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Comité de Normalización Ambiental del D.F. Proyecto de Norma Ambiental q ue establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales al sistema de drenaje del Distrito Federal, así como el porcentaje mínimo de reuso de agua tratada. 2 de octubre de 2007.
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Comité de Normalización Ambiental del D.F. Proyecto de Norma Ambiental que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales al sistema de drenaje del Distrito Federal, así como el porcentaje mínimo de reuso de agua tratada. 2 de octubre de 2007
Situación en el D.F. • La NOM-002-SEMARNAT-1996 excluye a las descargas de las aguas residuales domésticas, pluviales, y a las generadas por la industria, que sean distintas a las aguas residuales de proceso y conducidas por drenaje separado. • Actualmente, se estima que únicamente alrededor del 25%* de las aguas residuales que generan las fuentes fijas, recibe algún tipo de tratamiento. • Del agua que recibe algún tratamiento, se estima que menos del 20%* es reusada en alguna aplicación; esto es, menos de un 5% del agua residual total está siendo reusada. • Debido a ello, el consumo de agua de las fuentes fijas es alto y por tanto el flujo de aguas residuales es también alto. • * Información obtenida a través de la LAUDF.
Líneas de Política • Promover acciones para el ahorro y uso eficiente del agua y para el tratamiento de aguas residuales y su reuso, que permitan liberar agua potable para el consumo humano. • Reducir la contaminación del agua, a través de la regulación y vigilancia ambiental de establecimientos industriales, comerciales y de servicios. • Promover y coordinar la elaboración de normas ambientales en materia de agua, con la participación de los sectores social, público y privado.
Objeto • Establecer los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales provenientes de los establecimientos comerciales, industriales y de servicios. • Establecer para los nuevos desarrollos inmobiliarios, que descargan sus aguas residuales al sistema de drenaje del Distrito Federal, porcentajes mínimos de reuso de agua tratada. • Ámbito de Validez • Esta norma aplica a todas las descargas de aguas residuales generadas por fuentes fijas y a los desarrollos inmobiliarios nuevos.
Especificaciones • Establecer parámetros de calidad de descarga de aguas residuales, diferenciadas de acuerdo con el consumo de agua. A mayor consumo de agua, parámetros más estrictos. Con esto los establecimientos pueden optar por: • Reducir consumos de agua y entonces cumplir con parámetros menos estrictos, ó • Mantener su consumo de agua tratando sus aguas residuales • Establecer para los desarrollos inmobiliarios nuevos, porcentajes mínimos de reuso de agua tratada.
Instalación del Grupo de Trabajo que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales al sistema de drenaje del Distrito Federal, así como el porcentaje mínimo de reuso de agua tratada.