°
El Objetivo del Pliego “4.1 El objetivo del pliego es la expresión de un resultado que quiere conseguir y que debe orientar la articulación de una serie de acciones encaminadas a su consecución. 4.2 La Escala de Prioridades es el orden de prelación otorgado a los objetivos del pliego. A partir de dicha escala y bajo los criterios de eficacia y eficiencia, el pliego prioriza las metas presupuestarias para el logro de sus objetivos.” Directiva N° 003-2010-EF/76.01 “Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art.4°
Comparativo: Objetivo de la Entidad “El objetivo de la entidad es su contribución institucional, en el marco de sus competencias, al cumplimiento de los Planes Nacionales y Sectoriales, y que debe orientar la articulación de una serie de acciones encaminadas a su consecución La escala de prioridades se determina en función de la información sobre resultados logrados para alcanzar los objetivos de la entidad en los años fiscales anteriores, así como los costos para alcanzar dichos resultados, y las prioridades de política sectorial y nacional. Objetivo del Pliego “4.1 El objetivo del pliego es la expresión de un resultado que quiere conseguir y que debe orientar la articulación de una serie de acciones encaminadas a su consecución. 4.2 La Escala de Prioridades es el orden de prelación otorgado a los objetivos del pliego. A partir de dicha escala y bajo los criterios de eficacia y eficiencia, el pliego prioriza las metas presupuestarias para el logro de sus objetivos.” Directiva N° 001-2011-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art. 6° y 15° Directiva N° 003-2010-EF/76.01 “Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art.4°
La Meta Presupuestaria “La meta es la expresión cuantificada de los resultados, productos y actividades, según corresponda. En el caso de los proyectos la meta es la expresión cuantificada de las acciones de inversión y/u obras.” Directiva N° 001-2011-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art.8° “La meta presupuestaria representa la expresión concreta y cuantificable de los bienes y servicios a ser entregados por el pliego a la población objetivo, como consecuencia del uso de sus recursos establecidos para el año fiscal.” • Directiva N° 003-2010-EF/76.01 “Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art.4°
Dimensiones de la Meta “a) Dimensión física: corresponde a nivel de resultados, productos/ proyecto, y actividades/acciones de inversión y/u obras. A nivel de resultados y productos/proyectos, es el valor proyectado del indicador definido en la unidad de medida establecida. A nivel de actividad/acciones de inversión y/u obras, es el valor proyectado en la unidad de medida establecida. b) Dimensión financiera: se determina sólo a nivel de actividad /acciones de inversión y/u obras y corresponde al valor monetario de la dimensión física de la meta a partir de la cuantificación de los insumos necesarios para su realización.” Directiva N° 001-2011-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art.8°
Dimensiones de la Meta Directiva N° 001-2011-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art.8°
Elementos de la Dimensión Física de la Meta: Resultados y Productos/Proy. Directiva N° 001-2011-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art. 9°, Numeral 9.1
Elementos de la Dimensión Física de la Meta: Actividad/Acciones de Inversión Directiva N° 001-2011-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art. 9°, Numeral 9.2
Indicadores de Desempeño “Los pliegos formulan indicadores de desempeño que miden el logro de sus objetivos. En dicha formulación debe señalarse las metas de los indicadores definidos y los medios de verificación. Para tal efecto, los pliegos utilizan el Instructivo para la Formulación de Indicadores de Desempeño publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe. En dicho portal se encuentra también los indicadores correspondientes a los Gobiernos Locales.” Directiva N° 003-2010-EF/76.01 “Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art. 5°
Demanda Global de Gastos La Demanda Global de Gasto constituye la previsión de gastos de la entidad, para la provisión de los productos/proyectos y actividades/acciones de inversión y/u obras, los mismos que deben corresponder a una imputación adecuada de costos (dimensión financiera de la meta) y de la dimensión física de las metas a alcanzar. Para su determinación se requiere recabar, evaluar y consolidar la información relativa a la magnitud de los gastos que la entidad debe asumir para su producción y/u operatividad, y el logro de sus resultados específicos y/u objetivos. Directiva N° 001-2011-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art. 10.
Criterios para la Demanda Global de Gastos • En materia de personal activo, pensionista y cargas sociales • No se debe prever recursos para futuros reajustes, incrementos o aprobación de remuneraciones, escalas, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, incentivos laborales y beneficios de toda índole, cualquiera sea su forma, modalidad, mecanismo y fuente de financiamiento; salvo para el caso de las entidades de reciente creación que no cuentan con una escala remunerativa o dietas aprobadas conforme a la normatividad vigente. Directiva N° 001-2011-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art. 10 ,inciso a).
Criterios para la Demanda Global de Gastos • En materia de personal activo, pensionista y cargas sociales • En materia de bienes, servicios y equipamiento • c) Otros Gastos Corrientes • d) De las contrapartidas • e) Del Servicio de la Deuda • f) En Sentencias Judiciales y Laudos Arbitrales • g) En operación y mantenimiento de infraestructura • h) En inversión pública Directiva N° 001-2011-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, Art. 10 ,inciso a).