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Secretaría Técnica. Subdirección de Capacitación y formación en Derechos Humanos 2013. COMPETENCIA POR MATERIA. COMPETENCIA POR TERRITORIO. Actos u omisiones de naturaleza administrativa de autoridades o servidores públicos estatales o municipales.
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Secretaría Técnica Subdirección de Capacitación y formación en Derechos Humanos 2013
COMPETENCIA POR MATERIA COMPETENCIA POR TERRITORIO Actos u omisiones de naturaleza administrativa de autoridades o servidores públicos estatales o municipales Supervisión al sistema penitenciario del Estado, cárceles y comandancias Por territorio de las Visitadurías Generales conforme al Reglamento Interno • Domicilio del quejoso • Residencia de la autoridad COMPETENCIA OBJETIVA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO
Asuntos Electorales Asuntos Jurisdiccionales Asuntos Laborales Consultas sobre Interpretación Quejas Extemporáneas Asuntos entre Particulares Asuntos Agrarios Asuntos en Materia Ecológica Asuntos competencia de la CNDH ó de las CDH de otras entidades federativas Asuntos que vulneren su autonomía o autoridad moral INCOMPETENCIA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO
A PETICIÓN DE PARTE DE OFICIO ANTE LA CODHEM • Sede (Abogado de Guardia) • Visitas • Visitaduria Itinerante • Defensoría Municipal • ONG´s • 1. Cuando tenga conocimiento de una presunta violación a DH • 2. Por Discrecionalidad: • A solicitud del quejoso para que su nombre se mantenga en reserva • Por no ratificación y sean violaciones graves Oral Por escrito • REQUISITOS • Firma o Dactilograma • Datos mínimos de identificación Por Teléfono Vía Fax * Correo* Cinco días para Ratificarse Telegrama* E-mail * I N I C I O D E Q U E J A • Recibida la queja, si no se admite, se orientará y se canalizará con la autoridad competente • Si NO se ratifica la queja, ésta será desechada de plano y se archivará
SUPUESTOS DE CALIFICACIÓN Existencia de una Presunta Violación a DH Incompetencia de la Comisión para conocer de la queja Incompetencia de la Comisión pero con la posibilidad de orientar juridicamente al Q. Acuerdo de Calificación pendiente por no renunirlos requisitos o ser imprecisa • Se le notificará al quejoso: • Acuerdo de admisión y calificación • Se mantenga comunicado • La prevención de ley para el caso de negativa • Se le notificará al quejoso: • El acuerdo de incompetencia • La causa de incompetencia, y • Fundamento legal • Se le notificará al quejoso: • Documento de orientación • La dependencia púb. Competente • Se enviará oficio a la dependencia Se requerirá al Q. Para que en 3 días hábiles subsane las deficiencias de la queja (precise y aclare la misma) *Puede enviarse hasta 2 requerimientos Si no contesta, se envía a archivo El Visitador encuadrará los hechos presuntamente violatorios en alguna de las calificaciones propuestas C A L I F I C A C I Ó N D E L A Q U E J A
REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD Hechos de difícil o imposible reparación del daño o la restitución al agraviado REQUISITOS • REQUISITOS DE FORMA • Sin mayor formalidad • Se notificará por cualquier medio de comunicación escrita o electrónica M E D I D A S P R E C A U T O R I A S • EFECTOS • SÍ SE ACEPTAN: deben mantenerse vigentes, en su caso hasta la conclusión del exp. • SÍ SE NIEGAN: y son ciertos los hechos se harán notar en la Recomendación • OBJETIVOS • Que se preserve o restituya a una persona el goce de sus DH. • Evitar la realización de un daño de difícil o imposible reparación TÉRMINO El término será de tres días para que la autoridad acepte o niegue las medidas precautorias
REQUISITOS CLASES DE SOLICITUDES EFECTOS EN CASO DE INCUMPILIENTO REQUISITOS DE FONDO a) Antecedentes b) Sol. de Informe al Sup. Jerq. sobre hecho materia de queja c) Fundamento d) Término (máximo de diez días) *En casos urgentes, el término podrá reducirse y el informe se podrá solicitar indistintamente al SJ, al SP o Aut • REQUISITOS DE FORMA • Sin requisitos sólo estilo • Visitaduría solicitante • No. Exp., No. Oficio y Fecha de elaboración • Contenido • Despedida respetuosa y suscripción • Solicitud de Informe • Recordatorio • Ampliación de informe • Solicitud en Colaboración • Vista a la Sría. de la Contraloría • Acuerdo en el que se tendrán por ciertos los hechos aducidos por el quejoso, salvo prueba en contrario • Designar al SP de la CODHEM para que realice la diligencia respectiva S O L I C I T U D D E I N F O R M E S
PARTES • Quejoso • Autoridad o servidor público • CONCILIADOR O MEDIADOR • Personal de la CODHEM • El DMDH (en su caso) TRÁMITE Se podrá iniciar una vez admitida la queja y hasta antes de que se emita recomendación • REQUISITOS • Breve • Sencilla • Por escrito PROPUESTA A LA AUTORIDAD LA NIEGA LA ACEPTA A partir de aquí conoce la UIPE Se continua el trámite La Autoridad tiene 45 días para cumplimentarla En caso de incumplimiento dentro de las siguientes 72 horas se acordará su reapertura. (Se emite Recomendación) PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN • NO PROCEDE POR VIOLACIONES A: • Derecho a la vida • La integridad física o psicológica • Las especialmente graves por el No. de afectados o sus consecuencias
Se podrá abrir período probatorio recibidos o no los informes PERÍODO PROBATORIO TIPO DE PRUEBAS OFRECIMIENTO DESAHOGO - Podrá constituir una prueba, el resultado de las visitas efectuadas, solicitudes de informes y Medidas Precautorias. - Además de: Confesión, Testimonio, Documentales y las demás reconocidas por el orden jurídico mexicano Anuncio o Proposición Archivo o Recomendación Recepción y Admisión Se puede desechar la prueba a efecto de velar por la integridad física y psicológica del agraviado OFRECIMIENTO Y DESAHOGO DE PRUEBAS
CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE RECOMENDACIÓN • Estructura de la recomendación: • Nombre del quejoso, agraviado o ambos en su caso, autoridad responsable, numero de expediente de la queja, lugar y fecha • Descripción sucinta de los hechos violatorios de DH, y del contexto en que ocurrieron los mismos. • Relación de la evidencias y medios de convicción (que demuestran la violación a DH) • Descripción de la situación jurídica generada por la violación a DH • Observaciones, razonamientos lógico-jurídicos y de equidad que sustenten la convicción sobre la violación de DH cometida • Recomendaciones especificas, consistentes en las acciones concretas que se solicitan de la autoridad para reparar en su caso, la violación a DH y sancionar a los responsables a través de la autoridad competente. • Fundamento Legal: • Apartado B del Art. 102 CPEUM • Art. 16 CPELySM • Ley CODHEM • Reglamento Interno • Características: • No vinculatoria • Fuerza Moral • Acreditar violación a DH • Formular denuncias ante Aut. Competente. • Objetivos: • Resarcir en lo posible los derechos violados • Inducir la Sanción que en derecho sea procedente, contra los servidores públicos responsables • Fomentar una cultura de respeto a los derechos humanos. Acreditada la violación a DH se procederá a la elaboración de conclusiones que serán la base para el proyecto de recomendación
RECURSO DE RECONSIDERACIÓN ANTELA CODHEM Recurrente: Autoridad o servidor público responsable de violación a DH Procede: Contra las Recomendaciones Término: 5 días hábiles a partir de la notificación de la Recomendación • Objeto: • ) Confirmar; • ) Modificar; o • ) Revocar
DE QUEJA Procede contra: - Omisiones; o - Inactividadde la Comisión Estatal Atracción: Si laCNDH ante el recurso de queja considera que el asunto es importante y el organismo local puede tardar mucho en expedir la Recomendación, podrá atraer la queja DE IMPUGNACIÓN Procede en contra de: a)Resoluciones definitivas o Recomendaciones de los organismos estatales de derechos humanos; b)Deficiente o insatisfactorio cumplimiento de la autoridad a una Recomendación; o c)Cuando la autoridad no acepte una Recomendación (Art. 61 Ley CNDH) Excepcionalmente: En contra de acuerdos dictados por los organismo locales, cuando a juicio de la CNDH se violen ostensiblemente los derechos humanos RECURSOS ANTE LA CNDH