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ALUMNA: ANGIE ROCIO VARGAS ORDOÑES DOCENTE: ARIEL GOMEZ AREA: COMERCIALES. INDICE. INCIDENCIA DEL TLC EN SANTIAGO DE CALI VALLE DEL CAUACA Y EL PAIS EN GENERAL ANALISIS SOBRE LOS DERECHOS DEBERES DE LO TRABAJADORES EN COLOMBIA : CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO. INTRODUCION.
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ALUMNA: ANGIE ROCIO VARGAS ORDOÑES DOCENTE: ARIEL GOMEZ AREA: COMERCIALES
INDICE • INCIDENCIA DEL TLC EN SANTIAGO DE CALI • VALLE DEL CAUACA Y EL PAIS EN GENERAL • ANALISIS SOBRE LOS DERECHOS • DEBERES DE LO TRABAJADORES EN COLOMBIA : • CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
INTRODUCION • El Tratado de Libre Comercio (TLC), que entrará en vigencia a partir del 15 de mayo próximo, fue uno de los temas claves de la VI Cumbre de las Américas que finalizó el fin de semana pasado, en Cartagena. • Resaltó que hablando con empresarios durante la Cumbre de las Américas en Cartagena de Indias, varios de ellos ven grandes oportunidades de negocios en la ‘Sultana del Valle’, a través de las confecciones, desde donde hacen cálculos con miras a que en dos años se duplique la mano de obra existente.
INCIDENCIA DEL TLC • Los acuerdos del Tratado de Libre Comercio indican que a partir de la entrada en vigencia del mismo, la madera aserrada será desgravada hasta un 0% en 5 años; en el caso de tableros (chapas, plywood, aglomerados)y muebles será a los10 años. • Con relación a las exportaciones de productos forestales de Guatemala hacia Estados Unidos, se acordó que los productos que impliquen combinación de maderas y otros elementos, como el plywood, la materia prima de madera deberá ser originaria de la región. Para otros productos, cuyo origen sea diferente al del área centroamericana, se aplicará el arancel vigente. • Por ser un acuerdo de tipo comercial, los resultados del tratado se circunscriben a este ámbito. Sin embargo, existen elementos ajenos al comercio que pueden mejorar o perjudicar el comercio entre los países, algunos de ellos pueden ser lo relacionado al tema ambiental, la normativa fito y zoo sanitaria, así como las normas técnicas específicas para cada producto, con las cuales se podrían crear barreras no arancelarias. • Tal es el caso de la estricta importación de productos o subproductos de madera certificada (la certificación forestal es el reconocimiento al buen manejo forestal, ambiental y económico que se hace de una unidad de bosque bajo manejo y el cual es sujeto a una estricta evaluación). En este caso la norma es aplicada por las empresas importadoras o comercializadoras y no por el Gobierno del país importador
VALLE DEL CAUCA Y EL PAIS EN JENERAL • A partir de la evolución de las exportaciones del Valle del Cauca a Estados Unidos en el periodo 1980-2005, este trabajo busca conocer y concluir si las preferencias arancelarias que le fueron otorgadas a Colombia a través del Apta en 1992 y el Tapea en el 2002 tuvieron efectos positivos en las exportaciones de la región y de esta manera determinar si el Tratado de Libre Comercio va a tener un impacto positivo, considerando que se incluyeron todos los productos en el acuerdo. Los resultados revelaron que las exportaciones totales del Valle del Cauca a Estados Unidos en los últimos cinco años se han incrementado. Los mejores resultados tanto en el análisis descriptivo como en el modelo econométrico se obtuvieron para: perlas, piedras y metales preciosos, específicamente el oro; aluminio y sus manufacturas; manufacturas de cuero, artículos de viaje y bolsos (bolsos de mano); preparaciones alimenticias diversas, preparaciones a base de cereal, leche y pastelería; manufacturas de fundición de hierro y acero; fundición de hierro y acero; aparatos eléctricos, aparatos de grabar imagen; productos farmacéuticos; artículos de sombrerería y sus partes; muebles; azúcares, artículos y confitería; papel, cartón y sus manufacturas.
PAIS EN JENERAL • Existe una gran expectativa entre los grandes, medianos y pequeños productores agrícolas Colombianos debido al cambio oceánico que vendrá con la caída de las barreras comerciales que protegen el mercado. El cambio es inminente, pues bien sea por medio del ALCA o de un Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos, los aranceles que hoy protegen a muchos productos colombianos, pueden reducirse a un mínimo , mejorando el intercambio comercial agrícola. Para entender la velocidad del cambio, basta recordar que en el reciente acuerdo firmado entre Estados Unidos y Chile, el 85% del universo arancelario quedó en el nivel “cero” a partir del primer año.
DEBERES Y DERECHOS • En general, y en cuanto a la legislación laboral que rige, corresponde precisar que el Derecho del Trabajo es la rama del Derecho Privado que se ocupa de las relaciones individuales y colectivas entre trabajadores dependientes y empleadores, regulando sus derechos y deberes, tanto las relaciones empleador/trabajador en tanto individuos, como entre las asociaciones profesionales que los representan. En este sentido, trabajadores y empleadores son los sujetos del derecho por definición, que están sometidos como en toda relación jurídica a derechos y deberes.
ALGUNOS • DERCHO INDIVIDUAL: Es la parte del Derecho del Trabajo que se ocupa de las relaciones entre cada trabajador con su empleador en el marco del contrato individual. DERECHO COLECTIVO: SE ocupa de las relaciones entre los sujetos colectivos que representan los trabajadores (sindicatos) y la entidad representativa de los empleadores (cámaras)
CODIGO SUSTANTIVO • ARTICULO 1o. OBJETO. La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones • que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio • social. • ARTICULO 2o. APLICACION TERRITORIAL. El presente Código rige en todo el territorio de la República • para todos sus habitantes, sin consideración a su nacionalidad. • ARTICULO 3o. RELACIONES QUE REGULA. El presente Código regula las relaciones de derecho individual • del Trabajo de carácter particular, y las de derecho colectivo del Trabajo, oficiales y particulares. • ARTICULO 4o. SERVIDORES PÚBLICOS. Las relaciones de derecho individual del Trabajo entre la • Administración Pública y los trabajadores de ferrocarriles, empresas, obras públicas y demás servidores del • Estado, no se rigen por este Código, sino por los estatutos especiales que posteriormente se dicten.