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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO. ESTRUCTURA Y FUNCIONES. PROGRAMA DE DIFUSIÓN. ESTADO. Institución política que posee soberanía y que cuenta con los siguientes elementos:. TERRITORIO POBLACIÓN ORDEN JURÍDICO AUTORIDAD FIN: OBTENCIÓN DEL BIEN COMÚN. ORDEN JURÍDICO Y AUTORIDAD.
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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO ESTRUCTURA Y FUNCIONES PROGRAMA DE DIFUSIÓN
ESTADO Institución política que posee soberanía y que cuenta con los siguientes elementos: • TERRITORIO • POBLACIÓN • ORDEN JURÍDICO • AUTORIDAD • FIN: OBTENCIÓN DEL BIEN COMÚN
ORDEN JURÍDICO Y AUTORIDAD • Todos los Estados tienen un orden jurídico y autoridades de acuerdo a su organización política. • Los Estados Unidos Mexicanos son una Federación de Estados autónomos en cuanto a su régimen interior. • El Estado de Querétaro forma parte de dicha Federación. • En Querétaro rigen los ordenamientos jurídicos federales y los locales. • Hay autoridades federales, locales y municipales.
DIVISIÓN POLÍTICA DE QUERÉTARO Está dividido en 18 Municipios Arroyo Seco Pinal de Amoles Jalpan de Serra Peñamiller Landa de Matamoros Tolimán Colón San Joaquín El Marqués Cadereyta de Montes Santiago de Querétaro Ezequiel Montes Tequisquiapan Corregidora Pedro Escobedo San Juan del Río Huimilpan Amealco de Bonfil
PODERES DEL ESTADO • PODER LEGISLATIVO • PODER EJECUTIVO • PODER JUDICIAL
PODER PÚBLICO DEL ESTADO DE QUERÉTARO LEGISLATIVO EJECUTIVO JUDICIAL
PODERES DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO ELABORACIÓN DE LEYES • Iniciativa. • Discusión. • Votación. • Aprobación. • Promulgación y Publicación.
PODERES DEL ESTADO PODER EJECUTIVO ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA Y DESCENTRALIZADA • Centralizada: Secretarías de Estado (de Gobierno, de Planeación y Finanzas, de la Contraloría, de Turismo, Procuraduría General de Justicia, etc.) • La Procuraduría General de Justicia, es la Dependencia del Poder Ejecutivo, que ejerce a través de un Procurador, Subprocuradores, Directores, Agentes del Ministerio Público y Órganos Auxiliares, las facultades que confieren a la Institución del Ministerio Público, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la del Estado. • Descentralizada: Organismos Públicos descentralizados, Empresas Paraestatales y Fideicomisos Públicos.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO • En los artículos 63 a 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga se regula al Poder Judicial del Estado. • Ejercicio de la función jurisdiccional. • La Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro es el ordenamiento legal que regula la organización y funcionamiento de los órganos del Poder Judicial.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO • El Poder Judicial se deposita en los siguientes órganos: • Tribunal Superior de Justicia. • Consejo de la Judicatura. • Juzgados.
Tribunal Superior de Justicia Consejo de la Judicatura Juzgados de 1ª. Instancia Juzgados Municipales
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO • El Poder Judicial conoce de los siguientes procedimientos: • CIVILES (mercantiles) • FAMILIARES • PENALES • ELECTORALES • En la mayoría de los procedimientos existen dos instancias, es decir, se analiza el caso dos veces. • De la primera instancia conoce un juez y de la segunda instancia conocen los magistrados integrantes de las Salas del TSJ, cuando existe inconformidad con la primera sentencia dictada.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA • Se integra de trece Magistrados, doce integran Sala (tres por cada Sala) y uno es el Presidente. • Existen cuatro Salas: una Penal, dos Civiles y una Electoral. • Tres Secretarios de Acuerdos. • Cada Magistrado tiene sus proyectistas. • Actuarios de Segunda Instancia. • Personal administrativo. • Conoce en segunda instancia de la apelación, entre otros • asuntos.
Tribunal Superior de Justicia Sala Electoral Sala Civil (2) Sala Penal
CONSEJO DE LA JUDICATURA • Se integra por: • El Presidente del Tribunal Superior de Justicia • Dos Magistrados propietarios • Se encarga de los asuntos relacionados con la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial, a excepción de lo reservado al Tribunal Superior de Justicia.
JUZGADOS • PRIMERA INSTANCIA • Civiles • Penales • Familiares • Mixtos • JUZGADOS MUNICIPALES • Hasta 300 veces el salario mínimo general. • Hasta 2 años de prisión o más de 20 días de multa.
DISTRITOS JUDICIALES • El territorio del Estado se divide en • seis distritos judiciales: • QUERÉTARO (Municipios de Querétaro, El Marqués y Corregidora) • SAN JUAN DEL RÍO (San Juan del Río, Tequisquiapan y Pedro Escobedo) • CADEREYTA DE MONTES (Cadereyta de Montes, Ezequiel Montes y San Joaquín) • TOLIMÁN (Tolimán, Colón y Peñamiller) • JALPAN DE SERRA (Jalpan de Serra, Pinal de Amoles, Landa de Matamoros y Arroyo Seco) • AMEALCO DE BONFIL (Amealco de Bonfil y Huimilpan)
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO • Tiene otras dependencias de apoyo a la función jurisdiccional y administrativas: • Dependencias de Apoyo a la Función Jurisdiccional: • Oficialía de Partes • Central de Consignaciones • Dirección de Orientación y Servicio a la Ciudadanía • Coordinación de Actuarios y Peritos • Dirección de Psicología • Centro de Mediación • Dependencias Administrativas: • Oficialía Mayor • Dirección de Contraloría Interna • Dirección de Contabilidad y Finanzas • Dirección de Informática • Dirección Jurídica • Visitaduría Judicial • Unidad de Información Gubernamental • Instituto de Especialización Judicial • Se cuenta con los servicios: • Biblioteca • Archivo Histórico
Dependencias de Apoyo a la Función Jurisdiccional Dirección de Psicología Oficialía de Partes Oficina Central de Consignaciones Centro de Mediación Coordinación de Actuarios y Peritos Dirección de Orientación y Servicio a la Ciudadanía PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Dependencias Administrativas Visitaduría Judicial Oficialía Mayor Dirección de Contraloría Interna Dirección de Contabilidad y Finanzas Instituto de Especialización Judicial Dirección de Informática Dirección Jurídica Unidad de Información Gubernamental PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Servicios Biblioteca Archivo Histórico PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO
MEDIACIÓN La mediación es un proceso de resolución de conflictos por medio del cual las personas buscan solucionar sus diferencias por la vía del diálogo y el acuerdo. • Principios básicos: • Voluntario • Confidencial • Conflictos para mediar: • Asuntos civiles • Asuntos familiares • Asuntos mercantiles • Asuntos penales • Ventajas: • Economía • Rapidez • Plena satisfacción de los acuerdos • Ambiente seguro y de confianza • Función del mediador • Procedimiento de atención
www.tribunalqro.gob.mx Centro de Mediación mediacion@tribunalqro.gob.mx Dirección de Orientación y Servicio a la Ciudadanía orientacion@tribunalqro.gob.mx