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LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA. IMPORTANCIA, DESARROLLOS TENDENCIAS Y POLITICAS DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA. La negociación colectiva: espacio de concertación en un adverso contexto social donde los conflictos tienden a resolverse a través de la exclusión, la violencia y la negación del otro.

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LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

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  1. LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA IMPORTANCIA, DESARROLLOS TENDENCIAS Y POLITICAS DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

  2. La negociación colectiva: espacio de concertación en un adverso contexto social donde los conflictos tienden a resolverse a través de la exclusión, la violencia y la negación del otro. • Actividad esencial para la construcción de una sociedad auténticamente democrática.

  3. Debilitada por la cultura antisindical, la violencia, la legislación laboral restrictiva, la crisis económica y las políticas neoliberales que propugnan por un mundo sin sindicatos ni normas laborales. • Se resiente por la forma espontánea y poco preparada en que la mayoría de los sindicatos la asumen.

  4. 1. LOS FUNDAMENTOS LEGALES. • Constitución Política: “Los convenios internacionales de trabajo debidamente ratificados hacen parte de la legislación interna”. • Convenios de la OIT: 87, 98, 151 y 154. • Recomendaciones de la OIT: 91, 94, 113, 151, 159 y 163 • Código Sustantivo del Trabajo: artículos 429 a 484.

  5. Los Convenios y recomendaciones de la OIT sobre la Negociación Colectiva incluyen como instrumentos la negociación colectiva bipartita y tripartita, la concertación, la Consulta, la información, (Diálogo Social) en el ámbito de la empresa, de las ramas de actividad económica, nacionalmente, e incluso internacional.

  6. Negociación colectiva: “Actividad o proceso encaminado a la conclusión de un contrato colectivo”.OIT • Contrato colectivo: “Todo acuerdo escrito relativo a las condiciones de trabajo y de empleo, celebrado entre un empleador, un grupo de empleadores, o una o varias organizaciones de empleadores, por un parte, y, por otra, una o varias organizaciones representativas de los trabajadores o, en ausencia de tales organizaciones, representantes de los trabajadores interesados, debidamente elegidos y autorizados por estos últimos de acuerdo con la legislación nacional” (R. 91 de la OIT)

  7. Acuerdos centrales tripartitos sobre política económica y social, condiciones de trabajo y de vida. • Irrupción de la sociedad civil en ámbitos de decisión que antes eran exclusivos del poder político y que han pasado a ser compartidos con los interlocutores sociales, merced al estilo de la sociedad democrática actual en los países desarrollados y en ciertos países en desarrollo (CES-CNP-CTP)

  8. C.S del T: tres clases de Convenios Colectivos de Trabajo: • La Convención Colectiva: entre uno o varios patronos o asociaciones patronales, por una parte, y uno o varios sindicatos o federaciones sindicales; • Los Pactos colectivos de trabajo: empleadores y trabajadores no sindicalizados; • El Contrato Sindical: uno o varios sindicatos negocian la prestación de un servicio o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados. (artículos 467, 481 y 482 del CS del T.).

  9. IMPORTANCIA Y FUNCIONES DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA • Ha permitido la civilización de las relaciones de trabajo en la mayoría de los países, como es evidente en Europa, Estados Unidos y en Canadá, dónde son visibles los cambios que los sindicatos han logrado imponer en materia de los derechos relacionados con el trabajo. Civilización del conflicto

  10. Contribución a la evolución y reconocimiento de los Derechos Humanos: • Derechos civiles y políticos. • Proclamación y paulatina aceptación de los DESC: derechos económicos, sociales y culturales que hacen posible el acceso real a una vida digna y autónoma, que convierten la noción de libertad y de igualdad en una posibilidad de disfrute real para todas las personas.

  11. Mecanismo de participación de los trabajadores en decisiones en empresa, en el marco social y económico y en el ámbito internacional.

  12. 1. EN EL ÁMBITO DE LA EMPRESA : • La regulación de las relaciones entre empleadores y trabajadores. • La participación de los trabajadores en la gestión de la empresa. • La toma de decisiones sobre materias laborales. • La participación en la fijación de las condiciones de trabajo. • La democracia industrial. • Reduce los derechos absolutos del empleador.

  13. Método para el tratamiento y resolución de conflictos laborales. • Mecanismo de autoprotección de los trabajadores: reconocimiento de condiciones de trabajo dignas. • Para los empleadores: atenúa el impacto de la determinación unilateral de tarifas salariales e impone condiciones de competencia sobre la base de unos estándares laborales mínimos.

  14. 2. DESDE EL ÁMBITO SINDICAL Es un instrumento para la defensa y promoción de los derechos e intereses de los trabajadores: • Levantamiento de los estándares laborales mínimos. • Preserva derechos laborales en el contexto de crisis, • Formación profesional, • De organización y de educación sindical.

  15. Mecanismo de proyección institucional del sindicato. • Para que el sindicato exprese y proyecte al interior de la empresa los intereses de la comunidad con relación al trabajo y al desenvolvimiento empresarial. • Oportunidad para establecer y reforzar vínculos con otras entidades y sectores sociales.

  16. Influencia en la determinación de políticas económicas, medioambientales y sectoriales. • Apertura de espacios de injerencia sindical en áreas que expresen el interés de la comunidad respecto al medio ambiente; el cuidado de la calidad de los productos; el aporte al empleo y la formación profesional; el programa de extensión y promoción social.

  17. 3. EN LO MACRO SOCIO-LABORAL. • Los sindicatos han construido una de las redes más extensas y articuladas de la sociedad • Factor de cohesión, estabilidad y paz social. • Estabilidad social para la gestión de políticas empresariales y estatales de dimensión sectorial. • Estabilidad y paz social en la empresa y en una dimensión nacional.

  18. Base para el consenso sobre políticas públicas y su articulación con la sociedad civil. • Generación de conciencia ciudadana y universal de la dignidad humana basada en el reconocimiento el goce de derechos: reconocimiento de los DESC). • Agente de bienestar para mejorar la distribución de los recursos de las empresas, de los presupuestos estatales, y de la nación; el trabajo como fuente de bienestar para el individuo y la comunidad.

  19. Soporte de la democracia. • El diálogo social para políticas públicas: económicas, empleo y remuneraciones,estrategias y modelos de desarrollo. • Canaliza la participación social en la gestión pública. • Construcción y fortalecimiento de sistemas sociales, económicos y políticos democráticos.

  20. 4. EN EL ORDEN INTERNACIONAL. • Orden internacional con equidad, participación y cooperación, a través de la OIT y del papel que cumplen los Convenios del Trabajo. • Influencia en los espacios de la globalización económica y en las compañías transnacionales. • Agente determinante de la difusión y consolidación de una concepción de las relaciones internacionales basadas en el diálogo y la participación social.

  21. LOS PROBLEMAS: 1 Predomina el nivel de empresa.

  22. 2. Baja cobertura.

  23. TRIBUNALES DE ARBITRAMENTO.

  24. Negociación colectiva por sectores económicos

  25. Negociación colectiva por departamentos

  26. Negociación colectiva sector público y privado

  27. Negociación colectiva según clase de sindicato

  28. Negociación colectiva por confederación o central

  29. LOS RESULTADOS • Estrategias defensivas. • Los Contrapliegos patronales. • Poca innovación en materia de contenidos • Balance final más bien de retroceso.

  30. *La contratación colectiva se mantuvo dentro de los temas y contenidos tradicionales.*Temas nuevos: productividad, derecho a la información, educación y capacitación para el trabajo, salud y trabajo, nuevas tecnologías y procesos de reestructuración del trabajo, paz y derechos humanos.

  31. EN EL GOBIERNO DE URIBE: • Los derechos de los trabajadores y las convenciones colectivas son considerados “privilegios” • Laudos arbitrales contra primas y regímenes pensiónales. • Se vienen acordando convenciones con garantías inferiores para los nuevos trabajadores. • Se incrementa la ilegalidad de las acciones sindicales Ejm: huelgas

  32. LOS CONTENIDOS: Salarios. • IPC como referente básico de negociación. • Poco avance en la utilización de otros referentes. • Cuando se negocia productividad, no aparece cómo medirla, ni acuerdos para un trabajo conjunto entre empresa y sindicato con el fin de lograr el objetivo de su incremento.

  33. Resistencia a crear una cultura de la productividad que reconozca a los sindicatos como interlocutores, aporte información relevante, coordine acciones conjuntas y establezca políticas de reparto de sus resultados. • En los sindicatos no hay confianza y se asocia con intensificación de las cargas de trabajo y pérdida de empleo.

  34. SISTEMAS DE CONTRATACIÓN. • L. 50/ 90: flexibilizó la contratación. • Flexibilización, Tercerización, subcontratación, contratos civiles, y cooperativas de trabajo asociado. • Grave amenaza a la estabilidad y a los sindicatos. CONFLICTO ESTRUCTURAL SINDICAL Y LABORAL

  35. Avances en materia de contratos:*Contratación directa y a término indefinido para las actividades propias y permanentes de la empresa.*No contratación de trabajadores a través de empresas de servicio temporal. *Mantenimiento de la plantilla normal de trabajadores.

  36. *Prohibición a subcontratar actividades normales de la empresa.*Extensión de los beneficios convencionales a los trabajadores con contrato a término fijo, a aprendices del SENA y a trabajadores de empresas subcontratistas.(En Finlandia en la industria metalúrgica y electrónica)

  37. *Enganches de trabajadores subcontratados con determinado tiempo en la empresa.*Conversión de contratos a término fijo en contratos a término indefinido. *Limitación de contratos fijos: en tiempo y/o en relación con cierto porcentaje de la plantilla de personal. *Exigencia de cumplimiento (con verificación) de derechos laborales básicos para subcontratistas (Códigos de conducta).

  38. LA PARTE ECONÓMICA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA. *Salarios. *Primas-extralegales: junio, vacaciones, navidad, antigüedad. *Auxilios económicos: matrimonio, nacimiento y aborto, auxilios por muerte del trabajador/a y de familiares, auxilio óptico. *Becas y auxilios escolares. Vivienda y calamidad doméstica.

  39. Incrementos salariales según rango de aumento (IPC: 6.49%)

  40. LOS TEMAS SINDICALES*Protección al derecho de asociación. *Garantías para la negociación colectiva. *Permisos sindicales. *Auxilios sindicales. *Derecho a la información. *Prohibición a pactos colectivos. *Reconocimiento y sesión de derechos. *Otros beneficios y garantías sindicales

  41. MUJER Y NEGOCIACIÓN COLECTIVAPese a que las mujeres representan más del 40% de la población ocupada, la negociación colectiva en nuestro medio todavía no se ocupa de este fenómeno..

  42. POLÍTICAS Y ORIENTACIONES PARA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA1 La proyección social y política de los sindicatos.*Es necesario abandonar las concepciones y prácticas corporativas, asumir el papel de protagonista social. *Defensa del Estado Social de Derecho, consolidación y profundización de la democracia

  43. *Combate a la corrupción*Defensa de la soberanía nacional (uso) *Lucha contra la violencia y por la consecución de la paz.*Defensa de los derechos humanos, *Manejo racional de la economía con criterios de equidad y la administración transparente de la cosa pública, ética del servidor publico, etc.

  44. El movimiento sindical tiene la obligación de hablar, defender y representar a los trabajadores no sindicalizados, “...si el sindicalismo y la central están pensando en función nacional, debe involucrarse con todos los trabajadores, sindicalizados o no, y con el país... es decir, preocuparse por problemas como el Plan Nacional de Desarrollo, la generación de empleo...” (Carlos Rodríguez).

  45. 2. DEFENSA Y PROMOCIÓN DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA.SINDICATOS NEGOCIADORES:a)     Campañas contra los pactos colectivos manipulados y los llamados “Planes de beneficio voluntarios”. b)Incluir cláusulas que no fomenten aquellos dos instrumentos.

  46. c) Ampliar la cobertura a otras categorías de trabajadores.d)Ofrecer los servicios sindicales a sectores de trabajadores y trabajadoras que están por fuera de la organización sindical. (DGB – CUT Antioquia)

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